
Violencia doméstica puede ser un delito de turpitud moral. En muchos estados, esto es el caso si la presunta víctima es un cónyuge. Si es un delito de turpitud moral, las consecuencias colaterales de la condena serán peores. Puede impedir que alguien obtenga una certificación profesional o licencia. Aquellos que ya tienen una licencia, pueden tener la suya revocada.
Una condena por violencia doméstica también puede afectar el estatus migratorio de una persona no ciudadana.
¿Qué es un delito de turpitud moral?
Un delito de turpitud moral es un tipo de delito penal. Implica un delito grave que involucra:
- deshonestidad,
- fraude, o
- conducta inmoral, vil o depravada.
Los delitos menores están exentos de ser delitos de turpitud moral.
Generalmente, un delito también tiene que tener intención. Los delitos generalmente tienen que involucrar más que los siguientes tipos de conducta:
- accidental,
- errónea,
- negligente, o
- imprudente.
Estos son todos los elementos de un delito, sin embargo. Como resultado, algunos delitos casi siempre involucrarán turpitud moral. Algunos otros delitos penales pueden depender de los hechos específicos del caso.1
¿Importa si la violencia doméstica fue contra un cónyuge?
Puede importar si la presunta violencia doméstica involucró a un cónyuge.
En muchos estados, incluida California, la identidad de la presunta víctima es un factor importante. Cuando es un cónyuge, la violencia doméstica es un delito de turpitud moral.2 Cuando es alguien diferente, no es un delito de turpitud moral.3
¿Hace diferencia la consecuencia colateral específica?
Las consecuencias colaterales son penas de una condena que no provienen del tribunal. En su lugar, provienen de:
- empleadores,
- otras empresas,
- agencias gubernamentales, o
- organizaciones profesionales.
Diferentes partes pueden tener diferentes reglas. Algunos pueden pensar que la violencia doméstica muestra turpitud moral. Otros no. La consecuencia colateral específica puede importar.
¿Hay consecuencias laborales?
Muchos contratos de trabajo requieren que todos los trabajadores tengan una buena moral. Una condena por un delito de turpitud moral puede romper este contrato. Algunos empleadores pueden pensar que la violencia doméstica implica turpitud moral. Si lo hacen, pueden despedir al empleado.
Por ejemplo, los empleados estatales de California pueden ser disciplinados por cometer un delito de turpitud moral.4 Otros empleadores pueden no disciplinar a alguien. Los detalles del caso pueden importar. Ciertas profesiones pueden ser más estrictas que otras.
Ejemplo: Tina y Paul son ambos condenados por violencia doméstica. Paul es un electricista. No lo despiden. Tina es una trabajadora social que ayuda a los niños a través del proceso de divorcio. Ella sí pierde su trabajo.
¿Están en riesgo las licencias profesionales?
Una condena por un delito de turpitud moral puede crear problemas de licenciamiento. Puede hacer que sea imposible obtener una licencia. Alguien con una licencia puede ver que se revoca. Esto puede crear serios problemas de empleo. Enteras profesiones pueden quedar fuera de alcance.
Diferentes agencias de licenciamiento tienen sus propias reglas. Algunos tratan la violencia doméstica como un delito de turpitud moral. Muchos de estos requieren “buen carácter moral” en los miembros. Una condena por turpitud moral puede impedir que alguien demuestre eso.
Algunas licencias que requieren un buen carácter moral incluyen:
- licencias médicas,5
- licencias de abogacía,6
- certificaciones de enfermería,7
- licencias de corredor hipotecario,8 e incluso
- licencias de cosmetología.9
Las personas que ya tienen una de estas licencias no están inmunes. Todavía pueden enfrentar una pena. Pueden enfrentar acción disciplinaria después de una condena por violencia doméstica. Esto puede conducir a:
- probación,
- suspensión,
- revocación, o
- una barra permanente de la profesión.
¿Hay implicaciones de inmigración?
La ley de inmigración separa la violencia doméstica de los delitos de turpitud moral.10 La violencia doméstica no es un delito de turpitud moral. Sin embargo, los delitos por violencia doméstica también son deportables.
Esto incluye un delito de violencia contra:
- un cónyuge actual o anterior,
- alguien en una relación de pareja con el acusado,
- el otro padre del hijo del acusado,
- un cohabitante, o
- cualquier persona protegida por las leyes estatales de violencia doméstica o familiar.
Los siguientes delitos por violencia doméstica también son deportables:
- acoso,
- abuso infantil,
- descuido infantil, o
- abandono infantil.
Los delitos por violencia doméstica no son delitos de turpitud moral. Esto significa que una condena no requiere:
- que la condena lleve al menos un año de prisión y se produzca dentro de los cinco años de admisión a los EE. UU., o
- una condena adicional por un delito separado de turpitud moral.
Referencias legales:
- Ver Almanza-Arenas v. Lynch, 815 F.3d 469 (9th Cir. 2016).
- Grageda v. INS, 12 F.3d 919 (9th Cir. 1993).
- Morales-Garcia v. Holder, 567 F.3d 1058 (9th Cir. 2009).
- Código de Gobierno de California Sección 19572(k).
- Ver, por ejemplo, Ley de Educación de Nueva York 6524.
- Ver, por ejemplo, Código de Negocios y Profesiones de California 6101(a).
- Ver, por ejemplo, Capítulo 112, Sección 74 de las Leyes Generales de Massachusetts.
- Ver, por ejemplo, Código Financiero de Texas 156.303.
- Ver, por ejemplo, Ley de Cosmetología de Pensilvania 4(a)(1).
- 8 U.S.C. 1227(a)(2)(E).