En el proceso penal de Colorado, una audiencia previa al juicio (o conferencia previa al juicio) es una comparecencia ante el tribunal en la que
- el tribunal escucha ciertas mociones previas al juicio, y
- el fiscal y el abogado defensor intentan resolver el caso, usualmente mediante un acuerdo de culpabilidad.
Si el caso no se resuelve o no es desestimado, el juez lo programará para procedimientos adicionales. Esto puede incluir otra conferencia previa al juicio o un juicio con jurado.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Colorado abordarán:
- 1. ¿Qué es una audiencia previa al juicio?
- 2. ¿Qué es el descubrimiento?
- 3. ¿Qué son las mociones previas al juicio?
- 4. ¿Debería aceptar un acuerdo de culpabilidad?
- 5. ¿Qué sucede después de las audiencias previas al juicio?
1. ¿Qué es una audiencia previa al juicio?
Después de una audiencia de asesoramiento y lectura de cargos en Colorado, si usted se declara no culpable, el juez programará la siguiente fecha en el tribunal y el caso avanza a la fase previa al juicio. La primera parte de la fase previa al juicio en un caso penal en Colorado típicamente comienza con la audiencia o conferencia inicial previa al juicio.
Su abogado defensor penal debe recibir una copia de la información que el fiscal de distrito de Colorado tiene y planea usar en su contra en el tribunal. Su abogado necesitará
- evaluar la evidencia,
- revisar los registros, y
- examinar cualquier otra documentación.
Después de revisar toda la evidencia, su abogado tendrá una mejor idea de la fortaleza del caso del estado.1
Negociaciones de culpabilidad
Su abogado y el fiscal de distrito de Colorado podrán hablar sobre el caso y ver si hay alguna posibilidad de llegar a un acuerdo en el caso. Esto generalmente implicará hablar sobre las fortalezas y debilidades de su caso, circunstancias atenuantes y otros factores.
Según nuestra experiencia en Colorado Legal Defense Group, consideramos que en algunos casos puede ser preferible aceptar un acuerdo de culpabilidad para evitar las penas penales máximas. Sin embargo, al hablar con el fiscal, podemos determinar qué tan débil es el caso del estado y buscar que su caso sea desestimado lo antes posible.
2. ¿Qué es el descubrimiento?
El descubrimiento es la fase previa al juicio de un caso en la que las partes intercambian documentación, registros y otras pruebas relevantes para el caso. Para un caso penal, esto generalmente incluye:
- Informe policial
- Declaraciones de testigos
- Pruebas en video
- Registros fotográficos
- Registros médicos
- Pruebas de audio
- Pruebas físicas de la escena
- Pruebas químicas o informes de laboratorio
- Cualquier evidencia que la fiscalía planea usar en el juicio2
Pruebas exculpatorias
Además de cualquier evidencia que la fiscalía planea usar en su contra, los fiscales también deben revelar evidencia relevante que sea favorable para usted, o pruebas exculpatorias. Dependiendo del tipo de caso, el descubrimiento puede incluir solo unas pocas hojas de papel o cientos de cajas de documentos y pruebas físicas.
En algunos casos, su abogado puede creer que el fiscal de distrito de Colorado tiene evidencia que no está entregando o que afirma estar reteniendo la evidencia por alguna razón válida. Esto puede requerir presentar mociones de descubrimiento para obligar al fiscal a producir la evidencia. El fiscal de distrito incluso puede ser sancionado por no cumplir adecuadamente con los requisitos de descubrimiento.3
Vea nuestro artículo relacionado sobre el descubrimiento obligatorio, Regla 16 de Colorado – Lo que necesita saber.
3. ¿Qué son las mociones previas al juicio?
Las mociones previas al juicio están destinadas a resolver cuestiones o disputas en su caso antes de que vaya a juicio. Nuestros abogados defensores penales experimentados saben cómo contrarrestar los argumentos del fiscal de distrito de Colorado, encontrar fallas en las teorías del estado y presentar evidencia que apoye su inocencia.
Las mociones previas al juicio a menudo incluyen mociones para suprimir evidencia, tales como:
- evidencia obtenida como parte de una búsqueda o incautación ilegal,
- declaraciones hechas sin las advertencias Miranda adecuadas, o
- evidencia prejuiciosa.
Si el juez concede su moción para suprimir, el fiscal puede no poder presentar la evidencia al jurado. En algunos casos, las mociones previas al juicio exitosas pueden dejar a la fiscalía sin nada que usar y su caso puede ser desestimado.4
4. ¿Debería aceptar un acuerdo de culpabilidad?
Un acuerdo de culpabilidad es cuando usted acepta declararse culpable de uno o varios cargos a cambio de que el fiscal recomiende una cierta sentencia o desestime otros cargos penales. El acuerdo generalmente ocurre en una audiencia de resolución.
Decidir si debe aceptar un acuerdo de culpabilidad puede ser una decisión difícil. El fiscal de Colorado debe probar su culpabilidad más allá de toda duda razonable, por lo que si tienen un caso débil en su contra, puede ser mejor intentar llevar el caso a juicio.
Sin embargo, los jurados pueden ser muy impredecibles. Después de hablar con su abogado, puede ser mejor aceptar un acuerdo de culpabilidad para obtener una sentencia menor y menos cargos que arriesgarse a recibir una sentencia más severa tras un juicio.5
5. ¿Qué sucede después de las audiencias previas al juicio?
La mayoría de los casos se resuelven durante el proceso previo al juicio. Sin embargo, si no ha aceptado un acuerdo de culpabilidad y su caso no ha sido desestimado, el siguiente paso en el proceso penal de Colorado es ir a juicio.6
El tiempo entre el final de la fase previa al juicio y el inicio de la selección del jurado puede tomar desde unos pocos días hasta varios meses. Esto depende de
- el tipo de caso involucrado,
- la complejidad del caso,
- el número de partes involucradas, y
- el calendario del tribunal.
Por eso es importante contar con un abogado defensor penal que lo mantenga informado sobre el progreso de su caso durante todo el proceso.
(Tenga en cuenta que si es condenado en el juicio, puede presentar una moción para un nuevo juicio.)
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¿Arrestado en Nevada? Vea nuestro artículo sobre las leyes previas al juicio en Nevada.
Referencias legales
- Vea Colo. R. Crim. P. 10 – 12.
- Vea Colo. R. Crim. P. 16.
- Vea Brady v. Maryland (1963) 373 U.S. 83.
- People v. Cunningham (Colo. 2013) 314 P.3d 1289.
- Vea Colo. R. Crim. P. 11.
- Vea Colo. R. Crim. P. 23-31.