En Colorado, la policía necesita causa probable para creer que has participado en una actividad criminal antes de poder arrestarte. La policía generalmente tiene que presenciar la actividad criminal o tener una orden de arresto en tu contra.
En algunos casos, la policía puede detenerte legalmente por un tiempo limitado sin arrestarte. Después de un arresto, el sospechoso generalmente es fichado y puede ser liberado bajo fianza para esperar su comparecencia ante el tribunal.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado abordarán estas preguntas frecuentes (FAQ):
- 1. ¿Por qué fui arrestado en Colorado?
- 2. ¿He sido arrestado o detenido?
- 3. ¿Por qué tenía una orden de arresto?
- 4. ¿Qué sucede durante el procedimiento de arresto?
- 5. ¿Qué pasa si la policía no me leyó mis derechos de Miranda?
- 6. ¿Qué sucede después de un arresto?
1. ¿Por qué fui arrestado en Colorado?
La policía necesita causa probable para hacer un arresto en Colorado. Si las circunstancias, evidencia y observaciones le darían a una persona prudente la creencia de que un sospechoso ha cometido un delito grave o menor, entonces la policía puede hacer un arresto.
Sin embargo, si la policía no presencia la actividad criminal, pueden tener que acudir a un juez para obtener una orden de arresto para hacer un arresto. La policía y los fiscales pueden presentar pruebas y declaraciones juradas para respaldar su caso y si el juez encuentra causa probable, pueden emitir una orden de arresto para detener al sospechoso.
En algunos casos, una parada de tráfico puede llevar a un arresto. Si los agentes de paz detienen a un conductor por una violación de tráfico, pueden verificar su nombre en una base de datos. Si el conductor tiene una orden de arresto, la policía lo llevará bajo custodia. 1
Falta de causa probable
La policía puede arrestar a una persona sin tener causa probable. Sin embargo, incluso si la policía violó sus derechos al arrestarlo sin causa probable, el momento para impugnar su arresto no es durante el arresto.
Defenderse durante un arresto o reserva puede resultar en cargos criminales adicionales y posibles lesiones. En su lugar, puede tener que esperar hasta que sea liberado bajo fianza para poder hablar con su abogado sobre la situación y su arresto ilegal. (Lea nuestro artículo sobre el privilegio de abogado-cliente en Colorado.)
2. ¿He sido arrestado o detenido?
Si no está bajo arresto, generalmente tiene el derecho de alejarse tranquilamente de una interacción policial. Sin embargo, la policía puede ser capaz de detenerlo temporalmente sin tener causa probable para hacer un arresto.
En Colorado, la policía generalmente necesita tener “sospecha razonable” para detenerlo. Pueden detenerlo el tiempo suficiente para realizar una investigación razonable para determinar si hay causa probable para hacer un arresto. 2
Arrestos de facto
Desafortunadamente, puede no estar claro si ha sido detenido o arrestado legal o ilegalmente. Los hechos y circunstancias de la interacción policial pueden determinar si su detención se convirtió en un arresto ilegal. Los factores que pueden determinar si su detención se ha convertido en un arresto de facto incluyen:
- La duración de la detención
- No estaba libre de irse
- La cantidad de fuerza utilizada por la policía
- La necesidad del uso de la fuerza3
Si un juez o un gran jurado ha encontrado causa probable para respaldar los cargos criminales, puede haber una orden de arresto emitida en su contra. Además, si se perdió una fecha de la corte u otro procedimiento judicial, puede haberse emitido una orden de arresto de banco en su contra.
Para obtener una orden de arresto emitida en su contra, la policía y los fiscales pueden proporcionar
- declaraciones juradas,
- declaraciones de testigos,
- declaraciones de informantes de la policía,
- pruebas de vigilancia, o
- otra información relevante a un juez.
Si el juez encuentra que hay causa probable para creer que está involucrado en actividades criminales, puede emitir una orden de arresto.4
Órdenes de arresto de tribunal
Una orden de arresto de tribunal puede ser emitida por no comparecer en la corte. Esto puede incluir violaciones menores, incluyendo infracciones de tráfico o municipales. También puede ser emitida por no pagar una tarifa ordenada por el tribunal, no pagar la manutención de los hijos, o no comparecer para el servicio de jurado.
Muchas personas pueden no ser conscientes de que tienen una orden de arresto. Si se ha mudado recientemente o no ha actualizado su dirección de correo, es posible que no haya recibido un aviso de comparecencia en la corte o de que tiene una orden de arresto de tribunal. Si tiene una orden de arresto emitida en su contra, su abogado puede comparecer en la corte en su nombre para anular la orden y evitar su arresto.5
4. ¿Qué sucede durante el procedimiento de arresto?
Un arresto ocurre cuando la policía te detiene y no estás libre de irte. Esto generalmente implica poner al sospechoso en esposas y llevarlo al coche de la policía.
Advertencias de Miranda
El arresto policial generalmente va acompañado de la lectura de tus “Derechos de Miranda” o “Advertencias de Miranda”. Las advertencias de Miranda generalmente son requeridas antes de que la policía pueda interrogarte o hacerte preguntas. Estas advertencias incluyen:
- El derecho a permanecer en silencio
- Cualquier cosa que digas puede y será usada en tu contra
- Tienes derecho a un abogado
- Tienes derecho a tener a tu abogado presente durante el interrogatorio
- Si no puedes pagar un abogado, se te asignará uno
- Puedes ejercer estos derechos en cualquier momento
La policía luego preguntará si entiendes tus derechos. A partir de ese momento, si la policía te hace preguntas, tus respuestas pueden ser usadas en tu contra. Después de que la policía te lea tus derechos, la mejor opción puede ser decir que no quieres responder ninguna pregunta hasta que hables con tu abogado.6
Cacheos y búsquedas incidentales al arresto
Después de un arresto, la policía puede cachearte o palparte para ver si llevas armas. También pueden buscar el área inmediatamente a tu alrededor para buscar armas o evidencia.
La policía puede entonces llevarlo a la cárcel o a la estación de policía para el proceso de reserva.7
5. ¿Qué pasa si la policía no me leyó mis derechos de Miranda?
La policía en Colorado debe informarle de sus derechos de Miranda cuando
- ha sido arrestado y
- está siendo interrogado.
Muchas personas tienen la falsa creencia de que si la policía no les lee sus derechos, automáticamente pueden ganar su caso. Los derechos de Miranda solo se aplican a la interrogación en custodia.
Si la policía no le lee sus derechos de Miranda y lo interroga durante la interrogación en custodia, su abogado puede presentar una moción para suprimir cualquier declaración que haya hecho durante la interrogación ilegal. De manera similar, hacerle preguntas después de que usted diga que quiere hablar con su abogado también puede ser excluido como evidencia.8
6. ¿Qué sucede después de un arresto?
Un arresto generalmente es seguido por el proceso de reserva en el departamento de policía y luego pagar una fianza para ser liberado de la cárcel. La reserva consiste en
- tomar su fotografía (“foto de ficha”),
- tomar sus huellas dactilares,
- recopilar otra información básica, y
- ser registrado con un inventario de sus pertenencias.
Dependiendo de los cargos criminales, puede ser retenido por un período de tiempo o liberado con una fianza. Para ser liberado bajo fianza, puede ser necesario poner dinero para garantizar que regrese para su fecha de corte o pagar a una compañía de fianzas una tarifa para asegurar su liberación.9
Tan pronto como sea posible después de un arresto, debe comunicarse con su abogado de defensa criminal de Colorado. Por nuestra experiencia, a menudo podemos encontrar defectos en la orden de arresto o en los procedimientos de arresto que podrían llevar a que sus cargos sean desestimados o reducidos.
Lectura adicional…
¿En California? Vea nuestro artículo sobre órdenes de arresto en California.
¿En Nevada? Vea nuestro artículo sobre la definición de arresto en Nevada (NRS 171.104).
Referencias legales
- CRS 16-3-102. CRS 16-1-106. Ver People v. Deaner (Colo. 2022) 517 P.3d 66.
- Ver People v. E.V. (Tribunal de Apelaciones de Colorado, División Dos, 2022) 516 P.3d 542.
- Ver People v. Davis (Colo. 2019) 449 P.3d 732.
- Ver People v. Gall (Colo. 2001) .
- Ver también People v. Perry (Tribunal de Apelaciones, 2002) .
- Miranda v. Arizona (1966) 384 US 436. CRS 16-3-406. House Bill 23-1155.
- Ver Mich v. Long (1983) .
- Ver People v. Begay (Colo. 2014) 325 P.3d 1026.
- Ver CRS 16-4-102.