Bajo Colorado CRS § 42-4-1402, el delito de conducción descuidada se define como operar un vehículo motorizado sin la debida consideración por la carretera y el entorno. Este es un delito menor de tráfico de clase 2 que puede ser castigado con hasta 90 días de cárcel y una multa de hasta $300.00.
La conducción descuidada es una violación de tráfico menos grave que una condena por conducción imprudente. Conducir imprudentemente significa ignorar conscientemente la seguridad de los demás.
El texto completo de la Sección 42-4-1402 establece que:
(1) Una persona que conduce un vehículo motorizado, bicicleta, bicicleta asistida eléctricamente o patinete de baja potencia de manera descuidada e imprudente, sin la debida consideración por el ancho, la pendiente, las curvas, las esquinas, el tráfico y el uso de las calles y carreteras y todas las demás circunstancias pertinentes, es culpable de conducción descuidada. Una persona condenada por conducción descuidada en bicicleta o bicicleta asistida eléctricamente no estará sujeta a las disposiciones de la sección 42-2-127.
(2) (a) Excepto en los casos previstos en los párrafos (b) y (c) de esta subsección (2), cualquier persona que viole cualquier disposición de esta sección comete un delito menor de tráfico de clase 2.
(b) Si las acciones de la persona son la causa directa de lesiones corporales a otra persona, dicha persona comete un delito menor de tráfico de clase 1.
(c) Si las acciones de la persona son la causa directa de la muerte de otra persona, dicha persona comete un delito menor de tráfico de clase 1.
Ejemplos
- Meredith usa sus rodillas para guiar el volante mientras desayuna.
- Tom conduce a 50 millas por hora en una zona de 25 millas por hora en una tormenta de nieve.
Defensas legales
Hay defensas legales que las personas pueden utilizar si han sido acusadas de conducción descuidada. Estas defensas pueden llevar a una absolución o pueden reducir las penas de una condena. Algunas de las más comunes incluyen:
- Su conducción no fue descuidada,
- No era el conductor, y
- Cualquier lesión que resultó no fue causada por su conducción.
Posibles penas
Las penas por una condena por conducción descuidada en Colorado dependen de si alguien resultó herido.
Si nadie resultó herido, la conducción descuidada es un delito menor de tráfico de Clase 2. Una condena conlleva:
- Entre $150 y $300 en multas, y
- Entre 10 y 90 días en la cárcel.
Si te acusan de conducción descuidada con lesiones corporales, se convierte en un delito menor de tráfico de Clase 1. Las condenas por estas acusaciones conllevan:
- Multas de entre $300 y $1,000, y
- Entre 10 días y 1 año en la cárcel.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver, Colorado discutirán:
- 1. ¿Qué es la conducción descuidada según CRS 42-4-1402?
- 2. ¿Cuáles son las defensas legales comunes para la conducción descuidada en Colorado?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones por una condena por conducción descuidada?
- 4. Delitos relacionados con la conducción descuidada en Colorado

La conducción descuidada es un delito menor de tráfico según la ley penal de Colorado.
1. ¿Qué es la conducción descuidada según CRS 42-4-1402?
La conducción descuidada está definida por CRS 42-4-1402 en Colorado. Esta ley prohíbe conducir un vehículo sin prestar la debida atención a tu entorno.
1.1. ¿Qué significa conducir “descuidadamente”?
Las personas conducen descuidadamente cuando no prestan la debida atención a su entorno. Esto incluye a personas que conducen negligentemente y ponen en riesgo a otros.1
Ejemplo: Dylan está conduciendo a 73 millas por hora en una zona de 55 millas por hora. No ve el letrero de alto y causa un accidente en la intersección.2
1.2. ¿Cuáles son las diferencias entre la conducción descuidada y la conducción temeraria?
La conducción descuidada implica negligencia y una falta de atención. La conducción temeraria, por otro lado, implica un desprecio consciente por los riesgos.3 Esto hace que la conducción descuidada sea menos grave que la conducción temeraria. Un conductor descuidado debería haber conocido los riesgos de su conducta en la carretera, pero no lo hizo. Un conductor temerario conoce los riesgos, pero los asume de todos modos.
Por lo tanto, todos los conductores imprudentes también están siendo descuidados. Sin embargo, los conductores descuidados no tienen la conciencia para hacerlos imprudentes.4
Ejemplo: Dylan va a 73 en una zona de 55 millas por hora. Sabe que hay una señal de alto adelante, pero decide no parar. Probablemente estaría conduciendo imprudentemente, no descuidadamente.
La diferencia entre la conducción descuidada y la imprudencia es importante. Colorado tiene una ley diferente que prohíbe la conducción imprudente.5 Las penas por una condena bajo esa ley son más severas que las condenas por conducción descuidada.
1.3. ¿Qué pasa si no estaba conduciendo un coche?
Puede conducir vehículos que no sean coches de manera descuidada. CRS 42-4-1402 cubre:
- Vehículos motorizados, incluyendo coches, furgonetas, camiones o tractocamiones,6
- Patinetes, y
- Bicicletas, incluyendo bicicletas eléctricas o e-bikes.
1.4. ¿Qué pasa si estaba en propiedad privada?
Los tribunales han decidido repetidamente que CRS 42-4-1402 se aplica a la propiedad privada.7 Conducir descuidadamente en propiedad privada, entonces, puede violar CRS 42-4-1402 y llevar a un cargo criminal.
Ejemplo: En un estacionamiento, Doug conduce por las filas de plazas de aparcamiento. No ve a Tom saliendo de una plaza de aparcamiento detrás de una fila de coches, y tienen un accidente de tráfico.

Los abogados de tráfico pueden ser capaces de obtener una multa de tráfico por violar CRS 42-4-1402 reducida o desestimada.
2. ¿Cuáles son las defensas legales comunes a la conducción descuidada en Colorado?
Las personas que han sido acusadas de conducción descuidada bajo CRS 42-4-1402 pueden plantear defensas legales para defenderse. Los hechos específicos de cada caso determinan cuáles serán las defensas más efectivas. Sin embargo, las defensas legales más comunes a un cargo de conducción descuidada incluyen:
- No estaba conduciendo descuidadamente,
- No era el conductor, en absoluto, y
- Estaba conduciendo descuidadamente, pero eso no causó las lesiones de la otra persona.
2.1. No estaba conduciendo descuidadamente
Es responsabilidad del fiscal demostrar al jurado, más allá de una duda razonable, que estaba conduciendo descuidadamente. En muchos casos penales, la línea entre la conducción adecuada y la conducción descuidada es vaga. Puede defenderse contra un cargo de conducción descuidada mostrando que estaba conduciendo su vehículo de manera segura para las condiciones.
Ejemplo: Mary está conduciendo a la velocidad límite durante una tormenta de nieve.
2.2. No era el conductor
Si alguien más estaba conduciendo su coche, no debería ser condenado por conducción descuidada. En Colorado, esto se conoce como la defensa de identidad equivocada. Argumenta que el delito puede haber ocurrido, pero usted no fue quien lo cometió.
Ejemplo: Josh conduce el coche de Mary a la escuela. Un oficial de policía lo ve conduciendo descuidadamente y rastrea la matrícula hasta Mary.
2.3. Su conducción descuidada no fue la causa de las lesiones de alguien
Si hubo un accidente de coche, demostrar que su conducción descuidada no fue la causa de las lesiones de la otra persona puede ser crucial. La conducción descuidada se vuelve mucho más grave si causa un accidente y lastima a alguien más. Un cargo se convierte en un delito menor de tráfico de Clase 1. La evidencia de que la otra persona resultó herida por una razón diferente puede evitar que esto suceda.
Ejemplo: Suzie hace un giro descuidado en una intersección, haciendo que un peatón salte. Un ciclista que iba a toda velocidad luego golpea y lastima gravemente al peatón.

Acumular demasiados puntos del DMV por multas de tráfico puede resultar en la revocación de la licencia de conducir.
3. ¿Cuáles son las penas por una condena por conducción descuidada?
Las penas por conducción descuidada en Colorado dependen de si alguien resultó herido.
Si no resultó herido nadie, la conducción descuidada es un delito menor de tráfico de Clase 2. Las condenas pueden acarrear:
- Entre $150 y $300 en multas, y
- Entre 10 y 90 días en la cárcel.
Sin embargo, si alguien resultó herido o murió debido a la conducción descuidada, las penas aumentan. La conducción descuidada con lesiones corporales es un delito menor de tráfico de Clase 1 que conlleva:
- Entre $300 y $1,000 en multas, y
- Entre 10 días y 1 año en la cárcel.8
Además de las multas y el tiempo en la cárcel, las condenas por conducción descuidada conllevan otras penas, también:
- 4 puntos en su historial de conducción, a menos que estuviera montando en bicicleta o en e-bike,9
- Servicio comunitario,10 y
- Pago de restitución a cualquier persona que resulte herida.11
Vea nuestro artículo relacionado, ¿Es la conducción descuidada un delito menor en Colorado?
3.1. Condenas por conducción descuidada y demandas civiles
Si se le acusa de conducción descuidada después de un accidente de coche, una condena puede ser utilizada en su contra si el otro conductor lo demanda.
Después de un accidente de auto en Colorado, cualquier persona que resultó herida puede optar por presentar una demanda por lesiones personales contra el conductor que causó el choque. Si usted fue acusado de conducir descuidadamente bajo el CRS 42-4-1402, esa acusación puede influir en la demanda. Una condena por conducir descuidadamente es una prueba de que no estaba conduciendo de manera segura. La condena puede ser utilizada para demostrar que usted actuó negligente per se en la demanda por lesiones personales.12 Esto puede hacer que la demanda sea muy difícil de defender.
4. Delitos relacionados con la conducción descuidada en Colorado
Hay algunos delitos en Colorado relacionados con la conducción descuidada bajo el CRS 42-4-1402. Algunos de estos a menudo se presentan junto con cargos por conducción descuidada. Incluyen:
- Conducción temeraria (CRS 42-4-1401). Si estaba conduciendo con un desprecio consciente por los riesgos, también podría enfrentar cargos por conducción temeraria. Los fiscales a menudo presentan estos junto con cargos por conducción descuidada.
- Homicidio negligente (CRS 18-3-105). Si estaba conduciendo con una negligencia extrema y causó un accidente que mató a alguien, podría ser acusado de homicidio negligente.
- Asalto en tercer grado (CRS 18-3-204). Lastimar a alguien con un arma mortal mientras actúa con negligencia criminal puede llevar a cargos por asalto. Un auto puede ser un arma mortal.
- Carreras y exhibiciones de velocidad (CRS 42-4-1105). La ley de Colorado prohíbe participar conscientemente en carreras en una carretera.
- Exceso de velocidad (CRS 42-4-1101). Exceder el límite de velocidad puede ser una infracción de tráfico o un delito menor de tráfico.
- Cambios de carril inseguros (CRS 42-4-1007). Este delito es una infracción de tráfico de clase A, con multas y puntos en el DMV.
- No ceder el derecho de paso (CRS 42-4-703). Este delito también es una infracción de tráfico de clase A, con una multa civil y puntos en el DMV.
- Violaciones de las leyes de DUI de Colorado. Es posible que se puedan reducir los cargos por conducir bajo la influencia de alcohol o drogas a conducción descuidada.
Para obtener más ayuda…
Para obtener asesoramiento legal, comuníquese con nuestros abogados de tráfico de Colorado. Nuestros experimentados abogados de defensa criminal de Colorado practican en todo el estado, incluyendo Denver, Colorado Springs, Arapahoe y más.
¿En California? Vea nuestro artículo sobre conducción descuidada seca.
¿En Nevada? Vea nuestro artículo sobre conducción descuidada.
Referencias legales:
- People v. Chapman, (1977) 557 P.2d 1211 (“el elemento mental de la conducción descuidada es, en esencia, negligencia”).
- People v. Zweygardt, (Colo. App. 2012) 298 P.3d 1018.
- Ver nota 1.
- Ver nota 1. (“Quien comete conducción temeraria necesariamente ha sido culpable de conducción descuidada, ya que el grado mayor de negligencia incluye el menor”. Esto hace que la conducción descuidada sea un delito incluido en el delito de conducción temeraria en Colorado).
- C.R.S. § 42-4-1401.
- Ver C.R.S. § 42-1-102(58).
- Ver Clark v. Bunnell, (1970) 470 P.2d 42; People v. Millican, (1970) 474 P.2d 789; People v. Erb, (1970) 475 P.2d 330; y Gustad v. Allen, (Colo. App. 1974) 520 P.2d 594.
- Ver C.R.S. § 42-4-1402(2) y C.R.S. § 42-4-1701(3)(a)(II)(A)
- C.R.S. § 42-4-1402(1) y C.R.S. § 42-2-127.
- C.R.S. § 42-4-1701(3)(II)(B).
- Ver C.R.S. § 16-18.5-107 y C.R.S. § 42-4-1701(3)(II)(B).
- Pyles-Knutzen v. Board of County Commissioners, (Colo. App. 1989) 781 P.2d 164.