Un pedido de restricción de violencia doméstica restraining order es una orden judicial emitida en un caso de violencia doméstica que el acusado se abstenga de
- dañar,
- amenazar o
- acosar a la presunta víctima.
Una violación de la orden puede dar lugar a cargos penales según el Código Penal 273.6 PC. Las penas incluyen un cargo de delito menor (en lugar de un delito grave) y hasta un año en la cárcel del condado.
Un caso de violencia doméstica es uno en el que el acusado y la presunta víctima son o fueron:
- parejas domésticas,
- en una relación de citas,
- en una relación íntima,
- comparten un niño juntos, o
- la víctima es o un miembro del hogar.
La duración de las órdenes son:
- órdenes de protección de emergencia – hasta 7 días
- órdenes de restricción temporales – 20 a 25 días
- órdenes de restricción de violencia doméstica permanentes – hasta 5 años
Los términos y condiciones específicos de una orden de restricción variarán de caso a caso. Sin embargo, todas las órdenes incluyen disposiciones que impiden que la persona restringida tenga contacto con la persona protegida. Contacto generalmente incluye:
- contacto personal,
- llamadas telefónicas, mensajes de texto y correos electrónicos, y
- interacción en sitios de redes sociales.
Además, la mayoría de las órdenes dicen que una parte tiene que:
- renunciar a la posesión de cualquier arma de fuego,
- pagar manutención para hijos y / o cónyuge,
- liberar o devolver cierta propiedad, y
- asistir a un programa de intervención de agresores de 52 semanas (programa de intervención de agresores (clases de violencia doméstica).
La orden también puede afectar la custodia de los hijos. Tenga en cuenta que hay momentos en que se concede una orden de restricción, pero luego se desestiman los cargos de un delito que dio lugar a la orden. En estas situaciones, la orden en sí misma también puede ser desestimada. Esto a menudo dependerá de:
- el tipo de orden de restricción que se emitió, y
- el lenguaje establecido en la orden.
Nuestros abogados de defensa penal destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuánto tiempo duran las órdenes de restricción?
- 2. ¿Cuáles son los términos y condiciones de una orden de restricción de violencia doméstica?
- 3. ¿Se requiere que los jueces lo impongan?
- 4. ¿Qué sucede si se desestima la acusación subyacente?

Los jueces pueden emitir órdenes de protección de emergencia y temporales sin escuchar al presunto abusador.
1. ¿Cuánto tiempo duran las órdenes de restricción?
Las órdenes de protección de emergencia duran hasta 7 días. Estas órdenes se emiten en situaciones de emergencia por la policía. Un oficial de cumplimiento de la ley o un policía pueden otorgar la orden si una persona está en peligro inmediato de violencia doméstica.1
Las órdenes de restricción temporales (TRO) se imponen por un juez generalmente durante 20-25 días, haciéndolas así “temporales”. Una orden de restricción temporal se emite antes de que se establezca una fecha de audiencia o un juez lleve a cabo una audiencia sobre el asunto.2
Las órdenes de restricción de violencia doméstica permanentes pueden permanecer en vigor hasta cinco años. Un juez emite este tipo de orden después de llevar a cabo una audiencia para determinar si se requiere una protección a largo plazo para una parte.3
2. ¿Cuáles son los términos y condiciones de una orden de restricción de violencia doméstica?
Los exactos términos y condiciones de una orden de restricción (a veces llamada orden de protección) se establecerán en la orden. Las condiciones variarán de un caso a otro.
Todas las órdenes, sin embargo, incluyen disposiciones que impiden a una parte tener cualquier contacto con un determinado miembro de la familia u otra parte de una relación íntima.4
Contacto generalmente incluye:
- infligir cualquier abuso físico,
- contacto personal (es decir, acercarse a cierta distancia de esa persona),
- llamadas telefónicas o mensajes de texto,
- correos electrónicos,
- interacción en sitios de redes sociales como Facebook, o
- cualquier tipo de vigilancia.
Muchas disposiciones comunes en estas órdenes obligan a una persona a:
- entregar la posesión de un arma,
- pagar la manutención de los hijos,
- pagar la manutención de la cónyuge o pareja,
- pagar ciertas facturas,
- no realizar cambios en las pólizas de seguro,
- liberar o devolver cierta propiedad, y
- completar un programa de intervención de agresores de 52 semanas.5
Para la persona a ser restringida, las consecuencias de una orden de restricción pueden incluir:
- no poder ir a ciertos lugares o hacer ciertas cosas,
- mudarse de un hogar,
- tener una interacción limitada con el hijo de esa persona, y
- consecuencias negativas de inmigración.6
3. ¿Se requiere que los jueces lo impongan?
Los jueces en un caso criminal de violencia doméstica impondrán órdenes de restricción siempre que haya una base legal para la orden.7
Tenga en cuenta que una persona que busca una orden no tiene que demostrar que sufrió daño físico.
La persona que busca la orden de restricción simplemente necesita demostrar que:
- alguien lo ha abusado o amenazado con abusarlo a él/ella o a su menor hijo/a, y
- el presunto abusador es una pareja íntima o un pariente de primer o segundo grado.8
Además, tenga en cuenta que el Código Penal 273.6 PC es la ley de California sobre la violación de estas órdenes. La sección del código hace que sea un delito para una persona violar los términos o condiciones de una:
- orden de restricción,
- orden de protección, o
- orden de alejamiento.9
Un fiscal debe probar tres cosas para lograr condenar con éxito a alguien por violar una orden de restricción. Estos son:
- el juez emitió una orden de protección legal,
- el acusado sabía sobre la orden, y
- el acusado intencionalmente violó esa orden.10
Una violación de PC 273.6 generalmente se acusa como un delito menor. La ofensa es punible con:
- prisión en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $1,000.11
En algunos casos, una violación de una orden de restricción puede llevar a cargos de delito mayor. Un cargo de delito mayor es punible con:
- prisión en prisión estatal por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.
4. ¿Qué sucede si se desestima la acusación subyacente?
Las órdenes de restricción a menudo se emiten después de que una persona sea acusada de cierto delito de violencia doméstica, como:
- batería doméstica, según Código Penal 243e1PC, o
- infligir lesiones corporales a una pareja íntima, según Código Penal 273.5 PC.
Hay momentos en que se concede una orden de restricción, pero luego se desestiman las acusaciones del delito que dio lugar a la orden.
En estas situaciones, la orden puede permanecer en vigor o puede ser desestimada también. El resultado depende en gran medida del tipo de orden que se emitió.
En general, tenga en cuenta que una persona puede terminar una orden de restricción mostrando que:
- ha habido un cambio material en los hechos sobre los cuales se otorgó la orden,
- la ley sobre la que se otorgó la orden ha cambiado, o
- los fines de la justicia se verían servidos por la terminación de la orden.12
La cancelación también depende del lenguaje establecido en la orden de restricción.
Si la cancelación no es automática, una parte debe hacer una solicitud separada solicitud para que se cancele. Esta solicitud se hace por escrito y se hace al juez que preside el caso. La corte puede fijar una fecha de audiencia.
Para obtener orientación adicional o para discutir su caso con un abogado de defensa penal, lo invitamos a comunicarse con nosotros en Shouse Law Group. También puede estar interesado en nuestro artículo sobre órdenes de restricción de acoso civil.
Las víctimas pueden comunicarse con el National Domestic Violence Hotline.
Para preguntas sobre órdenes de restricción en Nevada y Colorado, consulte nuestros artículos sobre:
- “NRS 33.100 – Leyes de Nevada para violar órdenes de restricción“, y
- “Órdenes de restricción de Colorado“.
- Código de Procedimiento Civil de California 6250. Véase también Babalola v. Superior Court (2011) 192 Cal. App. 4th 948.
- Código de Procedimiento Civil de California 527.6.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.
- Sitio web de los tribunales de California – Violencia doméstica.
- Véase lo mismo.
- Código de Procedimiento Civil de California 527.6.
- Véase lo mismo.
- Código Penal de California 273.6 PC.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.
- Código de Procedimiento Civil de California 533.