Actualizado 28 de febrero de 2022
El 1 de enero de 2018, el uso recreativo de la marihuana se hizo legal para adultos mayores de 21 años en California. Sin embargo, las leyes de marihuana medicinal bajo la “Ley de Uso Compasivo” de California siguen vigentes y en pleno efecto.
Significativamente, las leyes de marihuana medicinal de California ofrecen ciertas ventajas para los pacientes sobre la compra de marihuana minorista. Estas ventajas incluyen:
- Los pacientes con tarjetas de identificación de marihuana medicinal válidas están exentos del impuesto sobre ventas y uso estatal aplicable a las ventas de marihuana recreativa.
- Los pacientes de marihuana medicinal, con la recomendación de un médico, pueden poseer y cultivar tanta marihuana como sea consistente con sus necesidades razonables. El uso recreativo de la marihuana tiene límites de cantidad estrictos (posesión de no más de una onza de marihuana o 8 gramos de concentrado; cultivo de no más de 6 plantas).
- Los tinturas, cápsulas y tópicos medicinales pueden contener hasta 2.000 mg de THC por paquete, el doble de los productos similares para uso recreativo.
- Los pacientes menores de 21 años pueden usar marihuana medicinal con la recomendación de un médico (y el consentimiento de los padres si tienen menos de 18 años). El uso recreativo de la marihuana está limitado a adultos mayores de 21 años.
Para ayudarlo a comprender mejor las leyes de marihuana medicinal de California, nuestros abogados de defensa penal de California responden a las siguientes preguntas, a continuación.
- 1. ¿Cuál es la “Ley de Uso Compasivo” de California?
- 2. ¿Quién tiene derecho legal a usar marihuana medicinal en California?
- 3. ¿Qué constituye una “condición médica grave”?
- 4. ¿Necesito una tarjeta de marihuana medicinal para usar marihuana medicinal?
- 5. ¿Cómo obtengo una tarjeta de marihuana medicinal?
- 6. ¿Puede una tarjeta de marihuana medicinal usarse en mi contra?
- 7. ¿Qué puede hacer legalmente un usuario de marihuana medicinal?
- 8. ¿Cuánta marihuana puedo poseer o cultivar?
- 9. ¿Se permite el cannabis concentrado (hashish) bajo la LUC?
- 10. ¿Cómo encuentro un médico de marihuana medicinal en California?
- 11. ¿Qué es un “cuidador primario” de marihuana medicinal?
- 12. ¿Qué puede hacer legalmente un cuidador primario de marihuana medicinal?
- 13. ¿Qué es una tarjeta de identificación de marihuana medicinal para cuidadores primarios?
- 14. ¿Qué pasa si me arrestan por marihuana medicinal?
- 15. ¿Puedo ser arrestado bajo la ley federal por usar marihuana medicinal?
- 16. ¿Cómo abro un dispensario de marihuana medicinal?
- 17. ¿Cuál es el impacto de la Proposición 64 (legalización de la marihuana recreativa) en las leyes de marihuana medicinal de California?
1. ¿Cuál es la Ley de “Uso Compasivo” de California?
La marihuana medicinal es legal en California bajo la Ley de “Uso Compasivo” de 1996 (la “CUA”).1
La CUA fue aprobada por el voto de aprobación de la Proposición 215 de California. Sus disposiciones se establecen en el Código de Salud y Seguridad de California 11362.5 y secciones posteriores.
2. ¿Quién tiene derecho legal a usar marihuana medicinal en California?
Usted tiene derecho a usar marihuana medicinal en California si:
- un médico licenciado de California,
- ha aprobado o recomendado marihuana (ya sea verbalmente o por escrito),
- para el tratamiento de una afección médica grave. 2
3. ¿Qué constituye una “afección médica grave”?
Bajo la CUA, una “afección médica grave” se define como:
- Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA).
- Anorexia.
- Artritis.
- Cachexia [síndrome de desgaste].
- Cáncer.
- Dolor crónico.
- Glaucoma.
- Migraña.
- Espasmos musculares persistentes, incluidos, pero no limitados a, espasmos asociados con esclerosis múltiple.
- Convulsiones, incluidas, pero no limitadas a, convulsiones asociadas con epilepsia.
- Náuseas severas, y
- Cualquier otro síntoma médico crónico o persistente que: (A) Limite sustancialmente la capacidad de la persona para realizar una o más actividades importantes de la vida, tal como se define en la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (Ley Pública 101-336), o (B) Si no se alivia, puede causar un daño grave a la seguridad o salud física o mental del paciente. 3
4. ¿Necesito una tarjeta de marihuana medicinal para usar marihuana medicinal?
No necesita una tarjeta de identificación de marihuana medicinal (“MMIC”) para calificar para el uso de marihuana medicinal bajo la CUA. 4
Sin embargo, tener una tarjeta de marihuana medicinal permite a la policía verificar que está autorizado para usar marihuana medicinal.
Si tiene una MMIC válida y actual, un oficial no puede arrestarlo por poseer, cultivar o transportar marihuana a menos que:
- la información en la tarjeta sea falsa,
- la tarjeta haya sido obtenida fraudulentamente, o
- de otra manera esté violando la ley (por ejemplo, al poseer o cultivar más marihuana de lo permitido bajo la CUA, o poseerla con la intención de venderla). 5
5. ¿Cómo obtengo una tarjeta de marihuana medicinal?
Debe solicitar una MMIC en persona en el departamento de salud del condado en el que reside. 6 Puede obtener una MMIC en todos los condados de California excepto Sutter y Colusa.
MMIC es un programa administrado por el estado. Una vez que tenga su tarjeta de identificación, es válida en todo California.
Para obtener más información, consulte nuestro artículo, Cómo obtener una tarjeta de marihuana médica en California.
6. ¿Se puede usar una tarjeta de marihuana médica en mi contra?
El registro de marihuana médica de California no contiene información personal como nombre, dirección o número de seguridad social. La única información en la base de datos es:
- un número de identificación de usuario único y
- si la tarjeta es válida.7
La MMIC en sí misma no contiene información personal aparte de su fotografía.
Cuando alguien, como un oficial de policía o un dispensario, ingresa su número de identificación en la base de datos del estado, se les dice simplemente si la tarjeta es válida o no válida. No se da ninguna otra información.
7. ¿Qué puede hacer legalmente un usuario de marihuana médica?
Los usuarios de marihuana médica pueden legalmente:
- poseer,
- cultivar y
- transportar marihuana
para su uso médico y personal.8
Las leyes de marihuana médica no permiten a los pacientes venderla o regalarla, o tener posesión de marihuana con la intención de venderla.9
No permiten a los usuarios de marihuana medicinal fumar marihuana:
- en ningún lugar donde esté prohibido fumar por ley,
- en o dentro de 1.000 pies de los terrenos de una escuela, centro recreativo o centro juvenil, a menos que el uso médico ocurra dentro de una residencia,
- en un autobús escolar,
- mientras se esté operando un vehículo motorizado, o
- mientras se esté operando un bote.10
8. ¿Cuánta marihuana puedo poseer o cultivar?
Los usuarios de marihuana medicinal pueden legalmente:
- poseer hasta ocho onzas de marihuana seca,
- cultivar hasta seis plantas maduras o 12 plantas inmaduras, o
- con la recomendación de un médico, poseer o cultivar una cantidad mayor consistente con las necesidades razonables del paciente.11
También pueden transportar una cantidad de marihuana consistente con sus necesidades médicas razonables.12
9. ¿Está permitido el uso de cannabis concentrado (hashish) bajo la CUA?
Para los propósitos de la CUA, el cannabis concentrado (hashish) se considera marihuana.13 Por lo tanto, los usuarios de marihuana medicinal pueden poseer legalmente cannabis concentrado en una cantidad razonablemente relacionada con sus necesidades médicas actuales.14
También pueden producir cannabis concentrado para su uso médico personal. Sin embargo, no pueden producirlo usando disolventes químicos, como el butano.15
10. ¿Cómo encuentro un médico de marihuana medicinal en California?
El uso de marihuana medicinal no está reconocido bajo la ley federal. Bajo la “Ley de Sustancias Controladas” (la “CSA”), la marihuana se clasifica como un alucinógeno de Programa 1.16
Debido a que todavía es ilegal bajo la ley federal, muchos médicos no recetarán marihuana medicinal. Sin embargo, algunos aprobarán su uso para su condición verbalmente, que es todo lo que se requiere bajo la CUA.17
Si prefiere una receta escrita para la marihuana o tiene miedo de discutir la marihuana con su médico regular, un dispensario de marihuana médica confiable generalmente puede recomendar un médico.
Una vez que presente tal evidencia, la carga recae en el fiscal para demostrar que su (o el uso de marihuana médica del paciente) no fue justificado.26
Si eres un cuidador primario, también tendrás que demostrar que:
- Has sido designado para ese propósito por un usuario legal de marihuana médica,
- Eres consistentemente responsable del alojamiento, la salud y/o la seguridad de esa persona,
- El cuidado que proporcionas es independiente de la ayuda que le das a la persona para tomar marihuana médica, Y
- Comenzaste a cuidar a la persona en o antes del momento en que asumiste la responsabilidad de ayudar con la marihuana médica.27
15. ¿Puedo ser arrestado bajo la ley federal por usar marihuana médica?
La marihuana, incluso la marihuana médica, es ilegal bajo la Ley de Sustancias Controladas de los Estados Unidos.28
Sin embargo, la política actual del gobierno federal es perseguir a los traficantes de drogas a gran escala, no a los usuarios individuales de marihuana médica que cumplan con la ley estatal.29
16. ¿Cómo abro un dispensario de marihuana médica?
La CUA permite la distribución de marihuana a los pacientes de marihuana médica y a sus cuidadores primarios a través de dispensarios médicos sin fines de lucro.30
Existen estrictos requisitos estatales sobre la operación de dispensarios.31 Además, la CUA no anula las ordenanzas municipales o de condado que regulan los dispensarios.32
Para obtener más información, consulte nuestro artículo Cómo abrir un dispensario de marihuana médica en California.
17. ¿Cuál es el impacto de la Proposición 64 (legalización de la marihuana recreativa) en las leyes de marihuana médica de California?
En noviembre de 2016, los votantes de California aprobaron la Proposición 64, que legalizó el uso de marihuana recreativa para personas mayores de 21 años en California y autorizó a los californianos a vender marihuana recreativa bajo licencias emitidas por el estado.33
Con el tiempo, los usuarios de marihuana médica en California pueden encontrar que es más sencillo satisfacer sus necesidades de marihuana médica a través del mercado legal de marihuana recreativa. Sin embargo, a partir de 2016, las leyes de marihuana médica de California siguen desempeñando un papel importante por varias razones.
En primer lugar, tomará algún tiempo para que el mercado de marihuana recreativa se ponga en marcha en California. La última fecha para la que el estado puede comenzar a emitir licencias para la venta de marihuana recreativa no será hasta el 1 de enero de 2018.
En segundo lugar, las leyes de marihuana médica de California permiten a los usuarios médicos poseer más marihuana que el límite legal para los usuarios recreativos (28,5 gramos, o un poco más de una onza) si sus necesidades médicas lo requieren.
Finalmente, puede resultar que la marihuana médica vendida por colectivos sin fines de lucro sea más barata que la marihuana recreativa vendida legalmente por empresas con fines de lucro. La marihuana médica comprada con una tarjeta de identificación también estará exenta del impuesto sobre las ventas.
Prop 64 hizo solo cambios menores a las leyes existentes sobre marihuana medicinal de California. Lo más saliente para los usuarios de marihuana medicinal es un requisito de que, a partir del 1 de enero de 2018, las recomendaciones del médico deben cumplir con nuevos requisitos más estrictos que entraron en vigor en 2015. (Sin embargo, una falta de cumplimiento con este requisito no conducirá a sanciones penales).34
Llámenos para obtener ayuda…
Para obtener más información sobre las leyes de marihuana de California, o para discutir su caso de forma confidencial con uno de nuestros abogados de defensa penal de California, no dude en ponerse en contacto con nosotros en Shouse Law Group. Nuestras oficinas legales se encuentran en y alrededor de Los Ángeles, el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, la región de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
Además, nuestros abogados de defensa penal de Las Vegas, Nevada representan a clientes acusados de violar las leyes de marihuana medicinal de Nevada. Para obtener más información, le invitamos a ponerse en contacto con nuestros abogados locales en una de nuestras oficinas legales de Nevada, ubicadas en Reno y Las Vegas.
Referencias legales:
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.5 (a) HS: Esta sección se conocerá y podrá citarse como la Ley de Uso Compasivo de 1996.
- Código de Salud y Seguridad de California 11362 (d): La sección 11357, relativa a la posesión de marihuana, y la sección 11358, relativa a la cultivación de marihuana, no se aplicarán a un paciente ni a un cuidador principal del paciente que posea o cultive marihuana para los fines médicos personales del paciente con la recomendación o aprobación escrita o oral de un médico.
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.7 (h).
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.71 (f). No será necesario que una persona obtenga una tarjeta de identificación para alegar los beneficios de la Sección 11362.5. Véase también People v. Kelly (2010) 47 Cal.4th 1008, 222 P.3d 186 (“Ya sea que una persona con derecho a registrarse bajo el MMP elija hacerlo o no, esa persona, siempre y cuando cumpla con la definición de paciente o cuidador principal según el CUA, conserva todos los derechos otorgados por el CUA”).
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.71 (e) Ninguna persona o cuidador principal designado en posesión de una tarjeta de identificación válida será objeto de arresto por posesión, transporte, entrega o cultivo de marihuana en una cantidad establecida de conformidad con este artículo, a menos que exista una causa razonable para creer que la información contenida en la tarjeta es falsa o falsificada, la tarjeta se haya obtenido por medio de fraude o la persona esté de otra manera en violación de las disposiciones de este artículo.
- Póngase en contacto con el condado para obtener más información si el paciente no puede hacerlo.
- Véase Preguntas frecuentes del Programa de Marihuana Médica del Departamento de Salud Pública de California.
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.765 (a): Sujeto a los requisitos de este artículo, las personas especificadas en la subdivisión (b) [pacientes de marihuana médica y sus cuidadores principales] no serán objeto, con ese único fundamento, de responsabilidad penal según la Sección 11357 [posesión simple], 11358 [cultivo], 11359 [posesión con intención de vender], 11360 [venta], 11366 [mantenimiento de lugar de venta], 11366.5 [alquiler de lugar para la venta] o 11570 [edificios]. Sin embargo, nada de esta sección autorizará al individuo a fumar o consumir de otra manera marihuana a menos que se autorice de otra manera por este artículo, ni nada de esta sección autorizará a ningún individuo o grupo a cultivar o distribuir marihuana con fines de lucro.
- Igual.
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.79 HS.
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.77 (a) Un paciente calificado o un cuidador principal calificado pueden poseer hasta ocho onzas de marihuana seca por paciente calificado. Además, un paciente calificado o un cuidador principal calificado también pueden mantener hasta seis plantas maduras o 12 plantas inmaduras por paciente calificado.
(b) Si un paciente calificado o cuidador primario tiene una recomendación médica de que esta cantidad no satisface las necesidades médicas del paciente calificado, el paciente calificado o el cuidador primario pueden poseer una cantidad de marihuana consistente con las necesidades del paciente. Véase también People v. Trippet (1997) 56 Cal.App.4th 1532, 66 Cal.Rptr.2d 559 (“…la cantidad poseída por el paciente o el cuidador primario, y la forma y el modo en que se posee, deberían estar relacionados razonablemente con las necesidades médicas actuales del paciente. ¿Qué son exactamente las “necesidades médicas actuales” del paciente debe, por supuesto, seguir siendo una cuestión de hecho que debe determinarse por el juez de hecho. Uno (pero no necesariamente el único) tipo de evidencia relevante para tal determinación sería la opinión del médico que recomienda o aprueba con respecto a la frecuencia y la cantidad de la dosis que el paciente necesita”).
…(2) Un cuidador primario designado que transporta, procesa, administra, entrega o da marihuana con fines médicos, en cantidades no superiores a las establecidas en la subdivisión (a) del artículo 11362.77, solo al paciente calificado del cuidador primario o a la persona con una tarjeta de identificación que haya designado al individuo como cuidador primario. - Igual.
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.765 (a), nota al pie 8.
- Vea la nota al pie 5.
- Es posible que el condado pueda hacer acomodos si el paciente no puede hacerlo en persona. Comuníquese con la oficina de marihuana del condado de California local para obtener más información.
- CALCRIM 2375. Posesión simple de marihuana: delito menor (Código de Salud y Seguridad, § 11357 (c)): …Para que se aplique la Ley de Uso Compasivo, la defensa debe presentar pruebas que tiendan a demostrar que (su) posesión o cultivo de marihuana fue (para fines médicos personales / [o] como cuidador primario de un paciente con una necesidad médica) con la recomendación o aprobación de un médico. La cantidad de marihuana poseída debe estar razonablemente relacionada con las necesidades médicas actuales del paciente. La parte acusadora tiene la carga de demostrar más allá de toda duda razonable que el acusado no estaba autorizado para poseer o cultivar marihuana con fines médicos. Si la parte acusadora no cumple con esta carga, debe encontrar al acusado no culpable de este delito.
- Vea, por ejemplo, People v. Trippet, nota al pie 11 (un médico que testifica que habría recetado marihuana para las migrañas del acusado si fuera legal, ha dado su aprobación tácita al uso de cannabis bajo la Ley de Uso Compasivo).
- Vea, por ejemplo, CALCRIM 2375, nota al pie 24.
- Vea la nota al pie 18.
Vea también el Código de Salud y Seguridad de California 11362.7 (d) “Cuidador primario” significa la persona designada por un paciente calificado o por una persona con una tarjeta de identificación, que ha asumido consistentemente la responsabilidad del alojamiento, salud o seguridad de ese paciente o persona … - Vea la nota al pie 16.
- Vea el Memorándum del Subprocurador General para los Fiscales de los Estados Unidos seleccionados sobre Investigaciones y Procesamientos en Estados que Autorizan el Uso Médico de Marihuana, 19 de octubre de 2009.
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.775. Los pacientes calificados, las personas con tarjetas de identificación válidas y los cuidadores primarios designados de pacientes calificados y personas con tarjetas de identificación que se asocien dentro del Estado de California para cultivar colectiva o cooperativamente marihuana con fines médicos, no serán objeto de sanciones penales estatales en virtud del artículo 11357, 11358, 11359, 11360, 11366, 11366.5 o 11570 únicamente por ese hecho.
- Vea, por ejemplo, el Código de Salud y Seguridad de California, sección 11362.765 (a) [quién puede pertenecer a un colectivo] y 11362.768 (b) [prohibición contra la operación de un dispensario dentro de 600 ‘de una escuela].
- Código de Salud y Seguridad de California 11362.83 HS.
- Vea el texto completo de Proposición 64 (Ley de Uso de Marihuana para Adultos).
- Vea el nuevo Código de Salud y Seguridad 11362.712, el texto completo de Proposición 64 (Ley de Uso de Marihuana para Adultos).