Leyes de crímenes de odio de California están codificadas en Secciones 422.55, 422.6, 422.7 y 422.75 del Código Penal de California. Estas leyes hacen que sea un delito penal para una persona cometer un crimen de odio y también imponen sanciones mejoradas cuando una persona comete un delito (como vandalismo) y lo hace motivado por un prejuicio hacia la supuesta “víctima” (por ejemplo, debido a la raza de la víctima).
Código Penal 422.55 PC es la ley de California que define un crimen de odio como un acto criminal cometido debido a la discapacidad, género, nacionalidad, raza o etnia, religión, orientación sexual o asociación con una persona o grupo con una o más de estas características reales o percibidas.
Código Penal 422.6 PC es la ley de California que hace que sea un delito independiente para una persona cometer un crimen de odio.
Código Penal 422.7 PC es la ley que impone una pena adicional a un acusado siempre que:
- sea declarado culpable de un delito menor, y
- ese delito menor también se demuestre que es un crimen de odio.
Código Penal 422.75 PC impone una mejora de la sentencia a un acusado siempre que:
- sea declarado culpable de un delito grave, y
- ese delito grave también se demuestre que es un crimen de odio.
Defensas legales
Una persona acusada de violar una de estas leyes puede impugnar la acusación con una defensa legal. Tres defensas efectivas incluyen que el acusado demuestre que él/ella:
- no cometió un delito subyacente,
- no fue motivado por un prejuicio hacia la “víctima” y/o
- participó en un discurso libre protegido.
Sanciones
La comisión de un crimen de odio es un delito menor según la ley de California. El delito es castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $5,000.
Un juez tiene la autoridad para otorgar a un acusado libertad condicional (o resumen) por delito menor en lugar de tiempo en la cárcel.
Si una persona comete un delito y se demuestra que el delito también es un crimen de odio, entonces el acusado puede ser acusado de un delito grave y recibir una mejora de la pena de hasta tres años.
Nuestros abogados de defensa criminal en California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué es un crimen de odio en California?
- 2. ¿Qué es un crimen de odio según el Código Penal 422.6?
- 3. ¿Cuándo hay una pena agravada por un crimen de odio según el Código Penal 422.7?
- 4. ¿Cuándo hay una pena agravada por un crimen de odio según el Código Penal 422.75?
- 5. ¿Existen leyes federales de crímenes de odio?
- 6. ¿Cuáles son las mejores defensas legales contra las acusaciones de crímenes de odio?
- 7. ¿Puedo demandar por un crimen de odio según la Ley Ralph?

Un crimen de odio es un acto criminal cometido debido al género, raza, origen nacional, discapacidad, religión u orientación sexual de la víctima.
1. ¿Qué es un crimen de odio en California?
El Código Penal de California 422.55 establece la definición legal de un crimen de odio. Según esta sección, un “crimen de odio” significa un acto criminal cometido, en su totalidad o en parte, debido a una o más de las siguientes características reales o percibidas de la víctima:
- discapacidad,
- género,
- nacionalidad u origen nacional,
- raza o etnia,
- religión o lugar de culto,
- orientación sexual, o
- asociación con una persona o grupo de personas con una o más de estas características reales o percibidas.1
Surgieron preguntas bajo esta ley sobre:
- el significado de una característica “real”,
- el significado de una característica “percibida”,
- cuándo se comete un crimen “por” una característica, y
- si una persona debe cometer un crimen subyacente para que se presenten cargos penales.
1.1 Característica “real”
“Real” significa que una persona actúa con algún tipo de malicia o motivación de prejuicio, debido al estatus real de la víctima en cuanto a discapacidad, género, nacionalidad, etc.2
En otras palabras, las personas cometen incidentes de odio si cometen alguna ofensa simplemente debido a las características de esa persona.
1.2 Característica “percibida”
Según la ley estatal, “percibida” significa que una persona puede cometer un crimen de odio incluso si resulta que la víctima no tenía una de las características mencionadas anteriormente. Esto es cierto siempre y cuando el acusado creyera o “percibiera” que lo hacía.3
Considere, por ejemplo, un caso en el que una persona comete un robo a mano armada contra una pareja a la que cree que es judía. La persona comete el crimen únicamente debido a la afiliación religiosa de la pareja. Resulta que la pareja no es judía. Sin embargo, debido a que el agresor percibió que la pareja era judía, cometió un crimen de odio.
1.3 Crimen cometido “por” una característica protegida
A los efectos de esta ley, se considera que un acusado ha cometido un crimen “debido a” la característica protegida de la víctima si actuó total o parcialmente debido a esa característica.4
Para probar que este es el caso, un fiscal de distrito debe demostrar que:
- el acusado tenía prejuicios contra la víctima porque tenía (o percibió que tenía) una de las características enumeradas en el Código Penal 422.55, y
- ese prejuicio es lo que lo llevó a cometer el presunto crimen.5
1.4 Necesidad de un crimen subyacente
Una persona no puede ser condenada por un crimen de odio a menos que haya algún tipo de delito subyacente.
Esto significa que aunque una persona pueda mostrar mala voluntad o odio hacia una raza específica, no hay un crimen de odio a menos que esa persona cometa algún acto ilegal contra una persona de la raza en cuestión.
2. ¿Qué es un crimen de odio según el Código Penal 422.6?
Un fiscal debe probar lo siguiente para demostrar que un acusado es culpable de un crimen de odio:
- usó la fuerza para interferir voluntariamente con los derechos civiles o derechos constitucionales de otra persona,
- lo hizo en su totalidad o en parte debido a la discapacidad, género, nacionalidad, raza o etnia, religión u orientación sexual real o percibida de la otra persona, y
- el acusado tenía la intención de interferir con los derechos legalmente protegidos de la otra persona.6
La política detrás del PC 422.6 es proteger la integridad física de cada persona de la violencia no autorizada.7
Una violación de esta ley se acusa como un delito menor. El crimen es castigado con:
- custodia en la cárcel del condado (en lugar de la prisión estatal) por hasta un año,
- 400 horas de servicio comunitario, y/o
- una multa de hasta $5,000.8

Las personas condenadas por crímenes de odio en California reciben una pena mejorada.
3. ¿Cuándo hay una pena mejorada por un crimen de odio según el Código Penal 422.7?
El Código Penal 422.7 PC impone una pena adicional a un acusado siempre que:
- sea declarado culpable de un delito menor de California, y
- ese delito menor también sea un crimen de odio.9
En particular, un fiscal debe probar lo siguiente para imponer legalmente las penas bajo el PC 422.7:
- el acusado cometió y fue declarado culpable de un delito menor de California,
- el delito cometido cumple con la definición legal de un crimen de odio establecido en el PC 422.55,
- el acusado cometió el crimen de odio para interferir con el ejercicio de los derechos legales de la presunta víctima,10 y
- una de las siguientes es verdadera:
- el delito menor causó una lesión física real o ocurrió cuando el acusado tenía la capacidad presente de cometer una lesión violenta contra la víctima,
- el delito menor causó daños a la propiedad por un valor de más de novecientos $950, o
- el acusado había sido condenado previamente por un crimen de odio.11
Una violación de este estatuto es un delito wobbler. Un wobbler es un delito que un fiscal puede acusar como ya sea un delito menor o un delito grave.
Si se acusa como un delito menor, el crimen es castigado con prisión en la cárcel del condado por hasta un año.12
Si se acusa como un delito grave, el delito es castigado con prisión en la prisión estatal por hasta tres años.13
4. ¿Cuándo hay una pena mejorada por un crimen de odio según el Código Penal 422.75?
El Código Penal 422.75 PC impone una pena adicional a un acusado siempre que:
- sea declarado culpable de un delito grave de California, y
- ese delito grave también se demuestre que es un crimen de odio.14
Otra forma de decir esto es que un acusado recibirá penas mejoradas, según el PC 422.75, cuando cometa un delito grave que esté motivado por prejuicios prohibidos (según el Código Penal 422.55).15
Si una persona es declarada culpable de un delito grave que también se demuestra que es un crimen de odio, entonces según esta ley, el acusado recibirá una sentencia adicional en prisión estatal de hasta tres años.16
5. ¿Existen leyes federales contra los crímenes de odio?
Existen varias leyes federales contra los crímenes de odio en los Estados Unidos. Algunas de estas incluyen:
- La Ley de Derechos Civiles de 1964, 18 USC 245,
- La Ley de Prevención de Crímenes de Odio Matthew Shepard y James Byrd Jr., 18 USC 249,
- Conspiración contra los Derechos, 18 USC 241, y
- La Ley de Derechos Civiles de 1968, 42 USC 3631.
6. ¿Cuáles son las mejores defensas legales contra las acusaciones de crímenes de odio?
Nuestros abogados de defensa criminal aconsejan a los clientes que existen tres defensas efectivas para impugnar las acusaciones de crímenes de odio. Estas incluyen que el acusado demuestre que él/ella:
- no cometió un delito subyacente.
- no fue motivado por prejuicios.
- estaba ejerciendo su derecho de la Primera Enmienda a la libertad de expresión.
(Otras posibles defensas incluyen la mala conducta de la policía local, como los oficiales del departamento de policía que coaccionan una confesión.)
6.1 No culpable de un delito subyacente
Recuerde que una persona solo es culpable bajo estas leyes si él/ella:
- cometió un acto ilícito, y
- lo hizo porque de las características de la víctima (por ejemplo, raza, religión, identidad de género, etc.).
Esto significa que siempre es una defensa para un acusado decir que, aunque él/ella puede haber tenido prejuicios hacia alguien, él/ella nunca cometió un acto ilegal.
6.2 No motivado por prejuicios
De manera similar, un acusado puede usar la defensa de que aunque cometió un delito, no lo hizo debido a las características de la “víctima”. Sin embargo, tenga en cuenta que, aunque esta es una defensa contra un crimen de odio, es probable que el acusado siga siendo culpable del delito subyacente.
6.3 Libertad de expresión
La Primera Enmienda de los Estados Unidos protege el derecho de una persona a hablar libremente. Un acusado puede usar esta protección como defensa si puede demostrar que su conducta consistió exclusivamente en expresión (en lugar de expresión junto con un acto violento o delictivo).
7. ¿Puedo demandar por un crimen de odio bajo la Ley Ralph?
Sí. Bajo la Ley Ralph de California, una víctima de un crimen de odio – o amenazas de crímenes de odio – puede demandar a los culpables por:
- Daños compensatorios,
- Daños punitivos,
- Honorarios de abogados, y
- Una multa civil de $25,000.
Para ganar una demanda de la Ley Ralph, el demandante debería demostrar los siguientes cuatro elementos:
- El acusado cometió un acto de violencia (real o amenazado) contra el demandante debido a las características reales o percibidas del demandante;
- Una razón motivadora sustancial de las acciones del acusado fue la característica real o percibida del demandante;
- El demandante resultó perjudicado; y
- Las acciones del acusado fueron un factor sustancial en causar daño al demandante.17
Como alternativa a presentar una demanda, las víctimas de crímenes de odio pueden presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California. Obtenga más información aquí.

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Enlaces útiles:
- Departamento de Justicia (DOJ.gov):
- Oficina Federal de Investigaciones (FBI) – Crímenes de odio
- Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964
- Human Rights First – Crímenes de odio
Referencias legales:
- Código Penal de California 422.55 PC.
- Ventura v. ABM Industries Inc. (2012) 212 Cal.App.4th 258.
- Ver lo mismo.
- Código Penal de California 422.55 PC.
- CALCRIM No. 1350 – Crimen de odio. Instrucciones del jurado penal del Consejo Judicial de California (edición de 2020). Ver también People v. Lindberg (2008) 45 Cal.4th 1.
- CALCRIM No. 1350 – Crimen de odio.
- People v. Lashley (1991) 1 Cal. App. 4th 938.
- Código Penal de California 422.6 PC. Ver también In re M.S. (1995) 10 Cal.4th 698. Ver también People v. Lara (1996) 44 Cal.App.4th 102. Ver también People v. Maurer (1995) 32 Cal.App.4th 1121. Ver también People v. Valenti (2016) 243 Cal.App.4th 1140.
- Código Penal de California 422.7 PC.
- Este elemento requiere prueba de la intención del acusado. Ver People v. MacKenzie (1995) 34 Cal.App.4th 1256.
- CALCRIM No. 1355 – Alegación de crimen de odio: delito menor. Instrucciones del jurado penal del Consejo Judicial de California (edición de 2020).
- Código Penal de California 422.7 PC. Ver también In re Joshua H. (1993) 13 Cal.App.4th 1734.
- Código Penal de California 1170h PC.
- Código Penal de California 422.75 PC. Ver también Apprendi v. New Jersey (2000) 530 U.S. 466. Ver también People v. Wallace (2003) 109 Cal.App.4th 1699. Ver también People v. Beeman (1984) 35 Cal.3d 547. Ver también People v. Calimee (1975) 49 Cal.App.3d 337. Ver también People v. Lopez (1981) 116 Cal.App.3d 882.
- People v. Superior Court (Aishman) (1995), 10 Cal. 4th 735. Ver también People v. Lindberg (2008) 45 Cal.4th 1.
- Código Penal de California 422.75.
- Código Civil de California § 51.7; Austin B. v. Escondido Union School Dist., (Corte de Apelaciones de California, Cuarto Distrito de Apelaciones, División Uno, 2007) 149 Cal. App. 4th 860, 57 Cal. Rptr. 3d 454.