Código Penal de California 802 PC impone un plazo de prescripción penal de un año para la acusación de la mayoría de los delitos menores. Sin embargo, el límite de tiempo para presentar cargos se extiende a
- dos años en los casos de delitos menores de conducta no profesional y
- tres años para el delito menor de molestar o molestar a un niño menor de 14 años.
El texto completo de la estatuta dice lo siguiente:
Código Penal de California 802 PC (a) Salvo lo dispuesto en los apartados (b), (c), (d) o (e), la acusación por un delito no castigado con pena de muerte o prisión en la cárcel estatal o de conformidad con el apartado (h) del artículo 1170 deberá iniciarse dentro de un año desde la comisión del delito.
(b) La acusación por un delito menor de violación del artículo 647.6 o del antiguo artículo 647a cometido con o sobre un menor de 14 años deberá iniciarse dentro de tres años desde la comisión del delito.
(c) La acusación por un delito menor de violación del artículo 729 del Código de Negocios y Profesiones deberá iniciarse dentro de dos años desde la comisión del delito.
(d) La acusación por una violación menor del Capítulo 9 (que comienza con el artículo 7000) del Título 3 del Código de Negocios y Profesiones deberá iniciarse de la siguiente manera:
(1) Con respecto a los artículos 7028.17, 7068.5 y 7068.7 del Código de Negocios y Profesiones, dentro de un año de la comisión del delito.
(2) Con respecto a los artículos 7027.1, 7028.1, 7028.15, 7118.4, 7118.5, 7118.6, 7126, 7153, 7156, 7157, 7158, 7159.5 (solo para titulares de licencia), 7159.14 (solo para titulares de licencia), 7161 y 7189 del Código de Negocios y Profesiones, dentro de dos años de la comisión del delito.
(3) Con respecto a los artículos 7027.3 y 7028.16 del Código de Negocios y Profesiones, dentro de tres años de la comisión del delito.
(4) Con respecto a los artículos 7028, 7159.5 (solo para no titulares de licencia) y 7159.14 (solo para no titulares de licencia) del Código de Negocios y Profesiones, dentro de cuatro años de la comisión del delito.
(e) La acusación por un delito menor de violación del artículo 6126, 10085.6, 10139 o 10147.6 del Código de Negocios y Profesiones o del artículo 2944.6 o 2944.7 del Código Civil deberá iniciarse dentro de tres años desde el descubrimiento de la comisión del delito, o dentro de tres años desde la finalización del delito, lo que ocurra más tarde.
Análisis Legal
Código Penal de California 802 PC establece los plazos de prescripción para los delitos menores. La mayoría de los delitos menores deben ser procesados
El Código Penal 802 también establece los plazos de prescripción para varios delitos comerciales relacionados con contratación y hipotecas. Dependiendo del delito específico, el plazo de prescripción para procesar varía entre un y cuatro años.1
Delitos tienen plazos de prescripción más largos que los delitos menores. La mayoría deben ser acusados dentro de tres años del delito.3 La mayoría de los delitos con más de ocho años de prisión deben ser procesados dentro de seis años del delito.3 Y los delitos más graves, como asesinato y violación, pueden ser procesados en cualquier momento; no hay ningún plazo de prescripción.4
PC 802 da a los fiscales un año para presentar la mayoría de los cargos menores en California.
Referencias Legales
- Código Penal de California 802 PC – Período de tiempo para el inicio de la acusación. Ver también Heidary v. Superior Court (Cal. App. 4th Dist. Aug. 14, 2018), 236 Cal. Rptr. 3d 718, 26 Cal. App. 5th 110; People v. Meza (Cal. App. 4th Dist. Aug. 14, 2019), 251 Cal. Rptr. 3d 250, 38 Cal. App. 5th 821.
- PC 801.
- PC 800.
- PC 799.