Código Penal § 801 PC establece un plazo de prescripción de tres años para enjuiciar la mayoría de los delitos graves en California. Esto significa que el estado generalmente solo tiene tres años a partir de la fecha del presunto delito para presentar cargos.
El texto completo de la ley es el siguiente:
801. Excepto según lo dispuesto en las secciones 799 y 800, la persecución de un delito castigable con prisión en la prisión estatal o de conformidad con la subdivisión (h) de Sección 1170 debe iniciarse dentro de los tres años después de la comisión del delito.
Análisis legal
Según el Código Penal de California 801 PC, la mayoría de los delitos graves tienen un plazo de prescripción de tres años. Esto significa que los fiscales están obligados a presentar cargos penales dentro de los tres años posteriores a la comisión del delito. De lo contrario, el sospechoso no puede ser acusado, incluso si hay suficiente evidencia para condenarlo.1
Existen algunas excepciones a PC 801. Los delitos graves que conllevan ocho años o más de prisión tienen un plazo de prescripción más largo: seis años después de que supuestamente se comete el delito.2 Y los delitos más graves, como el asesinato y la violación, no tienen plazo de prescripción: los fiscales pueden presentar cargos sin importar cuánto tiempo haya pasado.3
En la práctica, es más difícil para los fiscales probar la culpabilidad más allá de una duda razonable a medida que pasa el tiempo después de un presunto delito. La evidencia es más difícil de obtener y la memoria de los testigos se desvanece. Es por eso que los fiscales intentan presentar cargos más temprano que tarde.
Referencias legales
- Código Penal de California 801 PC – Delito punible con prisión en la cárcel estatal. Ver también: Heidary v. Superior Court (Cal. App. 4th Dist., 2018), 236 Cal. Rptr. 3d 718, 26 Cal. App. 5th 110; People v. Sedillo (Cal. App. 2d Dist., 2015), 235 Cal. App. 4th 1037, 185 Cal. Rptr. 3d 907
- PC 800.
- PC 799.