
Una audiencia de lectura de cargos por delito grave arraignment es normalmente la primera comparecencia formal ante el tribunal en casos penales donde se le acusa de un delito grave. En la lectura de cargos, el tribunal
- le informará sobre el/los delito(s) que se le imputan,
- le asesorará sobre sus derechos constitucionales,
- tratará asuntos relacionados con la fianza y la liberación bajo custodia, y
- aceptará una declaración respecto a los cargos (culpable, no culpable o no contestar/”nolo contendere”).

La mayoría de las leyes penales estatales establecen que esta comparecencia inicial debe realizarse sin demora irrazonable. Además, en la mayoría de los casos por delitos graves, debe comparecer personalmente en la fecha de la audiencia y no puede renunciar a esta comparecencia inicial.
Tenga en cuenta que las audiencias de lectura de cargos también se llevan a cabo en casos de delitos menores que involucran cargos por delitos menores (como DUI o alguna forma de violencia doméstica).
¿Cuáles son mis derechos?
Durante su lectura de cargos por delito grave, el tribunal le informa sobre sus derechos constitucionales. Estos incluyen:
- el derecho a ser representado por un abogado defensor penal (que puede ser un defensor público designado por el tribunal),
- el derecho a no autoincriminarse (lo que significa que no tiene que testificar),
- los derechos a un juicio rápido y a un juicio por jurado, y
- el derecho a llamar y confrontar testigos.1
¿Quién está presente?
Normalmente, las siguientes partes están presentes durante su lectura de cargos por delito grave:
- el juez,
- usted (el “acusado” o “demandado”),
- su abogado, y
- el fiscal (o el fiscal de distrito).
Las lecturas de cargos suelen ser comparecencias judiciales breves.
¿Cuándo se realiza la lectura de cargos?
La mayoría de las jurisdicciones establecen que la lectura de cargos debe realizarse dentro de un tiempo razonable después de su arresto.2
Una demora irrazonable en la realización de la lectura de cargos se considera una violación de su derecho a un juicio rápido según la Sexta Enmienda. Si pasa demasiado tiempo, su abogado defensor puede solicitar al juez que desestime los cargos presentados en su contra.
Las lecturas de cargos pueden ocurrir varias semanas después del arresto si usted está fuera de custodia.
¿Puede haber múltiples lecturas de cargos?
Podría haber. En algunos casos por delitos graves, los cargos en su contra pueden cambiar. Por ejemplo, un fiscal puede decidir reducir un cargo de asesinato a homicidio voluntario.
En estos casos, el tribunal puede realizarle otra lectura de cargos aunque ya haya tenido una lectura anterior.
Cuando esto sucede, usualmente usted presenta la misma declaración que en la lectura anterior, a menos que haya llegado a un acuerdo de culpabilidad.
Por lo general, debe comparecer en persona para su lectura de cargos por delito grave.
¿Puede mi abogado comparecer en mi nombre?
Generalmente, no. La mayoría de las jurisdicciones establecen que normalmente debe comparecer personalmente en una audiencia de lectura de cargos en casos por delitos graves.
Sin embargo, pueden aplicarse algunas excepciones. Por ejemplo, hay ocasiones en que puede comparecer en la corte mediante una conferencia de audio/video bidireccional (a veces llamada “corte por video”).
Órdenes de Arresto
Si no asiste a su audiencia, el tribunal generalmente emitirá una orden de arresto en su contra. Una orden de arresto autoriza a los agentes del orden a detenerlo y llevarlo directamente al tribunal.
No comparecer en la corte en un caso por delito grave es un delito grave. Este es un delito separado del delito subyacente por el cual no compareció.
Si no se declara culpable durante una lectura de cargos por delito grave, el tribunal programará una audiencia preliminar.
¿Cuál es la ley en California?
Las leyes penales de California sobre las audiencias de lectura de cargos por delito grave generalmente siguen las reglas y procedimientos descritos arriba.
Según el Código Penal 825 PC, debe realizarse la lectura de cargos dentro de las 48 horas posteriores a un arresto si las autoridades lo mantuvieron bajo custodia después del arresto. Los fines de semana y días festivos no se incluyen al calcular este plazo.3
Si es liberado de la custodia después de un arresto por delito grave, la ley de California requiere que la lectura de cargos ocurra “sin demora innecesaria.” Sin embargo, en la práctica, si está fuera de custodia, pueden pasar semanas o incluso meses antes de que se realice la lectura de cargos.4
Tipos de Declaraciones
En cuanto a presentar una declaración en California, puede declararse:
- culpable,
- no contestar, o
- no culpable.
También tiene la opción de solicitar una entrada diferida de juicio. La “entrada diferida de juicio,” conforme al Código Penal 1000 PC, es un tipo de programa de desviación disponible en algunos casos por delitos graves que le permite cumplir con ciertos términos y condiciones durante un período determinado. Si completa con éxito el programa, se desestiman todos los cargos.5
No Comparecer
Dependiendo de las circunstancias, si no comparece a una lectura de cargos por delito grave, puede enfrentar cargos bajo:
- Código Penal 1320 PC (si fue liberado bajo su propia responsabilidad), o
- Código Penal 1320.5 PC (si fue liberado bajo fianza).6
El no comparecer por un cargo de delito grave es un delito grave. El delito es castigable con hasta un año de cárcel o hasta tres años de prisión.
Audiencias Preliminares
Después de su lectura de cargos, el juez programará una audiencia preliminar.
El propósito de la audiencia preliminar es que el juez determine si hay suficiente evidencia para mantenerlo bajo los cargos presentados en su contra. La audiencia a veces se denomina “audiencia de causa probable.”
Si en la audiencia preliminar se determina que debe “responder” por los cargos, entonces posteriormente comparecerá a una segunda lectura de cargos que inicia los procedimientos previos al juicio.7
Si se le acusa de un delito grave, el juez puede aceptar que permanezca fuera de custodia mientras espera su juicio.
Lecturas Adicionales
Para información más detallada, consulte los siguientes artículos académicos:
- La calidad de la justicia en los tribunales de lectura de cargos por delitos menores – The Journal of Criminal Law, Criminology, and Police Science.
- Derecho a un abogado antes de la lectura de cargos – Minnesota Law Review.
- Interrogatorio policial: el derecho a un abogado y la lectura de cargos pronta – Brooklyn Law Review.
- Rastreando trayectorias de cargos: un estudio sobre la influencia de la raza en cambios de cargos en la selección de casos, lectura de cargos y disposición – Criminology.
- Derecho penal. Lectura de cargos. Declaración – California Law Review.
Referencias legales:
- Black’s Law Dictionary, Sexta Edición – “Lectura de cargos.”
- Véase, por ejemplo, United States v. Chavez (2013) 705 F.3d 381; y, United States v. Harrold (2009) 679 F.Supp.2d 1336.
- Código Penal de California 825 PC. Véase también People v. Oyler (Cal. 2025) S173784.
- Código Penal de California 859 PC.
- Código Penal de California 1000 PC.
- Véase Código Penal de California 1320 y 1320.5 PC.
- Código Penal de California 872 PC.