
La distribución de propinas es legal en California mientras el fondo no incluya a gerentes que tengan la autoridad de contratarte o despedirte. La única ocasión en que los gerentes pueden unirse al fondo de propinas es si realizan el mismo trabajo que tú.
Aquí hay cuatro cosas clave que debes saber:
- Los empleadores deben distribuir los fondos del fondo de propinas de manera justa y de acuerdo a una fórmula establecida.
- Los empleadores pueden tener acuerdos de distribución obligatoria de propinas.
- Puedes recibir las propinas en efectivo de inmediato, pero las propinas con tarjeta de crédito/débito se te darán en tu próximo día de pago.
- Las propinas no son parte de tu salario regular, pero son gravables.
¿Cuál es la definición de un fondo de propinas?
Un fondo de propinas es un fondo que incluye algunas o todas las propinas que tú y tus compañeros de trabajo han ganado. El fondo luego se distribuye de manera justa y razonable entre todos de acuerdo a una fórmula acordada y políticas establecidas para la distribución de propinas.
Para ser legal bajo la ley de California, estos fondos de propinas deben:
- consistir de empleados,
- ser financiados con propinas que fueron dadas a esos empleados, y
- excluir al empleador, o cualquier agente del empleador, de recibir propinas del fondo.1
El empleador es tu jefe.2 Un agente del empleador es cualquier persona
- que puede contratarte o despedirte, o
- que puede supervisar, dirigir o controlar lo que haces en el trabajo.3
¿Puede un gerente aceptar propinas en California?
Los gerentes no pueden quedarse o retener propinas que te hayan dado. Sin embargo, un agente del empleador – como un gerente – puede beneficiarse de un fondo de propinas en toda la tienda si el agente recibe una propina de un cliente y tiene las mismas tareas que tú.4
Por ejemplo: Una cafetería en Los Ángeles tiene un fondo de propinas obligatorio. El dinero dejado en el frasco de propinas se distribuye a los empleados y supervisores de turno cada semana de acuerdo a una fórmula. Los supervisores de turno son agentes del empleador porque controlan lo que otros empleados hacen en el trabajo. Sin embargo, también trabajan como baristas durante sus turnos. Estos supervisores de turno pueden beneficiarse del frasco de propinas colectivo.5
Como empleado de servicio, puedes usar los fondos de propinas para:
- compensar las diferencias entre los turnos que son durante las horas pico y las horas no pico,
- reducir la competencia en el trabajo, o
- aliviar la presión del día de trabajo.
¿Puede un empleador requerir la distribución de propinas?
Los empleadores de California pueden tener acuerdos de distribución obligatoria de propinas sin violar las leyes laborales del estado.6 Sin embargo, los empleadores no pueden deducir salarios por hora de ti basados en la cantidad de gratuidad que recibiste – a menudo conocido como “crédito por propinas”.7
Esta ley de California proporciona mayores protecciones que la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA). Asegura que recibas al menos el salario mínimo del estado.8 A partir de 2025, el salario mínimo de California es de $16.50 por hora.
¿Cuándo puedo llevarme mis propinas a casa?
Puedes llevarte las propinas en efectivo de inmediato.9
Cuando la propina se hizo con un pago con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, tienes derecho al monto completo de la propina en el próximo día de pago regular. Si la compañía de tarjetas de crédito impone algún cargo de comerciante o tarifas de procesamiento de tarjetas de crédito, el empleador no está autorizado a deducirlos de tu propina.10
El empleador también tiene la responsabilidad legal de
- mantener registros de cualquiera de estas propinas y
- hacer que los registros estén disponibles en la Oficina del Comisionado Laboral de California.11

Los empleadores de California pueden requerir la distribución de propinas.
¿Qué se considera una propina?
Según la ley de propinas y gratuidad de California, una propina válida es una forma de gratuidad
- que es dejada voluntariamente por un cliente y
- que es además del costo de lo que el cliente compró.12
Las propinas son tu propiedad exclusiva.13
Esto significa que las propinas no son técnicamente parte de tu salario. Sin embargo, aún debes reportarlas como ingresos gravables. Además, las propinas no afectarán tu tasa de horas extras porque no cambian tu tasa regular de pago.13
Los empleados que típicamente reciben propinas incluyen:
- camareros y ayudantes de camarero
- anfitriones
- valet
- bartenders
- porteros
- personal de limpieza
- mudanzas
- repartidores
- bailarines
- trabajadores de spa y salón
¿Qué pasa con los cargos de servicio?
Los “cargos de servicio” obligatorios no son propinas en California porque no son dados voluntariamente por el cliente. Estos cargos de servicio son impuestos a los clientes por los empleadores. Estos cargos también van al empleador, quien luego tiene discreción en cómo se distribuyen. (Nota que ciertas municipalidades requieren que los cargos de servicio vayan directamente a ti.)
Si los ingresos de los “cargos de servicio” obligatorios terminan yendo a ti, no sería en forma de propina o gratificación. Los empleadores deben retener impuestos de Seguro Social y Medicare (FICA) en los cargos de servicio. Además, a diferencia de las propinas, los “cargos de servicio” pueden contar
- hacia el salario mínimo y
- cómo se calculan las horas extras.
“Propinas dobles” – donde recibes tanto propinas como cargos de servicio – es legal en California.14
¿Cuáles son las sanciones por una violación de propinas o gratificaciones?
Los empleadores que violan las secciones de propinas y gratificaciones de las leyes estatales de salario y horas son culpables de un delito menor. Las sanciones incluyen:
- una multa de hasta $1,000,
- hasta 60 días de cárcel, y
- restitución a ti por las propinas que fueron tomadas.15
¿Cómo puedo defenderme si no recibo mis propinas?
Si crees que tu empleador está reteniendo propinas o interfiriendo ilegalmente en tu fondo de propinas, puedes presentar una queja de reclamo salarial con la Oficina del Comisionado Laboral (la División de Cumplimiento de Normas Laborales de California (DLSE)). Esto iniciará una investigación de la agencia.
El caso será entonces:
- referido a una conferencia (para determinar si es necesaria una audiencia),
- referido a una audiencia (donde las partes testifican bajo juramento y son grabadas), y/o
- desestimado.
Si hay una audiencia, después el Comisionado Laboral servirá una ODA (Orden, Decisión o Premio).
La ODA es apelable, lo que iniciará un juicio civil tradicional. Ten en cuenta que la DLSE puede representarte si no puedes pagar un abogado.
Si ganas el juicio, el tribunal emitirá un fallo en contra de tu empleador. Si ya no trabajas para el empleador, este fallo puede incluir penalizaciones por tiempo de espera.
Otras formas de recuperar tus propinas
- Presentar una demanda por multas civiles bajo la Ley de Agentes Generales Privados, también conocida como una demanda PAGA. Este es un proceso de múltiples pasos, y el plazo de prescripción es de un año a partir del no pago de propinas.
- Presentar una demanda bajo la Ley de Competencia Desleal de California (UCL) por una práctica comercial fraudulenta, incluyendo la violación del Código Laboral de California. El plazo de prescripción es de cuatro años después del no pago de propinas.
- Presentar una demanda contra el empleador por conversión, que es interferir ilegalmente con tu propiedad. El plazo de prescripción es de tres años después del no pago de propinas.
- Presentar una demanda por incumplimiento de contrato. El plazo de prescripción es de dos años después del no pago para contratos orales, y cuatro años después del no pago para contratos escritos.16
Ten en cuenta que los empleadores no pueden tomar represalias en tu contra si pides tus propinas o presentas una acción legal para recuperar tus propinas. (Las represalias incluyen despedir, degradar, castigar o tratar de otra manera.) Si tu empleador toma represalias, puedes presentar una queja de discriminación/represalia con la Oficina del Comisionado Laboral o presentar una demanda.
¿Cuál es la diferencia entre un fondo de propinas y un fondo de reparto de propinas?
Un fondo de propinas es cuando tú y tus compañeros de trabajo “en la cadena de servicio” combinan tus propinas, y solo tú y los otros compañeros de trabajo “en la cadena de servicio” reciben una parte del fondo de propinas.
Compartir propinas es cuando das un porcentaje de tus propinas al personal de la parte trasera de la casa que no recibe propinas, como el personal de cocina, los lavaplatos, los cajeros, los cocineros y los conserjes.
- personal de cocina,
- lavaplatos,
- cajeros,
- cocineros y
- conserjes.
Recursos adicionales
Para obtener más información, consulta lo siguiente:
- Cambio en la ley permite la distribución de propinas en California, ayudando a cocineros y lavaplatos – Artículo en el San Francisco Chronicle.
- Propinas y gratificaciones – Resumen de la ley de California por el Departamento de Relaciones Industriales de California.
- Consejos sobre la distribución de propinas – Guía de la Asociación de Empleadores de California.
- Empleados de restaurantes reciben $61,000 después de que los gerentes fueron sorprendidos tomando propinas, según agencia federal – Artículo en USA Today.
- ¿Sabes dónde va tu dinero de propinas? – Artículo en Eater.
Referencias legales:
- Sección 351 del Código Laboral de California y Budrow v. Dave & Buster’s of California, Inc., (2009) 171 Cal.App.4th 875. Ver también Etheridge v. Reins Internat. California, Inc. (2009) 172 Cal.App.4th 908. Ver, por ejemplo, Código Municipal de Santa Mónica, § 4.62.040. Ver también Órdenes de Salarios de la Comisión Industrial de California 5-2001 y 10-2001.
- Sección 350(a) del Código Laboral de California.
- Sección 350(d) del Código Laboral de California.
- Chau v. Starbucks Corp., (2009) 174 Cal.App.4th 688.
- Igual.
- Leighton v. Old Heidelberg, Ltd., (1990) 219 Cal.App.3d 1062.
- LC 351. Ver, por ejemplo, Kilgore v. Outback Steakhouse (6th Cir. 1998) 160 F.3d 294, 298. Ver, por ejemplo, People v. Los Angeles Palm, Inc. (1981) 121 Cal.App.3d 25.
- Igual.
- Igual.
- Sección 353 del Código Laboral de California.
- Sección 350(e) del Código Laboral de California.
- Sección 351 del Código Laboral de California.
- Sección 510(a) del Código Laboral de California. 26 U.S.C. § 3121(a)(12), (q). Ver también Industrial Welfare Com. v. Superior Court of Kern County (1980) 27 Cal.3d 690.
- Searle v. Wyndham International, (2002) 102 Cal.App.4th 1327. Ver, por ejemplo, Código Municipal de Santa Mónica, § 4.62.040. Ver también Cindy Carcamo, La ciudad investiga a los restaurantes de Hollywood por supuestamente quedarse con las tarifas de servicio y no pagar a los trabajadores, Los Angeles Times (16 de mayo de 2023). Cindy Carcamo, ¿Es una tarifa de servicio en el restaurante una propina? Antiguos servidores alegan en una demanda que se les deben propinas de Jon y Vinny’s, Los Angeles Times (21 de junio de 2023). Slaffey y Jobe v. Joint Venture Restaurant Group (Tribunal Superior del Condado de Los Ángeles, 2023) Acción Colectiva.
- Sección 354 del Código Laboral de California. Ver también Application Group v. Hunter Group (1998) 61 Cal.App.4th 881. Ver también People v. Los Angeles Palm, Inc. (1981) 121 Cal.App.3d 25. Ver también Lu v. Hawaiian Gardens Casino, Inc. (2010) 50 Cal.4th 592.
- LC 98.6, 355, 2698-2699.5 LAB; Código de Negocios y Profesiones 17200, 17204 y 17208; Código de Procedimiento Civil de California 337, 338, 339, 340. Amaral v. Cintas Corp. No. 2 (2008) 163 Cal.App.4th 1157, 1199. Instrucciones del Jurado Civil de California, No. 2100, Conversión.