NRS § 200.575 es la ley de Nevada que prohíbe el acoso, definido como conducta voluntaria que causa que otra persona razonablemente se sienta asustada o intimidada. Ejemplos clásicos son
- seguir a alguien en la calle o
- llamar a alguien repetidamente en contra de los deseos de la persona.
Las penas dependen de si la condena es por acoso o acoso agravado, que es el acoso más una amenaza de causar un daño físico grave a la víctima. La siguiente tabla resume los castigos:
Delito NRS 200.575 | Sentencia en Nevada (generalmente) |
Acoso | Delito menor: Hasta 6 meses en la cárcel y/o $1,000 en multas. |
Acoso agravado | Delito grave categoría B: 2 a 15 años en Prisión Estatal de Nevada y hasta $5,000 en multas. |
El texto del estatuto dice lo siguiente:
Una persona que, sin autoridad legal, voluntaria o maliciosamente se involucra en un curso de conducta dirigido hacia una víctima que causaría que una persona razonable bajo circunstancias similares se sienta aterrorizada, asustada, intimidada, acosada o temerosa por su seguridad inmediata o la seguridad inmediata de un miembro de la familia o del hogar, y que realmente causa que la víctima se sienta aterrorizada, asustada, intimidada, acosada o temerosa por su seguridad inmediata o la seguridad inmediata de un miembro de la familia o del hogar, comete el delito de acoso.
En esta página, nuestros abogados de defensa criminal en Las Vegas discuten los siguientes temas sobre acoso:
- 1. Elementos
- 2. Penas
- 3. Órdenes de restricción
- 4. Pérdida de derechos sobre armas de fuego
- 5. Defensas
- 6. Sellado de antecedentes
- 7. Consecuencias migratorias
- 8. Acoso vs. Hostigamiento
- 9. Delitos relacionados
- Recursos adicionales
1. Elementos
El acoso es causar deliberadamente que otra persona se sienta razonablemente asustada, aterrorizada o temerosa por la seguridad inmediata de sí misma, su familia o compañeros de casa.
El acoso usualmente no es solo un evento, sino un patrón o curso de conducta a lo largo del tiempo que hace que la víctima se sienta asustada.
Ejemplos de comportamiento de acoso pueden incluir:
- seguir a alguien en la calle o en la carretera por varias cuadras,
- merodear fuera de la casa u oficina de una persona,
- llamar frecuentemente a alguien o dejar varios mensajes de voz,
- presentarse repetidamente de forma inesperada,
- vandalizar/desfigurar la propiedad de una persona,
- comunicarse con los colegas, familia y amigos de la persona sin razón válida, o
- otras comunicaciones no deseadas e no invitadas
Incluso gestos aparentemente inofensivos como enviar regalos o dejar flores en la puerta pueden calificar como acoso si se hacen en exceso o si la víctima le dijo al remitente que se mantuviera alejado.
Tenga en cuenta que puede ser condenado por acoso incluso si no intentó causar miedo. Lo que importa es que la víctima razonablemente interpretó su conducta como aterrorizante o acosadora.1
Acoso agravado
El acoso agravado es amenazar intencionalmente a la víctima con la muerte o daño corporal sustancial. La amenaza no necesita ser verbal: puede transmitirse mediante lenguaje corporal u otras acciones que hagan que la víctima tema por su seguridad.2
Ejemplos de acoso agravado incluyen:
- seguir a alguien en la calle o en la carretera mientras se exhibe visiblemente un arma
- llamar frecuentemente a alguien para decir: “Estás muerto la próxima vez que te vea”
- presentarse repetidamente de forma inesperada y amenazar con golpear a la víctima
Ciberacoso
El ciberacoso tiene tres elementos:
- Cometes el delito de acoso;
- El acoso se realiza usando internet, correo electrónico, mensajes de texto o medios similares de comunicación; y
- Usas estos medios electrónicos para publicar o distribuir información de manera que aumente sustancialmente el riesgo de daño o violencia para la víctima.3
Las siguientes situaciones hipotéticas pueden calificar como ciberacoso:
- publicar mensajes en Craigslist con la dirección de la víctima e invitar a personas a ir para sexo rudo, y enviar a la víctima enlaces a esos anuncios de Craigslist
- publicar información falsa e incendiaria sobre la víctima en Facebook con la intención de incitar a la gente a buscarla y acosarla, y enviar a la víctima enlaces a esas publicaciones de Facebook
- enviar por correo electrónico al exnovio abusivo de la víctima la dirección actual de la víctima, y reenviar ese correo a la víctima
El acoso es un delito grave categoría B en Nevada bajo NRS 200.575 si involucra una amenaza de daño corporal grave o muerte.
2. Penas
El castigo por acoso en Nevada depende de su historial criminal, si involucró internet o si hizo una amenaza seria. Estas penas se detallan en la siguiente tabla: 4
Delito de acoso en Nevada | Penas |
Primera ofensa | Delito menor (cuando la víctima tiene al menos 16 años): Hasta 6 meses en la cárcel y/o $1,000. Delito menor grave (cuando la víctima es menor de 16 años y usted tiene al menos 5 años más): Hasta 364 días en la cárcel y/o $2,000. |
Segunda ofensa | Delito menor grave (cuando la víctima tiene al menos 16 años): Hasta 364 días en la cárcel y/o $2,000. Delito grave categoría C (cuando la víctima es menor de 16 años y usted tiene al menos 5 años más): 2 a 5 años en prisión y hasta $5,000. |
Ofensa subsiguiente | Delito grave categoría C (cuando la víctima tiene al menos 16 años): 1 a 5 años en prisión y hasta $5,000. Delito grave categoría B (cuando la víctima es menor de 16 años y usted tiene al menos 5 años más): 2 a 15 años en prisión y hasta $5,000. |
Ciberacoso | Delito grave categoría C: 1 a 5 años en prisión y hasta $10,000. |
Acoso agravado | Delito grave categoría B: 2 a 15 años en prisión y hasta $5,000. |
El juez también puede ordenar consejería psicológica y emitir una orden de protección (discutida en la siguiente sección). Tenga en cuenta que el juez puede conceder libertad condicional en lugar de encarcelamiento.
Acuerdos de culpabilidad
Dependiendo del caso, el fiscal puede acordar reducir un cargo de acoso por primera vez a un delito menor, como conducta desordenada en Nevada (CCO 12.33.010). Ambos son delitos menores con las mismas penas, pero la conducta desordenada conlleva menos estigma social.5
3. Órdenes de restricción
Dependiendo del caso de acoso, un juez puede emitir una orden de restricción que le exige a usted (la “parte adversa”) mantenerse alejado de la “víctima” por un tiempo predeterminado.
La pena por violar una orden de restricción depende del tipo de orden, como muestra la siguiente tabla: 6
Violación de orden de restricción en Nevada | Penas por violar la orden de restricción |
Orden de protección temporal (TPO), que típicamente dura 45 días | Delito menor grave: Hasta 364 días en la cárcel y/o hasta $2,000 en multas |
Orden de protección extendida (EPO), que puede durar un año completo | Delito grave categoría C: 1 a 5 años en prisión y hasta $10,000 en multas |
4. Pérdida de derechos sobre armas de fuego
Puede perder sus armas en Nevada si se cumplen las siguientes tres condiciones:
- Es condenado por acoso;
- Usted y la víctima son familia, (ex)parejas o copadres; y
- La víctima tiene un temor razonable y continuo de daño físico.
En esta situación, el juez le ordenará entregar permanentemente sus armas y le prohibirá poseer más. Violar esta orden es un delito grave categoría B, con:
- 1 a 6 años en prisión, y
- hasta $5,000 en multas.7
Una defensa común al acoso es que la “víctima” acusó falsamente al acusado.
5. Defensas
Aquí en Las Vegas Defense Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de acoso. En nuestra experiencia, las siguientes cinco defensas han demostrado ser muy efectivas con jueces y fiscales.
- Fue acusado falsamente. Los fiscales saben que muchos casos de acoso que reciben son producto de acusaciones falsas. A menudo podemos encontrar evidencia de la motivación para mentir de los acusadores en sus mensajes de texto y otras comunicaciones grabadas.
- Fue identificado erróneamente. A veces, las víctimas presumen erróneamente conocer la identidad de la persona que las acosa. La evidencia típica en la que confiamos incluye videos de vigilancia, fotografías, grabaciones de audio, testimonios de testigos, muestras de escritura, muestras de ADN y coartadas.
- Su comportamiento no fue acoso. Incluso si la “víctima” estaba genuinamente aterrorizada, usted no cometió delito si no se involucró voluntariamente en conductas que intimidarían a una persona razonable. Si podemos mostrar al fiscal que ningún juez o jurado consideraría sus acciones como acoso, el cargo debería ser desestimado.
- No hubo amenaza de muerte o daño corporal grave. Un cargo grave de acoso agravado puede reducirse a acoso menor si el fiscal no tiene pruebas suficientes para demostrar que amenazó a la víctima con lesión grave o muerte. Por ejemplo, amenazar con suicidarse si la víctima sigue ignorándolo no es acoso agravado porque solo amenaza con hacerse daño a sí mismo, no a ella.
- Está protegido por la Primera Enmienda. Ejercer su libertad de expresión puede molestar a algunas personas, pero no alcanza el nivel de acoso.
Ejemplo: Ronny es miembro de un sindicato de crupieres que está haciendo piquete afuera de un casino para exigir mejores salarios. Cada vez que los ejecutivos del casino entran o salen del hotel, Ronny les grita acusaciones. Aunque las acciones de Ronny intimidan a los ejecutivos, sigue siendo una protesta pacífica protegida por la garantía de libertad de expresión y reunión de la Primera Enmienda.
Tenga en cuenta que la Primera Enmienda también protege a periodistas profesionales de cargos de acoso, como cuando llaman a una persona para obtener comentarios o persiguen a un testigo en la calle.
6. Sellado de antecedentes
El período de espera para solicitar un sellado de antecedentes penales en Nevada depende del cargo de acoso, como muestra la siguiente tabla:8
Delito de acoso en Nevada | Tiempo de espera para sellado |
Delito menor | 2 años después de que termina el caso |
Delito menor grave | 2 años después de que termina el caso |
Delito grave categoría C | 5 años después de que termina el caso |
Delito grave categoría B | 5 o 10 años después de que termina el caso, dependiendo de si la ley de Nevada considera el acoso agravado como un “delito grave de violencia” |
Desestimación (sin condena) | Sin período de espera |
7. Consecuencias migratorias
El acoso es un delito deportables bajo la ley federal.9 Por lo tanto, cualquier titular de visa o tarjeta verde que sea condenado por violar la NRS 200.575 puede ser expulsado de los EE. UU.
Los extranjeros enfrentando cargos de acoso deben contratar un abogado para intentar que su caso se reduzca a un delito no removible.
8. Acoso vs. Hostigamiento
El hostigamiento (NRS 200.571) es amenazar con dañar el cuerpo, la salud mental o la propiedad de otra persona. En contraste, el acoso es actuar de manera que cause que otra persona se sienta asustada.
El hostigamiento y el acoso son similares en que el efecto de ambos delitos es intimidar a la víctima. Es común enfrentar cargos por ambos delitos en el mismo caso.10
9. Delitos relacionados
- Ley de “mirones” de Nevada (NRS 200.603)
- Captura de imagen privada de otra persona (NRS 200.604)
- Violencia doméstica por agresión (NRS 200.485)
- Acoso sexual
La mayoría de las condenas por acoso pueden ser selladas de su historial criminal en Nevada después de dos años.
Recursos adicionales
Si usted es víctima de acoso, consulte lo siguiente:
- Acoso – Formas de obtener ayuda proporcionadas por la Oficina sobre Violencia contra la Mujer (DOJ).
- ¿Qué es el acoso? – Resumen por SPARC (Centro de Prevención, Conciencia y Recursos sobre Acoso).
- Acoso – Información y formas de obtener ayuda, proporcionadas por RAINN (Red Nacional contra la Violación, el Abuso y el Incesto).
- Acoso – Lista de organizaciones que pueden ayudar a víctimas compilada por Victim Connect Resource Center.
- Datos rápidos: Prevención del acoso – Consejos por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC).
Referencias legales
- Proyecto de ley de la Asamblea de Nevada 60 (2019); NRS 200.575 Acoso:
Definiciones; penas. Una persona que, sin autoridad legal, voluntaria o maliciosamente se involucra en un curso de conducta dirigido hacia una víctima que causaría que una persona razonable bajo circunstancias similares se sienta aterrorizada, asustada, intimidada, acosada o temerosa por su seguridad inmediata o la seguridad inmediata de un miembro de la familia o del hogar, y que realmente causa que la víctima se sienta aterrorizada, asustada, intimidada, acosada o temerosa por su seguridad inmediata o la seguridad inmediata de un miembro de la familia o del hogar, comete el delito de acoso. Salvo donde sean aplicables las disposiciones de los incisos 2, 3 o 4, una persona que comete el delito de acoso: (a) Por la primera ofensa, es culpable de un delito menor. (b) Por la segunda ofensa, es culpable de un delito menor grave. (c) Por la tercera o cualquier ofensa subsiguiente, es culpable de un delito grave categoría C y será castigado con prisión en la prisión estatal por un término mínimo no menor de 1 año y un término máximo no mayor de 5 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $5,000. 2. Salvo que se disponga lo contrario en el inciso 3 o 4 y a menos que la ley prescriba una pena más severa, una persona que comete el delito de acoso cuando la víctima es menor de 16 años y la persona tiene 5 o más años de diferencia: (a) Por la primera ofensa, es culpable de un delito menor grave. (b) Por la segunda ofensa, es culpable de un delito grave categoría C y será castigado con prisión en la prisión estatal por un término mínimo no menor de 2 años y un término máximo no mayor de 5 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $5,000. (c) Por la tercera o cualquier ofensa subsiguiente, es culpable de un delito grave categoría B y será castigado con prisión en la prisión estatal por un término mínimo no menor de 2 años y un término máximo no mayor de 15 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $5,000. 3. Una persona que comete el delito de acoso y en conjunto amenaza a la persona con la intención de causar que la persona tenga un temor razonable de muerte o daño corporal sustancial comete el delito de acoso agravado. Una persona que comete el delito de acoso agravado será castigada con un delito grave categoría B con prisión en la prisión estatal por un término mínimo no menor de 2 años y un término máximo no mayor de 15 años, y puede ser castigada además con una multa de no más de $5,000. 4. Una persona que comete el delito de acoso con el uso de un sitio de Internet o red, correo electrónico, mensajes de texto o cualquier otro medio similar de comunicación para publicar, mostrar o distribuir información de manera que aumente sustancialmente el riesgo de daño o violencia para la víctima será castigada con un delito grave categoría C según lo dispuesto en NRS 193.130. 5. Si cualquier acto realizado por una persona fue parte del curso de conducta que constituye el delito de acoso y fue iniciado o tuvo efecto en la víctima en este Estado, la persona puede ser procesada en este Estado. 6. Salvo que se disponga lo contrario en el inciso 2 de NRS 200.571, una pena criminal prevista en esta sección puede imponerse además de cualquier otra pena que pueda imponerse por cualquier otro delito penal derivado de la misma conducta o por cualquier desacato al tribunal derivado de la misma conducta. 7. Si el tribunal encuentra que una persona condenada por acoso conforme a esta sección cometió el delito contra una persona listada en el inciso 1 de NRS 33.018 y que la víctima tiene un temor razonable y continuo de daño físico, el tribunal incluirá el hallazgo en su sentencia de condena o advertencia de derechos. 8. Si el tribunal incluye tal hallazgo en una sentencia de condena o advertencia de derechos emitida conforme a esta sección, el tribunal deberá: (a) Informar a la persona condenada que tiene prohibido poseer, tener bajo su control o custodia cualquier arma de fuego conforme a NRS 202.360; y (b) Ordenar a la persona condenada que entregue permanentemente, venda o transfiera cualquier arma de fuego que posea o que esté en su posesión o bajo su custodia o control según lo establecido en NRS 202.361. 9. Una persona que viole cualquier disposición incluida en una sentencia de condena o advertencia de derechos emitida conforme a esta sección relacionada con la entrega, venta, transferencia, propiedad, posesión, custodia o control de un arma de fuego es culpable de un delito grave categoría B y será castigada con prisión en la prisión estatal por un término mínimo no menor de 1 año y un término máximo no mayor de 6 años, y puede ser castigada además con una multa de no más de $5,000. El tribunal debe incluir en la sentencia de condena o advertencia de derechos una declaración de que la violación de tal disposición en la sentencia o advertencia es un delito grave categoría B y será castigada con prisión en la prisión estatal por un término mínimo no menor de 1 año y un término máximo no mayor de 6 años, y puede ser castigada además con una multa de no más de $5,000. 10. Las penas previstas en esta sección no impiden que la víctima busque cualquier otro recurso legal disponible. 11. Según se usa en esta sección: (a) “Curso de conducta” significa un patrón de conducta que consiste en dos o más actos durante un período de tiempo que evidencian una continuidad de propósito dirigido a una persona específica. (b) “Miembro de la familia o del hogar” significa un cónyuge, un ex cónyuge, un padre u otra persona relacionada por sangre o matrimonio o que está o estuvo residiendo con la persona. (c) “Sitio de Internet o red” tiene el significado que se le atribuye en NRS 205.4744. (d) “Red” tiene el significado que se le atribuye en NRS 205.4745. (e) “Delito” incluye, sin limitación, una violación de la ley de cualquier otra jurisdicción que prohíba la misma o similar conducta establecida en esta sección. (f) “Mensajes de texto” significa una comunicación en forma de texto electrónico o una o más imágenes electrónicas enviadas desde un teléfono o computadora a otro teléfono o computadora dirigiendo la comunicación al número telefónico del destinatario. (g) “Sin autoridad legal” incluye actos que se inician o continúan sin el consentimiento de la víctima. El término no incluye actos que estén protegidos o autorizados por la ley constitucional o estatutaria, regulación u orden de un tribunal competente, incluyendo, pero no limitado a: (1) Piquetes que ocurren durante una huelga, paro laboral o cualquier otra disputa laboral. (2) Las actividades de un reportero, fotógrafo, operador de cámara u otra persona mientras recopila información para comunicar al público si esa persona está empleada o contratada por un periódico, publicación periódica, asociación de prensa o estación de radio o televisión y actúa únicamente dentro de esa capacidad profesional. (3) Las actividades de una persona que se llevan a cabo en el curso normal de su empleo legal. (4) Cualquier actividad realizada en el ejercicio de los derechos constitucionalmente protegidos de libertad de expresión y reunión.
- Id.; Rossana v. State, 113 Nev. 375, 934 P.2d 1045 (1997)(“[E]l delito de acoso agravado requiere algo más en que el acusado no solo debe involucrarse en conducta intencional (es decir, volitiva) que cause un resultado específico, sino que debe amenazar con la intención de causar que la víctima tenga un temor razonable de muerte o daño corporal sustancial.”); Green v. State, 119 Nev. 542, 80 P.3d 93 (2003)(“Para explicar, para que el jurado condene a Green por acoso agravado, en lugar de acoso menor, debe haber encontrado que Green puso a la Sra. Linzie ‘en temor razonable de muerte o daño corporal sustancial.'”).
- NRS 200.575. Actualmente, no hay jurisprudencia en Nevada que ilustre exactamente qué es el ciberacoso. Por el texto del estatuto, parece que enviar a alguien una avalancha de mensajes de texto o mensajes en redes sociales molestos no elevaría el nivel de acoso a ciberacoso. Esto se debe a que recibir mensajes directos por sí solo no debería “aumentar sustancialmente el riesgo de daño o violencia” para la víctima.
- Id.
- CCO 12.33.010.
- NRS 200.591. En el Condado de Clark, el Tribunal de Familia es responsable de emitir órdenes de restricción en casos donde las dos partes están relacionadas domésticamente. Esto incluye miembros de la familia, (ex) cónyuges, (ex) parejas o compañeros de cuarto. Mientras tanto, los Tribunales de Justicia del Condado de Clark emiten órdenes de restricción en casos que involucran acoso no doméstico, como entre vecinos, extraños, ex amigos o compañeros de trabajo.
- NRS 200.575.
- NRS 179.245; NRS 179.255.
- 8 U.S.C. § 1227.
- NRS 200.571.