Diecisiete años es la edad de consentimiento en Colorado. Esto significa que tener sexo penetrativo con un menor de 17 años es violación estatutaria, que en Colorado se procesa como agresión sexual.
Dicho esto, Colorado tiene una excepción Romeo y Julieta que permite el sexo penetrativo con alguien menor de la edad de consentimiento si cualquiera de los siguientes se cumple:
- El menor tiene 15 o 16 años, y tú tienes menos de 10 años más que él; o
- El menor tiene 14 años o menos, y tú tienes menos de cuatro años más que él.

A menos que aplique la exención de edad cercana de Colorado, enfrentas las siguientes penas por sexo penetrativo con un niño menor que la edad de consentimiento.
Si el menor tenía 15 o 16 años – y tú tienes al menos 10 años más – la violación estatutaria es un delito grave de clase 6 que conlleva:
- 1 año a 18 meses de prisión y/o $1,000 a $100,000 más
- registro como delincuente sexual por al menos 10 años.
Si el menor tenía menos de 15 años – y tú tienes al menos cuatro años más – la violación estatutaria es un delito grave de clase 4 que conlleva:
- 2 a 6 años de prisión y/o $2,000 a $500,000 más
- registro como delincuente sexual de por vida.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver abordarán los siguientes temas clave respecto a las leyes de edad de consentimiento en Colorado.
- 1. Actos sexuales prohibidos
- 2. Defensas
- 3. Matrimonio de menores
- 4. Propósito de las leyes de edad de consentimiento
- 5. Delitos relacionados
- Lectura adicional
1. Actos sexuales prohibidos
En Colorado, la violación estatutaria prohíbe tener cualquier tipo de sexo penetrativo consensuado con un menor de 17 años a menos que aplique la excepción Romeo y Julieta. El sexo penetrativo incluye:
- Relaciones vaginales (“relaciones sexuales”),
- Copulación oral (“felación” o “cunnilingus”),
- Sexo anal,
- Anilingus,
- Fingering, o
- Penetración con un objeto extraño.1
Con respecto al sexo no penetrativo, los menores de 15 años en Colorado no pueden consentir legalmente el manoseo sexual con alguien que tenga al menos cuatro años más. El manoseo sexual comprende tocar los senos, glúteos o áreas genitales con el propósito de excitación sexual, gratificación o abuso.
El manoseo sexual con un menor de 14 años o menos generalmente se procesa en Colorado como agresión sexual a un niño. Las penas por delito grave de clase 4 conllevan de dos a seis años de prisión y/o $2,000 a $500,000 más registro como delincuente sexual.2
La Ley Romeo y Julieta de Colorado permite que jóvenes adultos cercanos en edad exploren legalmente su sexualidad entre sí.
2. Defensas
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos sexuales, incluidos aquellos que involucran a alguien menor de la edad de consentimiento. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con jueces, jurados y fiscales para lograr que estos casos penales se reduzcan o desestimen.
- La supuesta víctima tenía al menos 17 años: Tal vez tu acusador mintió a la policía sobre ser menor para meterte en problemas. Vemos casos todo el tiempo donde ex parejas vengativas hacen acusaciones falsas porque se sienten rechazadas o despreciadas. Una vez que mostramos al fiscal su acta de nacimiento o registros similares que prueban su edad, el cargo penal debería ser retirado.
- No ocurrió conducta o contacto sexual: Dado que la mayoría de los encuentros sexuales no se graban, los fiscales a menudo tienen dificultades para probar que ocurrió algo físico. En muchos casos, encontramos evidencia de mensajes de texto contemporáneos del acusador indicando que no hubo contacto sexual. Mientras exista una “duda razonable” sobre tu culpabilidad, los cargos penales no pueden sostenerse.
- La policía cometió mala conducta: Si la policía encontró alguna evidencia incriminatoria mediante una búsqueda ilegal, podemos pedir al tribunal que suprima esa evidencia. Si el juez está de acuerdo, el fiscal puede quedarse con un caso demasiado débil para continuar procesando.
Ten en cuenta que no es una defensa que creyeras honestamente que el menor había alcanzado la edad de consentimiento. Tampoco importa si el menor mintió sobre ser lo suficientemente mayor o parecía tener la edad suficiente. Esto se debe a que la violación estatutaria es un delito de responsabilidad objetiva; por lo tanto, los “errores de hecho” no pueden ayudarte.3
Tampoco es defensa si el menor era emocionalmente maduro o inició el encuentro. Mientras estén bajo la edad de consentimiento – y no aplique la excepción Romeo y Julieta – no pueden elegir legalmente tener sexo.
No es defensa para violación estatutaria si la supuesta víctima parecía tener la edad de consentimiento.
3. Matrimonio de menores
Las parejas casadas pueden tener sexo legalmente entre sí en Colorado sin importar sus edades o diferencia de edad. Sin embargo, los jóvenes de 16 y 17 años pueden casarse en Colorado solo si un tribunal de menores determina que son capaces de asumir las responsabilidades del matrimonio y que el matrimonio sería en su mejor interés.
Ten en cuenta que Colorado no reconoce el matrimonio de hecho cuando uno de los cónyuges es menor de 18 años.4
4. Propósito de las leyes de edad de consentimiento
El sexo penetrativo es una gran decisión que podría resultar en embarazo, transmisión de enfermedades de transmisión sexual (ETS) y estigmas sociales, todos con consecuencias físicas y emocionales de por vida.
Por lo tanto, las leyes de violación estatutaria de Colorado disuaden a los adultos de entablar una relación sexual con menores bajo la edad de consentimiento, quienes son demasiado inmaduros para tomar decisiones tan importantes sobre la paternidad y la salud personal.
Ten en cuenta que los menores bajo la edad de consentimiento no son las únicas personas legalmente incapaces de consentir sexo en Colorado. También incapaces de consentir sexo son las personas que están:
- intoxicadas o inconscientes,
- sufriendo una condición física o mental que les impide señalar consentimiento o entender lo que sucede,
- bajo coacción o siendo forzadas,
- siendo forzadas físicamente contra su voluntad,
- engañadas para tener sexo con una persona mientras creen razonablemente que es otra, o
- bajo custodia en un hospital o centro de detención, y una persona con autoridad supervisora se aprovecha de ellas.
Solo en 2021, Colorado promulgó una nueva ley que convierte en un delito menor de clase 1 que educadores tengan sexo con estudiantes de al menos 18 años (a menos que la diferencia de edad sea de cuatro años o menos). No importa que los estudiantes sean adultos. Las penas incluyen hasta 364 días en la cárcel y/o $1,000.5
La edad de consentimiento en Colorado es 17 según CRS 18-3-402.
5. Delitos relacionados
- Agresión sexual a un niño por alguien en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3): Contacto sexual con un niño por alguien en una posición de confianza sobre el niño, como maestros, médicos, clérigos, etc.
- Explotación sexual de un niño (CRS 18-6-403): Crear, poseer o distribuir pornografía infantil y explotar a niños con fines sexuales.
- Explotación sexual en internet de un niño (CRS 18-3-405.4): Usar internet para coaccionar o inducir a un niño menor de 15 años a exponer partes íntimas o realizar actos sexuales.
- Procurar un niño para explotación sexual (CRS 18-6-404): Reclutar o atraer a un niño para participar en pornografía.
Lectura adicional
Para información más detallada sobre la edad de consentimiento, consulta estos artículos académicos:
- Romeo y Julieta fueron delincuentes sexuales: un análisis de la edad de consentimiento y un llamado a la reforma – University of Missouri-Kansas City Law Review.
- La edad de consentimiento – Yale Law Journal.
- Puedes tocar, pero no mirar: examinando las inconsistencias en nuestras leyes de edad de consentimiento y pornografía infantil – Southern California Law Review.
- Una línea directa en la dirección equivocada: ciencia, adolescentes y el aguijón a la edad de consentimiento – Journal of Law and Politics.
- Edad de consentimiento – Journal of Psychology & Human Sexuality.
Referencias legales:
- CRS 18-3-402 – Agresión sexual
(1) Cualquier actor que inflija intencionalmente intrusión sexual o penetración sexual a una víctima comete agresión sexual si:
…
(d) Al momento de cometer el acto, la víctima tiene menos de quince años y el actor tiene al menos cuatro años más que la víctima y no es el cónyuge de la víctima; o
(e) Al momento de cometer el acto, la víctima tiene al menos quince años pero menos de diecisiete años y el actor tiene al menos diez años más que la víctima y no es el cónyuge de la víctima; o
…
(2) La agresión sexual es un delito grave de clase 4, excepto como se dispone en los incisos (3), (3.5), (4) y (5) de esta sección.
(3) Si se comete bajo las circunstancias del inciso (1)(e) de esta sección, la agresión sexual es un delito grave de clase 6. Sin perjuicio de cualquier otra disposición de la ley, una persona condenada bajo el inciso (1)(e) de esta sección es elegible para solicitar la eliminación del registro conforme a la sección 16-22-113 (1)(b).
(6) Cualquier persona condenada por agresión sexual grave cometida a partir del 1 de noviembre de 1998, bajo cualquiera de las circunstancias descritas en esta sección, será sentenciada conforme a las disposiciones de la parte 10 del artículo 1.3 de este título.
…Ver también People v. Chavez (Colo. 1972) 500 P.2d 365. Ver también People v. Jurado (Colo. App. 2001) 30 P.3d 769. Ver también Rios-Vargas v. People (Colo. 2023) 532 P.3d 1206. SB21-271. - CRS 18-3-405.
- Ver también United States v. Wray (10th Cir. 2015) 776 F.3d 1182..
- CRS 14-2-106. HB19-1316.
- Ver nota 1. CRS 18-8-410. SB21-017.