La ley de Colorado define el robo de identidad como el uso de la información personal o financiera de otra persona, sin permiso, para realizar un pago o obtener algo de valor. El robo de identidad puede ser procesado como un delito grave de clase 4 con una pena de 2 a 6 años de prisión y hasta $500,000.00 en multas.
El lenguaje de la CRS § 18-5-902 dice:
“(1) Una persona comete robo de identidad si:
(a) Con conocimiento utiliza la información personal, información financiera o dispositivo financiero de otra persona sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago financiero;
(b) Con conocimiento posee la información personal, información financiera o dispositivo financiero de otra persona sin permiso o autoridad legal, con la intención de utilizarla o ayudar o permitir que otra persona la utilice para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago financiero;
(c) Con la intención de defraudar, falsifica, completa, altera o emite un instrumento escrito o dispositivo financiero que contenga información personal o financiera de otra persona;
(d) Con conocimiento posee la información personal o financiera de otra persona sin permiso o autoridad legal para utilizarla en la solicitud o completar una solicitud de un dispositivo financiero u otra extensión de crédito; o
(e) Con conocimiento utiliza o posee la información personal de otra persona sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener un documento emitido por el gobierno.”
El robo de identidad puede ser un delito grave o un delito menor, dependiendo del caso. Afortunadamente, hay numerosas formas de defenderse contra los cargos de robo de identidad en Colorado, incluyendo tomar la posición de que:
- No sabías que la información que intentaste usar pertenecía a una persona real;
- Tenías el permiso de la otra persona para usar su información;
- No tenías la intención de defraudar a nadie;
- No usaste la información para obtener nada de valor; o
- Fuiste víctima de mala conducta policial o la evidencia en tu contra fue encontrada durante una búsqueda ilegal.
Para ayudarte a comprender mejor la ley, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado te explicarán:
- 1. ¿Qué constituye el robo de identidad en Colorado?
- 2. Definiciones legales
- 3. ¿Cuáles son las sanciones?
- 4. ¿Cómo puedo defenderme en el tribunal?
1. ¿Qué constituye el robo de identidad en Colorado?
CRS 18-5-902 es la ley penal de Colorado contra el robo de identidad. Cometes este delito cuando:
- Con conocimiento, utilizas la información personal de otra persona, información de identificación financiera (como un número de cuenta bancaria) o dispositivo financiero sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener dinero en efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago monetario; o
- Con conocimiento, posees la información personal de otra persona, información de identificación financiera o dispositivo financiero, como una tarjeta bancaria, sin permiso o autoridad legal, con la intención de usarla o ayudar o permitir que otra persona la use para obtener dinero en efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago monetario; o
- Con la intención de cometer fraude, falsificas, completas, alteras o emites un instrumento escrito o dispositivo financiero que contenga información personal o información de identificación monetaria de otra persona; o
- Con conocimiento, posees la información personal o información de identificación financiera de otra persona sin permiso o autoridad legal para usarla en la solicitud o completar una solicitud de un dispositivo monetario u otra extensión de crédito; o
- Con conocimiento, utilizas o posees la información personal de otra persona sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener un documento emitido por el gobierno.
2. Definiciones legales
2.1. Con conocimiento
Actúas “con conocimiento” con respecto a una conducta o circunstancia descrita por una ley que define un delito cuando eres consciente de que tu conducta es de esa naturaleza o de que esa circunstancia existe.1
Para probar que eres culpable de robo de identidad según la ley de Colorado, la fiscalía debe demostrar que:
- Conscientemente utilizaste la información de identificación o dispositivo financiero de otra persona, Y
- Sabías que dicha información de identificación o dispositivo financiero pertenecía a una persona real.2
Ejemplo: Jenna inventa un número de seguro social falso en una solicitud de alquiler de apartamento, pensando que el propietario no revisará sus registros financieros. Sin embargo, el propietario realiza un informe de crédito y descubre que el número de seguro social en realidad pertenece a otra persona. Pero como Jenna no sabía esto, no utilizó conscientemente la información de identificación de otra persona y no es culpable de robo de identidad.
2.2. Información de identificación personal
“Información de identificación personal” significa información que puede ser utilizada, sola o en conjunto con cualquier otra información, para identificar a una persona específica, incluyendo pero no limitado a:
- un nombre;
- una fecha de nacimiento;
- un número de seguro social;
- una contraseña; un código de acceso;
- un número de licencia de conducir o identificación emitida por el gobierno;
- un número de pasaporte emitido por el gobierno;
- datos biométricos;
- o un número de identificación de empleador, estudiante o militar.3
2.3. Información de identificación financiera
“Información de identificación financiera” significa cualquiera de los siguientes que pueden ser utilizados, solos o en conjunto con cualquier otra información, para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago financiero:
- Un número de identificación personal, número de tarjeta de crédito, número de tarjeta bancaria de una institución financiera, número de cuenta corriente, número de tarjeta de débito, número de tarjeta de transferencia electrónica de fondos, número de tarjeta de cheque garantizado o número de ruta; o
- Un número que represente una cuenta financiera o un número que afecte el interés financiero, la posición o la obligación del titular de la cuenta o hacia él.4
2.4. Dispositivo financiero
“Dispositivo financiero” significa cualquier instrumento o dispositivo que pueda ser utilizado para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar pagos financieros, incluyendo pero no limitado a:
- Una tarjeta de crédito, tarjeta bancaria, tarjeta de débito, tarjeta de transferencia electrónica de fondos o tarjeta de cheque garantizado;
- Un cheque;
- Una orden de retiro negociable;
- Un cheque de participación; o
- Un giro postal.5
2.5. Falsificar
Para “falsificar” un instrumento escrito o dispositivo financiero significa hacer o dibujar un instrumento escrito o dispositivo financiero, ya sea en forma completa o incompleta, que pretende ser una creación auténtica de su aparente creador, pero que no lo es, ya sea porque el aparente creador es ficticio o porque, si es real, el aparente creador no autorizó la creación o el dibujo del instrumento escrito o dispositivo financiero.6
2.6. Falsificar completando
Para “falsificar completando” un instrumento escrito o dispositivo financiero significa:
- Transformar un instrumento escrito o dispositivo financiero incompleto en uno completo mediante la adición, inserción o cambio de contenido sin la autorización de alguien con derecho a otorgar dicha autorización, de modo que el instrumento escrito o dispositivo financiero completo aparezca o pretenda ser una creación auténtica o completamente autorizada por su aparente creador; o
- Transformar un instrumento escrito o dispositivo financiero incompleto en uno completo mediante la adición o inserción de información falsa o una declaración falsa. Una declaración falsa es una afirmación falsa que afecta la acción, conducta o decisión de la persona que recibe o se supone que recibe la información afirmada de manera que beneficia directa o indirectamente a la persona que hace la afirmación.7
2.7. Falsificar alterando
Para “falsificar alterando” un instrumento escrito o dispositivo financiero significa cambiar un instrumento escrito o dispositivo financiero sin la autorización de alguien con derecho a otorgar dicha autorización, ya sea en forma completa o incompleta, mediante el uso de borrado, tachadura, eliminación, inserción de nuevo contenido, transposición de contenido o cualquier otro medio, de modo que el instrumento escrito o dispositivo financiero en su forma alterada aparezca o pretenda ser una creación auténtica o completamente autorizada por su aparente creador.8
2.8. Transferir
“Transferir” significa entregar, pasar o transferir, o intentar o hacer que se entregue, pase o transfiera, a otra persona un instrumento escrito o dispositivo financiero, artículo o cosa.9
- Identity theft
- Attempted identity theft
- Conspiracy to commit identity theft
- Identity theft of a minor
- Attempted identity theft of a minor
- Conspiracy to commit identity theft of a minor
Also, the defendant may face a class 3 felony if the ID theft involves a victim who is 60 years of age or older. The penalties include:
- 4-12 years in prison (with 5 years mandatory parole), and/or
- A fine of $3,000-$750,000.
Finally, the defendant may face a class 2 felony if the ID theft involves a victim who is 70 years of age or older. The penalties include:
- 8-24 years in prison (with 5 years mandatory parole), and/or
- A fine of $5,000-$1,000,000.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
El robo de identidad es un delito menor de clase 2 cuando el acusado:
- Posee conscientemente la información de identificación personal, la información de identificación financiera o el dispositivo financiero de otra persona sin permiso o autoridad legal, con la intención de usarlo o ayudar o permitir que otra persona lo use para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago financiero; o
- Posee conscientemente la información de identificación personal o la información de identificación financiera de otra persona sin permiso o autoridad legal para usarla en la solicitud o completar una solicitud de un dispositivo financiero u otra extensión de crédito; o
- Usa o posee conscientemente la información de identificación personal de otra persona sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener un documento emitido por el gobierno.
Los delitos menores de clase 2 conllevan hasta 120 días de cárcel y/o hasta $750 en multas. Pero si el acusado posee tres o más dispositivos financieros – o la información de identificación personal o financiera de tres o más personas – entonces el robo de identidad se procesa como un delito grave de clase 5 que conlleva:
- 1 a 3 años de prisión y/o
- Multas de $1,000 a $100,000.
De lo contrario, el robo de identidad es un delito grave de clase 4 en Colorado. Las consecuencias del robo de identidad pueden incluir:
- 2-6 años en prisión (con 3 años de libertad condicional obligatoria), y/o
- Una multa de $2,000-$500,000.
Sin embargo, el tiempo en prisión por robo de identidad es obligatorio si:
- El acusado tiene una condena previa por robo de identidad, o
- El acusado tiene dos o más condenas previas por cualquiera de los siguientes delitos:
- Robo de identidad
- Intento de robo de identidad
- Conspiración para cometer robo de identidad
- Robo de identidad de un menor
- Intento de robo de identidad de un menor
- Conspiración para cometer robo de identidad de un menor
También, el acusado puede enfrentar un delito grave de clase 3 si el robo de identidad involucra a una víctima de 60 años de edad o mayor. Las sanciones incluyen:
- 4-12 años en prisión (con 5 años de libertad condicional obligatoria), y/o
- Una multa de $3,000-$750,000.
Finalmente, el acusado puede enfrentar un delito grave de clase 2 si el robo de identidad involucra a una víctima de 70 años de edad o mayor. Las sanciones incluyen:
- 8-24 años en prisión (con 5 años de libertad condicional obligatoria), y/o
- Una multa de $5,000-$1,000,000.
El acusado también puede tener que pagar restitución a las víctimas de robo de identidad.
Tenga en cuenta que los cargos por robo de identidad a menudo son procesados por el fiscal general de Colorado en lugar de un fiscal de distrito del condado.
Tenga en cuenta que la posesión de herramientas de robo de identidad (CRS 18-5-903) y la posesión criminal de un dispositivo financiero (CRS 18-5-702) son delitos separados.
4. ¿Cómo puedo defenderme en el tribunal?
Debido a que hay tantas partes en la ley de robo de identidad de Colorado, hay numerosas defensas, todas las cuales dependen de los hechos específicos de su caso. Nuestros experimentados abogados de fraude de Colorado pueden ayudarlo a decidir cuál es la mejor defensa para sus cargos de robo de identidad de Colorado.
Sin embargo, las defensas comunes a los cargos de robo de identidad incluyen (pero no se limitan a):
- No usó conscientemente la información personal o financiera de otra persona o el dispositivo de financiamiento;
- No sabía que la información de identificación que usó pertenecía a una persona real;
- Usó la información de otra persona, pero no se hizo con el permiso de esa persona;
- No tenía la intención de defraudar a nadie;
- No fue quien completó o alteró el instrumento escrito o el dispositivo financiero; o
- La evidencia en su contra fue obtenida durante una búsqueda y confiscación ilegal por parte de la agencia de aplicación de la ley.
5. Enlaces útiles
- Agencias de informes de crédito Experian, Transunion, Equifax
- Comisión Federal de Comercio (FTC) en ftc.gov
- Oficina de Investigación de Colorado
- Línea directa de fraude de Colorado
Leyes en otros estados:
¿Arrestado en Nevada? Consulte nuestros artículos sobre leyes de robo de identidad de Nevada y el uso ilegal de la información de identificación personal de otra persona en Nevada (NRS 205.463).
¿Arrestado en California? Vea nuestros artículos sobre leyes de robo de identidad en California | 530.5 PC y actos ilegales que involucran tarjetas de identificación en California.
Referencias legales:
- CRS 18-1-501 (6); ver también Allman v. People, 451 P.3d 826 (2019). HB 23-1293.
- People v. Perez, 2016, 367 P.3d 695.
- CRS 18-5-901 (13); ver también People v. Molina, 388 P.3d 894 (2017).
- CRS 18-5-901 (7).
- CRS 18-5-901 (6).
- CRS 18-5-901 (5).
- CRS 18-5-901 (4).
- CRS 18-5-901 (3).
- CRS 18-5-901 (14).
- CRS 18-5-902. Antes del 1 de marzo de 2022, el robo de identidad siempre fue un delito grave de clase 4. SB21-271.