Publicado
Los tribunales de Colorado cobran una tarifa de: $65 para sellar una condena; $224 para sellar múltiples condenas o para sellar un registro de arresto que no resultó en cargos; y sin tarifa para sellar un caso que resultó en una absolución o una exoneración.
Además, terminarás gastando alrededor de $20 en recuperar tu registro criminal (el primer paso para obtener un sello) y alrededor de $5 en franqueo cuando envíes el “pedido para sellar” (el paso final para obtener un sello).
Tenga en cuenta que no hay tarifa de corte para borrar los registros juveniles o los DUI menores de edad.
También no hay tarifa de corte si esperas a que el estado selle tus registros automáticamente, pero esto puede tomar varios años adicionales. Vale la pena pagar por un sello tan pronto como seas elegible.
¿Cómo sello mis registros?
Obtener un sello de registro de Colorado es un proceso de cinco pasos:
- Obtenga una copia de su registro criminal de la agencia de policía que lo arrestó o citó.
- Obtenga una copia de su historial criminal de la Oficina de Investigaciones de Colorado (CBI).
- Complete el formulario de petición apropiado para sellar (enumerado en la tabla a continuación) y preséntelo ante el tribunal en el que se encontraba su caso.
- Espera a que el tribunal acepte o rechace la petición. En casos muy raros, el tribunal requerirá una audiencia antes de decidir si ordena un sello.
- Si el tribunal te otorga una orden para sellar, envía una copia de la orden a todas las agencias estatales que tienen tu registro archivado (como el CBI y el departamento de policía).
Registro de Colorado para sellar o expurgar | Formulario y costo de presentación |
Registros de arresto sin cargos | JDF 417 – $224 |
Disminuciones o absoluciones | JDF 477 – gratis |
Una condena | JDF 612 – $65 |
Múltiples condenas | JDF 641 – $224 |
Condenas por DUI menores de 21 años con un BAL de .02 a .05. | JDF 305 – gratis |
Registros juveniles | JDF 302 – gratis |
¿Cómo es diferente el sellado de la expungencia?
Expungir registros es físicamente destruir el registro como si nunca hubiera existido. El sellado es simplemente hacer el registro invisible para la mayoría de las bases de datos, pero todavía existe.
En última instancia, el sellado y la expungencia logran el mismo propósito: una verificación de antecedentes limpia.
La ley de Colorado permite a las personas elegibles sellar – pero no borrar – sus registros criminales. Los únicos registros que se pueden borrar son los registros juveniles y el consumo de alcohol y manejo de menores de edad.1
¿Cuándo puedo sellar mi registro?
El período de espera para sellar los registros criminales de Colorado depende del caso:
Convicción de Colorado |
Período de espera para sellar/borrar registro |
|
De inmediato |
|
1 año después de que finalice el caso |
|
2 años después de que finalice el último caso |
|
3 años después de que finalice el caso |
|
5 años después de que finalice el último caso |
- Múltiples delitos elegibles y/o delitos de drogas
- La mayoría de los delitos municipales y delitos menores por víctimas de trata de personas
- Condenas por conducir bajo la influencia de alcohol (UDD) con un BAL de .02 a .05.
- La mayoría de los registros juveniles
Mientras tanto, las siguientes condenas nunca se pueden sellar y deben permanecer en su registro para siempre:
- Delitos sexuales
- Conducir bajo la influencia de alcohol
- Delitos de clase 1, delitos de clase 2 y delitos de clase 3
- Delitos de drogas de nivel 1
- Condenas por violencia doméstica (incluyendo acoso por violencia doméstica)
- Delitos menores de tráfico de clase 1 y delitos menores de tráfico de clase 2
- Infracción de tráfico de clase A y infracción de tráfico de clase B
- Delitos relacionados con una licencia de conducir comercial
Los tribunales pueden conceder la solicitud de un peticionario para sellar una condena normalmente no sellable en casos excepcionales.2
¿Cuándo se sella mi registro automáticamente?
Si no sellas tus registros tú mismo, el estado los sellará automáticamente de forma gratuita. Cuanto más grave sea el caso, mayor será el período de espera:
- Arrestos sin cargos: 1 año y 60 días después del arresto
- No condenas: Inmediatamente después de la exoneración o absolución
- Infracción civil: 4 años después de que el caso se cierre.
- Delito menor condenas: 7 años después de que el caso se cierre.
- Delito grave condenas: 7 años después de que el caso se cierre.
- Delito grave condenas: 10 años después de que el caso se cierre.3
¿Por qué debería contratar a un abogado para sellar mi registro?
Es muy fácil cometer errores en la petición de sellado de registros que hará que todo el proceso vuelva a empezar desde el principio. Además, las agencias estatales tienen muchas más posibilidades de cumplir rápidamente con un “orden de sellado” si ven que se envía desde un abogado.
Contratar a un abogado de defensa penal de Colorado maximiza las posibilidades de sellar tu registro a la primera y lo antes posible.
Referencias Legales
- CRS 24-72-701–708. CRS 19-1-306. CRS 42-4-1715; CRS 42-2-121. C.B. v. People, (Colo. App. 2005) 122 P.3d 1065. People v. Wright, (1979) 43 Colo. App. 30, 598 P.2d 157. También vea nuestro artículo, Registros criminales de Colorado: 5 cosas clave que debes saber.
- Vea la nota 1.
- Proyecto de ley del Senado 22-099. Ver nota 1.