Los tribunales de Colorado no cobran ninguna tarifa para sellar un caso que resultó en un sobreseimiento o absolución. La tarifa para sellar una condena varía según el tribunal, aunque generalmente es de $65. Sellar un registro de arresto que no resultó en cargos cuesta $224.
Además, gastará hasta $20 en obtener su registro criminal (el primer paso para obtener un sello) y aproximadamente $5 en gastos de envío al enviar por correo la “orden de sellado” (el último paso para obtener un sello).
Tenga en cuenta que no hay tarifa del tribunal para eliminar registros juveniles o DUIs de menores de edad.
También hay ninguna tarifa judicial si espera que el estado selle sus registros automáticamente, pero esto puede tomar varios años adicionales. Vale la pena pagar por un sello tan pronto como sea elegible.
¿Puedo obtener una exención de tarifas?
¡Posiblemente! Complete el formulario judicial JDF 205 y preséntelo ante el tribunal. Si determinan que es indigente, se deben eximir o reducir las tarifas de presentación.
¿Cómo sello mis registros?
Obtener un sello de registro de Colorado es un proceso de cinco pasos:
- Obtenga una copia de su registro criminal de la agencia policial que lo arrestó o citó.
- Obtenga una copia de su historial criminal de la Oficina de Investigaciones de Colorado (CBI).
- Complete el formulario de petición de sello correspondiente (enumerado en la tabla a continuación) y preséntelo ante el tribunal en el que se encontraba su caso.
- Espera a que el tribunal acepte o niegue la petición. En casos raros, el tribunal requerirá una audiencia antes de decidir si ordenar un sello.
- Si el tribunal le otorga una orden de sello, envíe por correo una copia de la orden a todas las agencias estatales que tengan su registro en archivo (como el CBI y el departamento de policía).
Registro de Colorado que se sellará o expurgará | Formulario y costo de presentación |
Registros de arresto sin cargos | JDF 417 – $224 |
Desestimaciones o absoluciones | JDF 477 – Gratis |
Una condena | JDF 612 – Depende del tribunal (generalmente $65) |
Múltiples condenas | JDF 641 – Depende del tribunal (generalmente $65) |
Condenas por DUI de menores de edad (UDD) con un BAL de .02 a .05. | JDF 305 – Gratis |
Registros de menores | JDF 302 – Gratis |
¿Cómo es diferente sellar de expurgar?
Expurgar registros es destruir físicamente el registro como si nunca hubieran existido. Sellado simplemente hace que el registro sea invisible para la mayoría de las bases de datos, pero aún existe.
En última instancia, sellar y expurgar logran el mismo propósito: una verificación de antecedentes limpia.
La ley de Colorado permite a las personas elegibles sellar – pero no expurgar – sus antecedentes penales. Los únicos registros que pueden ser expurgados son los registros juveniles y los registros de consumo de alcohol y conducción de menores.1
¿Cuándo puedo sellar mi registro?
El período de espera para sellar los antecedentes penales de Colorado depende del caso:
Condena de Colorado | Período de espera para sellar / expurgar registros |
| Inmediatamente |
1 año después de que termine el caso | |
| 2 años después de que termine el último caso |
| 3 años después de que termine el caso |
| 5 años después de que termine el último caso |
| 10 años después de que termine el último caso |
| Inmediatamente |
| Inmediatamente después de los 21 años |
| Hasta 5 años dependiendo del caso (las desestimaciones y absoluciones pueden ser expurgadas de inmediato) |
Mientras tanto, las siguientes condenas nunca pueden ser selladas y deben permanecer en su registro para siempre:
- Delitos sexuales
- DUIs
- Delitos graves de clase 1, delitos graves de clase 2 y delitos graves de clase 3
- Delitos graves de drogas de nivel 1
- Condenas por violencia doméstica (incluyendo acoso de violencia doméstica)
- Delitos menores de tráfico de clase 1 y delitos menores de tráfico de clase 2
- Infracciones de tráfico de clase A y infracciones de tráfico de clase B
- Delitos que involucran una licencia de conducir comercial
Los tribunales pueden conceder la solicitud de un peticionario para sellar una condena por delito menor normalmente no sellable en casos excepcionales.2
¿Cuándo se sella mi registro automáticamente?
Si no sella sus registros usted mismo, el estado los sellará automáticamente de forma gratuita. Cuanto más grave sea el caso, más tiempo tendrá que esperar:
- Arrestos sin cargos: 1 año y 60 días después del arresto
- No condenas: Inmediatamente después del sobreseimiento o absolución
- Infracciones civiles: 4 años después del cierre del caso.
- Condenas por delitos menores: 7 años después del cierre del caso.
- Condenas por delitos menores: 7 años después del cierre del caso.
- Condenas por delitos graves: 10 años después del cierre del caso.3
¿Por qué debería contratar a un abogado para sellar mi registro?
Es muy fácil cometer errores en la petición de sellado de registros que retrasarán todo el proceso. Además, las agencias estatales son mucho más propensas a cumplir rápidamente con una “orden de sellado” si ven que es enviada por un abogado.
Contratar a un abogado experimentado de defensa criminal de Colorado maximiza las posibilidades de obtener su registro sellado en el primer intento y lo antes posible.
Referencias Legales
- CRS 24-72-701–708. CRS 19-1-306. CRS 42-4-1715; CRS 42-2-121. C.B. v. People, (Colo. App. 2005) 122 P.3d 1065. People v. Wright, (1979) 43 Colo. App. 30, 598 P.2d 157. También vea nuestro artículo, Registros Penales de Colorado – 5 cosas clave que debe saber.
- Vea nota 1.
- Proyecto de Ley del Senado 22-099. Vea nota 1.