Bajo las leyes laborales de California sobre salarios y horas, un “día de trabajo” es un período de 24 horas que comienza a la misma hora cada día del calendario. Una “semana de trabajo” significa un período de 7 días que comienza con el mismo día del calendario cada semana.
Si eres un empleado no exento, no debes trabajar
- más de 8 horas en cualquier día de trabajo o
- más de 40 horas en cualquier semana de trabajo
a menos que seas compensado con pago de horas extras.1
Si estás en un horario de trabajo alternativo, no puedes trabajar más de 10 horas en un día dentro de una semana de trabajo de 40 horas sin pago de horas extras.2
Además, tienes derecho a un descanso de 10 minutos para comer por cada 4 horas, o una fracción sustancial de ese tiempo, que trabajes en un día.3
A continuación, nuestros abogados laborales de California discuten las siguientes preguntas frecuentes sobre las reglas y leyes de día de trabajo y semana de trabajo para empleados de California:
- 1. Días de trabajo y semanas de trabajo
- 2. ¿Cuánto duran?
- 3. Horario de trabajo alternativo
- 4. Empleados no exentos
- 5. Descansos para comer y descansar
- 6. Horas extras
- 7. ¿Puedo demandar?
- Lectura adicional
1. Días de trabajo y semanas de trabajo
El Código Laboral de California establece descansos para comer y descansar durante el día de trabajo y límites en las horas trabajadas durante el día de trabajo y la semana de trabajo sin horas extras.
Durante el día de trabajo, tú (como empleado no exento) tienes derecho a descansos y descansos para comer. Los descansos deben ser
- de al menos diez (10) minutos
- por cada cuatro (4) horas de trabajo.
Los descansos deben ser contados como tiempo trabajado y pagados por el empleador.4
Si trabajas más de cinco (5) horas en un día, también tienes derecho a un descanso para comer de treinta (30) minutos. Sin embargo, puedes acordar renunciar a ese descanso para comer si no trabajas más de seis (6) horas en el día.5
Estás limitado en el número máximo de horas que puedes trabajar en un día de trabajo y una semana de trabajo. Si trabajas más del número máximo de horas en un día de trabajo o una semana de trabajo, debes ser compensado con tarifas de horas extras por tu empleador.6
Consulta nuestro artículo relacionado, “Tiempo de recuperación” – ¿Qué es y cómo funciona?
La ley laboral de California requiere que los empleadores paguen horas extras cuando los empleados trabajan más de cierta cantidad de horas en el día de trabajo o la semana de trabajo.
2. ¿Cuánto duran?
Según la ley laboral de California, un “día de trabajo” o “día” significa “cualquier período consecutivo de 24 horas que comience a la misma hora cada día del calendario”.7
Una “semana laboral” o “semana” significa cualquier siete (7) días consecutivos, comenzando con el mismo día del calendario cada semana. Una semana laboral se considera un período fijo y regularmente recurrente de
- 168 horas, o
- siete (7) períodos consecutivos de 24 horas.8
Consulte nuestro artículo sobre cuántos días seguidos puede trabajar sin un día libre.
3. Horario de trabajo alternativo
Algunos empleadores utilizan un “horario de trabajo alternativo”. Un horario de trabajo alternativo puede permitirle trabajar
- más de ocho (8) horas en un día pero
- no más de diez (10) horas en un día sin horas extras.9
Si está trabajando más horas de las programadas en su horario de trabajo alternativo o más de 40 horas por semana, se le compensará al menos a una vez y media su tarifa regular de pago. Cualquier trabajo en exceso de 12 horas por día se compensará al menos al doble de su tarifa regular de pago.10
Los empleados no exentos tienen derecho a recibir pago de tiempo y medio por trabajo en horas extras.
4. Empleados no exentos
Los empleados no exentos tienen derecho a
- horas extras,
- descansos y
- pausas para comer según las leyes laborales de California.
Esto incluye a “personas empleadas en ocupaciones profesionales, técnicas, administrativas, mecánicas y similares, ya sea que se les pague por tiempo, tarifa por pieza, comisión u otro medio”.11
Las mismas leyes laborales de horas/salario de California pueden no aplicarse a empleados exentos, empleados sindicalizados en ciertas industrias y contratistas independientes.
Empleados exentos
Algunos empleados que están exentos de las leyes estándar de descanso para el almuerzo y horas extras incluyen a personas empleadas en
- capacidades administrativas,
- gerenciales,
- ejecutivas o
- profesionales.12
Para ser considerado un empleado exento en California, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Pasar más de la mitad de su tiempo de trabajo realizando trabajo intelectual, gerencial o creativo;
- Ejercer de manera habitual y regular discreción y juicio independiente en el desempeño de esas tareas laborales; y
- Ganar un salario mensual equivalente a al menos el doble del salario mínimo de California para el empleo a tiempo completo.13
Contratistas independientes y empleados sindicalizados
Además, las leyes de horas extras y descansos generalmente no se aplican a contratistas independientes.
Además, los requisitos de horas extras y descansos pueden no aplicarse a trabajadores sindicalizados en ciertas industrias con un acuerdo de negociación colectiva. En California, estas industrias pueden incluir:
- Industria cinematográfica
- Industria de radiodifusión
- Industria de panadería al por mayor
- Conductores comerciales
- Ocupaciones de construcción
- Oficiales de seguridad
- Empresas de servicios públicos14
5. Pausas para comer y descansos
Pausas para comer
Según el Código Laboral de California, si trabaja más de cinco (5) horas en un día, tiene derecho a una pausa para comer de treinta (30) minutos. Si trabaja más de diez (10) horas en un día, también debe recibir una segunda pausa para comer de treinta (30) minutos.15
Sin embargo, puede acordar renunciar a esa pausa para comer si no trabaja más de seis (6) horas en el día. Además, puede renunciar a esta segunda pausa para comer si no trabaja más de 12 horas y no renunció a la primera pausa para comer.
Los empleados no exentos tienen derecho a descansos de 10 minutos cada cuatro horas.
Descansos
Los descansos requeridos deben ser de al menos diez (10) minutos por cada cuatro (4) horas de trabajo, o una fracción sustancial de las mismas. Los descansos deben ser contados como tiempo trabajado y deben ser pagados. Cuando sea posible, los descansos también deben ser en el medio de su período de trabajo.16
6. Horas extras
Generalmente no hay un límite en el número de horas que puede trabajar legalmente en un día. Pero según las leyes laborales de California, usted como empleado no exento tiene derecho a recibir pago por horas extras si trabaja:
- Más de ocho (8) horas en un solo día de trabajo;
- Más de cuarenta (40) horas en una sola semana de trabajo; o
- Más de seis (6) días en una sola semana de trabajo.17
Las horas extras se pagan a una vez y media (1 ½) su tarifa regular de pago. Sin embargo, cualquier trabajo en exceso de 12 horas en un día se compensa con no menos de dos (2) veces su tarifa regular de pago. Cualquier trabajo en exceso de ocho (8) horas en cualquier séptimo día de trabajo se compensa a dos veces su tarifa regular.18
Ejemplo: Simon trabaja en una empresa de diseño gráfico y recibe un salario por hora de $20 por hora. Simon es un empleado no exento y generalmente trabaja 5 días a la semana, 8 horas al día.
El empleador de Simon le pide que venga durante el fin de semana para trabajar horas adicionales en un gran proyecto para un cliente importante. Simon termina trabajando 14 horas el sábado y 10 horas el domingo.
Además del salario de 40 horas semanales de Simon, Simon recibirá horas extras a una vez y media por las primeras 12 horas que trabajó el sábado y a doble tiempo por la 13ª y 14ª horas del sábado. Simon también recibirá horas extras a una vez y media por las primeras 8 horas que trabajó el domingo y a doble tiempo por la 9ª y 10ª horas del domingo.
En general, su empleador no puede programarlo para trabajar
- más de ocho (8) horas en un solo día de trabajo o
- más de cuarenta (40) horas en una sola semana de trabajo
sin horas extras.
Cuando un empleador lo hace trabajar más del número máximo de horas sin pagar horas extras, el empleador puede estar violando las leyes laborales de California.
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Horarios flexibles y trabajo por turnos: Reemplazando el día laboral de 9 a 5 – Monthly Labor Review.
- La semana laboral de cuatro días: una revisión cronológica y sistemática de la literatura académica – Management and Review Quarterly.
- ¿Cuántos días conforman una semana laboral? – Monthly Labor Review.
- La semana laboral de cuatro días – Routledge.
- Los días laborales no son iguales: satisfacción laboral y factores estresantes en la semana laboral – Human Relations.
Referencias legales:
- 8 Código de Regulaciones de California (“C.C.R”) 11040. (“3. Horas y días de trabajo (A) Horas extras diarias – Disposiciones generales (1) Las siguientes disposiciones de horas extras son aplicables a empleados mayores de 18 años y a empleados de 16 o 17 años que no están obligados por ley a asistir a la escuela y que no están prohibidos por ley de realizar el trabajo en cuestión. Dichos empleados no pueden trabajar más de ocho (8) horas en cualquier día laborable o más de 40 horas en cualquier semana laboral a menos que el empleado reciba una vez y media (1 ½) su tarifa regular por todas las horas trabajadas más de 40 horas en la semana laboral. El empleo más allá de ocho (8) horas en cualquier día laborable o más de seis (6) días en cualquier semana laboral es permisible siempre y cuando el empleado sea compensado por esas horas extras a no menos de: (a) Una vez y media (1 ½) su tarifa regular por todas las horas trabajadas en exceso de ocho (8) horas hasta y incluyendo 12 horas en cualquier día laborable, y por las primeras ocho (8) horas trabajadas en el séptimo (7º) día consecutivo de trabajo en una semana laboral; y (b) El doble de su tarifa regular por todas las horas trabajadas en exceso de 12 horas en cualquier día laborable y por todas las horas trabajadas en exceso de ocho (8) horas en el séptimo (7º) día consecutivo de trabajo en una semana laboral. (c) La tasa de compensación por horas extras a pagar a un empleado asalariado no exento a tiempo completo se calculará utilizando una cuadragésima (1/40) parte de su salario semanal como su tarifa regular por hora.”)
- 8 C.C.R. 11040. (“3. Horas y días de trabajo (B) Horarios alternativos de trabajo (1) Ningún empleador, que tenga control sobre los salarios, horas y condiciones de trabajo de los empleados, se considerará que ha violado las disposiciones de la Sección 3, Horas y días de trabajo, al instituir, de conformidad con los procedimientos de elección establecidos en esta orden, un horario alternativo de trabajo regular de acuerdo con las siguientes condiciones: (a) El horario alternativo de trabajo deberá prever un trabajo de los empleados afectados de no más de diez (10) horas por día dentro de una semana laboral de 40 horas sin el pago a los empleados afectados de una tasa de compensación por horas extras de acuerdo con esta sección. (b) Un empleado afectado que trabaje más de ocho (8) horas pero no más de diez (10) horas en un día de acuerdo con un horario alternativo de trabajo adoptado de acuerdo con esta sección recibirá una tasa de compensación por horas extras de no menos de una vez y media (1 ½) su tarifa regular por cualquier trabajo en exceso de las horas programadas regularmente por el acuerdo de horario alternativo de trabajo y por cualquier trabajo en exceso de 40 horas por semana. (c) Se pagará una tasa de compensación por horas extras de no menos del doble de la tarifa regular del empleado por cualquier trabajo en exceso de 12 horas por día y por cualquier trabajo en exceso de ocho (8) horas en los días trabajados más allá de los días laborables programados regularmente por el acuerdo de horario alternativo de trabajo. “). Tenga en cuenta que AB-2932, que se estancó en la legislatura estatal, habría cambiado la definición de semana laboral de California de 40 horas a 32 horas.
- 8 C.C.R. 11040. (“12. Descansos (A) Todo empleador deberá autorizar y permitir a todos los empleados tomar descansos, que en la medida de lo posible deberán ser en el medio de cada período de trabajo. El tiempo de descanso autorizado se basará en el total de horas trabajadas diariamente a razón de diez (10) minutos de tiempo neto de descanso por cada cuatro (4) horas o fracción mayor. Sin embargo, no se autorizará un descanso para empleados cuyo tiempo total de trabajo diario sea inferior a tres horas y media (3 1/2). El tiempo de descanso autorizado se contará como horas trabajadas por las que no se realizarán deducciones de salarios.”)
- Igual.
- Código Laboral 512 LC — Períodos de comida; requisitos; orden que permite un período de comida después de seis horas de trabajo; excepciones; remedios según el acuerdo de negociación colectiva. (“(a) Un empleador no puede emplear a un empleado por un período de trabajo de más de cinco horas por día sin proporcionar al empleado un período de comida de no menos de 30 minutos, excepto que si el período total de trabajo por día del empleado no es más de seis horas, el período de comida puede ser renunciado por consentimiento mutuo del empleador y el empleado. Un empleador no puede emplear a un empleado por un período de trabajo de más de 10 horas por día sin proporcionar al empleado un segundo período de comida de no menos de 30 minutos, excepto que si el total de horas trabajadas no es más de 12 horas, el segundo período de comida puede ser renunciado por consentimiento mutuo del empleador y el empleado solo si el primer período de comida no fue renunciado.”)
- LCódigo Laboral 510 LC — Jornada laboral; horas extras; tiempo de viaje. (“(a) Ocho horas de trabajo constituyen una jornada laboral. Cualquier trabajo en exceso de ocho horas en un día laboral y cualquier trabajo en exceso de 40 horas en cualquier semana laboral y las primeras ocho horas trabajadas en el séptimo día de trabajo en cualquier semana laboral serán compensadas a una tasa no menor de una vez y media la tasa regular de pago para un empleado. Cualquier trabajo en exceso de 12 horas en un día será compensado a una tasa no menor de dos veces la tasa regular de pago para un empleado. Además, cualquier trabajo en exceso de ocho horas en cualquier séptimo día de una semana laboral será compensado a una tasa no menor de dos veces la tasa regular de pago de un empleado. Nada en esta sección requiere que un empleador combine más de una tasa de compensación por horas extras para calcular la cantidad a pagar a un empleado por cualquier hora de trabajo extra. Los requisitos de esta sección no se aplican al pago de compensación por horas extras a un empleado que trabaja de acuerdo con cualquiera de los siguientes: (1) Un horario de trabajo alternativo adoptado de acuerdo con la Sección 511. (2) Un horario de trabajo alternativo adoptado de acuerdo con un acuerdo de negociación colectiva de acuerdo con Sección 514. (3) Un horario de trabajo alternativo al cual este capítulo no se aplica de acuerdo con la Sección 554.”). Ver también Ridgeway v. Walmart, Inc. (9th Cir. 2020) 946 F.3d 1066 (Los trabajadores tienen derecho a recibir pago por tiempo improductivo – como durante las escalas – si el empleador ejerce control sobre ellos). Ver también Frlekin v. Apple (2020) 8 Cal.5th 1038 (Los trabajadores tienen derecho a recibir pago por el tiempo que pasan en las instalaciones del empleador esperando y pasando por revisiones obligatorias de paquetes, bolsas o dispositivos tecnológicos personales.). Ver también Rodriguez v. Nike Retail Services (9th Cir. 2019) 928 F.3D 810 (“[L]a doctrina federal de de minimis no se aplica a reclamos de salario y horas presentados bajo la ley de California.”). Ver también Herrera v. Zumiez (9th Cir. 2020) 953 F.3D 1063. Ver también Ward v. Tilly’s, Inc. (2019) 31 Cal.App.5th 1167 (“[L]os turnos de guardia a los que se hace referencia en este caso activan los requisitos de pago por tiempo de informe de la Orden de Trabajo 7 de California…los turnos de guardia son una carga para los empleados, que no pueden tomar otros trabajos, ir a la escuela o hacer planes sociales durante los turnos de guardia, pero que no reciben ninguna compensación de Tilly’s a menos que finalmente sean llamados a trabajar. Este es precisamente el tipo de abuso que el pago por tiempo de informe fue diseñado para desalentar.”).
- 8 C.C.R. 11040. (“2. Definiciones (S) “Día de trabajo” y “día” significan cualquier período consecutivo de 24 horas que comienza a la misma hora cada día del calendario.”)
- 8 C.C.R. 11040. (“2. Definiciones (T) “Semana de trabajo” y “semana” significan cualquier período de siete (7) días consecutivos, comenzando con el mismo día del calendario cada semana. “Semana de trabajo” es un período fijo y regularmente recurrente de 168 horas, siete (7) períodos consecutivos de 24 horas.”)
- 8 C.C.R. 11040. (“2. Definiciones (A) “Horario de trabajo alternativo” significa cualquier horario de trabajo regular propuesto por un empleador que tiene control sobre los salarios, horas y condiciones de trabajo de los empleados, y ratificado por una unidad de trabajo de empleados en una elección secreta neutral, que requiere que un empleado trabaje más de ocho (8) horas en un período de 24 horas.”)
- 8 C.C.R. 11040. (3. Horas y días de trabajo (B) Horarios de trabajo alternativos, nota al pie de página 2 anterior.
- 8 C.C.R 11040 contiene disposiciones sobre períodos de comida y descanso. (“1. Aplicabilidad de la Orden Esta orden se aplicará a todas las personas empleadas en ocupaciones profesionales, técnicas, administrativas, mecánicas y similares, ya sea que se les pague por tiempo, tarifa por pieza, comisión u otro medio, excepto que: (A) Las disposiciones de las secciones 3 a 12 no se aplicarán a las personas empleadas en capacidades administrativas, ejecutivas o profesionales.”)
- Igual.
- Código Laboral 515 LC — Exenciones de los requisitos de descanso y comida. (“(a) La Comisión de Bienestar Industrial puede establecer exenciones del requisito de que se pague una tasa de horas extras de compensación de acuerdo con las Secciones 510 y 511 para empleados ejecutivos, administrativos y profesionales, si el empleado está principalmente dedicado a las tareas que cumplen con el criterio de la exención, ejerce de manera habitual y regular discreción y juicio independiente en el desempeño de esas tareas y gana un salario mensual equivalente a no menos de dos veces el salario mínimo estatal para el empleo a tiempo completo.”)
- Código Laboral 512 LC — Períodos de comida; requisitos; orden que permite un período de comida después de seis horas de trabajo; excepciones; remedios bajo un acuerdo de negociación colectiva. (“(d) Si un empleado en la industria cinematográfica o la industria de la radiodifusión, según se definen en las Órdenes de Salarios de la Comisión de Bienestar Industrial Números 11 y 12, está cubierto por un acuerdo de negociación colectiva válido que establece períodos de comida e incluye un remedio monetario si el empleado no recibe un período de comida requerido por el acuerdo, entonces los términos, condiciones y remedios del acuerdo relacionados con los períodos de comida se aplican en lugar de las disposiciones aplicables relacionadas con los períodos de comida de la subdivisión (a) de esta sección, Sección 226.7, y las Órdenes de Salarios de la Comisión de Bienestar Industrial Números 11 y 12. (e) Las subdivisiones (a) y (b) no se aplican a un empleado especificado en la subdivisión (f) si se cumplen ambas de las siguientes condiciones: (1) El empleado está cubierto por un acuerdo de negociación colectiva válido. (2) El acuerdo de negociación colectiva válido establece expresamente los salarios, horas de trabajo y condiciones de trabajo de los empleados, y establece expresamente períodos de comida para esos empleados, arbitraje final y vinculante de disputas relacionadas con la aplicación de sus disposiciones sobre períodos de comida, tasas de salario premium para todas las horas extras trabajadas y una tasa de pago por hora regular de no menos del 30 por ciento más que la tasa de salario mínimo estatal. (f) La subdivisión (e) se aplica a cada uno de los siguientes empleados: (1) Un empleado empleado en una ocupación de construcción. (2) Un empleado empleado como conductor comercial. (3) Un empleado empleado en la industria de servicios de seguridad como oficial de seguridad que está registrado de acuerdo con el Capítulo 11.5 (comenzando con la Sección 7580) del Código de Negocios y Profesiones, y que está empleado por un operador de patrulla privado registrado de acuerdo con ese capítulo. (4) Un empleado empleado por una corporación eléctrica, una corporación de gas o una empresa eléctrica de propiedad pública local.”)
- Código Laboral 512 — Períodos de comida; requisitos; orden que permite un período de comida después de seis horas de trabajo, nota al pie 5 arriba. Véase también 8 C.C.R 11040. (“11. Períodos de Comida (A) Ningún empleador empleará a ninguna persona por un período de trabajo de más de cinco (5) horas sin un período de comida de no menos de 30 minutos, excepto que cuando un período de trabajo de no más de seis (6) horas completará el trabajo del día, el período de comida puede ser renunciado por consentimiento mutuo del empleador y el empleado. A menos que el empleado sea liberado de todo deber durante un período de comida de 30 minutos, el período de comida se considerará un período de comida “en servicio” y se contará como tiempo trabajado. Un período de comida “en servicio” solo se permitirá cuando la naturaleza del trabajo impida que un empleado sea liberado de todo deber y cuando, por acuerdo escrito entre las partes, se acuerde un período de comida remunerado en el trabajo. El acuerdo escrito deberá establecer que el empleado puede, por escrito, revocar el acuerdo en cualquier momento. (B) Si un empleador no proporciona a un empleado un período de comida de acuerdo con las disposiciones aplicables de esta orden, el empleador deberá pagar al empleado una (1) hora de salario a la tasa regular de compensación del empleado por cada día laborable en que no se proporcione el período de comida.
- 8 C.C.R 11040, sección 12 (Períodos de Descanso), nota al pie 3 arriba.
- Código Laboral 510 LC — Día de trabajo; horas extras; tiempo de viaje, nota al pie 6 arriba.
- Igual.
- 8 C.C.R 11040. (“11 . . . (B) Si un empleador no proporciona a un empleado un período de comida de acuerdo con las disposiciones aplicables de esta orden, el empleador deberá pagar al empleado una (1) hora de salario a la tasa regular de compensación del empleado por cada día laborable en que no se proporcione el período de comida. . . . 12 . . . (B) Si un empleador no proporciona a un empleado un período de descanso de acuerdo con las disposiciones aplicables de esta orden, el empleador deberá pagar al empleado una (1) hora de salario a la tasa regular de compensación del empleado por cada día laborable en que no se proporcione el período de descanso.”)
- Código Laboral 1194 LC — Acción para recuperar el salario mínimo, la compensación por horas extras, los intereses, los honorarios de abogados y los costos por parte del empleado. (“(a) No obstante cualquier acuerdo para trabajar por un salario menor, cualquier empleado que reciba menos que el salario mínimo legal o la compensación por horas extras legal aplicable al empleado tiene derecho a recuperar en una acción civil el saldo no pagado del monto total de este salario mínimo o compensación por horas extras, incluidos los intereses, los honorarios razonables de abogados y los costos del juicio.”)