Bajo las leyes de salario y horas de California, un “día laboral” es un período de 24 horas que comienza a la misma hora cada día calendario. Una “semana laboral” es un período de 7 días que comienza el mismo día calendario cada semana.
Si usted es un empleado no exento, no deberá trabajar
- más de 8 horas en cualquier día laboral o
- más de 40 horas en cualquier semana laboral
a menos que sea compensado con pago de horas extras.1
Si usted está en un horario alternativo de semana laboral, no podrá trabajar más de 10 horas en un día dentro de una semana laboral de 40 horas sin pago de horas extras.2
Además, tiene derecho a un descanso de 10 minutos por cada 4 horas, o una fracción sustancial de ellas, que trabaje en un día.3
A continuación, nuestros abogados de salario y horas de California discuten las siguientes preguntas frecuentes sobre las reglas y leyes de días laborales y semanas laborales para empleados en California:
- 1. Días laborales y semanas laborales
- 2. ¿Cuánto duran?
- 3. Horario alternativo de semana laboral
- 4. Empleados no exentos
- 5. Descansos para comer y descansar
- 6. Horas extras
- 7. ¿Puedo demandar?
- Lectura adicional
1. Días laborales y semanas laborales
El Código Laboral de California establece descansos para comer y descansar durante el día laboral y límites en las horas trabajadas durante el día laboral y la semana laboral sin horas extras.
Durante el día laboral, usted (como empleado no exento) tiene derecho a períodos de descanso y pausas para comer. Los descansos deben ser
- de al menos diez (10) minutos
- por cada cuatro (4) horas de trabajo.
Los descansos deben contarse como tiempo trabajado y ser pagados por el empleador.4
Si trabaja más de cinco (5) horas en un día, también tiene derecho a un descanso para comer de treinta (30) minutos. Sin embargo, puede acordar renunciar a ese descanso para comer si no trabaja más de seis (6) horas en el día.5
Está limitado al número máximo de horas que puede trabajar en un día laboral y en una semana laboral. Si trabaja más del número máximo de horas en un día laboral o semana laboral, debe ser compensado a tarifas de horas extras por su empleador.6
Vea nuestro artículo relacionado, “Tiempo compensatorio” – ¿Qué es y cómo funciona?
La ley laboral de California requiere que los empleadores paguen horas extras cuando los empleados trabajan más de cierta cantidad de horas en el día laboral o semana laboral.
2. ¿Cuánto duran?
Bajo la ley laboral de California, un “día laboral” o “día” significa “cualquier período consecutivo de 24 horas que comienza a la misma hora cada día calendario.”7
Una “semana laboral” o “semana” significa cualquier siete (7) días consecutivos, comenzando con el mismo día calendario cada semana. Una semana laboral se considera un período fijo y recurrente regularmente de
- 168 horas, o
- siete (7) períodos consecutivos de 24 horas.8
Vea nuestro artículo sobre cuántos días seguidos puede trabajar sin un día libre.
3. Horario alternativo de semana laboral
Algunos empleadores usan un “horario alternativo de semana laboral.” Un horario alternativo de semana laboral puede permitirle trabajar
- más de ocho (8) horas en un día pero
- no más de diez (10) horas en un día sin horas extras.9
Si trabaja más allá de las horas programadas en su horario alternativo de semana laboral o más de 40 horas por semana, se le compensa no menos de una vez y media (1 ½) su tarifa regular de pago. Cualquier trabajo en exceso de 12 horas por día se compensa no menos del doble de su tarifa regular de pago.10
Los empleados no exentos tienen derecho a pago de tiempo y medio por trabajo de horas extras.
4. Empleados no exentos
Los empleados no exentos tienen derecho a
- horas extras,
- descansos, y
- pausas para comer bajo las leyes laborales de California.
Esto incluye “personas empleadas en ocupaciones profesionales, técnicas, administrativas, mecánicas y similares, ya sea que se les pague por tiempo, por pieza, comisión u otra base.”11
Las mismas leyes laborales de horas/salarios de California pueden no aplicarse a empleados exentos, empleados sindicalizados en industrias específicas o contratistas independientes.
Empleados exentos
Algunos empleados que están exentos de las leyes estándar de pausas para almuerzo y horas extras incluyen personas empleadas en
- capacidades administrativas,
- gerenciales,
- ejecutivas, o
- profesionales.12
Para ser considerado un empleado exento en California, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Dedicarse más de la mitad de su tiempo laboral a realizar trabajo intelectual, gerencial o creativo;
- Ejercer habitualmente y regularmente discreción y juicio independiente en el desempeño de esas funciones laborales; y
- Ganar un salario mensual equivalente al menos al doble del salario mínimo de California para empleo a tiempo completo.13
Contratistas independientes y empleados sindicalizados
Además, las leyes de California sobre descansos y horas extras generalmente no se aplican a contratistas independientes.
Adicionalmente, los requisitos de horas extras y descansos pueden no aplicarse a trabajadores sindicalizados en industrias específicas con un convenio colectivo. En California, estas industrias pueden incluir:
- Industria cinematográfica
- Industria de radiodifusión
- Industria mayorista de panadería
- Conductores comerciales
- Ocupaciones de construcción
- Oficiales de seguridad
- Compañías de servicios públicos14
5. Pausas para comer y descansar
Pausas para comer
Bajo el Código Laboral de California, si trabaja más de cinco (5) horas en un día, tiene derecho a una pausa para comer de treinta (30) minutos. Si trabaja más de diez (10) horas en un día, también debe recibir una segunda pausa para comer de treinta (30) minutos.15
Sin embargo, puede acordar renunciar a esa pausa para comer si no trabaja más de seis (6) horas en el día. Además, puede renunciar a esta segunda pausa para comer si no trabaja más de 12 horas, y no renunció a la primera pausa para comer.
Los empleados no exentos tienen derecho a descansos de 10 minutos cada cuatro horas.
Descansos
Los descansos requeridos deben ser de al menos diez (10) minutos por cada cuatro (4) horas de trabajo, o una fracción sustancial de ellas. Los descansos deben contarse como tiempo trabajado y deben ser tiempo pagado. Cuando sea posible, los descansos deben ser también a la mitad de su período de trabajo.16
6. Horas extras
Generalmente no hay un límite en el número de horas que puede trabajar legalmente en un día. Pero bajo las leyes laborales de California, usted, como empleado no exento, tiene derecho a pago de horas extras si trabaja:
- Más de ocho (8) horas en un solo día laboral;
- Más de cuarenta (40) horas en una sola semana laboral; o
- Más de seis (6) días en una sola semana laboral.17
Las horas extras se pagan a una vez y media (1 ½) su tarifa regular de pago. Sin embargo, cualquier trabajo en exceso de 12 horas en un día se compensa no menos del doble de su tarifa regular de pago. Cualquier trabajo en exceso de ocho (8) horas en cualquier séptimo día de una semana laboral se compensa al doble de su tarifa regular.18
Ejemplo: Simón trabaja en una empresa de diseño gráfico y recibe una tarifa por hora de $20 por hora. Simón es un empleado no exento y generalmente trabaja 5 días a la semana, 8 horas al día.
El empleador de Simón le pide que trabaje el fin de semana horas adicionales para un gran proyecto para un cliente importante. Simón termina trabajando 14 horas el sábado y 10 horas el domingo.
Además del salario regular de Simón por 40 horas a la semana, Simón recibirá pago de horas extras a tiempo y medio por las primeras 12 horas que trabajó el sábado y doble tiempo por la 13ª y 14ª hora del sábado. Simón también recibirá pago de horas extras a tiempo y medio por las primeras 8 horas que trabajó el domingo y doble tiempo por la 9ª y 10ª hora del domingo.
En general, su empleador no puede programarlo para trabajar
- más de ocho (8) horas en un solo día laboral o
- más de cuarenta (40) horas en una sola semana laboral
sin horas extras.
Cuando un empleador lo hace trabajar más del número máximo de horas sin pagar horas extras, el empleador puede estar violando las leyes laborales de California.
7. ¿Puedo demandar?
Puede presentar una demanda por salario y horas contra su empleador por negarle descansos o no pagar horas extras según lo requerido por las leyes laborales de California. Las demandas colectivas exitosas por salario y horas a menudo involucran la falta de proporcionar pausas para comer, períodos de descanso o el no pago de horas extras.
Los empleadores que no le permiten tomar descansos o pausas para comer le deberán una hora de pago por cada descanso que le hayan negado.19
Un reclamo exitoso contra un empleador por horas extras no pagadas puede incluir
- compensación por horas extras no pagadas,
- intereses, y
- honorarios de abogados y costos judiciales.20
Lectura adicional
Para información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Horarios flexibles y trabajo por turnos: reemplazando el día laboral de 9 a 5 – Monthly Labor Review.
- La semana laboral de cuatro días: una revisión cronológica y sistemática de la literatura académica – Management and Review Quarterly.
- ¿Cuántos días conforman una semana laboral? – Monthly Labor Review.
- La semana laboral de cuatro días – Routledge.
- Los días laborales no son iguales: satisfacción laboral y factores estresantes a lo largo de la semana laboral – Human Relations.
Referencias legales:
- 8 Código de Regulaciones de California (“C.C.R”) 11040. (“3. Horas y días de trabajo (A) Horas extras diarias – Disposiciones generales (1) Las siguientes disposiciones de horas extras son aplicables a empleados de 18 años o más y a empleados de 16 o 17 años que no están obligados por ley a asistir a la escuela y que no están prohibidos por ley de realizar el trabajo en cuestión. Tales empleados no deberán ser empleados más de ocho (8) horas en cualquier día laboral o más de 40 horas en cualquier semana laboral a menos que el empleado reciba una vez y media (1 ½) la tarifa regular de pago por todas las horas trabajadas sobre 40 horas en la semana laboral. El empleo más allá de ocho (8) horas en cualquier día laboral o más de seis (6) días en cualquier semana laboral es permisible siempre que el empleado sea compensado por tales horas extras a no menos de: (a) Una vez y media (1 ½) la tarifa regular de pago del empleado por todas las horas trabajadas en exceso de ocho (8) horas hasta e incluyendo 12 horas en cualquier día laboral, y por las primeras ocho (8) horas trabajadas en el séptimo (7º) día consecutivo de trabajo en una semana laboral; y (b) Doble de la tarifa regular de pago del empleado por todas las horas trabajadas en exceso de 12 horas en cualquier día laboral y por todas las horas trabajadas en exceso de ocho (8) horas en el séptimo (7º) día consecutivo de trabajo en una semana laboral. (c) La tarifa de horas extras a pagar a un empleado asalariado no exento a tiempo completo se calculará usando una cuadragésima parte (1/40) del salario semanal del empleado como la tarifa regular por hora del empleado.”)
- 8 C.C.R. 11040. (“3. Horas y días de trabajo (B) Horarios alternativos de semana laboral (1) Ningún empleador, que tenga control sobre los salarios, horas y condiciones de trabajo de los empleados, será considerado que ha violado las disposiciones de la Sección 3, Horas y días de trabajo, por instituir, conforme a los procedimientos electorales establecidos en esta orden, un horario alternativo de semana laboral regularmente programado bajo las siguientes condiciones: (a) El horario alternativo de semana laboral deberá prever trabajo por parte de los empleados afectados de no más de diez (10) horas por día dentro de una semana laboral de 40 horas sin el pago a los empleados afectados de una tarifa de horas extras conforme a esta sección. (b) Un empleado afectado que trabaje más de ocho (8) horas pero no más de diez (10) horas en un día conforme a un horario alternativo de semana laboral adoptado conforme a esta sección deberá recibir una tarifa de horas extras no menor a una vez y media (1 ½) la tarifa regular de pago del empleado por cualquier trabajo en exceso de las horas programadas establecidas por el acuerdo de semana laboral alternativo y por cualquier trabajo en exceso de 40 horas por semana. (c) Se pagará una tarifa de horas extras no menor al doble de la tarifa regular de pago del empleado por cualquier trabajo en exceso de 12 horas por día y por cualquier trabajo en exceso de ocho (8) horas en aquellos días trabajados más allá de los días laborales programados establecidos por el acuerdo de semana laboral alternativo. “). Note que AB-2932, que se estancó en la legislatura estatal, habría cambiado la definición de semana laboral de California de 40 horas a 32 horas.
- 8 C.C.R. 11040. (“12. Períodos de descanso (A) Todo empleador deberá autorizar y permitir que todos los empleados tomen períodos de descanso, que en la medida de lo posible deberán ser a la mitad de cada período de trabajo. El tiempo autorizado para el período de descanso se basará en el total de horas trabajadas diariamente a razón de diez (10) minutos netos de descanso por cada cuatro (4) horas o fracción mayor de ellas. Sin embargo, no se deberá autorizar un período de descanso para empleados cuyo tiempo total de trabajo diario sea menor a tres horas y media (3 1/2). El tiempo autorizado para el período de descanso se contará como horas trabajadas para las cuales no habrá deducción de salario.”)
- Igual.
- Código Laboral 512 LC — Períodos para comer; requisitos; orden que permite período para comer después de seis horas de trabajo; excepciones; remedios bajo convenio colectivo. (“(a) Un empleador no podrá emplear a un empleado por un período de trabajo de más de cinco horas por día sin proporcionarle un período para comer de no menos de 30 minutos, excepto que si el período total de trabajo por día del empleado no es más de seis horas, el período para comer podrá ser renunciado por consentimiento mutuo del empleador y el empleado. Un empleador no podrá emplear a un empleado por un período de trabajo de más de 10 horas por día sin proporcionarle un segundo período para comer de no menos de 30 minutos, excepto que si el total de horas trabajadas no es más de 12 horas, el segundo período para comer podrá ser renunciado por consentimiento mutuo del empleador y el empleado solo si el primer período para comer no fue renunciado.”)
- Código Laboral 510 LC — Jornada laboral; horas extras; tiempo de traslado. (“(a) Ocho horas de trabajo constituyen una jornada laboral. Cualquier trabajo en exceso de ocho horas en un día laboral y cualquier trabajo en exceso de 40 horas en una semana laboral y las primeras ocho horas trabajadas en el séptimo día de trabajo en una semana laboral deberán ser compensadas a una tarifa no menor a una vez y media la tarifa regular de pago para un empleado. Cualquier trabajo en exceso de 12 horas en un día deberá ser compensado a una tarifa no menor al doble de la tarifa regular de pago para un empleado. Además, cualquier trabajo en exceso de ocho horas en cualquier séptimo día de una semana laboral deberá ser compensado a una tarifa no menor al doble de la tarifa regular de pago de un empleado. Nada en esta sección requiere que un empleador combine más de una tarifa de compensación por horas extras para calcular la cantidad a pagar a un empleado por cualquier hora de trabajo extra. Los requisitos de esta sección no se aplican al pago de compensación por horas extras a un empleado que trabaja conforme a cualquiera de los siguientes: (1) Un horario alternativo de semana laboral adoptado conforme a la Sección 511. (2) Un horario alternativo de semana laboral adoptado conforme a un convenio colectivo conforme a la Sección 514. (3) Un horario alternativo de semana laboral al que este capítulo no es aplicable conforme a la Sección 554.”). Véase también Ridgeway v. Walmart, Inc. (9th Cir. 2020) 946 F.3d 1066 (Los trabajadores tienen derecho a pago por tiempo improductivo – como durante escalas – si el empleador ejerce control sobre ellos). Véase también Frlekin v. Apple (2020) 8 Cal.5th 1038 (Los trabajadores tienen derecho a pago por tiempo pasado en las instalaciones del empleador esperando y pasando por revisiones obligatorias de salida de paquetes, bolsas o dispositivos tecnológicos personales.). Véase también Rodriguez v. Nike Retail Services (9th Cir. 2019) 928 F.3D 810 (“[E]l principio federal de minimis no se aplica a reclamaciones de salario y horas bajo la ley de California.”). Véase también Herrera v. Zumiez (9th Cir. 2020) 953 F.3D 1063. Véase también Ward v. Tilly’s, Inc. (2019) 31 Cal.App.5th 1167 (“[E]l horario de guardia alegado en este caso activa los requisitos de pago por tiempo de reporte de la Orden de Salarios 7… los turnos de guardia cargan a los empleados, que no pueden tomar otros trabajos, ir a la escuela o hacer planes sociales durante los turnos de guardia, pero que sin embargo no reciben compensación de Tilly’s a menos que finalmente sean llamados a trabajar. Este es precisamente el tipo de abuso que el pago por tiempo de reporte fue diseñado para desalentar.”).
- 8 C.C.R. 11040. (“2. Definiciones (S) “Día laboral” y “día” significan cualquier período consecutivo de 24 horas que comienza a la misma hora cada día calendario.”)
- 8 C.C.R. 11040. (“2. Definiciones (T) “Semana laboral” y “semana” significan cualquier siete (7) días consecutivos, comenzando con el mismo día calendario cada semana. “Semana laboral” es un período fijo y recurrente regularmente de 168 horas, siete (7) períodos consecutivos de 24 horas.”)
- 8 C.C.R. 11040. (“2. Definiciones (A) “Horario alternativo de semana laboral” significa cualquier semana laboral programada regularmente propuesta por un empleador que tiene control sobre los salarios, horas y condiciones de trabajo de los empleados, y ratificada por una unidad de trabajo de empleados en una elección secreta neutral, que requiere que un empleado trabaje más de ocho (8) horas en un período de 24 horas.”)
- 8 C.C.R. 11040. (3. Horas y días de trabajo (B) Horarios alternativos de semana laboral, nota al pie 2 arriba.
- 8 C.C.R 11040 contiene disposiciones sobre pausas para comer y descansar. (“1. Aplicabilidad de la orden Esta orden se aplicará a todas las personas empleadas en ocupaciones profesionales, técnicas, administrativas, mecánicas y similares, ya sea que se les pague por tiempo, por pieza, comisión u otra base, excepto que: (A) Las disposiciones de las secciones 3 a 12 no se aplicarán a personas empleadas en capacidades administrativas, ejecutivas o profesionales.”)
- Igual.
- Código Laboral 515 LC — Exenciones de los requisitos de pausas para comer y descansar. (“(a) La Comisión de Bienestar Industrial puede establecer exenciones del requisito de que se pague una tarifa de horas extras conforme a las Secciones 510 y 511 para empleados ejecutivos, administrativos y profesionales, si el empleado se dedica principalmente a las funciones que cumplen con el criterio de la exención, ejerce habitualmente y regularmente discreción y juicio independiente en el desempeño de esas funciones, y gana un salario mensual equivalente a no menos de dos veces el salario mínimo estatal para empleo a tiempo completo.”)
- Código Laboral 512 LC — Períodos para comer; requisitos; orden que permite período para comer después de seis horas de trabajo; excepciones; remedios bajo convenio colectivo. (“(d) Si un empleado en la industria cinematográfica o en la industria de radiodifusión, según se definen esas industrias en las Órdenes de Salarios de la Comisión de Bienestar Industrial Números 11 y 12, está cubierto por un convenio colectivo válido que provee períodos para comer e incluye un remedio monetario si el empleado no recibe un período para comer requerido por el acuerdo, entonces los términos, condiciones y remedios del acuerdo relacionados con los períodos para comer se aplican en lugar de las disposiciones aplicables relacionadas con los períodos para comer de la subdivisión (a) de esta sección, Sección 226.7, y las Órdenes de Salarios de la Comisión de Bienestar Industrial Números 11 y 12. (e) Las subdivisiones (a) y (b) no se aplican a un empleado especificado en la subdivisión (f) si se cumplen ambas condiciones siguientes: (1) El empleado está cubierto por un convenio colectivo válido. (2) El convenio colectivo válido provee expresamente los salarios, horas de trabajo y condiciones laborales de los empleados, y provee expresamente períodos para comer para esos empleados, arbitraje final y vinculante de disputas concernientes a la aplicación de sus disposiciones de períodos para comer, tarifas premium para todas las horas extras trabajadas, y una tarifa regular por hora no menor al 30 por ciento más que la tarifa mínima estatal. (f) La subdivisión (e) se aplica a cada uno de los siguientes empleados: (1) Un empleado empleado en una ocupación de construcción. (2) Un empleado empleado como conductor comercial. (3) Un empleado empleado en la industria de servicios de seguridad como oficial de seguridad que está registrado conforme al Capítulo 11.5 (que comienza con la Sección 7580) de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones, y que es empleado por un operador de patrulla privada registrado conforme a ese capítulo. (4) Un empleado empleado por una corporación eléctrica, una corporación de gas, o una empresa pública local de servicios eléctricos.”)
- Código Laboral 512 — Períodos para comer; requisitos; orden que permite período para comer después de seis horas de trabajo, nota al pie 5 arriba. Véase también 8 C.C.R 11040. (“11. Períodos para comer (A) Ningún empleador empleará a ninguna persona por un período de trabajo de más de cinco (5) horas sin un período para comer de no menos de 30 minutos, excepto que cuando un período de trabajo de no más de seis (6) horas completará la jornada laboral, el período para comer podrá ser renunciado por consentimiento mutuo del empleador y el empleado. A menos que el empleado sea relevado de todo deber durante un período para comer de 30 minutos, el período para comer será considerado un período para comer “en servicio” y contado como tiempo trabajado. Un período para comer “en servicio” solo será permitido cuando la naturaleza del trabajo impida que el empleado sea relevado de todo deber y cuando por acuerdo escrito entre las partes se acuerde un período para comer pagado en el trabajo. El acuerdo escrito deberá indicar que el empleado puede, por escrito, revocar el acuerdo en cualquier momento. (B) Si un empleador no proporciona a un empleado un período para comer conforme a las disposiciones aplicables de esta orden, el empleador deberá pagar al empleado una (1) hora de pago a la tarifa regular de compensación del empleado por cada día laboral en que no se proporcione el período para comer.
- 8 C.C.R 11040, sección 12 (Períodos de descanso), nota al pie 3 arriba.
- Código Laboral 510 LC — Jornada laboral; horas extras; tiempo de traslado, nota al pie 6 arriba.
- Igual.
- 8 C.C.R 11040. (“11 . . . (B) Si un empleador no proporciona a un empleado un período para comer conforme a las disposiciones aplicables de esta orden, el empleador deberá pagar al empleado una (1) hora de pago a la tarifa regular de compensación del empleado por cada día laboral en que no se proporcione el período para comer. . . . 12 . . . (B) Si un empleador no proporciona a un empleado un período de descanso conforme a las disposiciones aplicables de esta orden, el empleador deberá pagar al empleado una (1) hora de pago a la tarifa regular de compensación del empleado por cada día laboral en que no se proporcione el período de descanso.”)
- Código Laboral 1194 LC — Acción para recuperar salario mínimo, compensación por horas extras, intereses, honorarios de abogados y costos por parte del empleado. (“(a) No obstante cualquier acuerdo para trabajar por un salario menor, cualquier empleado que reciba menos que el salario mínimo legal o la compensación legal por horas extras aplicable al empleado tiene derecho a recuperar en una acción civil el saldo no pagado del monto total de este salario mínimo o compensación por horas extras, incluyendo intereses sobre el mismo, honorarios razonables de abogados y costos del juicio.”)