Extorsión (“chantaje”) es obtener dinero o propiedad por la fuerza o el miedo.1 La extorsión criminal (Código Penal 518) es diferente de la extorsión civil. El estado puede condenar a los acusados solo por hacer una amenaza. Pero para ganar una demanda, el demandante debe haber pagado al acusado. Recibir amenazas no es suficiente.
Extorsión civil tiene tres “elementos” que los demandantes deben probar:
- El demandado sabía que la amenaza era ilegal,
- La amenaza incluía una demanda de dinero, propiedad o servicios (esta amenaza podría ser expresa o implícita), y
- El demandante cumplió con la demanda.
Ejemplos de extorsión civil:
- Un cliente amenaza a un negocio con críticas negativas en Yelp. A menos que el dueño le proporcione servicios gratuitos;
- Una mujer amenaza con acusar a su ex esposo de violencia doméstica. A menos que él aumente los pagos de manutención de los hijos;
- Un ex empleado de una celebridad amenaza con revelar información confidencial. A menos que la celebridad “haga lo correcto”;
- Un hacker amenaza con eliminar los archivos informáticos de un hospital. A menos que el hospital pague “ransomware”; o
- Alguien amenaza con presentar una demanda sin fundamento. A menos que la otra parte pague para resolver su “caso”.
En el artículo a continuación, nuestros abogados de lesiones personales de California discuten:
- 1. ¿Cuál es la definición de “extorsión civil” en California?
- 2. ¿Qué nivel de “miedo” es necesario para la extorsión?
- 3. ¿Qué pasa si hice lo que el chantajista alegó?
- 4. ¿Qué pasa si el demandado tenía el derecho legal de llevar a cabo las acciones amenazadas?
- 5. ¿No puede alguien pedir un acuerdo para evitar una demanda?
- 6. ¿Puedo demandar si no pagué dinero al chantajista?
- 7. ¿Cómo demuestra una persona la extorsión civil?
- 8. ¿Tengo que hacer un informe policial primero para demandar por extorsión civil?
- 9. ¿Cuáles son los daños?
- 10. ¿Se pueden recuperar los honorarios de abogados?
1. ¿Cuál es la definición de “extorsión civil” en California?
La definición criminal de extorsión es la misma que la extorsión civil. Según lo establecido en Código Penal 518 PC, “extorsión” significa:
“[L]a obtención de propiedad de otra persona, con su consentimiento, o la obtención de un acto oficial de un funcionario público, inducido por un uso ilegal de la fuerza o el miedo, o bajo el color del derecho oficial”.
2. ¿Qué nivel de “miedo” es necesario para la extorsión?
El Código Penal de California 519 establece el nivel de miedo necesario para presentar una demanda por extorsión. Esa sección establece:
“El miedo, que constituirá extorsión, puede ser inducido por una amenaza de cualquiera de los siguientes:”
- Hacer daño ilegal a la persona o propiedad de la persona amenazada o de un tercero.
- Acusar a la persona amenazada, o a un familiar suyo, o a un miembro de su familia, de un crimen.
- Exponer, o imputarle a él, ella o ellos una deformidad, desgracia o crimen.
- Exponer un secreto que afecte a él, ella o ellos.
- Informar sobre su estado migratorio o sospecha de estado migratorio.”
3. ¿Qué pasa si hice lo que el chantajista alega?
El problema en el chantaje civil no son las acciones del demandante. Es el uso de la fuerza o el miedo por parte del demandado.2
Ejemplo: Lisa trabaja en un restaurante. Los meseros deben servir comida que se haya caído al piso. Un día, el gerente despide a Lisa. Ella amenaza con revelar lo de la comida caída a menos que el gerente pague. Lisa es responsable de chantaje debido a la amenaza. No importa que su acusación sea verdadera.
4. ¿Qué pasa si el demandado tenía el derecho legal de llevar a cabo las acciones amenazadas?
Las personas tienen el derecho de informar sobre actos ilícitos a la policía, agencias gubernamentales, el departamento de recursos humanos de su empresa, y así sucesivamente.
Pero, solo porque tienes el derecho de hacer algo, no significa que tienes el derecho de exigir dinero para no hacerlo.
Por ejemplo, las personas tienen el derecho de publicar reseñas negativas en sitios web como Amazon y Yelp (siempre y cuando dichas reseñas no constituyan difamación comercial o difamación). Ese derecho está protegido por la Primera Enmienda.
De la misma manera, las personas tienen el derecho de informar sobre un presunto delito, una violación migratoria o una violación de la política de acoso sexual de su empresa.
Pero cuando alguien hace una amenaza de hacer una de estas cosas – Y exige dinero para no hacerlo – es ilegal.3
5. ¿No puede alguien pedir un acuerdo para evitar una demanda?
Sí, si la intención es resolver una disputa de buena fe sin litigio.
Sin embargo, la amenaza de una acción legal sin la intención de llevarla a cabo puede constituir chantaje.
Tenga en cuenta que la persona que hace la solicitud de acuerdo no necesita tener razón de que la reclamación es ganable. Pero debe hacerse de buena fe.
Mientras no hay reglas específicas sobre lo que puede y no puede contener una carta de demanda previa a la litigación, posibles “banderas rojas” incluyen:
- Demandas de cantidades específicas de dinero no relacionadas con daños económicos reales,
- Amenazas de ir a los medios,
- Lenguaje que sugiere venganza o un deseo de arruinar la reputación del demandado, o
- Amenazas no relacionadas con las lesiones del demandante.4
Ejemplo: Jeff es despedido después de llegar tarde repetidamente a su turno. Él cree que esto es terminación laboral injusta porque no se le dieron advertencias por escrito como lo requiere la política de la empresa.
Jeff envía un correo electrónico a su antiguo empleador amenazando con revelar acoso sexual por parte de su jefe a menos que la empresa resuelva su reclamo de terminación laboral injusta. Debido a que su amenaza no tiene nada que ver con su terminación, constituye extorsión intentada.
6. ¿Puedo demandar si no pagué ningún dinero al chantajista?
Los demandantes no pueden demandar por extorsión civil si no pagaron realmente dinero o propiedad como resultado de la extorsión. No importa cuánto estrés o preocupación emocional haya causado el chantajista.
Sin embargo, puede haber otra base para una demanda, como infligir intencionalmente angustia emocional o una violación de derechos civiles.5
Y la persona aún puede ser procesada por el delito de extorsión intentada.
7. ¿Cómo puede una persona probar la extorsión civil?
Depende del caso. Las pruebas típicas de extorsión pueden incluir:
- Grabaciones de la amenaza del presunto extorsionista. Como correos electrónicos, mensajes de texto, mensajes de voz o grabaciones de video.
- Registros bancarios que muestren el intercambio de dinero.
- Testimonio de testigos presenciales.
Los demandantes deben probar la extorsión civil por una preponderancia de la evidencia. Este es un estándar mucho más bajo que en casos penales. Es decir, más allá de una duda razonable. Por lo tanto, una persona podría ser absuelta de extorsión en un tribunal penal y aún ser considerada responsable en un tribunal civil.
8. ¿Debo hacer primero una denuncia policial para demandar por extorsión civil?
No. Las demandas por extorsión civil son independientes de los casos penales. Las víctimas nunca tienen que presentar una denuncia policial. Y aún pueden demandar por su dinero o propiedad.
9. ¿Cuáles son los daños y perjuicios?
Los daños y perjuicios por extorsión civil pueden incluir:
- La devolución del dinero pagado al chantajista, y
- Daños punitivos.7
Recuerde que las víctimas deben haber pagado al chantajista. De lo contrario, no pueden demandar por extorsión civil. No importa si la amenaza causó dolor, sufrimiento y angustia emocional.6
10. ¿Se pueden recuperar los honorarios de abogados?
No. Cada parte debe cubrir sus propios honorarios de abogados y costos.
Pero muchos abogados de lesiones personales de California trabajan con “contingencia”. Solo se les paga si el caso se resuelve. O si el demandante gana en el juicio.
Referencias legales:
- Código Penal de California Sección 518.
- People v. Sanders (1922) 188 Cal. 744; People v. Goldstein (1948) 84 Cal.App.2d 581; People v. Hesslink (1985) 167 Cal.App.3d 781.
- Flatley v. Mauro (2006) 39 Cal. 4th 299 (“La ley no contempla el uso del proceso penal como medio para cobrar una deuda.”).
- Ver, por ejemplo, Stenehjem v. Sareen (2014) 226 Cal. App. 4th 1405.
- Por ejemplo, la Ley de Derechos Civiles Ralph, Sección 51.7 del Código Civil de California, que proporciona un remedio civil para amenazas o actos de violencia basados en la participación en disputas laborales o por motivos de raza, género u otras características protegidas.
- Fuhrman v. California Satellite Systems (1986)179 Cal. App. 3d 408, revocado en otros aspectos, Silberg v. Anderson (1990), 50 Cal. 3d 205.
- Código Civil de California 3294. Ver también Esparza v. Specht (1976) 55 Cal. App. 3d 1.