Peatones atropellados por un coche en California pueden demandar al conductor por negligencia para cubrir sus facturas médicas, salarios perdidos, y dolor y sufrimiento. Si el peatón muere, su familia puede demandar al conductor por muerte por negligencia para recuperar los gastos funerarios y la pérdida de apoyo.
Los conductores suelen ser los culpables en los accidentes de atropello de peatones, pero los peatones no siempre tienen el derecho de paso. Si, por ejemplo, un coche te atropella mientras estás cruzando la calle en un lugar no permitido, aún puedes demandar al conductor por no esquivarte a tiempo – pero el tribunal reducirá tus daños monetarios en proporción a tu grado de culpa.
Definición de Peatón
En California, el término peatón incluye no solo a los caminantes sino también a:
- patinadores y patinadores en línea,
- skaters y hoverboarders,
- personas en sillas de ruedas, y
- ciclistas en triciclos o cuatriciclos.
Los ciclistas no son considerados peatones.1
Estadísticas de Accidentes
California tiene la mayor cantidad de muertes de peatones de cualquier estado. En 2022, 1,100 peatones murieron en accidentes de tráfico en California. La tasa de mortalidad de peatones fue de 2.82 por cada 100,000 personas.
En 2021, hubo 1,108 muertes de peatones en California, un aumento del 9.3% respecto al año anterior. En 2018, más de 14,000 peatones resultaron heridos por vehículos. El número de muertes de peatones entre 2009 y 2018 fue de casi 7,500.
Aproximadamente el 45% de los accidentes de peatones que resultan en muerte o lesiones graves ocurren entre las 6pm y la medianoche. Por lo tanto, se recomienda a los peatones que usen ropa de colores claros o reflectante si caminan de noche.2
Los peatones tienen el derecho de paso en los cruces de peatones marcados y en los cruces de peatones presumidos en las intersecciones.
¿Los peatones siempre tienen el derecho de paso en California?
No. Los peatones en California solo tienen el derecho de paso en los cruces de peatones marcados y no marcados en las intersecciones (a menos que un semáforo o un oficial señalen lo contrario).3
Dicho esto, los vehículos que se acercan a los peatones que cruzan la calle en un lugar no permitido deben “ejercer la debida precaución” haciendo todo lo posible – como ceder el derecho de paso – para evitar atropellarlos.4 La ley de “velocidad básica” de California requiere que los conductores reduzcan la velocidad si las circunstancias lo requieren a pesar de lo que indique el límite de velocidad publicado.5
Tenga en cuenta que los peatones con discapacidad visual señalan con su bastón si desean entrar en un cruce de peatones. Tirar del bastón hacia atrás significa que se quedan quietos y el conductor puede continuar.6
Demanda a los conductores por atropellos a peatones
Si en California es atropellado por un automóvil (o por una motocicleta, bicicleta o patinete eléctrico), puede demandar al conductor por negligencia. La mayoría de las demandas se resuelven, pero si su caso llega a juicio, tendría que demostrar que:
- El conductor le debía un deber de cuidado (al conducir de manera segura);
- El conductor incumplió ese deber de cuidado (al violar una ley de tráfico); y
- La negligencia del conductor fue un factor importante en causar su lesión.7
Para demostrar que el conductor fue culpable del accidente, nuestros abogados de lesiones personales se basan en pruebas como:
- Videos de vigilancia
- Testimonios de testigos presenciales
- Datos de GPS
- Datos del teléfono
- Testimonio de expertos en reconstrucción de accidentes
- Testimonio de expertos médicos
¿Qué pasa si yo también tuve la culpa?
California es un estado de “culpa comparativa pura“, lo que significa que aún puede recuperar daños en una demanda por lesiones personales si tuvo parte de la culpa. Sin embargo, la cantidad de daños que puede recuperar se reduce en función de su porcentaje de culpa.8
Ejemplo: Usted está intoxicado y cruza la calle cuando un conductor lo atropella, causando $100,000 en daños. El tribunal determina que usted tuvo el 50% de la culpa por cruzar la calle y estar intoxicado, y el conductor tuvo el 50% de la culpa por enviar mensajes de texto mientras conducía. Por lo tanto, el tribunal le otorgaría $50,000 (el 50% de sus daños totales).
Cuando las víctimas son niños escolares
Algunos de los accidentes peatonales más devastadores involucran a conductores que atropellan a niños escolares. Esto suele suceder cuando los conductores no:
- disminuyen la velocidad a 25 mph dentro de 500 pies de una escuela mientras los niños están afuera, o
- sigan las instrucciones del guardia de cruce escolar, o
- se detengan cuando un autobús escolar enciende sus luces amarillas o rojas, sin importar de qué dirección vengan.9
Incluso si nadie resulta herido, los conductores que no se detienen cuando un autobús escolar está encendiendo luces rojas corren el riesgo de recibir una multa por una infracción de tráfico.10 Si los niños escolares son atropellados por un automóvil, sus padres pueden presentar una demanda por negligencia no solo contra el conductor sino también contra la escuela por no mantenerlos seguros.
Otros accidentes peatonales
No todos los accidentes peatonales involucran vehículos. Por ejemplo, muchos peatones resultan heridos por tropezar y caer sobre pavimento desigual, una superficie resbaladiza o helada, escombros o una alcantarilla.
Si esto le sucede a usted, es posible que pueda presentar una demanda por responsabilidad de locales contra el propietario u operador de la propiedad. Para prevalecer en una demanda, tendría que demostrar:
- El demandado estaba a cargo de la propiedad donde tropezó,
- El demandado fue negligente al no mantener la propiedad libre de peligros previsibles, y
- Usted resultó herido debido a la negligencia del demandado.11
Las leyes de culpa comparativa de California le permiten recuperar daños incluso si tuvo parte de la culpa.
¿Puedo resolverlo a través del seguro?
Sí. De hecho, la mayoría de los casos de accidentes peatonales se resuelven con un acuerdo de seguro y sin presentar una demanda.
El conductor que te golpeó debe presentar una reclamación a su compañía de seguros. La ley de California requiere que cada conductor tenga un seguro de responsabilidad civil de al menos:
- $30,000 por lesiones/muerte a una persona,
- $60,000 por lesiones/muerte a más de una persona, y
- $15,000 por daños a la propiedad.12
Si tus daños superan lo que cubre el seguro del conductor, puedes demandar por la diferencia.
¿Qué pasa con las demandas por muerte injusta?
Cuando un peatón muere en un accidente, los familiares sobrevivientes que pueden presentar una demanda por muerte injusta incluyen:
- Un cónyuge;
- Una pareja doméstica;
- Hijos;
- Nietos (si los hijos de la víctima fallecida están muertos); o
- Cualquier otra persona que tendría derecho a la propiedad del difunto según las leyes de sucesión intestada de California.13
Ten en cuenta que una acción de “supervivencia” es diferente de una demanda por muerte injusta. Se presenta en nombre del patrimonio de la víctima y busca indemnización por las pérdidas que sufrió la víctima fallecida por el acto ilícito.14
Cinco pasos a seguir si resultas herido en un accidente peatonal
- Busca atención médica, incluso si te sientes bien. A veces, las lesiones como daños en los tejidos blandos tardan en manifestarse. También asegúrate de guardar tus registros médicos y facturas.
- Toma fotos y videos de la escena y de tus lesiones, y anota la información de contacto de cualquier testigo presencial. También escribe todo lo que recuerdes en detalle, incluido el clima, las condiciones de la carretera y lo que llevas puesto. Además, obtén la siguiente información de los conductores que te golpearon: Nombre, información de contacto, número de licencia de conducir, información de seguro y número de matrícula.
- Contacta a la policía, quienes redactarán un informe policial que servirá como prueba valiosa en una demanda.
- NO admitas culpa ni digas que no estás herido. Puedes estar equivocado y estas admisiones podrían dificultar que obtengas un acuerdo.
- Contacta a un abogado de lesiones personales lo antes posible. Una vez que tengas un abogado, él o ella tratarán directamente con la compañía de seguros del conductor.
Los peatones no siempre tienen el derecho de paso.
Recursos adicionales
Para obtener más información, nuestros abogados de accidentes peatonales de Los Ángeles sugieren que consultes lo siguiente:
- Las muertes de peatones en EE. UU. alcanzan un máximo de 40 años – Artículo de noticias de National Public Radio (NPR).
- Seguridad peatonal – Estadísticas de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC).
- Seguridad peatonal – Estadísticas y consejos de la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras (NHTSA).
- Datos de seguridad vial: peatones – Análisis de datos de 2021 por NHTSA.
- Muertes por tráfico de peatones por estado: datos preliminares – Estadísticas de la Asociación de Gobernadores de Seguridad en Carreteras.
Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 467 VC.
- Seguridad peatonal, Oficina de Seguridad del Tráfico de California. Seguridad peatonal y de bicicletas, Oficina de Seguridad del Tráfico de California. Marc Sternfield, California lidera la nación en esta triste categoría, KTLA-5 (28 de abril de 2023). Stephanie Sierra y Lindsey Feingold, Las carreteras de California son las terceras más mortales en EE. UU. para los peatones, según datos. Así es como se desempeñan los condados del Área de la Bahía, ABC-7 (25 de enero de 2024). SafeTREC, 2020, Berkeley, Oficina de Seguridad del Tráfico de California. Muertes de peatones por estado: datos preliminares, Asociación de Seguridad en las Carreteras del Gobernador.
- Código de Vehículos de California 21950 VC (“El conductor de un vehículo debe ceder el paso a un peatón que cruza la carretera en cualquier cruce de peatones marcado o en cualquier cruce de peatones no marcado en una intersección”).
- Igual.
- Código de Vehículos de California 22350 VC.
- Manual del conductor de California.
- CACI 400.
- CACI 405. CACI 406.
- Código de Vehículos de California 22352 VC.
- Código de Vehículos de California 22454 VC.
- CACI 1000.
- Requisitos de seguro, DMV de California.
- Código de Procedimiento Civil de California 377.60.
- Código de Procedimiento Civil 377.30.