Las estadísticas muestran que los conductores son responsables en más de la mitad de los accidentes peatonales en California, y casi siempre son responsables cuando un peatón es golpeado dentro de un paso de cebra.
A veces los peatones también pueden ser responsables de los choques, especialmente si:
- cruzan la calle sin mirar,
- están escribiendo mensajes mientras caminan, o
- están intoxicados.
En algunos casos, la causa principal de un atropello peatonal es el gobierno local por tener:
- señales de tráfico defectuosas, o
- carreteras o aceras sin mantenimiento.
De acuerdo con las leyes de lesiones personales de California, cualquier persona lesionada en un accidente peatonal puede presentar una demanda contra aquellos que causaron el accidente. Los daños típicos incluyen compensación por
A continuación, nuestros abogados de accidentes peatonales de Los Ángeles discuten las siguientes preguntas frecuentes sobre las demandas por atropello peatonal en California:
- 1. ¿Puedo demandar después de una lesión por atropello peatonal en California?
- 2. ¿Qué tengo que probar para ganar mi demanda?
- 3. ¿Cuáles son otras causas de accidentes por atropello peatonal en California?
- 4. ¿Quién corre más riesgo de sufrir una lesión por atropello peatonal?
- 5. ¿Qué debo hacer después de ser derribado mientras caminaba en California?
- 6. ¿Quién es el responsable si tropiezo con una acera rota en California?
- 7. ¿Qué daños están disponibles en una demanda por accidente peatonal en California?
- 8. ¿Qué pasa si la otra persona me culpa por mi caída?
- 9. ¿Quién puede demandar si mi hijo o cónyuge fue asesinado en un accidente peatonal?
- 10. ¿Qué tan comunes son los accidentes peatonales en California?
- 11. ¿Los peatones siempre tienen prioridad?
- Recursos adicionales
Si tiene más preguntas después de leer este artículo, le invitamos a contactarnos en Shouse Law Group.
1. ¿Puedo demandar después de una lesión por atropello peatonal en California?
Si usted era un peaton golpeado por un auto, es posible que tenga una reclamación por lesiones personales y puede demandar a las partes responsables para obtener una compensación. Incluso si usted fue parcialmente responsable, todavía puede recuperar algunos daños.
Los peatones incluyen patinadores, patinadores de ruedas y personas en patinetas o sillas de ruedas.
2. ¿Qué tengo que probar para ganar mi demanda?
En la mayoría de los casos, los peatones que demandan a los conductores que los golpean tienen que demostrar que el conductor fue negligente. Esto implica mostrar:
- Que el conductor le debía un deber de cuidado;
- Que el conductor incumplió ese deber de cuidado (como al conducir distraído o violar las leyes de tránsito); y
- Que la negligencia del conductor fue un factor sustancial para causar su lesión o muerte.1
Las causas comunes de accidentes vehículo/peatonales en los que el conductor es responsable incluyen:
- Exceso de velocidad
- No ceder el paso
- Conducir en una zona de seguridad2
- Ir alrededor de un autobús escolar detenido
- Pasar una señal de alto
- Mensajes de texto y conducción (una violación del Código de Vehículos 23123.5)
- Conducir bajo la influencia de drogas o alcohol (DUI)
- No dar suficiente espacio a los peatones que se suben a un automóvil estacionado
3. ¿Cuáles son otras causas de accidentes de peatones en California?
No todos los accidentes de peatones en California son causados por automóviles. Las causas no relacionadas con vehículos de los accidentes de peatones pueden incluir:
- Corredores o trotadores en la acera
- Otros peatones distraídos por sus teléfonos o escuchando música
- Perros sin correa o sin control
- Andar en bicicleta en la acera
- Patinar en la acera
- Grupos de personas que no se moverán por el acera
- Autobuses o camiones de la ciudad con grandes espejos laterales que se extienden sobre la acera
- Pasajeros abriendo las puertas de los coches aparcados
- Peleas en la calle
- Niños corriendo alrededor de una tienda o restaurante
- Niños jugando en una piscina
- Ferias o festivales callejeros abarrotados
Mostrando negligencia en un accidente peatonal por cualquier razón es similar a la negligencia en un accidente con un coche. Necesitas demostrar que otra persona fue negligente al causar un accidente, o violó las leyes de peatones y cruces de California.3
3.1. Corredor en la acera
Muchas personas en California usan las aceras para hacer ejercicio para mantenerse fuera de la concurrida calle. La mayoría de estos corredores están dispuestos a compartir la acera, pero algunos son imprudentes o desconsiderados y amenazan con derribar a los peatones.
Si un corredor te golpea, su velocidad y fuerza podrían derribarte fácilmente al suelo o incluso a la calle, causando lesiones.
3.2. Perro descontrolado derriba a alguien
Si un perro te ataca o te derriba, generalmente necesitas demostrar que el dueño fue negligente. Esto puede requerir demostrar que el dueño del perro
- sabía o debería haber sabido que el perro podría ser una amenaza para los peatones y
- no tomó medidas razonables para evitar daños.
Sin embargo, si el dueño del perro está violando una ley estatal o local, cualquier lesión causada por el perro puede hacer que el dueño sea responsable según las leyes de California sobre “negligencia por sí misma”. Esto podría incluir tener un perro sin correa en un área donde se prohíben los perros o se requiere que estén con correa.4
Las leyes de responsabilidad comparativa de California le permiten recuperar daños aun si usted fue parcialmente responsable.
3.3. Biker en la acera golpea a un peatón
Para los peatones, las bicicletas en la acera pueden parecer un peligro. Sin embargo, andar en bicicleta en la acera suele ser una política ciudad por ciudad.
Por ejemplo, según el Código Municipal de Los Ángeles 56.15, andar en bicicleta en la acera es legal, siempre y cuando no se haga
“con un desprecio deliberado o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad”.
Si un ciclista andaba en bicicleta por la acera y te golpeó, causando un accidente, es posible que puedas recuperar daños demostrando:
- que el ciclista fue negligente al causar el accidente, como por ejemplo, al andar demasiado rápido; o
- que el ciclista andaba en bicicleta con un “desprecio deliberado o temerario por la seguridad”.
En áreas donde andar en bicicleta por la acera es ilegal por una ley municipal o local, un ciclista en la acera que cause un accidente puede ser responsable de negligencia por sí mismo.
3.4. Grupos de personas que no compartirán la acera
Si un grupo de personas te derriba mientras estás en la acera, podrían ser responsables por cualquier lesión que sufras. Si el jurado encontrara que el grupo
- no te dejó pasar,
- violó su deber de cuidado, y
- causó el accidente,
es posible que puedas recuperar daños.
3.5. Autobús o camión demasiado cerca de la acera
Cuando un autobús se detiene en una parada de autobús, el espejo lateral puede ser un peligro para cualquier persona que esté cerca del borde de la acera. Si el conductor del autobús no está prestando atención o descuidadamente te golpea con el espejo del autobús, puedes presentar una demanda por daños.
Cuando un accidente es causado por un empleado, como un conductor de autobús, también puedes demandar al empleador. Según las leyes de California “Respondeat Superior”, un empleador puede ser responsable de forma vicaria por la negligencia de sus empleados.5
4. ¿Quién corre más riesgo de sufrir una lesión por derribo de peatón?
Cualquiera que camine por la acera, por un estacionamiento o en cualquier lugar público podría estar en riesgo de lesión de peatón. Las lesiones involucradas en un accidente por derribo de peatón dependen de la causa y ubicación del accidente, así como de la persona involucrada.
Lesiones comunes de peatón podrían incluir:
- Cortes, moretones y laceraciones,
- Huesos rotos,
- Trauma facial,
- Lesiones en la cabeza, el cuello o la columna vertebral,
- Conmoción,
- Lesión cerebral, y
- Lesiones internas.6
Cualquiera puede resultar lesionado en un accidente de peatón. Sin embargo, algunas personas pueden estar en mayor riesgo de sufrir lesiones graves. Los factores de riesgo para lesiones graves o fatales por atropello de peatón incluyen:
- Niños,
- Adultos mayores,
- Uso de alcohol,
- Áreas urbanas, y
- No intersecciones.7
5. ¿Qué debo hacer después de ser atropellado mientras camino en California?
Si eres atropellado mientras caminas en California, no asumas que estás bien. Incluso las caídas de bajo impacto pueden resultar en trauma en la cabeza, el cuello o la espalda. Busca atención médica de inmediato.
Además, recopila la mayor cantidad de información posible, incluyendo:
- El nombre y la información de contacto de cualquier persona involucrada,
- Si un vehículo estaba involucrado, el nombre del conductor, la licencia de conducir, la información de seguro y la placa del automóvil, y
- Información de contacto de cualquier testigo.
Si tienes tu teléfono o dispositivo móvil, toma fotos o videos de la escena del accidente y anota la información del vehículo. También puedes tomar fotos de tus lesiones.
Además, no admitas culpa! Algunas personas instintivamente se disculpan después de un accidente, pero estas palabras de disculpa pueden usarse en tu contra en un juicio.
Finalmente, contacta a un abogado de lesiones personales de California de inmediato. Ellos pueden manejar preguntas de la compañía de seguros sobre quién es el responsable y cómo serás compensado.
6. ¿Quién es el responsable si tropiezo con una acera rota en California?
Cuando tropiezas y caes sobre una acera rota, una superficie helada u otra superficie peligrosa, el propietario de la propiedad puede ser responsable de tus lesiones.8 Bajo la ley de responsabilidad por el lugar de California, las personas que poseen o ocupan una propiedad están obligadas a mantener la propiedad en una condición razonablemente segura.9
Si el andén está en propiedad de la ciudad, la ciudad puede ser responsable en una demanda por resbalón y caída presentada por usted. La ciudad, el condado o la ciudad pueden haber conocido las peligrosas condiciones del andén y no hacer nada al respecto.
Los peatones no siempre tienen prioridad.
7. ¿Qué daños están disponibles en una demanda por accidente de peatón en California?
En la mayoría de los accidentes de lesiones peatonales, puede demandar por daños compensatorios por todas las pérdidas que incurrió, como:
- Facturas y hospitales médicos,
- Consejería,
- Terapia ocupacional y física,
- Pérdida de ingresos y salarios,
- Pérdida de capacidad de ganancia,
- Pérdida de consorcio (pérdida de la compañía de un cónyuge o pareja doméstica registrada),10
- Pérdida de miembro,
- Cicatrices o desfiguración, y
- Dolor y sufrimiento.
Es posible que pueda demandar por daños punitivos si puede demostrar que el demandado actuó con conducta extrema o grosera. En un accidente de peatón, pueden involucrar a un conductor intencionalmente tratando de golpearte.11
Tenga en cuenta que los conductores están obligados a llevar al menos los siguientes mínimos de seguro de automóvil según el Código de Seguros 11580.1b:
- $15,000 para lesiones / muerte a una persona,
- $30,000 para lesiones / muerte a más de una persona, y
- $5,000 para daños a la propiedad.
Si los daños superan lo que cubre el seguro de la parte responsable, puede demandar la diferencia.
Asegúrese de hablar con un abogado de lesiones personales antes de hablar con la compañía de seguros del conductor, que intentará que usted resuelva la reclamación por la cantidad más baja posible. Su abogado se encargará de la compañía de seguros para asegurarse de que no se aprovechen de usted.
8. ¿Qué pasa si la otra persona me culpa por mi caída?
Si un conductor le culpa por el accidente, no admita culpa. Incluso si estaba cruzando la calle sin mirar, el conductor todavía podría ser negligente.12
Bajo la ley de “responsabilidad comparativa” de California, todavía puede recuperar daños si fue parcialmente responsable del accidente. Sus daños solo se reducirán en función de su propio nivel de responsabilidad.
Ejemplo: George está cruzando la calle cuando Jerry – que estaba enviando mensajes de texto y conduciendo – lo golpea. George sufre $10,000 en daños por sus lesiones. El jurado determina que George es responsable en un 40%, y Jerry en un 60%. Por lo tanto, el jurado puede otorgar a George $6,000 basado en el 60% de responsabilidad de Jerry en el accidente.
9. ¿Quién puede demandar si mi hijo o cónyuge murió en un accidente peatonal?
En California, los miembros de la familia sobrevivientes que pueden presentar una demanda por muerte injusta incluyen:
- Un cónyuge;
- Un compañero de vida;
- Hijos;
- Nietos (si los hijos del víctima fallecida ya han fallecido); o
- Cualquier otra persona que tenga derecho a la propiedad del difunto de acuerdo a las leyes de sucesión intestada de California.13
Una demanda por muerte injusta permite a los miembros de la familia buscar daños después de la muerte de un ser querido para cubrir:
- Gastos de entierro y funeral;
- Ganancias financieras que el víctima fallecido habría obtenido si hubiera sobrevivido; y
- Compensación por la pérdida de compañía y apoyo para los miembros de la familia sobrevivientes.
Una “acción de supervivencia” es diferente de una demanda por muerte injusta. Se presenta en nombre de la herencia de la víctima y busca daños por las pérdidas que el víctima fallecido sufrió por el acto injusto.14
10. ¿Qué tan comunes son los accidentes peatonales en California?
De todos los estados, California ocupa el primer lugar en muertes de peatones.
En 2022, 1.100 peatones murieron en accidentes de tráfico en California. La tasa de fatalidad de peatones es de 2,82 por cada 100.000 personas.15
11. ¿Los peatones siempre tienen prioridad?
Tienes prioridad cuando cruzas en pasos de cebra marcados y no marcados. A partir de 2023, cruzar fuera de pasos de cebra ya no está en contra de la ley siempre que no haya ningún peligro inmediato de una colisión.16
Recursos adicionales
Para obtener más información, consulte lo siguiente:
- Las muertes de peatones en EE. UU. alcanzan un máximo de 40 años – Artículo de noticias de National Public Radio (NPR).
- Seguridad de peatones – Estadísticas del Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC).
- Seguridad de peatones – Estadísticas y consejos de la Administración Nacional de Seguridad en el Transporte (NHTSA).
- Hechos de seguridad vial: peatones – Análisis de los datos de 2021 de NHTSA.
- Fatalidades de tráfico peatonal por estado: datos preliminares de 2022 – Estadísticas de la Asociación de Gobernadores de Seguridad Vial.
Referencias legales:
- Vea, por ejemplo, Instrucciones de Jurado Civil de California (“CACI”) 400. Véase también Código Civil de California sección 1714(a) (“Todos son responsables, no solo por el resultado de sus actos intencionales, sino también por una lesión ocasionada a otro por su falta de cuidado ordinario o habilidad en la gestión de su propiedad o persona”).
- Código de Vehículos de California 21950 VC, Derechos y Deberes de los Peatones. (“(a) El conductor de un vehículo cederá el derecho de paso a un peatón que cruce la calzada dentro de cualquier paso de peatones marcado o dentro de cualquier paso de peatones sin marcar en una intersección, salvo que se disponga lo contrario en este capítulo”).
- Código Civil de California sección 1714(a), ver nota 1 anterior.
- Delfino v. Sloan, Tribunal Superior del Condado de Contra Costa, No. No. A059646. Primer Dist., Div. Cinco. 13 de diciembre de 1993. (“Sostendremos, entre otras cosas, que una ordenanza local, que penaliza al propietario cuya mascota se permite vagar por las calles públicas sin correa, es una ley de control de animales promulgada para proteger la salud y la seguridad públicas e impone una responsabilidad penal estricta, independientemente de la ausencia o presencia de mens rea en el propietario del perro; y que la violación de una ley de regulación, que requiere un determinado nivel de conducta e impone responsabilidad a aquellos que, independientemente de la intención, no cumplen, es negligencia por sí misma”).
- Perez v. Van Groningen & Sons, Inc. (1986) 41 Cal.3d 962, 967 (“Bajo el principio de la responsabilidad por el hecho ajeno, un empleador es responsable de los delitos cometidos por su empleado dentro del ámbito de la empleo”).
- Lesiones de peatones: Consideraciones de atención de emergencia. Bharath Chakravarthy, MD, Shahram Lotfipour, MD, MPH, y Federico E. Vaca, MD, MPH. Cal J. Emerg Med 2007 Feb; 8 (1): 15-21.
- Mismo. (“La edad como factor de riesgo. Los niños, los adultos mayores y aquellos de bajo nivel socioeconómico son los más vulnerables a ser golpeados por un vehículo motorizado”).
- Código Civil de California sección 1714(a), ver nota 1 anterior.
- Instrucciones de Jurado Civil de California (CACI) (2017) 1000. Responsabilidad de los locales. Elementos de hecho esenciales.
- Código de Familia de California 297.5 otorga a los compañeros domésticos registrados los mismos derechos y remedios legales que a los cónyuges.