La frase “fraude de valores” puede evocar a banqueros sobrepagados que idean esquemas ilegales complicados, ganan una gran cantidad de dinero y luego son enviados a prisiones cómodas para delincuentes de cuello blanco después de ser atrapados.
Pero, de hecho, la realidad para la mayoría de las personas acusadas de delitos de fraude de valores en California es muy diferente. Puedes tener problemas con las leyes de valores de California si eres un pequeño empresario tratando de recaudar dinero para tu negocio, o un empleado que simplemente hace lo que su jefe le pidió.
Peor aún, las penas penales por fraude de valores pueden ser sorprendentemente severas. Los delitos de fraude de valores en California son “wobblers“, lo que significa que pueden ser procesados como delitos menores o, en algunos casos, delitos graves1. Si eres condenado, puedes enfrentar multas enormes e incluso prisión.2
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal 3 explican el fraude penal de valores bajo la ley de California abordando lo siguiente:
- 1. ¿Qué son las leyes de fraude de valores y por qué existen?
- 2. ¿Qué tipo de acciones pueden llevar a penas penales por fraude de valores?
- 3. Penas por fraude de valores
- 4. ¿Cómo puedo defenderme?
Es un delito en California mentir a sabiendas a alguien para que compre o venda valores.
1. ¿Qué son las leyes de fraude de valores y por qué existen?
1.1. ¿Qué son los valores?
No puedes cometer fraude de valores bajo la ley de California a menos que estés de alguna manera involucrado con valores en primer lugar.4
La mayoría de las personas no están realmente seguras de qué son los “valores”. La definición proporcionada por la legislatura de California no es muy útil… ¡tiene casi quinientas (500) palabras!5
Para empeorar las cosas, la Corte Suprema de California ha dicho que la definición de un valor debe decidirse caso por caso.6 Así que no hay una regla fácil para determinar si algo es un valor bajo la ley de California.
Aun así, tenemos una idea general de lo que es un valor. En términos generales, un valor es un arreglo comercial bajo el cual alguien obtiene una participación accionaria en una entidad comercial y/o un derecho a la devolución de una deuda.7 Los tipos de valores incluyen:
- Acciones en una corporación;8
- Un pagaré que muestra que una empresa debe dinero a la persona que posee el pagaré;9
- Un certificado que muestra que el titular tiene un interés en algún tipo de arreglo de participación en ganancias;10
- Un interés en una compañía de responsabilidad limitada (a veces);11 y
- Un interés de socio limitado en una sociedad limitada.12
Aquí hay un ejemplo de una transacción comercial que está regulada por las leyes de fraude de valores:
Bill inventa una píldora increíble que hace que todos los que la toman pierdan peso. Quiere vender esta píldora pero no tiene dinero para comenzar a producirla o comercializarla. Así que pone un anuncio en Internet pidiendo que la gente invierta dinero en su empresa. Por cada $1,000 que alguien invierte, recibe una acción en la empresa y un derecho a una parte de las ganancias que esta genere. Bill está vendiendo valores a sus inversionistas.
Pero las leyes de valores no se aplican cada vez que las personas se asocian para hacer negocios. No es un valor cuando las personas que invierten en un negocio también van a estar involucradas en su administración.13 Así que, por ejemplo:
Bill inventa una píldora para adelgazar muy efectiva. Él sabe cómo hacer la píldora pero no tiene suficiente dinero para comenzar a producirla en grandes cantidades, y no tiene idea de cómo manejar las finanzas de una empresa o vender una píldora para adelgazar a los clientes. En Internet, conoce a Ted, que tiene dinero para invertir y es contador. También conoce a Nancy, que igualmente tiene dinero para invertir y sabe mucho sobre ventas y marketing.
Ted y Nancy invierten en la empresa de Bill y reciben acciones. Los tres, Bill, Ted y Nancy, administran la empresa juntos. Bill supervisa el proceso de fabricación, Ted maneja los libros y las finanzas de la empresa, y Nancy se encarga del marketing.
ESTO NO es una venta de valores porque todos los dueños del negocio están ayudando a administrar la empresa.14
1.2. Historia de las leyes de fraude de valores
El fraude de valores no es como el robo o el asesinato; no es el tipo de conducta que siempre ha sido un delito. En cambio, durante los últimos cien años, los estados (incluido California) y el gobierno federal han decidido convertir ciertas actividades en delitos para proteger a los inversionistas.
Las leyes de fraude de valores aparecieron por primera vez en Estados Unidos en las décadas previas a la Gran Depresión que comenzó en 1929. Durante esta época, se volvió común que individuos invirtieran en acciones de empresas o en arreglos comerciales especulativos. Algunos de estos arreglos eran esquemas fraudulentos que no entregaban nada a sus inversionistas.15
Al principio, fueron los estados los que aprobaron leyes que regulaban la venta de valores. Estas leyes todavía se conocen como “leyes del cielo azul”. Esta frase proviene de la descripción creativa de ciertos esquemas fraudulentos de inversión como basados solo en “tantos pies de ‘cielo azul'”16, es decir, que los inversionistas no reciben nada concreto por su dinero.
El objetivo de estas leyes era proteger a los inversionistas de ser estafados por personas que vendían acciones en cosas como minas de oro que no existían y empresas que nunca tuvieron la intención de iniciar.17
Las leyes federales de valores llegaron después, cuando el Congreso de Estados Unidos aprobó la Ley de Valores de 1933 y la Ley de Intercambio de Valores de 1934.18 Leyes federales más recientes que quizás hayas escuchado en las noticias son la Ley Sarbanes-Oxley de 2002 y la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor de 2010.
La ley actual de fraude de valores en California proviene principalmente de la Ley Corporativa de Valores de California de 1968.
El fraude de valores es un llamado “delito de cuello blanco”.
Una defensa contra el fraude de valores es que el acusado no tenía intención de defraudar.
2. ¿Qué tipo de acciones pueden llevar a penas penales por fraude de valores?
El fraude de valores es un área muy complicada del derecho penal de California. En esta sección, discutimos las principales formas en que una persona o empresa puede enfrentar responsabilidad penal por violaciones a las leyes de valores de California.
2.1. Venta de valores no calificados
Si quieres vender valores en California, u ofrecer valores para la venta en California, es posible que necesites “calificar” los valores ante el Departamento de Corporaciones de California.19 La calificación de los valores implica una extensa documentación y divulgación sobre la empresa que emite los valores.20
Sorprendentemente, el simple hecho de no completar esta documentación puede resultar en graves penas penales, incluyendo incluso tiempo en la cárcel.21
2.1.1. Valores exentos de calificación
Afortunadamente, el requisito de calificación no se aplica a todas las ventas de valores en California. Ciertas ventas y ofertas de venta están exentas y no necesitan ser calificadas.22
Una categoría de venta exenta que suele surgir cuando individuos o pequeñas empresas son acusados de fraude de valores por vender o ofrecer valores no calificados es la exención para una venta a un número relativamente pequeño de personas, cada una de las cuales tiene una relación preexistente con la persona que vende los valores o es un inversionista sofisticado.23
Básicamente, puedes evitar penas penales por vender valores no calificados si se cumplen todas las siguientes condiciones:
- Vendiste valores o hiciste la oferta a no más de treinta y cinco (35) personas (un esposo y esposa juntos cuentan como una persona);
- Todos los que compraron el valor lo hicieron para su propia cuenta (es decir, sin planear revenderlo o distribuirlo a otra persona);
- No publicaste ningún anuncio en relación con la venta u oferta del valor; Y
- Todos los que compraron o a quienes se les ofreció el valor tenían una relación personal o comercial preexistente contigo O son personas con experiencia significativa en negocios o finanzas y pueden considerarse capaces de proteger sus propios intereses.24
Antes en este artículo, mencionamos el ejemplo de Bill, quien pone un anuncio en Internet buscando inversionistas para su empresa de píldoras para adelgazar. Debido a que Bill publicó un anuncio en relación con la venta del valor, no está exento del requisito de calificar el valor ante el Departamento de Corporaciones.25 Si no cumple con el requisito, podría enfrentar penas penales por fraude de valores en California.26
Pero ahora imaginemos que Bill procedió de manera algo diferente:
Bill inventa una píldora increíble que hace que todos los que la toman pierdan peso. Quiere vender esta píldora pero no tiene dinero para comenzar a producirla o comercializarla. Pero tiene diez primos que son bastante ricos. También tiene diez compañeros de secundaria con quienes mantiene contacto y que tienen dinero para invertir.
Bill llama a estas veinte personas para preguntarles si quieren comprar acciones en la empresa que planea formar. Todos están interesados.
Uno de los primos de Bill también le dice que debería contactar a una amiga suya llamada Louise. Louise es una inversionista “ángel” experimentada que ha dirigido su propio fondo de inversión y también invierte su propio dinero en nuevas empresas. Bill contacta a Louise y le pregunta si le gustaría invertir en su empresa.
Bill no ha calificado su oferta de acciones en su empresa ante el Departamento de Corporaciones. Pero NO enfrentará penas penales por esto porque…
… Solo ofreció acciones a veintiuna personas (diez primos, diez compañeros y Louise), que es menos de treinta y cinco. No anunció la oportunidad de inversión al público en general. Y todas las personas a quienes ofreció acciones tenían una relación personal preexistente con él o, en el caso de Louise, eran inversionistas experimentados que pueden cuidarse a sí mismos.27
Esta exención del requisito de calificación tiene un límite, sin embargo. Aunque puedes vender valores a un amigo o colega y aún estar exento, probablemente no puedas vender u ofrecer valores a un amigo de un amigo con quien no tengas una relación personal, a menos que esa persona sea un inversionista sofisticado.28
Para ilustrar esto, cambiemos el ejemplo de Bill nuevamente:
Bill contacta a sus diez primos ricos para preguntarles si quieren invertir en su nueva empresa de píldoras para adelgazar. Uno de sus primos no está interesado pero le dice a Bill que contacte a su amigo Al. Al no es un inversionista experimentado. Es un artista que acaba de heredar algo de dinero de su abuela. Él y Bill nunca se han conocido.
Bill le ofrece a Al la oportunidad de comprar acciones en su empresa, y Al acepta. Bill no ha calificado su oferta ante el Departamento de Corporaciones.
En este caso, hay una buena probabilidad de que Bill SÍ enfrente penas penales. No tenía una relación preexistente con Al, y Al no era un inversionista sofisticado que pudiera cuidarse a sí mismo en la transacción.29
2.1.2. Creencia de buena fe de que los valores estaban exentos
¿Qué pasa si honestamente crees que no estás obligado a calificar una oferta de valores ante el Departamento de Corporaciones, pero después de vender los valores descubres que en realidad sí debías hacerlo? Por ejemplo, ¿qué pasa si Al, el artista del último ejemplo, le dijo a Bill que tenía mucha experiencia en inversiones aunque eso no fuera cierto?
Solo es un delito si vendes valores “intencionalmente” sin cumplir con el requisito de calificación.30 Por lo tanto, si creíste de buena fe que no estabas violando la ley, no eres penalmente responsable.31
2.2. Venta de valores que no cumplen con los términos de calificación
Aquí hay otra cosa que debes saber sobre el requisito de calificación: también es un delito de fraude de valores en California vender u ofrecer valores para la venta de una manera que no cumpla con la información que pusiste en la documentación de calificación.32
Un ejemplo de cómo funciona esta regla es este:
Chuck es el CEO de una empresa que quiere vender bonos al público en general. Se asegura de cumplir con las leyes de valores de California calificando la oferta ante el Departamento de Corporaciones. En la documentación que presenta, declara que ninguno de sus empleados recibirá bonos por cerrar la venta de estos bonos. (Esto es para que no estén motivados a presionar demasiado a las personas para que compren los bonos.)
Sin embargo, Chuck termina dando bonos a algunos de sus empleados por vender los bonos. Debido a que no cumplió con las reglas que estableció en su documentación de calificación, podría enfrentar penas penales por fraude de valores.33
2.3. Comportamiento engañoso en la compra o venta de valores
Supongamos que eres alguien que no posee ni dirige una empresa y no está en posición de emitir valores a nadie. Eso no significa que no tengas que preocuparte por las leyes de fraude de valores de California. Hay varias formas de violar esas leyes si solo posees o negocias valores.
El Código de Corporaciones de California hace ilegal participar en ciertas actividades diseñadas para dar una impresión falsa o engañosa sobre el mercado de un valor determinado. Básicamente, no se te permite negociar intencionalmente ningún valor de una manera que manipule el mercado para ese valor.34
¿Qué tipo de actividades pueden meterte en problemas bajo esta ley? Aquí hay algunos ejemplos importantes:
- Negociar un valor de una manera que no implique un cambio real de propiedad, con el propósito de crear una impresión falsa o engañosa.35 Ejemplo: Supongamos que Dan posee 10,000 acciones de McWidget Corporation. Dan también es el único dueño de una compañía de responsabilidad limitada llamada Dan, LLC. Dan arregla que Dan, LLC compre las 10,000 acciones de McWidget Corporation de él mismo.
- Otros inversionistas no saben que Dan es dueño de Dan, LLC. La gran compra les hace pensar que ellos también deberían comprar acciones de McWidget Corporation. Compran acciones, el precio sube, y Dan ahora es mucho más rico que antes. PERO también es culpable de fraude de valores en California, si ese fue su objetivo al arreglar la venta.
- Ingresar una orden para vender o comprar valores cuando sabes que alguien más va a ingresar una orden compensatoria del mismo tamaño, con el propósito de crear una impresión falsa o engañosa.36 Esto generalmente sucede porque el comercio intenso de una empresa que cotiza en bolsa puede llevar a un aumento en su precio. Supongamos que Penny Stock, Inc. es una empresa pequeña que acaba de salir a bolsa y cuyo precio por acción es muy bajo.
- Los ejecutivos de Penny Stock, Inc. crean algunas empresas ficticias que no hacen más que vender acciones de Penny Stock, Inc. entre ellas. Toda esta actividad comercial atrae la atención de inversionistas profesionales, que compran acciones ellos mismos.
- El precio de las acciones de Penny Stock, Inc. subirá. Pero sus ejecutivos son culpables de violar las leyes de fraude de valores de California.
El fraude de valores puede ser un delito menor o un delito grave en California.
2.4. Declaraciones falsas o engañosas en la venta de valores
Como podrías esperar, es ilegal mentir a sabiendas a alguien para que compre o venda valores.37 Esta es una forma clásica de fraude penal.
Puedes violar esta ley al tergiversar directamente los hechos para persuadir a alguien de que realice una transacción de valores contigo.38 Por ejemplo:
George posee acciones en Kramer Corp., que ha estado perdiendo dinero últimamente. Quiere vender las acciones, pero el mercado para ellas es pequeño. Le dice a Jerry que Kramer Corp. acaba de obtener un gran contrato gubernamental (lo cual George sabe que es falso) para que Jerry compre las acciones de él. Esto es fraude de valores.
Pero también puedes violar esta ley al guardar silencio sobre hechos clave, de una manera que es más o menos lo mismo que mentir.39 Por ejemplo:
George quiere que Jerry compre sus acciones de Kramer Corp. Pero Jerry está dudoso. George le envía un correo electrónico diciéndole que su amiga Elaine, una reportera, está a punto de publicar un artículo sobre la empresa en The Wall Street Journal y que ahora es un buen momento para comprar las acciones. Jerry acepta comprar las acciones.
Lo que George no le dijo a Jerry es que el artículo de Elaine trata principalmente sobre lo mal administrada que está Kramer Corp. Su omisión de contarle esto a Jerry fue muy engañosa en el contexto y por lo tanto también es fraude de valores.
2.5. Operaciones con información privilegiada
La operación con información privilegiada es una de las formas más conocidas de fraude de valores. Si tienes acceso a información privilegiada sobre una empresa, es decir, información que no está disponible para el público en general y que conoces solo por tu relación especial con la empresa, es un delito comprar o vender los valores de esa empresa basándote en esa información.40
Aquí hay un ejemplo de operación ilegal con información privilegiada:
Elaine es secretaria en un bufete de abogados. Uno de los clientes del bufete, Kramer Corp., planea declararse en bancarrota. Elaine ha estado preparando documentos relacionados con la declaración. Todos están marcados como “Top Secret”, y los abogados para quienes trabaja le han dicho que es muy importante no contarle a nadie sobre la bancarrota.
Elaine llama a su corredor de bolsa y realiza una “venta en corto” de acciones de Kramer Corp. (una transacción que le hará ganar dinero si el precio de las acciones baja). Cuando se hace pública la bancarrota, el precio de las acciones se desploma, y Elaine gana una fortuna. Pero también es culpable de operaciones con información privilegiada.
Sin embargo, ten en cuenta que solo es ilegal negociar basándose en información que adquiriste debido a tu relación especial con la empresa.41 Si logras obtener información que el público en general aún no conoce, y no obtuviste esa información a través de una relación especial con la empresa, no es un delito negociar con los valores de esa empresa.
Aquí hay otro ejemplo que ilustra esto:
Jerry le gusta leer reglas gubernamentales propuestas en su tiempo libre. A través de esta lectura, se entera de que una agencia de seguridad de productos está considerando prohibir los monociclos porque son inseguros. Los medios de comunicación no han prestado atención a esta regla propuesta.
Los monociclos son el producto principal que produce Kramer Corp. Jerry llama a su corredor de bolsa y arregla una venta en corto de acciones de Kramer Corp. Finalmente, los monociclos son prohibidos, y el precio de las acciones de Kramer Corp. cae drásticamente. Jerry gana mucho dinero. Sin embargo, no cometió fraude de valores.
3. Penas por fraude de valores
3.1. Penas en California
El fraude de valores es un “wobbler”, lo que significa que puede ser procesado como un delito menor o un delito grave.42 Si violas las leyes de fraude de valores de California, puedes enfrentar multas enormes e incluso ser sentenciado a prisión.
Si “intencionalmente” vendes u ofreces vender valores en California sin cumplir con el requisito de calificación, o si vendes valores de una manera que viola los términos de la calificación, enfrentas:
- multas de hasta un millón de dólares ($1,000,000), y/o
- 16 meses, o dos o tres años en la cárcel del condado.43
Si participas intencionalmente en manipulación del mercado, haces una declaración falsa o engañosa en una transacción de valores, o participas en operaciones con información privilegiada, las penas son aún más severas. Enfrentas:
- multas de hasta diez millones de dólares ($10,000,000), y/o
- dos (2), tres (3) o cinco (5) años en la cárcel del condado.44
3.2. Leyes federales de fraude de valores
El fraude de valores no es solo un delito en California. También es un delito federal. Si te acusan de fraude de valores en California, también puedes enfrentar cargos federales.
La mayoría de los casos federales de fraude de valores son investigados primero por la Comisión de Valores y Bolsa (también conocida como la SEC). El Departamento de Justicia federal se involucrará si se presentan cargos penales.
Las penas federales por fraude de valores son aún más duras que las de la ley de California. Las violaciones intencionales de las leyes federales de fraude de valores pueden llevarte a prisión federal por hasta veinte años.45
Debido a que puedes enfrentar cargos tanto en California como federales por fraude de valores, es muy recomendable contar con un abogado de defensa penal en California de primer nivel que también pueda ejercer en tribunales federales.
3.3. Demandas civiles por fraude de valores en California
Si te acusan de fraude de valores, además de los cargos penales, es posible que tengas que defender una demanda civil por parte de personas que afirman haber sido perjudicadas por tu conducta.46 Si este tipo de demanda tiene éxito, es posible que tengas que pagar daños y perjuicios a esas personas que fácilmente pueden superar las multas penales que enfrentarías por la misma conducta.47
El Departamento de Corporaciones de California también puede imponer sanciones civiles por violaciones a las leyes de fraude de valores. Estas sanciones no pueden exceder los veinticinco mil dólares ($25,000) por violación.48
4. ¿Cómo puedo defenderme?
Si te acusan de fraude de valores en California, existen defensas legales disponibles para ayudarte a vencer los cargos.
La más útil de estas es probablemente la falta de intención criminal. No puedes ser condenado por fraude de valores en California a menos que hayas actuado “intencionalmente”.49
Según el abogado de defensa penal en Oakland Jim Hammer50,
“Los casos de fraude de valores tienden a involucrar transacciones comerciales complicadas, y es fácil que las personas se enreden en ellas por algo que hicieron solo accidental o negligentemente. Pero la Ley Corporativa de Valores de California de 1968 no permite que se impongan penas penales a menos que el acusado haya violado la ley ‘intencionalmente’. Esto significa que el acusado debe haber sabido lo que estaba haciendo y haber actuado a propósito. Si el estado no puede demostrar que eso es cierto, entonces podemos ganar los cargos.”
Llama a nuestro bufete para obtener ayuda.
Si tú o un ser querido están acusados de fraude de valores y buscas contratar un abogado para representación, te invitamos a contactarnos en Shouse Law Group. Podemos ofrecer una consulta gratuita en la oficina o por teléfono. Tenemos oficinas locales en Los Ángeles, el Valle de San Fernando, Pasadena, Long Beach, el Condado de Orange, Ventura, San Bernardino, Rancho Cucamonga, Riverside, San Diego, Sacramento, Oakland, San Francisco, San José y en toda California.
Recursos en línea:
Departamento de Protección e Innovación Financiera de California
Referencias legales:
- Código de Corporaciones 25540. (“(a) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier persona que viole intencionalmente cualquier disposición de esta división, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de un millón de dólares (1,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o en una cárcel del condado por no más de un año, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento; pero ninguna persona podrá ser encarcelada por la violación de cualquier regla u orden si prueba que no tenía conocimiento de la regla u orden. (b) Cualquier persona que viole intencionalmente la Sección 25400, 25401 o 25402, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división adoptada conforme a esas disposiciones, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de diez millones de dólares (10,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, tres o cinco años, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento.”)
Véase también Código de Corporaciones 25541. (“(a) Cualquier persona que emplee intencionalmente, directa o indirectamente, cualquier dispositivo, esquema o artificio para defraudar en relación con la oferta, compra o venta de cualquier valor o que se involucre intencionalmente, directa o indirectamente, en cualquier acto, práctica o curso de negocios que opere o pudiera operar como fraude o engaño sobre cualquier persona en relación con la oferta, compra o venta de cualquier valor, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de diez millones de dólares (10,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, tres o cinco años, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento.”)
Véase también Código Penal de California 1170(h) PC. (“(h)(1) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave sancionable conforme a esta subdivisión donde el término no esté especificado en el delito subyacente será sancionado con un término de encarcelamiento en una cárcel del condado por 16 meses, o dos o tres años. (2) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave sancionable conforme a esta subdivisión será sancionado con encarcelamiento en una cárcel del condado por el término descrito en el delito subyacente.”) - Véase igual.
- Nuestros abogados de defensa criminal en California tienen oficinas legales locales en Los Ángeles en Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. También contamos con oficinas legales adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, el área de la Bahía de San Francisco, Sacramento y varias ciudades cercanas.
- Por ejemplo, véase Código de Corporaciones 25110 – Necesidad de calificación de valor o exención de valor o transacción (“Es ilegal que cualquier persona ofrezca o venda en este estado cualquier valor en una transacción del emisor (excepto en una transacción sujeta a la Sección 25120), ya sea o no a través de suscriptores, a menos que dicha venta haya sido calificada conforme a la Sección 25111, 25112 o 25113 (y no exista una orden bajo la Sección 25140 o la subdivisión (a) de la Sección 25143 respecto a dicha calificación) o a menos que dicho valor o transacción esté exento o no sujeto a calificación bajo el Capítulo 1 (que comienza con la Sección 25100) de esta parte.”); Código de Corporaciones 25400 – Actos ilegales de tergiversaciones para inducir la compra o venta de valores o para manipular el precio (“Es ilegal para cualquier persona, directa o indirectamente, en este estado: (a) Con el propósito de crear una apariencia falsa o engañosa de negociación activa en cualquier valor o una apariencia falsa o engañosa respecto al mercado de cualquier valor, (1) efectuar cualquier transacción en un valor que no implique cambio en la propiedad beneficiaria del mismo, o (2) ingresar una orden u órdenes para la compra de cualquier valor con conocimiento de que una orden u órdenes de tamaño sustancialmente igual, al mismo tiempo sustancialmente y al mismo precio sustancialmente igual, para la venta de dicho valor, ha sido o será ingresada por o para las mismas o diferentes partes, o (3) ingresar una orden u órdenes para la venta de cualquier valor con conocimiento de que una orden u órdenes de tamaño sustancialmente igual, al mismo tiempo sustancialmente y al mismo precio sustancialmente igual, para la compra de dicho valor, ha sido o será ingresada por o para las mismas o diferentes partes.”); Código de Corporaciones 25401 – Venta o compra de valores mediante comunicaciones escritas u orales que contengan declaraciones falsas u omisiones (“Es ilegal para cualquier persona ofrecer o vender un valor en este estado o comprar u ofrecer comprar un valor en este estado mediante cualquier comunicación escrita u oral que incluya una declaración falsa de un hecho material u omita declarar un hecho material necesario para que las declaraciones hechas, a la luz de las circunstancias bajo las cuales fueron hechas, no sean engañosas.”); y Código de Corporaciones 25402 – Compra o venta de valores por persona con acceso a información material no disponible al público mediante relación especial con el emisor (“Es ilegal para un emisor o cualquier persona que sea oficial, director o persona controladora de un emisor o cualquier otra persona cuya relación con el emisor le dé acceso, directa o indirectamente, a información material sobre el emisor no generalmente disponible al público, comprar o vender cualquier valor del emisor en este estado en un momento en que conoce información material sobre el emisor obtenida de dicha relación que afectaría significativamente el precio de mercado de ese valor y que no está generalmente disponible al público, y que sabe que no está destinada a estar disponible, a menos que tenga razones para creer que la persona que le vende o compra también está en posesión de la información.”).
- Código de Corporaciones 25019 – Valor. (“‘Valor’ significa cualquier nota; acción; acción en tesorería; membresía en una asociación incorporada o no incorporada; bono; debenture; evidencia de deuda; certificado de interés o participación en cualquier acuerdo de participación en beneficios; certificado de fideicomiso colateral; certificado o suscripción de preorganización; acción transferible; contrato de inversión; contrato de liquidación viática o un interés fraccionado o agrupado en el mismo; contrato de liquidación vitalicia o un interés fraccionado o agrupado en el mismo; certificado de fideicomiso de voto; certificado de depósito para un valor; interés en una compañía de responsabilidad limitada y cualquier clase o serie de esos intereses (incluyendo cualquier interés fraccionado u otro interés en ese interés), excepto un interés de membresía en una compañía de responsabilidad limitada en la que la persona que reclama esta excepción pueda probar que todos los miembros están activamente involucrados en la gestión de la compañía de responsabilidad limitada; siempre que la evidencia de que los miembros votan o tienen derecho a votar, o el derecho a información sobre el negocio y asuntos de la compañía de responsabilidad limitada, o el derecho a participar en la gestión, no establezca, sin más, que todos los miembros están activamente involucrados en la gestión de la compañía de responsabilidad limitada; certificado de interés o participación en un título o arrendamiento de petróleo, gas o minería o en pagos derivados de la producción bajo ese título o arrendamiento; opción de compra, venta, straddle, opción o privilegio sobre cualquier valor, certificado de depósito o grupo o índice de valores (incluyendo cualquier interés en ellos o basado en su valor); o cualquier opción de compra, venta, straddle, opción o privilegio ingresado en una bolsa nacional de valores relacionado con moneda extranjera; cualquier interés beneficiario u otro valor emitido en conexión con un plan financiado de pensiones, participación en beneficios, bono de acciones o plan de beneficios similar; o, en general, cualquier interés o instrumento comúnmente conocido como ‘valor’; o cualquier certificado de interés o participación en, certificado temporal o interino para, recibo de, garantía de, o garantía o derecho a suscribirse o comprar cualquiera de los anteriores. Todos los anteriores son valores, estén o no evidenciados por un documento escrito. ‘Valor’ no incluye: (1) cualquier interés beneficiario en cualquier fideicomiso inter vivos voluntario que no se cree con el propósito de llevar a cabo un negocio o únicamente con el propósito de votar, o (2) cualquier interés beneficiario en cualquier fideicomiso testamentario, o (3) cualquier póliza de seguro o contrato de dotación o anualidad bajo el cual una compañía de seguros admitida en este estado prometa pagar una suma de dinero (ya sea o no basada en el rendimiento de inversión de un fondo segregado) ya sea en una suma global o periódicamente de por vida o por algún otro período especificado, o (4) cualquier franquicia sujeta a registro bajo la Ley de Inversión en Franquicias (División 5 (que comienza con la Sección 31000)), o exenta de registro por la Sección 31100 o 31101.”)
- People v. Figueroa, (1986) 41 Cal.3d 714, 736. (“Estos casos subrayan el hecho de que las leyes corporativas de valores no contienen una fórmula exhaustiva para probar los hechos en cada caso. Y los tribunales se han abstenido de intentar formular tal prueba. Si un instrumento particular debe considerarse un valor dentro del significado del estatuto es una cuestión que debe determinarse en cada caso. Al llegar a una determinación, los tribunales han tenido en cuenta que el propósito general de la ley es proteger al público contra la imposición de esquemas de acciones e inversiones insustanciales, ilegales y fraudulentos y los valores basados en ellos.”) (citas omitidas)
- Black’s Law Dictionary (9ª ed. 2009), security. (“Valor . . . 4. Un instrumento que evidencia los derechos de propiedad del titular en una empresa (por ejemplo, una acción), la relación de acreedor del titular con una empresa o gobierno (por ejemplo, un bono), o los otros derechos del titular (por ejemplo, una opción).”)
- Código de Corporaciones 25019.
- Igual.
- Igual.
- Igual.
- People v. Simon, (1995) 9 Cal.4th 493, 499. (“Un interés en una sociedad limitada puede ser un valor según lo definido por la sección 25019 de la Ley de Valores Corporativos de 1968 . . . porque el inversionista proporciona capital que será arriesgado en la empresa y no está involucrado en la gestión.”)
- People v. Figueroa, supra, 740. (“Es evidente del análisis anterior que la participación de Kurrle en el negocio de los apelantes fue relevante para la cuestión de si el ‘Pagaré Corporativo’ era un ‘valor.'”)
- People v. Frederick, (2006) 142 Cal.App.4th 400, 413-14.
- Legal Information Institute, Legal Encyclopedia, “Ley Blue Sky.”
- Hall v. Geiger Jones Co., (1917) 242 U.S. 539, 550.
- Igual, en 550-51. (“El nombre que se le da a la ley indica el mal al que está dirigida; es decir, para usar el lenguaje de un caso citado, ‘esquemas especulativos que no tienen más base que tantos pies de ‘cielo azul’; o, como afirmó el abogado en otro caso, ‘detener la venta de acciones en empresas volátiles, pozos de petróleo visionarios, minas de oro lejanas y otras explotaciones fraudulentas similares.’ Incluso si las descripciones se consideran retóricas, se indica la existencia del mal y una creencia en su perjuicio; y no nos detendremos a hacer más que afirmar que la prevención del engaño está dentro de la competencia del gobierno, y que la apreciación de las consecuencias de ello no está abierta a nuestra revisión.”)
- Legal Information Institute, Legal Encyclopedia, “Historia de la Ley de Valores.”
- Código de Corporaciones 25110 – Necesidad de calificación de valor o exención de valor o transacción. (“Es ilegal que cualquier persona ofrezca o venda en este estado cualquier valor en una transacción del emisor (excepto en una transacción sujeta a la Sección 25120), ya sea o no a través de suscriptores, a menos que dicha venta haya sido calificada conforme a la Sección 25111, 25112 o 25113 (y no exista una orden bajo la Sección 25140 o la subdivisión (a) de la Sección 25143 respecto a dicha calificación) o a menos que dicho valor o transacción esté exento o no sujeto a calificación bajo el Capítulo 1 (que comienza con la Sección 25100) de esta parte.”)
- Los formularios involucrados en la calificación pueden encontrarse en el sitio web del Departamento de Corporaciones de California.
- Código de Corporaciones 25540(a) – Violaciones de la Ley de Valores Corporativos o reglas u órdenes bajo la misma; castigo. (“(a) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier persona que viole intencionalmente cualquier disposición de esta división, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de un millón de dólares (1,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o en una cárcel del condado por no más de un año, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento; pero ninguna persona podrá ser encarcelada por la violación de cualquier regla u orden si prueba que no tenía conocimiento de la regla u orden.”) Véase también Código Penal 1170(h) PC – Sentencia determinada. (“(h)(1) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave sancionable conforme a esta subdivisión donde el término no esté especificado en el delito subyacente será sancionado con un término de encarcelamiento en una cárcel del condado por 16 meses, o dos o tres años. (2) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave sancionable conforme a esta subdivisión será sancionado con encarcelamiento en una cárcel del condado por el término descrito en el delito subyacente. (3) No obstante los párrafos (1) y (2), cuando el acusado (A) tenga una condena previa o actual por un delito grave serio descrito en la subdivisión (c) de la Sección 1192.7 o una condena previa o actual por un delito grave violento descrito en la subdivisión (c) de la Sección 667.5, (B) tenga una condena previa por delito grave en otra jurisdicción por un delito que tenga todos los elementos de un delito grave serio descrito en la subdivisión (c) de la Sección 1192.7 o un delito grave violento descrito en la subdivisión (c) de la Sección 667.5, (C) esté obligado a registrarse como delincuente sexual conforme al Capítulo 5.5 (que comienza con la Sección 290) del Título 9 de la Parte 1, o (D) sea condenado por un delito y como parte de la sentencia se imponga un aumento conforme a la Sección 186.11, una sentencia ejecutada por un delito grave sancionable conforme a esta subdivisión se cumplirá en prisión estatal. (4) Nada en esta subdivisión se interpretará para impedir otras disposiciones autorizadas por la ley, incluyendo desviación previa al juicio, entrada diferida de juicio, o una orden que conceda libertad condicional conforme a la Sección 1203.1. (5) El tribunal, al imponer una sentencia conforme al párrafo (1) o (2) de esta subdivisión, podrá enviar al acusado a la cárcel del condado como sigue: (A) Por un término completo en custodia según lo determinado conforme a la ley de sentencia aplicable. (B) Por un término determinado conforme a la ley de sentencia aplicable, pero suspender la ejecución de una porción final del término seleccionada a discreción del tribunal, durante la cual el acusado será supervisado por el oficial de libertad condicional del condado conforme a los términos, condiciones y procedimientos generalmente aplicables a personas puestas en libertad condicional, por la porción restante no cumplida de la sentencia impuesta por el tribunal. El período de supervisión será obligatorio y no podrá terminarse antes excepto por orden judicial. Durante el período en que el acusado esté bajo dicha supervisión, a menos que esté en custodia real relacionada con la sentencia impuesta por el tribunal, el acusado tendrá derecho solo a crédito de tiempo real contra el término de encarcelamiento impuesto por el tribunal. (6) Los cambios en la sentencia hechos por la ley que agregó esta subdivisión se aplicarán prospectivamente a cualquier persona sentenciada en o después del 1 de octubre de 2011.”)
- Código de Corporaciones 25102 – Transacciones exentas de las disposiciones de la sección 25110.
- Código de Corporaciones 25102(f) – Transacciones exentas de las disposiciones de la sección 25110. (“Las siguientes transacciones están exentas de las disposiciones de la Sección 25110: . . . (f) Cualquier oferta o venta de cualquier valor en una transacción (excepto una oferta o venta a un fideicomiso de pensiones o participación en beneficios del emisor) que cumpla con cada uno de los siguientes criterios: (1) Las ventas del valor no se hacen a más de 35 personas, incluyendo personas fuera de este estado. (2) Todos los compradores tienen una relación personal o comercial preexistente con el oferente o cualquiera de sus socios, oficiales, directores o personas controladoras, o gerentes (según sean nombrados o elegidos por los miembros) si el oferente es una compañía de responsabilidad limitada, o por razón de su experiencia comercial o financiera o la experiencia comercial o financiera de sus asesores profesionales que no están afiliados ni son compensados por el emisor o cualquier afiliado o agente vendedor del emisor, directa o indirectamente, se podría asumir razonablemente que tienen la capacidad para proteger sus propios intereses en relación con la transacción. (3) Cada comprador declara que está comprando para su propia cuenta (o una cuenta fiduciaria si el comprador es un fiduciario) y no con la intención de vender en conexión con cualquier distribución del valor. (4) La oferta y venta del valor no se realiza mediante la publicación de ningún anuncio. El número de compradores referido anteriormente excluye a cualquiera descrito en la subdivisión (i), cualquier oficial, director o afiliado del emisor, o gerente (según sean nombrados o elegidos por los miembros) si el emisor es una compañía de responsabilidad limitada, y cualquier otro comprador que el comisionado designe por regla. Para los propósitos de esta sección, un esposo y esposa (junto con cualquier custodio o fiduciario que actúe para la cuenta de sus hijos menores) se cuentan como una persona y una sociedad, corporación u otra organización que no fue formada específicamente para el propósito de comprar el valor ofrecido en base a esta exención, se cuenta como una persona. El comisionado puede por regla requerir que el emisor presente un aviso de transacciones bajo esta subdivisión. La falta de presentar el aviso o la falta de presentarlo dentro del tiempo especificado por la regla del comisionado no afectará la disponibilidad de esta exención. Un emisor que no presente el aviso según lo dispuesto por la regla del comisionado deberá, dentro de 15 días hábiles después de descubrir la falta de presentación del aviso o después de la demanda del comisionado, lo que ocurra primero, presentar el aviso y pagar al comisionado una tarifa igual a la tarifa pagadera si la transacción hubiera sido calificada bajo la Sección 25110.”)
- Igual.
- Igual.
- Código de Corporaciones 25110 – Necesidad de calificación de valor o exención de valor o transacción.
- Código de Corporaciones 25102(f) – Transacciones exentas de las disposiciones de la sección 25110.
- People v. Graham, (1985) 163 Cal.App.3d 1159, 1172. (“Graham no disputa que Grady no tenía una relación preexistente con Chapek o Graham. Sin embargo, afirma que Grady fue presentado como teniendo una relación preexistente suficientemente cercana con Krueger para satisfacer la prueba. El papel nebuloso y relativamente insignificante de Krueger en la empresa, en gran parte como un inversionista glorificado, fue tal que el jurado podría concluir razonablemente que cualquiera que fuera la relación de Grady con Krueger, fue insuficiente para permitirle cualquier conocimiento sobre el ‘carácter, perspicacia comercial y circunstancias comerciales y financieras generales’ de las personas que controlarían y administrarían la empresa, a saber, Graham y Chapek.”)
- Igual.
- Código de Corporaciones 25540(a) – Violaciones de la Ley de Valores Corporativos o reglas u órdenes bajo la misma; castigo. (“(a) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier persona que viole intencionalmente cualquier disposición de esta división, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de un millón de dólares (1,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o en una cárcel del condado por no más de un año, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento; pero ninguna persona podrá ser encarcelada por la violación de cualquier regla u orden si prueba que no tenía conocimiento de la regla u orden.”)
- People v. Salas, (2006) 37 Cal.4th 967, 971. (“Al igual que el Tribunal de Apelaciones, sostenemos que un vendedor que cree razonable y de buena fe que un valor está exento no es culpable del delito de venta ilegal de un valor no registrado. Como en otros casos similares, la severidad de las penas asociadas a este delito nos persuade de que la Legislatura no quiso imponer responsabilidad penal a los acusados que carecían de conocimiento culpable de hechos esenciales para que la conducta sea criminal.”)
- People v. Keating, (1993) 21 Cal.App.4th 145, 154. (“Por lo tanto, sostenemos que vender valores calificados en violación de las condiciones impuestas en la calificación autorizante es un delito prohibido por las secciones 25110 y 25540, y el tribunal de primera instancia erró al encontrar lo contrario y desestimar los cargos contra Keating por esos delitos.”)
- Véase igual, en 149-50.
- Código de Corporaciones 25400 – Actos ilegales de tergiversaciones para inducir la compra o venta de valores o para manipular el precio. (“Es ilegal para cualquier persona, directa o indirectamente, en este estado: (a) Con el propósito de crear una apariencia falsa o engañosa de negociación activa en cualquier valor o una apariencia falsa o engañosa respecto al mercado de cualquier valor, (1) efectuar cualquier transacción en un valor que no implique cambio en la propiedad beneficiaria del mismo, o (2) ingresar una orden u órdenes para la compra de cualquier valor con conocimiento de que una orden u órdenes de tamaño sustancialmente igual, al mismo tiempo sustancialmente y al mismo precio sustancialmente igual, para la venta de dicho valor, ha sido o será ingresada por o para las mismas o diferentes partes, o (3) ingresar una orden u órdenes para la venta de cualquier valor con conocimiento de que una orden u órdenes de tamaño sustancialmente igual, al mismo tiempo sustancialmente y al mismo precio sustancialmente igual, para la compra de dicho valor, ha sido o será ingresada por o para las mismas o diferentes partes. (b) Efectuar, solo o con una o más personas, una serie de transacciones en cualquier valor creando una negociación activa real o aparente en dicho valor o elevando o deprimendo el precio de dicho valor, con el propósito de inducir la compra o venta de dicho valor por otros. (c) Si dicha persona es un corredor-distribuidor u otra persona que vende u ofrece para la venta o compra u ofrece comprar el valor, inducir la compra o venta de cualquier valor mediante la circulación o difusión de información con el efecto de que el precio de dicho valor subirá o probablemente subirá o bajará o probablemente bajará debido a operaciones de mercado de una o más personas realizadas con el propósito de elevar o deprimir el precio de dicho valor. (d) Si dicha persona es un corredor-distribuidor u otra persona que vende u ofrece para la venta o compra u ofrece comprar el valor, hacer, con el propósito de inducir la compra o venta de dicho valor por otros, cualquier declaración que fuera, en el momento y a la luz de las circunstancias bajo las cuales fue hecha, falsa o engañosa respecto a cualquier hecho material, o que omitiera declarar cualquier hecho material necesario para que las declaraciones hechas, a la luz de las circunstancias bajo las cuales fueron hechas, no fueran engañosas, y que sabía o tenía motivos razonables para creer que era falsa o engañosa. (e) Por una consideración, recibida directa o indirectamente de un corredor-distribuidor u otra persona que vende u ofrece para la venta o compra u ofrece comprar el valor, inducir la compra o venta de cualquier valor mediante la circulación o difusión de información con el efecto de que el precio de dicho valor subirá o probablemente subirá o bajará o probablemente bajará debido a operaciones de mercado de una o más personas realizadas con el propósito de elevar o deprimir el precio de dicho valor.”)
- Igual. (“Es ilegal para cualquier persona, directa o indirectamente, en este estado: (a) Con el propósito de crear una apariencia falsa o engañosa de negociación activa en cualquier valor o una apariencia falsa o engañosa respecto al mercado de cualquier valor, (1) efectuar cualquier transacción en un valor que no implique cambio en la propiedad beneficiaria del mismo, . . . .”)
- Igual. (“Es ilegal para cualquier persona, directa o indirectamente, en este estado: (a) Con el propósito de crear una apariencia falsa o engañosa de negociación activa en cualquier valor o una apariencia falsa o engañosa respecto al mercado de cualquier valor, . . . (2) ingresar una orden u órdenes para la compra de cualquier valor con conocimiento de que una orden u órdenes de tamaño sustancialmente igual, al mismo tiempo sustancialmente y al mismo precio sustancialmente igual, para la venta de dicho valor, ha sido o será ingresada por o para las mismas o diferentes partes, o (3) ingresar una orden u órdenes para la venta de cualquier valor con conocimiento de que una orden u órdenes de tamaño sustancialmente igual, al mismo tiempo sustancialmente y al mismo precio sustancialmente igual, para la compra de dicho valor, ha sido o será ingresada por o para las mismas o diferentes partes.”)
- Código de Corporaciones 25401 – Venta o compra de valores mediante comunicaciones escritas u orales que contengan declaraciones falsas u omisiones. (“Es ilegal para cualquier persona ofrecer o vender un valor en este estado o comprar u ofrecer comprar un valor en este estado mediante cualquier comunicación escrita u oral que incluya una declaración falsa de un hecho material u omita declarar un hecho material necesario para que las declaraciones hechas, a la luz de las circunstancias bajo las cuales fueron hechas, no sean engañosas.”)
- Igual.
- Igual.
- Código de Corporaciones 25402 – Compra o venta de valores por persona con acceso a información material no disponible al público mediante relación especial con el emisor. (“Es ilegal para un emisor o cualquier persona que sea oficial, director o persona controladora de un emisor o cualquier otra persona cuya relación con el emisor le dé acceso, directa o indirectamente, a información material sobre el emisor no generalmente disponible al público, comprar o vender cualquier valor del emisor en este estado en un momento en que conoce información material sobre el emisor obtenida de dicha relación que afectaría significativamente el precio de mercado de ese valor y que no está generalmente disponible al público, y que sabe que no está destinada a estar disponible, a menos que tenga razones para creer que la persona que le vende o compra también está en posesión de la información.”)
- Igual.
- Código de Corporaciones 25540(a) – Violaciones de la Ley de Valores Corporativos o reglas u órdenes bajo la misma; castigo. (“(a) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier persona que viole intencionalmente cualquier disposición de esta división, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de un millón de dólares (1,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o en una cárcel del condado por no más de un año, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento; pero ninguna persona podrá ser encarcelada por la violación de cualquier regla u orden si prueba que no tenía conocimiento de la regla u orden.”) Véase también Código Penal 1170(h) PC – Sentencia determinada. (“(h)(1) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave sancionable conforme a esta subdivisión donde el término no esté especificado en el delito subyacente será sancionado con un término de encarcelamiento en una cárcel del condado por 16 meses, o dos o tres años. (2) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave sancionable conforme a esta subdivisión será sancionado con encarcelamiento en una cárcel del condado por el término descrito en el delito subyacente.”) Véase también Código Penal 17 PC – Delito grave; delito menor; infracción; clasificación de delitos. (“(a) Un delito grave es un crimen que se castiga con la pena de muerte, con encarcelamiento en prisión estatal, o sin perjuicio de cualquier otra disposición de la ley, con encarcelamiento en una cárcel del condado bajo las disposiciones de la subdivisión (h) de la Sección 1170. Todo otro crimen o delito público es un delito menor excepto aquellos delitos que se clasifican como infracciones. (b) Cuando un crimen es sancionable, a discreción del tribunal, ya sea con encarcelamiento en prisión estatal o encarcelamiento en una cárcel del condado bajo las disposiciones de la subdivisión (h) de la Sección 1170, o con multa o encarcelamiento en la cárcel del condado, es un delito menor para todos los propósitos bajo las siguientes circunstancias: (1) Después de un juicio que imponga un castigo distinto al encarcelamiento en prisión estatal o encarcelamiento en una cárcel del condado bajo las disposiciones de la subdivisión (h) de la Sección 1170. (2) Cuando el tribunal, al enviar al acusado a la División de Justicia Juvenil, designa el delito como un delito menor. (3) Cuando el tribunal concede libertad condicional a un acusado sin imposición de sentencia y al momento de conceder la libertad condicional, o a solicitud del acusado o del oficial de libertad condicional posteriormente, el tribunal declara que el delito es un delito menor. (4) Cuando el fiscal presenta en un tribunal con jurisdicción sobre delitos menores una denuncia especificando que el delito es un delito menor, a menos que el acusado en el momento de su lectura de cargos o declaración se oponga a que el delito sea considerado un delito menor, en cuyo caso la denuncia será enmendada para acusar el delito grave y el caso procederá con la denuncia por delito grave. (5) Cuando, en o antes del examen preliminar o antes de presentar una orden conforme a la Sección 872, el magistrado determina que el delito es un delito menor, en cuyo caso el caso procederá como si el acusado hubiera sido leído con una denuncia por delito menor.”)
- Código de Corporaciones 25540(a) – Violaciones de la Ley de Valores Corporativos o reglas u órdenes bajo la misma; castigo. (“(a) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier persona que viole intencionalmente cualquier disposición de esta división, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de un millón de dólares (1,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o en una cárcel del condado por no más de un año, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento.”)
Véase también Código Penal 1170(h)(1) (“Excepto según lo dispuesto en el párrafo (3), un delito grave sancionable conforme a esta subdivisión donde el término no esté especificado en el delito subyacente será sancionado con un término de encarcelamiento en una cárcel del condado por 16 meses, o dos o tres años.”) - Código de Corporaciones 25540(b) – Violaciones de la Ley de Valores Corporativos o reglas u órdenes bajo la misma; castigo. (“(b) Cualquier persona que viole intencionalmente la Sección 25400, 25401 o 25402, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división adoptada conforme a esas disposiciones, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de diez millones de dólares (10,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, tres o cinco años, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento.”)
- 15 U.S.C. 78ff(a). (“(a) Violaciones intencionales; declaraciones falsas y engañosas. Cualquier persona que viole intencionalmente cualquier disposición de este capítulo (excepto la sección 78dd-1 de este título), o cualquier regla o regulación bajo el mismo cuya violación sea ilegal o cuya observancia sea requerida bajo los términos de este capítulo, o cualquier persona que intencional y conscientemente haga, o cause que se haga, cualquier declaración en cualquier solicitud, informe o documento requerido para ser presentado bajo este capítulo o cualquier regla o regulación bajo el mismo o cualquier compromiso contenido en una declaración de registro según lo dispuesto en la subsección (d) de la sección 78o de este título, o por cualquier organización autorreguladora en conexión con una solicitud de membresía o participación en la misma o para asociarse con un miembro de la misma, que sea falsa o engañosa respecto a cualquier hecho material, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de 5,000,000 $, o encarcelada por no más de 20 años, o ambas, excepto que cuando dicha persona no sea una persona natural, podrá imponerse una multa que no exceda de 25,000,000 $; pero ninguna persona estará sujeta a encarcelamiento bajo esta sección por la violación de cualquier regla o regulación si prueba que no tenía conocimiento de dicha regla o regulación.”)
- Véase, por ejemplo, Código de Corporaciones 25500 – Participación en actos o transacciones en violación de la sección 25400; daños; Código de Corporaciones 25501 – Violación de la sección 25401; demanda para rescisión o daños; defensa; Código de Corporaciones 25502 – Violación de la sección 25402; daños; y Código de Corporaciones 25503 – Venta de valores en violación de ciertas secciones; daños; calificación de valor antes del pago o recepción de la consideración.
- Igual.
- Código de Corporaciones 25535 – Violaciones; sanciones civiles. (“(a) Cualquier persona que viole cualquier disposición de esta ley, o que viole cualquier regla u orden bajo esta ley, será responsable de una sanción civil que no exceda de veinticinco mil dólares (25,000 $) por cada violación, la cual será evaluada y recuperada en una acción civil presentada en nombre del pueblo del Estado de California por el comisionado en cualquier tribunal con jurisdicción competente. (b) En lo que respecta a las sanciones por actos en violación de esta división, los remedios provistos por esta sección y por otras secciones de esta división no son exclusivos, y pueden buscarse y emplearse en cualquier combinación para hacer cumplir las disposiciones de esta división. (c) No se mantendrá ninguna acción para hacer cumplir cualquier responsabilidad creada bajo la subdivisión (a) a menos que se presente antes de la expiración de cuatro años después del acto o transacción que constituye la violación.”)
- Código de Corporaciones 25540 – Violaciones de la Ley de Valores Corporativos o reglas u órdenes bajo la misma; castigo. (“(a) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier persona que viole intencionalmente cualquier disposición de esta división, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de un millón de dólares (1,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o en una cárcel del condado por no más de un año, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento; pero ninguna persona podrá ser encarcelada por la violación de cualquier regla u orden si prueba que no tenía conocimiento de la regla u orden. (b) Cualquier persona que viole intencionalmente la Sección 25400, 25401 o 25402, o que viole intencionalmente cualquier regla u orden bajo esta división adoptada conforme a esas disposiciones, será sancionada, tras condena, con una multa que no exceda de diez millones de dólares (10,000,000 $), o encarcelada conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, tres o cinco años, o será castigada con ambas, multa y encarcelamiento.”)
- El abogado defensor penal de Oakland Jim Hammer solía trabajar para la unidad de homicidios de la oficina del Fiscal de Distrito de San Francisco. Defiende a clientes en todo, desde cargos por DUI y drogas hasta cargos más graves. El Sr. Hammer representa a clientes en los tribunales del Condado de Santa Clara, los tribunales del Condado de Contra Costa y los tribunales del Condado de Alameda, entre otras ubicaciones.