Código Penal § 849(b) PC permite a la policía liberar a los detenidos de la custodia sin ser arraigados primero si hay motivos insuficientes para presentar una denuncia penal o si el único delito del detenido es intoxicación pública. La policía también puede liberar a los detenidos cuyo único delito sea estar intoxicados por drogas siempre y cuando los lleven a un hospital o centro para recibir tratamiento.
El texto completo de la ley es el siguiente:
849(b). Un oficial de paz puede liberar de la custodia, en lugar de llevar a la persona ante un magistrado, a una persona arrestada sin una orden en las siguientes circunstancias:
(1) El oficial está satisfecho de que hay motivos insuficientes para presentar una denuncia penal contra la persona arrestada.
(2) La persona arrestada fue arrestada solo por intoxicación, y no se desean más procedimientos.
(3) La persona fue arrestada solo por estar bajo la influencia de una sustancia o droga controlada y la persona es entregada a un centro o hospital para recibir tratamiento y no se desean más procedimientos.
(4) La persona fue arrestada por conducir bajo la influencia de alcohol o drogas y la persona es entregada a un hospital para tratamiento médico que prohíbe la entrega inmediata ante un magistrado.
(5) La persona fue arrestada y posteriormente entregada a un hospital u otro centro de atención urgente, incluyendo, pero no limitado a, un centro para el tratamiento de trastornos por uso de sustancias co-ocurrentes, para evaluación y tratamiento de salud mental, y no se desean más procedimientos.
Análisis Legal
La ley de California requiere que los sospechosos arrestados sin una orden sean presentados ante un juez magistrado. Pero según el Código Penal de California 849(b) PC, hay cinco casos en los que la policía puede liberar a estos detenidos de la custodia sin ver primero a un magistrado:
- La policía cree que no hay suficientes pruebas para seguir adelante con una denuncia penal.
- El único delito del sospechoso fue la intoxicación pública.
- El único delito del sospechoso fue estar bajo la influencia de drogas, y fue llevado a un centro de tratamiento.
- El sospechoso fue arrestado y llevado a un centro para evaluación de salud mental y trastornos por abuso de sustancias.
- El sospechoso fue arrestado por DUI y fue llevado a un hospital (es probable que el sospechoso enfrente cargos de DUI más adelante).1
Por lo tanto, la policía tiene un grado significativo de discreción al decidir si mantener a ciertos detenidos en custodia o no. Por ejemplo, la intoxicación pública es técnicamente un delito menor punible con hasta seis meses de cárcel potencialmente. Pero si una persona no está cometiendo ningún otro delito que estar intoxicada, la policía puede optar por mantenerla hasta que se sobria y luego liberarla sin más repercusiones legales.2
Tenga en cuenta que los sospechosos arrestados y mantenidos en custodia deben ver a un magistrado para una comparecencia dentro de las 48 horas, sin incluir días festivos y domingos. Pero si pagan una fianza, entonces la comparecencia se pospondrá para más adelante, al menos diez días después. En muchos casos de delitos menores, los acusados que pagan fianza no tienen que comparecer en su comparecencia siempre que tengan un abogado privado que comparezca en su nombre.3
Referencias legales
- Código Penal de California 849(b) – Arresto sin orden; Presentación de la persona ante el magistrado o liberación de la custodia; Registro del arresto. Ver también In re Jorge D. (Corte de Apelaciones del 4to Distrito de California, 2016), 246 Cal. App. 4th 363, 200 Cal. Rptr. 3d 878 y Armondo v. Department of Motor Vehicles (Corte de Apelaciones del 1er Distrito de California, 1993), 15 Cal. App. 4th 1174, 19 Cal. Rptr. 2d 399.
- Igual. Ver PC 647f.
- Igual. Ver PC 825.