Código Penal § 417.4 PC hace que sea un delito mostrar o blandir un arma de imitación de manera amenazante, de modo que ponga a otros en peligro. Una condena es un delito menor castigado con un mínimo de 30 días y hasta 6 meses en la cárcel.
El lenguaje del estatuto dice que:
417.4. Toda persona que, excepto en defensa propia, saque o exhiba un arma de imitación, según se define en la subdivisión (a) de la Sección 16700, de manera amenazante contra otra persona de tal manera que cause a una persona razonable aprensión o miedo de daño corporal es culpable de un delito menor castigado con prisión en una cárcel del condado por un período no menor de 30 días.
Ejemplos
- saltar de un callejón y apuntar con una pistola de aire comprimido a alguien.
- empujar a un vecino y luego apuntarle con un arma de imitación.
- gritar palabras amenazantes a alguien y luego agitar una réplica de arma en su cara.
Defensas legales
Tres defensas comunes incluyen demostrar que:
- no realizó un acto amenazante.
- no hizo que alguien temiera daño corporal.
- estaba actuando en defensa propia.
Sanciones
Una violación de esta sección del código se acusa como un delito menor (en lugar de una infracción o un delito grave).
El delito es castigado con custodia en la cárcel del condado por un mínimo obligatorio de 30 días y hasta 6 meses.
Tenga en cuenta que un juez puede otorgarle libertad condicional por delito menor (o resumen) en lugar de tiempo en la cárcel.
1. ¿Cuándo es un delito sacar un arma de imitación?
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenarte con éxito por amenazar con un arma de imitación:
- que sacaste o exhibiste un arma de imitación de manera amenazante contra otra persona,
- que tus acciones causaron que alguien temiera daño físico a sí mismo o a otra persona,
- que ese temor de daño era razonable,1 y
- que al sacar o exhibir el arma de imitación, no estabas actuando en defensa propia o en defensa de otra persona.2
Un “arma de imitación” es un dispositivo que es tan similar a un arma real en color y apariencia general que una persona razonable creería que es un arma real.3
2. ¿Cuáles son las mejores defensas para el Código Penal 417.4 PC?
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos con armas de fuego, incluyendo amenazar con un arma de imitación. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados.
No hubo un acto amenazante
Eres culpable bajo esta ley solo si sacaste un arma de imitación de manera amenazante. Para demostrar que no hiciste nada amenazante, nos basaríamos en pruebas como:
- grabaciones de video de vigilancia
- testimonios de testigos presenciales
- videos y/o fotos de teléfonos móviles de testigos presenciales
Agitar la pistola de imitación de manera burlona o teatral no es lo mismo que hacerlo de manera amenazante. A menos que los fiscales puedan probar la culpabilidad más allá de una duda razonable, su cargo debería ser desestimado.
No hubo temor de daño corporal
Puede ser condenado bajo esta ley solo si sus acciones causaron que otra persona temiera daño corporal. Para demostrar que sus acciones no pudieron haber causado razonablemente que alguien experimentara miedo, nos basaríamos en las mismas pruebas mencionadas anteriormente.
Incluso si el estado presenta testimonios de la supuesta víctima de que tenían miedo, es posible que podamos anularlo con pruebas de video y otros testimonios creíbles de testigos presenciales.
Actuaste en defensa propia
Agitar un arma de imitación es legal en California siempre y cuando hayas temido razonablemente que tú o alguien más enfrentara un daño corporal inmediato, y tus acciones fueran proporcionales a la amenaza que enfrentabas.
La mejor evidencia para demostrar que actuaste en defensa propia o en defensa de otros es la grabación de video de vigilancia y los testimonios de testigos presenciales. Aunque si no tenemos ninguna de estas pruebas, nos enfocamos en desacreditar la credibilidad del acusador.
A menudo podemos usar las propias palabras del acusador en su contra para demostrar que tenían motivos para mentir o no estaban mentalmente competentes en el momento del incidente. Una vez que los fiscales ven que el acusador es un testigo poco confiable, el cargo debería ser retirado.
3. ¿Cuáles son las sanciones por violar el PC 417.4?
Una violación de esta sección del código es un delito menor.4
El delito es castigado con prisión en la cárcel del condado (en lugar de la prisión estatal) por un mínimo de 30 días y hasta un máximo de 6 meses.5
Un juez tiene la autoridad para otorgarle libertad condicional en lugar de tiempo en la cárcel.
4. ¿Puedo borrar una condena?
Si es condenado bajo esta ley, puede borrar la condena, según el Código Penal 1203.4 PC.
Esto se proporciona si completa con éxito:
- tiempo en la cárcel, o
- libertad condicional (lo que se le impuso).
5. ¿Existen delitos similares?
Hay tres delitos relacionados con apuntar con una pistola falsa. Estos son:
- exhibir un arma o pistola – PC 417,
- apuntar o señalar un láser o puntero – PC 417.25, y
- agresión con un arma – PC 245a2
Exhibir un arma o pistola – PC 417
Código Penal 417 PC es la ley de California que hace que sea un delito exhibir un arma o un arma mortal. “Exhibir” significa:
- sacar o mostrar un arma mortal o una pistola, o
- usar un arma mortal en una pelea.
Tenga en cuenta que mientras que PC 417.4 se refiere a armas falsas, esta ley se enfoca en armas o armas reales.
Apuntar o señalar un láser o puntero – PC 417.25
Código Penal 417.25 PC es la ley de California que hace que sea un delito apuntar con un láser, o un puntero láser, a otra persona de manera amenazante.
Al igual que el uso de un arma de imitación, una violación de este estatuto se acusa como un delito menor y es castigado con hasta 30 días de cárcel.
Agresión con un arma de fuego – PC 245a2
Según el Código Penal 245a2 PC, se puede acusar de agresión con un arma de fuego cuando se agrede a una víctima utilizando una pistola, rifle, escopeta, arma de fuego semiautomática, ametralladora, rifle .50 BMG o arma de asalto.
A diferencia del PC 417.4, tienes que hacer más que simplemente sacar un arma para ser condenado bajo esta ley. Por ejemplo, una agresión puede tomar la forma de:
- apuntar un arma de fuego a una presunta víctima,
- golpear o “pistol-whipping” a la víctima,
- disparar el arma contra la víctima, o
- disparar realmente contra la víctima.
Referencias legales:
- Ver In re Michael D. (2002) 100 Cal.App.4th 115.
- CALCRIM No. 985 – Uso de un arma de imitación. Consejo Judicial de Instrucciones de Jurado Penal de California (edición de 2020).
- Ver lo mismo.
- Código Penal de California 417.4 PC.
- Ver lo mismo.