Código Penal § 417.4 PC tipifica como delito desenfundar o blandir un arma de fuego de imitación de manera amenazante, de modo que cause temor en otros. Una condena es un delito menor punible con un mínimo de 30 días y un máximo de 6 meses de cárcel.
El texto del estatuto dice que:
417.4. Toda persona que, salvo en defensa propia, desenfunde o exhiba un arma de fuego de imitación, según se define en la subdivisión (a) de la Sección 16700, de manera amenazante contra otra persona de tal forma que cause a una persona razonable aprehensión o temor de daño corporal, es culpable de un delito menor punible con prisión en una cárcel del condado por un término no menor a 30 días.
Ejemplos
- saltar desde un callejón y apuntar con una pistola de balines a alguien.
- empujar a un vecino y luego apuntarle con un arma de imitación.
- gritar palabras amenazantes a alguien y luego agitar un arma réplica frente a su cara.
Defensas legales
Tres defensas comunes incluyen demostrar que usted:
- no realizó un acto amenazante.
- no causó que alguien temiera daño corporal.
- actuó en defensa propia.
Penalizaciones
Una violación de esta sección del código se acusa como un delito menor (en lugar de una infracción o un delito grave).
El delito es punible con un mínimo obligatorio de 30 días en la cárcel del condado y hasta 6 meses.
Tenga en cuenta que un juez puede otorgarle libertad condicional por delito menor (o sumaria) en lugar de tiempo en la cárcel.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Los Ángeles abordarán los siguientes temas clave sobre blandir un arma de imitación en la ley de California.
- 1. Elementos del 417.4 PC
- 2. Defensas
- 3. Penalizaciones
- 4. Cancelaciones de antecedentes
- 5. Delitos relacionados
El PC 417.4 prohíbe blandir un arma de imitación de manera amenazante.
1. Elementos del 417.4 PC
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenarlo con éxito por blandir un arma de imitación:
- usted desenfundó o exhibió un arma de imitación de manera amenazante contra otra persona,
- sus acciones causaron que alguien temiera daño corporal para sí mismo o para otra persona,
- ese temor de daño fue razonable,1 y
- cuando desenfundó o exhibió el arma de imitación, no estaba actuando en defensa propia ni en defensa de otra persona.2
Un “arma de imitación” es un dispositivo que es tan sustancialmente similar a un arma de fuego real en color y apariencia general que una persona razonable creería que es un arma de fuego real.3
2. Defensas
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos con armas de fuego, incluyendo blandir un arma de imitación. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados.
1) No Hubo Acto Amenazante
Usted es culpable bajo este estatuto solo si desenfundó un arma de imitación de manera amenazante. Para demostrar que no hizo nada amenazante, nos basaríamos en pruebas como:
- video de vigilancia
- testimonios de testigos presenciales
- videos y/o fotos de testigos presenciales tomadas con teléfono móvil
Blandir el arma de imitación de forma jocosa o teatral no es lo mismo que hacerlo de forma amenazante. A menos que los fiscales puedan probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable, su cargo debería ser desestimado.
2) No Hubo Temor de Daño Corporal
Puede ser condenado bajo este estatuto solo si sus acciones causaron que otra persona temiera daño corporal. Para demostrar que sus actos no pudieron haber causado razonablemente temor en alguien, nos basaríamos en las mismas pruebas mencionadas arriba.
Incluso si el estado presenta el testimonio de la supuesta víctima diciendo que tuvo miedo, podríamos contrarrestarlo con evidencia en video y otros testimonios creíbles de testigos presenciales.
3) Usted Actuó en Defensa Propia
Blandir un arma de imitación es legal en California siempre que usted temiera razonablemente que usted o alguien más enfrentaba un daño corporal inmediato, y sus acciones fueron proporcionales a la amenaza que enfrentaba.
La mejor evidencia para probar que actuó en defensa propia o en defensa de otros es el video de vigilancia y los testimonios de testigos presenciales. Pero si no contamos con esta evidencia, nos concentramos en desacreditar la credibilidad del acusador.
A menudo, podemos usar las propias palabras del acusador en su contra para mostrar que tenía motivación para mentir o que no estaba mentalmente competente en el momento del incidente. Una vez que los fiscales ven que el acusador es un testigo poco confiable, el cargo debería ser retirado.
3. Penalizaciones
Una violación de esta sección del código es un delito menor.4
El delito es punible con prisión en la cárcel del condado (en lugar de prisión estatal) por un mínimo de 30 días y un máximo de 6 meses.5
Un juez tiene la autoridad para otorgarle libertad condicional por delito menor en lugar de tiempo en la cárcel.
Blandir un arma de imitación es un delito menor en California.
4. Cancelaciones de antecedentes
Si es condenado bajo el 417.4 PC, puede solicitar la cancelación de la condena bajo el Código Penal 1203.4 PC.
Esto siempre que complete con éxito:
- el tiempo en la cárcel, o
- la libertad condicional (la que se haya impuesto).
5. Delitos relacionados
Blandir un arma o arma de fuego
Código Penal 417 PC es el estatuto de California que tipifica como delito blandir un arma de fuego o arma mortal. “Blandir” significa:
- desenfundar o exhibir un arma mortal o arma de fuego, o
- usar un arma mortal en una pelea.
Tenga en cuenta que mientras el PC 417.4 se refiere a armas falsas, esta ley se enfoca en armas o armas reales.
Apuntar con un visor láser o puntero
Código Penal 417.25 PC es el estatuto de California que tipifica como delito apuntar con un visor láser, o un puntero láser, a otra persona de manera amenazante.
Al igual que blandir un arma de imitación, una violación de este estatuto se acusa como un delito menor y es punible con hasta 30 días de cárcel.
Agresión con un arma de fuego
Según Código Penal 245a2 PC, la agresión con un arma de fuego puede ser acusada cuando usted agrede a una víctima usando una pistola, rifle, escopeta, arma de fuego semiautomática, ametralladora, rifle .50 BMG o arma de asalto.
A diferencia del PC 417.4, debe hacer más que solo desenfundar un arma para ser condenado bajo esta ley. Por ejemplo, una agresión puede tomar la forma de:
- apuntar un arma de fuego a la supuesta víctima,
- golpear o “golpear con la pistola” a la víctima,
- disparar el arma contra la víctima, o
- realmente disparar a la víctima.
Referencias legales:
- Ver In re Michael D. (2002) 100 Cal.App.4th 115.
- CALCRIM No. 985 – Blandir un arma de imitación. Instrucciones al jurado penal del Consejo Judicial de California (edición 2020).
- Ver la misma.
- Código Penal de California 417.4 PC.
- Ver la misma.