Tres de las cosas más importantes que debes saber sobre las cantidades de compensación disponibles en casos de resbalones y caídas son que:
- tu cantidad de compensación disminuirá si tuviste parte de la culpa en tus lesiones,
- la compensación tiene como objetivo devolverte a tu estado anterior y rara vez se otorga para castigar al acusado, y
- la cantidad de compensación generalmente se resuelve fuera de los tribunales, a través de un proceso de negociación.
Si quieres recuperar la compensación que mereces, deberías considerar seriamente contratar a un abogado de resbalones y caídas de una firma de abogados de buena reputación. Con el asesoramiento legal de un abogado de resbalones y caídas, puedes maximizar el pago de tu acuerdo por lesiones.
1. Reglas de culpa compartida
La ley de lesiones personales de cada estado tiene reglas para cuando más de una parte es responsable de un accidente. Estas reglas de culpa compartida se aplicarán en un caso de resbalón y caída si tuviste parte de la responsabilidad en tus lesiones. Generalmente, disminuyen la cantidad de compensación en tu porcentaje de culpa.
Por ejemplo: Marcia está jugando un juego en su teléfono inteligente mientras camina por la tienda departamental. Debido a que está distraída, no ve el gran charco de aceite de motor negro en el piso blanco. Se resbala en el piso mojado, se cae y se lastima.
Mientras que cada estado tiene su propia regla de culpa compartida, se dividen en 3 categorías:
- negligencia contributiva,
- negligencia comparativa pura, y
- negligencia comparativa modificada.
La mayoría de los estados siguen una de las reglas de negligencia comparativa. Bajo estas reglas, tu cantidad de compensación se disminuye en tu porcentaje de culpa. La única diferencia entre los 2 tipos de negligencia comparativa es lo que sucede cuando eres principalmente culpable:
- en la negligencia comparativa pura, tu compensación siempre se reduce en tu porcentaje de culpa, sin importar cuán alto sea, mientras que
- en la negligencia comparativa modificada, se te prohíbe recuperar si eras principalmente culpable.
Entre los estados que utilizan la negligencia comparativa modificada, algunos prohíben la recuperación a las víctimas que se encuentran 50% o más culpables. Otros establecen el límite en el 51% de culpa.1
Por ejemplo: Marcia presenta una demanda por resbalón y caída contra la tienda. El jurado determina que sufrió $100,000 en pérdidas, pero también que ella tuvo el 60% de culpa. Si el caso de Marcia está en un estado que sigue las reglas de negligencia comparativa pura, como California, ella aún recuperaría $40,000. Si está en un estado que utiliza las reglas de negligencia comparativa modificada, no recuperaría nada.
En los estados que utilizan la negligencia contributiva, si tuviste alguna culpa, se te negará la recuperación. Debido a que esta regla se considera muy dura, muy pocos estados la utilizan.2
Por ejemplo: Gertrude está comprando en el supermercado. Mientras pasa por el pasillo de alimentos congelados, ve un charco de helado. 15 minutos después, regresa a ese pasillo. Se ha olvidado del charco, se resbala y se cae. El jurado decide que sufrió $10,000 en daños, pero que ella tuvo el 5% de culpa porque se olvidó del charco. Las reglas de negligencia contributiva le impedirían recuperar cualquier compensación.
2. Compensación disponible en accidentes de resbalón y caída
La compensación que está disponible en un caso de resbalón y caída casi siempre está limitada a tus pérdidas. El objetivo de la compensación es compensarte, no hacerte mejor de lo que estabas antes.
Sin embargo, la extensión de esas pérdidas no se limita a tus gastos médicos. La compensación tiene como objetivo cubrir tus:
- gastos médicos,
- costos de atención médica futura razonablemente anticipados,
- ingresos y salarios perdidos,
- capacidad de ingresos reducida,
- dolor y sufrimiento,
- pérdida de consorcio, y
- otros gastos derivados del accidente, como los costos de una rampa para silla de ruedas u otras mejoras en el hogar relacionadas con tus necesidades de accesibilidad.
Solo en casos muy raros, las víctimas de resbalones y caídas recuperan daños punitivos. Estos daños van más allá de compensarte. Hacen que el acusado pague por una conducta atroz relacionada con el caso, como destruir intencionalmente pruebas de responsabilidad.3
3. Los acuerdos generalmente se realizan fuera de los tribunales
Muy pocos casos de resbalones y caídas llegan a juicio. La mayoría de ellos se resuelven fuera de los tribunales. Estos acuerdos a menudo reflejan un compromiso entre lo que cada abogado de las partes cree que vale el caso. La cantidad del acuerdo es el resultado de una intensa negociación basada en la experiencia del abogado con casos anteriores similares.
Los factores determinantes en estos acuerdos son generalmente:
- la extensión de tus pérdidas, y
- tu responsabilidad en el accidente.
La gravedad de tus lesiones probablemente sea el factor más importante en tu reclamo. Si sufres una lesión catastrófica, es probable que el acusado esté más interesado en llegar a un acuerdo para evitar un veredicto potencialmente enorme en el caso de lesiones personales. Si tuviste claramente parte de la culpa, el acusado y su compañía de seguros pueden ofrecer solo una pequeña cantidad de acuerdo. Tener un abogado de lesiones personales que maneje estas negociaciones puede marcar una gran diferencia en el resultado del reclamo de lesiones personales.
¿Cómo funciona la responsabilidad de las instalaciones en una demanda por resbalón y caída?
Un caso de resbalón y caída es un tipo de caso de responsabilidad de las instalaciones. Estas demandas buscan responsabilizar a los propietarios, ocupantes o administradores de la propiedad por condiciones inseguras en sus instalaciones.
Los detalles de las leyes de responsabilidad de locales varían entre estados. Muchas leyes estatales son similares a las de California, que requieren que demuestres los siguientes elementos del caso:
- el acusado era dueño, arrendatario, ocupante o controlaba la propiedad,
- el acusado fue negligente en el uso o mantenimiento de la propiedad,
- tú (el demandante) resultaste dañado, y
- la negligencia del acusado fue un factor sustancial en causar tus lesiones.4
En casos de resbalones y caídas, tienes que demostrar que la negligencia del acusado llevó a la condición insegura que te hizo tropezar o resbalar. Esas condiciones inseguras pueden tomar varias formas, como:
- charcos de líquido resbaladizo,
- aceras heladas,
- alfombras sueltas en pasillos,
- suelos irregulares,
- objetos sobresalientes,
- escaleras o barandillas rotas, o
- falta de señales de advertencia para condiciones peligrosas.
¿Cuáles son algunas lesiones comunes en casos de resbalones y caídas?
Los casos de resbalones y caídas a menudo son percibidos erróneamente como accidentes triviales que solo causan lesiones menores. Si eres mayor y no puedes evitar tu caída, tus lesiones pueden ser extremadamente peligrosas o incluso fatales.
Algunas lesiones comunes y graves incluyen:
- muñecas o manos rotas o fracturadas, al intentar evitar tu caída,
- lesiones en el cuello,
- latigazo cervical,
- lesiones en la espalda, incluyendo lesiones en la médula espinal,
- lesiones en la cabeza, conmociones cerebrales, o incluso lesiones cerebrales traumáticas (TBI),
- lesiones en las piernas o pies,
- lesiones graves en la cadera,
- moretones, y
- laceraciones o cortes.
Muchas de estas lesiones requieren un tratamiento médico extenso. Los costos médicos por sí solos pueden ascender rápidamente a cientos de miles de dólares. Cuando las lesiones reducen drásticamente tu calidad de vida, los abogados y ajustadores de seguros pueden usar un multiplicador para calcular tus daños no económicos, como el dolor y el sufrimiento. Esto puede aumentar sustancialmente la cantidad promedio de acuerdo ofrecida para poner fin a la demanda por lesiones personales. También consulta nuestro artículo sobre el acuerdo típico en casos de resbalones y caídas.
Referencias legales:
- Ver, por ejemplo: NRS 41.141; Kaatz v. State (Alaska, 1975) ; Li v. Yellow Cab Co (1975) 13 Cal. 3d 804.
- Ver, por ejemplo: Alfa Life Ins. Corp. v. Colza (Alabama, 2014) Woolridge v. Abrishami ( ; Proffitt v. Gosnell (Tribunal de Apelaciones de Carolina del Norte, 2017) 257 N.C. App. 148.
- Ver, por ejemplo, Tellez-Giron v. Conn’s Appliances, Inc. (Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Nuevo México, 2018) Caso No. 1:17-cv-01074 WJ/SCY.
- Instrucciones Civiles del Jurado de California (CACI) No. 1000.