La ley de Colorado define el robo de identidad como el uso de la información personal o financiera identificativa de otra persona, sin permiso, para realizar un pago o para obtener algo de valor. El robo de identidad puede ser procesado como un delito grave de clase 4 castigado con
- 2 a 6 años de prisión y
- hasta $500,000.00 en multas.
El robo de identidad puede ser un delito grave o un delito menor, dependiendo del caso.
El texto de CRS § 18-5-902 dice:
“(1) Una persona comete robo de identidad si él o ella:
(a) Usa conscientemente la información personal identificativa, información financiera identificativa o dispositivo financiero de otro sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago financiero;
(b) Posee conscientemente la información personal identificativa, información financiera identificativa o dispositivo financiero de otro sin permiso o autoridad legal, con la intención de usar o ayudar o permitir que otra persona use dicha información o dispositivo para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago financiero;
(c) Con la intención de defraudar, falsamente hace, completa, altera o emite un instrumento escrito o dispositivo financiero que contenga cualquier información personal identificativa o información financiera identificativa de otro;
(d) Posee conscientemente la información personal identificativa o información financiera identificativa de otro sin permiso o autoridad legal para usarla al solicitar o completar una solicitud para un dispositivo financiero u otra extensión de crédito; o
(e) Usa o posee conscientemente la información personal identificativa de otro sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener un documento emitido por el gobierno.”
Para ayudarle a entender mejor la ley, nuestros abogados de defensa criminal en Denver, Colorado explicarán:
- 1. Definición de robo de identidad
- 2. Definiciones legales
- 3. Penalizaciones
- 4. Mejores defensas
- Preguntas frecuentes
- Recursos útiles
1. Definición de robo de identidad
CRS 18-5-902 es la ley penal de Colorado contra el robo de identidad. Usted comete este delito cuando:
- Usa conscientemente la información personal identificativa, información financiera identificativa (como un número de cuenta bancaria) o dispositivo financiero de otra persona sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago monetario; o
- Posee conscientemente la información personal identificativa, información financiera identificativa o dispositivo financiero de otra persona, como una tarjeta bancaria, sin permiso o autoridad legal, con la intención de usar o ayudar o permitir que otra persona use dicha información o dispositivo para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago monetario; o
- Con la intención de defraudar, falsamente hace, completa, altera o emite un instrumento escrito o dispositivo financiero que contenga cualquier información personal identificativa o información monetaria identificativa de otro; o
- Posee conscientemente la información personal identificativa o información financiera identificativa de otro sin permiso o autoridad legal para usarla al solicitar o completar una solicitud para un dispositivo monetario u otra extensión de crédito; o
- Usa o posee conscientemente la información personal identificativa de otro sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener un documento emitido por el gobierno.
CRS 18-5-902 define el robo de identidad como el uso consciente de la información personal o financiera identificativa de otra persona, o un dispositivo como su cheque o tarjeta de crédito, para realizar un pago o para obtener algo de valor.
2. Definiciones legales
Conscientemente
Usted actúa “conscientemente” respecto a una conducta o circunstancia descrita por un estatuto que define un delito cuando es consciente de que su conducta es de tal naturaleza o que tal circunstancia existe.1
Para probar que usted es culpable de robo de identidad bajo la ley de Colorado, la fiscalía debe demostrar que:
- Usó conscientemente la información identificativa o dispositivo financiero de otro, Y
- Sabía que dicha información identificativa o dispositivo financiero pertenecía a una persona real.2
Ejemplo: Jenna inventa un número de seguro social falso en una solicitud de alquiler de apartamento, pensando que el arrendador no revisará sus registros financieros. Sin embargo, el arrendador realiza un informe de crédito y descubre que el número de seguro social realmente pertenece a otra persona. Pero como Jenna no sabía esto, no usó conscientemente la información identificativa de otra persona y no es culpable de robo de identidad.
Información personal identificativa
“Información personal identificativa” significa información que puede usarse, sola o en combinación con cualquier otra información, para identificar a un individuo específico, incluyendo pero no limitado a
- un nombre;
- una fecha de nacimiento;
- un número de seguro social;
- una contraseña; un código de acceso;
- un número oficial de licencia de conducir o tarjeta de identificación emitida por el gobierno;
- un número de pasaporte gubernamental;
- datos biométricos;
- o un número de identificación de empleador, estudiante o militar.3
Información financiera identificativa
“Información financiera identificativa” significa cualquiera de los siguientes que pueden usarse, sola o en combinación con cualquier otra información, para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago financiero:
- Un número de identificación personal, número de tarjeta de crédito, número de tarjeta bancaria de una institución financiera, número de cuenta corriente, número de tarjeta de débito, número de tarjeta de transferencia electrónica de fondos, número de tarjeta de cheque garantizado o número de ruta; o
- Un número que representa una cuenta financiera o un número que afecta el interés financiero, posición u obligación del titular de la cuenta.4
Dispositivo financiero
“Dispositivo financiero” significa cualquier instrumento o dispositivo que pueda usarse para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar pagos financieros, incluyendo pero no limitado a:
- Una tarjeta de crédito, tarjeta bancaria, tarjeta de débito, tarjeta de transferencia electrónica de fondos o tarjeta de cheque garantizado;
- Un cheque;
- Una orden negociable de retiro;
- Un giro bancario; o
- Un giro postal.5
Falsamente hacer
“Falsamente hacer” un instrumento escrito o dispositivo financiero significa hacer o emitir un instrumento escrito o dispositivo financiero, ya sea en forma completa o incompleta, que pretende ser una creación auténtica de su supuesto autor, pero que no lo es, ya sea porque el supuesto autor es ficticio o porque, si es real, el supuesto autor no autorizó la creación o emisión del instrumento escrito o dispositivo financiero.6
Falsamente completar
“Falsamente completar” un instrumento escrito o dispositivo financiero significa:
- Transformar un instrumento escrito o dispositivo financiero incompleto en uno completo añadiendo, insertando o cambiando materia sin la autoridad de quien tenga derecho a otorgar esa autoridad, de modo que el instrumento escrito o dispositivo financiero completo aparezca o pretenda ser en todos los aspectos una creación auténtica o totalmente autorizada por su supuesto autor; o
- Transformar un instrumento escrito o dispositivo financiero incompleto en uno completo añadiendo o insertando información materialmente falsa o añadiendo o insertando una declaración materialmente falsa. Una declaración materialmente falsa es una afirmación falsa que afecta la acción, conducta o decisión de la persona que recibe o se pretende que reciba la información afirmada de manera que directa o indirectamente beneficia a la persona que hace la afirmación.7
Falsamente alterar
“Falsamente alterar” un instrumento escrito o dispositivo financiero significa cambiar un instrumento escrito o dispositivo financiero sin la autoridad de quien tenga derecho a otorgar dicha autoridad, ya sea en forma completa o incompleta, mediante borrado, obliteración, eliminación, inserción de nueva materia, transposición de materia u otro medio, de modo que el instrumento escrito o dispositivo financiero en su forma alterada aparezca o pretenda ser en todos los aspectos una creación auténtica o totalmente autorizada por su supuesto autor.8
Emitir
“Emitir” significa transferir, pasar o entregar, o intentar o causar que se transfiera, pase o entregue, a otra persona un instrumento escrito o dispositivo financiero, artículo o cosa.9
Una violación de CRS 18-5-902 puede resultar en una multa y/o tiempo en la cárcel.
3. Penalizaciones
El robo de identidad es un delito menor de clase 2 cuando el acusado:
- Posee conscientemente la información personal identificativa, información financiera identificativa o dispositivo financiero de otro sin permiso o autoridad legal, con la intención de usar o ayudar o permitir que otra persona use dicha información o dispositivo para obtener efectivo, crédito, propiedad, servicios o cualquier otra cosa de valor o para realizar un pago financiero; o
- Posee conscientemente la información personal identificativa o información financiera identificativa de otro sin permiso o autoridad legal para usarla al solicitar o completar una solicitud para un dispositivo financiero u otra extensión de crédito; o
- Usa o posee conscientemente la información personal identificativa de otro sin permiso o autoridad legal con la intención de obtener un documento emitido por el gobierno.
Los delitos menores de clase 2 conllevan hasta 120 días en la cárcel y/o hasta $750 en multas. Pero si el acusado posee tres o más dispositivos financieros, o la información personal o financiera identificativa de tres o más personas, entonces el robo de identidad se procesa como un delito grave de clase 5 con
- 1 a 3 años de prisión y/o
- multas de $1,000 a $100,000.
De lo contrario, el robo de identidad es un delito grave de clase 4 en Colorado. Las consecuencias del robo de identidad pueden incluir:
- 2-6 años en prisión (con 3 años de libertad condicional obligatoria), y/o
- Una multa de $2,000-$500,000.
Sin embargo, el tiempo en prisión por robo de identidad es obligatorio si:
- Es condenado por robo de identidad o por intento, conspiración o solicitación para cometer robo de identidad; Y
- Tiene una condena previa en Colorado o en cualquier otro estado, los Estados Unidos o cualquier otro territorio sujeto a la jurisdicción de los Estados Unidos que constituiría robo de identidad o un delito relacionado si se cometiera en este estado, o por intento, conspiración o solicitación para cometer tal delito.10
El acusado también puede tener que pagar restitución a las víctimas del robo de identidad.
Tenga en cuenta que los cargos por robo de identidad a menudo son procesados por el fiscal general de Colorado en lugar de un fiscal de distrito del condado.
Tenga en cuenta que la posesión de herramientas para robo de identidad (CRS 18-5-903) y la posesión criminal de un dispositivo financiero (CRS 18-5-702) son delitos separados.
4. Mejores defensas
Debido a que hay muchas partes en la ley de Colorado sobre robo de identidad, existen numerosas defensas, todas las cuales dependen de los hechos específicos de su caso. Nuestros abogados expertos en fraude en Colorado pueden ayudarle a decidir cuál es la mejor defensa para sus cargos de robo de identidad en Colorado.
Sin embargo, las defensas comunes contra cargos de robo de identidad incluyen (pero no se limitan a):
- No usó conscientemente la información personal o financiera identificativa o dispositivo financiero de otra persona;
- No sabía que la información identificativa que usó pertenecía a una persona real;
- Usó la información de otra persona, pero no fue con el permiso de esa persona;
- No tenía la intención de defraudar a nadie;
- No fue usted quien completó o alteró el instrumento escrito o dispositivo financiero; o
- La evidencia en su contra fue obtenida durante una búsqueda y confiscación ilegal por parte de la agencia de aplicación de la ley.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si me acusan de robo de identidad por usar accidentalmente información falsa que resultó pertenecer a alguien real?
Podría tener una defensa sólida si no sabía que la información pertenecía a una persona real. La ley de Colorado requiere que usted haya “usado conscientemente” la información de otra persona.
Si inventó información pensando que era falsa y no se dio cuenta de que pertenecía a una persona real, puede que no sea culpable de robo de identidad bajo esta ley.
¿Cuánto tiempo de prisión enfrentaré si me condenan por robo de identidad en Colorado?
Depende de lo que se le acuse de hacer. Simplemente poseer la información de alguien suele ser un delito menor de clase 2 con hasta 120 días en la cárcel.
Sin embargo, la mayoría de los casos de robo de identidad son delitos graves de clase 4 con penas de dos a seis años de prisión. Si tiene tres o más dispositivos financieros o información de tres o más personas, se convierte en un delito grave de clase 5 con uno a tres años de prisión.
¿Cuál es la diferencia entre usar la información de alguien y solo poseerla?
Usar la información de alguien significa que realmente intentó obtener dinero, crédito o algo de valor con ella. Poseerla significa que solo tenía la información con planes de usarla más tarde (o ayudar a alguien más a usarla).
Ambos son delitos, pero la posesión generalmente conlleva penas más leves, usualmente un delito menor en lugar de un delito grave.
¿Puedo ser acusado de robo de identidad si tenía permiso para usar la información de alguien?
No, no puede ser acusado si tenía permiso o autoridad legal para usar la información. Tener permiso es en realidad una de las defensas comunes contra cargos de robo de identidad.
La fiscalía debe probar que usó la información “sin permiso” para condenarlo por este delito.
Recursos útiles
- Agencias de informes crediticios Experian, Transunion, Equifax
- Comisión Federal de Comercio (FTC) en ftc.gov
- Oficina de Investigaciones de Colorado
- Línea directa contra fraudes en Colorado
Leyes en otros estados:
¿Arrestado en Nevada? Vea nuestros artículos sobre las leyes de robo de identidad en Nevada y el uso ilegal de la información personal identificativa de otro en Nevada (NRS 205.463).
¿Arrestado en California? Vea nuestros artículos sobre las leyes de robo de identidad en California | 530.5 PC y los actos ilegales relacionados con tarjetas identificativas en California.
Referencias legales:
- CRS 18-1-501 (6); véase también Allman v. People, 451 P.3d 826 (2019). HB 23-1293.
- People v. Perez, 2016, 367 P.3d 695.
- CRS 18-5-901 (13); véase también People v. Molina, 388 P.3d 894 (2017).
- CRS 18-5-901 (7).
- CRS 18-5-901 (6).
- CRS 18-5-901 (5).
- CRS 18-5-901 (4).
- CRS 18-5-901 (3).
- CRS 18-5-901 (14).
- CRS 18-5-902. Antes del 1 de marzo de 2022, el robo de identidad siempre fue un delito grave de clase 4. SB21-271.