NRS § 686A.2815 prohíbe el fraude de seguro de automóvil en Nevada, definido como presentar un reclamo falso para beneficios de seguro de auto. Una condena se trata como un delito grave de categoría D con
- hasta 4 años de prisión y
- una multa de hasta $5,000.
Como muestra el siguiente gráfico, los ejemplos comunes de fraude de seguro de auto son:
- Exagerar los costos de reparación de un automóvil;
- Abandonar un vehículo y afirmar que fue robado (“renuncias del propietario”);
- Daño a un vehículo y afirmar que fue un accidente (“simular un accidente”);
- Hacer una declaración falsa en una solicitud de seguro de automóvil; 1 y
- Afirmar falsamente que un accidente automovilístico causó lesiones físicas 2

A continuación, nuestros abogados de defensa criminal en Las Vegas responden preguntas frecuentes sobre el fraude de seguro de automóvil.
1. ¿Cuáles son las penas?
El fraude de seguro de automóvil es un delito grave de categoría D en Nevada. La sentencia incluye:
- 1 – 4 años en prisión estatal, y
- Una multa de hasta $5,000 (a discreción del juez)
Además, el tribunal puede ordenar que pague costas judiciales y reembolse al estado los costos de investigar el caso.3
Sin embargo, puede ser posible negociar un acuerdo de culpabilidad donde los cargos se reduzcan o incluso se desestimen.
Penas por incendio provocado
Puede ser acusado de prender fuego a su vehículo para cobrar un reclamo de seguro por accidente. En estos casos, puede enfrentar cargos por incendio provocado (NRS 205.010) además de fraude de seguro. Esto es un delito grave de categoría B, que conlleva:
- 1 – 6 años de prisión, y
- Una multa de hasta $5,000
Además, el tribunal puede ordenar que pague:
- Costas judiciales;
- Costos de investigar y procesar el caso;
- Costos de proveer servicios policiales y de bomberos para extinguir el incendio4
Los cargos por fraude de seguro de automóvil en Nevada bajo NRS 686A.2815 a menudo se combinan con cargos por incendio provocado.
2. ¿Cuáles son las mejores defensas?
Dos defensas comunes contra cargos por fraude de seguro de auto son:
- Falta de intención de defraudar; o
- Búsqueda policial ilegal
No es defensa que usted no fuera el propietario del automóvil en cuestión. Por ejemplo, un médico que conscientemente hace un informe médico falso sobre un conductor lesionado a una compañía de seguros está cometiendo fraude de seguro de automóvil.
Falta de intención de defraudar
No es fraude cuando comete errores honestos o accidentes al tratar con su aseguradora de automóvil. El proceso de hacer un reclamo puede ser muy confuso. Además, puede ser propenso a cometer errores después de un accidente traumático.
Ejemplo: El auto de Pam es robado. Ella contacta a su compañía de seguros de auto Progressive para hacer un reclamo. Luego les dice que un costoso juego de palos de golf estaba en el maletero. Los palos en realidad están en su garaje, pero ella olvidó que los había puesto allí. Como Pam cree que está diciendo la verdad, no es culpable de fraude.
El Fiscal General de Nevada tiene la carga de probar más allá de toda duda razonable que usted tuvo la intención de defraudar. Esta es una carga muy alta. A menudo, no hay evidencia física de intención. Mientras el abogado defensor pueda plantear una duda razonable, los cargos de fraude no deberían sostenerse.
Búsqueda policial ilegal
Los tribunales pueden desestimar pruebas incriminatorias obtenidas mediante una búsqueda y decomiso ilegal. El abogado defensor presentaría una moción para suprimir pruebas, que explica al juez cómo la búsqueda policial fue ilegal. Si el juez concede esta moción, el fiscal puede quedarse con un caso demasiado débil para sostener una condena por fraude de seguro de automóvil.
3. ¿Cuáles son las consecuencias migratorias?
Cualquier condena por fraude es un riesgo de deportación para no ciudadanos.5 Por lo tanto, los inmigrantes que enfrentan cargos por fraude de seguro de auto deben consultar con un abogado experimentado de inmediato.
Un abogado puede lograr que el cargo sea desestimado o cambiado a un delito no deportable. De lo contrario, puede enfrentar la expulsión de los EE. UU. si es condenado.
4. ¿Se puede sellar el historial criminal?
Sí. Las condenas por fraude de seguro de automóvil y/o incendio provocado pueden ser selladas cinco años después de que el caso se cierre. Aunque si el caso se archiva —ya sea por desestimación o absolución— puede solicitar el sellado del historial de inmediato.6
Toma hasta un año obtener el sellado del historial. Aprenda cómo solicitar el sellado de un historial criminal.
Factores como el aumento de los precios de la gasolina, el desempleo y el arrepentimiento del comprador llevan a las personas a intentar cobrar indebidamente el seguro de automóvil para obtener dinero rápido.
Para ayuda adicional…
¿Acusado de fraude de seguro de automóvil en Nevada? Llame a nuestros abogados de defensa criminal en Las Vegas para una consulta. O complete nuestro formulario de consulta en esta página.
Y vea nuestro artículo sobre las leyes de desarmaderos en Nevada.
¿En California? Visite nuestra página informativa sobre el Código Penal Sección 548-551 PC.
Referencias legales
- NRS 686A.290.
- NRS 686A.2815. Esta sección establece que:
Fraude de seguro significa consciente y voluntariamente: 1. Presentar o causar la presentación de cualquier declaración a un asegurador, reasegurador, productor, corredor o cualquier agente de los mismos, si la persona que presenta o causa la presentación de la declaración sabe que la declaración oculta u omite hechos, o contiene información falsa o engañosa sobre cualquier hecho material para una solicitud de emisión de una póliza de seguro conforme a este título. 2. Presentar o causar la presentación de cualquier declaración como parte de, o en apoyo de, un reclamo de pago u otros beneficios bajo una póliza de seguro emitida conforme a este título, si la persona que presenta o causa la presentación de la declaración sabe que la declaración oculta u omite hechos, o contiene información falsa o engañosa sobre cualquier hecho material para ese reclamo. 3. Asistir, instigar, solicitar o conspirar con otra persona para presentar o causar la presentación de cualquier declaración a un asegurador, reasegurador, productor, corredor o cualquier agente de los mismos, si la persona que asiste, instiga, solicita o conspira sabe que la declaración oculta u omite hechos, o contiene información falsa o engañosa sobre cualquier hecho material para una solicitud de emisión de una póliza de seguro conforme a este título o un reclamo de pago u otros beneficios bajo dicha póliza. 4. Actuar o no actuar con la intención de defraudar o engañar a un asegurador, reasegurador, productor, corredor o cualquier agente de los mismos, para obtener una póliza de seguro conforme a este título o cualquier producto u otros beneficios bajo dicha póliza. 5. Como profesional, asegurador o cualquier agente de los mismos, actuar para asistir, conspirar con o instar a otra persona a cometer cualquier acto u omisión especificado en esta sección mediante engaño, tergiversación u otros medios fraudulentos. 6. Aceptar cualquier producto u otros beneficios bajo una póliza de seguro emitida conforme a este título, si la persona que acepta los productos u otros beneficios sabe que los productos u otros beneficios derivan de cualquier acto u omisión especificado en esta sección. 7. Emplear a una persona para conseguir clientes, pacientes u otras personas que obtengan servicios o beneficios bajo una póliza de seguro emitida conforme a este título con el propósito de participar en cualquier acto u omisión especificado en esta sección, excepto que dicho fraude de seguro no incluye contacto o comunicación por parte de un asegurador o un agente o representante del asegurador con un cliente, paciente u otra persona si el contacto o comunicación se realiza para un propósito legal, incluyendo, sin limitación, comunicación por parte de un asegurador con un titular de una póliza de seguro emitida por el asegurador o con un reclamante sobre la resolución de cualquier reclamo contra la póliza. 8. Participar, ayudar, instigar, conspirar para cometer, solicitar a otra persona para cometer, o permitir que un empleado o agente cometa cualquier acto u omisión especificado en esta sección.
- NRS 686A.291; NRS 686A.292.
- NRS 205.030; NRS 205.034.
- 8 U.S.C. § 1227.
- NRS 179.245; NRS 179.255.