Falsificación de sellos oficiales — o el uso de sellos genuinos sin permiso — es un tipo de falsificación en Nevada bajo el NRS 205.175. La mayoría de los tipos de falsificación de sellos se procesan como un delito grave de categoría D, con:
- 1 – 4 años en la Prisión Estatal de Nevada, y
- hasta $5,000 en multas (a discreción del juez)
Mientras tanto, fabricar o vender una placa policial falsificada es un delito menor grave, con:
- hasta 364 días en la cárcel, y/o
- hasta $2,000 en multas
Sin embargo, puede ser posible que estos cargos se reduzcan o desestimen mediante un acuerdo de culpabilidad. Las posibles defensas a las acusaciones bajo el NRS 205.175 incluyen:
- El sello no era falsificado;
- El acusado no tenía intención fraudulenta; o
- El acusado tenía permiso oficial para usar el sello
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Las Vegas discuten el delito de falsificación de sellos en Nevada. Haga clic en un tema para ir a esa sección:
- 1. Definición legal
- 2. Penalizaciones
- 3. Defensas
- 4. Deportación
- 5. Sellos de expediente
- 6. Delitos relacionados

1. Definición legal
Es ilegal en Nevada usar un sello oficial fraudulento sin autorización. Específicamente, el NRS 205.175 prohíbe las siguientes cinco acciones:
- Falsificar o falsificar la firma de cualquier funcionario público o el sello de cualquier corporación;
- Colocar ilegalmente un sello verdadero en cualquier documento legal u otro escrito, y hacerlo con mala intención;
- Poseer y ocultar intencionalmente un sello falsificado sabiendo que es falsificado;
- Fabricar o vender o poseer conscientemente una placa falsificada (o identificación) de cualquier agencia de aplicación de la ley; o
- Falsificar o falsificar fraudulentamente y usar cualquiera de los siguientes:
-
- el sello estatal de Nevada,
- el sello de cualquier tribunal o funcionario público, o
- el sello de cualquier corporación
En resumen, es ilegal fabricar un sello falso, usar un sello falso o colocar un sello real en un documento sin permiso. El NRS 205.175 también prohíbe falsificar la firma de un “funcionario público”, que comprende a cualquier funcionario gubernamental electo o designado.1
2. Penalizaciones

Una violación del NRS 205.175 generalmente se castiga como un delito grave de clase D, con:
- de uno a cuatro (1 – 4) años en prisión, y
- hasta $5,000 en multas (a discreción del juez)
Sin embargo, las siguientes tres violaciones del NRS 205.175 se castigan solo como un delito menor grave:
- fabricar una placa o identificación falsificada de cualquier agencia de aplicación de la ley,
- vender conscientemente una placa o identificación falsificada de cualquier agencia de aplicación de la ley,
- poseer conscientemente una placa o identificación falsificada de cualquier agencia de aplicación de la ley
Un delito menor grave conlleva hasta 364 días en la cárcel y/o hasta $2,000 en multas.2
Sin embargo, el abogado defensor y el fiscal pueden acordar un acuerdo de culpabilidad donde los cargos se reduzcan o posiblemente se desestimen.
3. Defensas
El NRS 205.175 es un delito extremadamente amplio, por lo que las mejores estrategias de defensa dependen de los hechos únicos de cada caso. Los argumentos comunes para combatir cargos de falsificación pueden incluir:
- El sello o la firma no era falsificado;
- El acusado no tenía intención fraudulenta; o
- El acusado tenía permiso oficial para usar el sello
En cada caso penal, los fiscales tienen la carga de probar la culpabilidad más allá de una duda razonable. Por lo tanto, el trabajo del abogado defensor es examinar la evidencia y encontrar nueva evidencia para generar esa duda razonable.
Si el abogado defensor puede convencer al fiscal de que el estado no tiene evidencia suficiente para sostener un veredicto de culpabilidad, el fiscal puede aceptar un acuerdo de culpabilidad favorable o una desestimación total.
4. Deportación

Un juez de inmigración podría considerar una violación del NRS 205.175 como un delito que implica depravación moral porque requiere intención fraudulenta.3 Por lo tanto, los no ciudadanos estadounidenses que enfrentan cargos por falsificación deben contratar a un abogado para intentar que el caso sea desestimado o reducido a un delito menor que no sea deportable.
5. Sellos de expediente
Las personas condenadas por un delito grave de categoría D deben esperar cinco (5) años después de que termine el caso antes de solicitar al tribunal que selle el caso. Pero el período de espera es solo de dos (2) años si la condena fue por un delito menor grave.4
Tenga en cuenta que no hay período de espera para solicitar un sello de expediente si el acusado fue absuelto en el juicio o si el fiscal desestimó el caso.5
6. Delitos relacionados
6.1. Delitos de identificación falsa en Nevada (NRS 205.460 – 205.465)
La sentencia para delitos de identificación falsa depende de las circunstancias del caso:
| Delito de identificación falsa | Castigo |
|---|---|
| Tener una identificación falsa para beber, apostar o comprar cigarrillos (NRS 205.460) | Delito menor:
|
| Vender o transferir una identificación falsa para beber, apostar o comprar cigarrillos (NRS 205.460) | Delito menor grave:
|
| Tener una identificación falsa para hacerse pasar por otra identidad (NRS 205.465) | Delito grave de categoría E:
Libertad condicional y sentencia suspendida. (Pero si el acusado tiene dos o más condenas previas por delitos graves, el tribunal puede imponer de uno a cuatro años en la Prisión Estatal de Nevada y hasta $5,000 en multas.) |
| Vender o regalar una identificación falsa (NRS 205.465)
o Tener una identificación falsa para ejecutar falsificación, fraude con tarjeta de débito o fraude con tarjeta de crédito, o fraude en línea (NRS 205.465) |
Delito grave de categoría C:
|
| Vender o regalar la información personal de identificación de una persona de 60 años o más, una persona vulnerable, o de cinco (5) o más personas (NRS 205.465)
o Causar que otra persona sufra una pérdida financiera o daño de $3,000 o más como resultado de vender o transferir información personal de identificación (NRS 205.465) |
Delito grave de categoría B:
|
6.2. Suplantación falsa (NRS 205.450)
La suplantación falsa ocurre cuando una persona se hace pasar falsamente por otra cuando:
- se casa,
- realiza una transacción inmobiliaria,
- confiesa un delito o juicio civil,
- actúa como fiador o garante en un procedimiento legal, o
- realiza cualquier otro acto en el curso de una demanda o procedimiento que ponga en peligro los intereses financieros de otra persona
La suplantación falsa es un delito grave de categoría C, con:
- 1 – 5 años en prisión, y
- hasta $10,000 en multas (a discreción del juez)
Además, el acusado debe pagar la restitución a la víctima (si corresponde).
6.3. Falsificación (NRS 205.090)
La falsificación ocurre cuando alguien intenta intencionalmente defraudar a otra persona usando documentos falsificados. Al igual que con la falsificación de sellos, la sentencia es:
- 1 – 4 años en prisión, y
- hasta $5,000 en multas (a discreción del juez)
Además, el acusado debe pagar la restitución a la víctima (si corresponde).

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Si enfrenta cargos penales en Nevada, por favor llame a nuestros abogados de defensa criminal en Las Vegas para una consulta. Nuestra misión es hacer todo lo posible para luchar por una reducción de cargos o una absolución. Y si es necesario, nuestros abogados experimentados en sala de juicio llevarán su caso hasta el juicio y abogarán con celo por un veredicto de “no culpable”. Mientras tanto, estamos aquí para acompañarlo durante todo el proceso para que se mantenga informado, empoderado y confiado en que está recibiendo la mejor representación disponible.
¿Arrestado en California? Vea nuestro artículo sobre el Código Penal 472 PC.
¿Arrestado en Colorado? Vea nuestro artículo sobre las leyes de falsificación de Colorado.
Referencias legales
-
NRS 205.175 Falsificación de sellos; falsificación de firmas de funcionarios públicos; venta o posesión de placa o identificación falsificada de agencia de aplicación de la ley.
1. Una persona que:
(a) Falsifica o falsifica fraudulentamente el Sello de este Estado, o el sello de cualquier tribunal o funcionario público con derecho legal a tener y usar un sello, o el sello de cualquier corporación, y hace uso del sello;
(b) Falsifica o falsifica la firma de cualquier funcionario público, o el sello de cualquier corporación;
(c) Coloca ilegal y corruptamente, y con mala intención, un sello verdadero en cualquier comisión, escritura, orden, indulto, certificado u otro escrito; o
(d) Tiene en su posesión o custodia un sello falsificado, y lo oculta intencionalmente, sabiendo que está falsificado,
–> es culpable de un delito grave de categoría D y será castigado según lo dispuesto en el NRS 193.130.
2. Una persona que fabrica o vende o posee conscientemente una placa o identificación falsificada de cualquier agencia de aplicación de la ley es culpable de un delito menor grave.
NRS 205.4627 Definición de “funcionario público”. “Funcionario público” significa una persona que:
1. Es elegida o designada para un cargo establecido por la Constitución o una ley de este estado, o por una carta o ordenanza de una subdivisión política de este estado; o
2. De otro modo sirve como funcionario para un organismo público.
- Id.
- Véase INA 212(a)(2)(a)(i).
- NRS 179.245.
- NRS 179.255.