En Nevada, agresión a una persona protegida es el uso consciente de fuerza física ilegal contra policías, bomberos, oficiales correccionales, funcionarios judiciales o ciertos empleados estatales o civiles. Ejemplos de este delito incluyen:
- Golpear a un oficial de la Patrulla de Carreteras de Nevada,
- Lanzar un objeto a un bombero voluntario,
- Escupir a un carcelero,
- Patear a un alguacil, o
- Empujar a un fiscal.

La agresión a un oficial de paz u otra persona protegida conlleva penas más severas que la agresión simple si usted sabe —o debería saber— que la víctima es una persona protegida en servicio. Como muestra la siguiente tabla, los castigos dependen de si la persona protegida sufrió daño corporal sustancial o si se usaron armas mortales.
| Sentencia en Nevada por agresión a una persona protegida | |
| La persona protegida no sufrió lesiones graves ni estrangulamiento | Delito menor grave: Hasta $2,000 y/o hasta 364 días en la cárcel |
| La persona protegida sí sufrió lesiones graves o estrangulamiento O se usó un arma mortal | Delito grave categoría B: Hasta $10,000 y/o de 2 a 10 años en Prisión Estatal de Nevada |
| La persona protegida sí sufrió lesiones graves o estrangulamiento Y se usó un arma mortal | Delito grave categoría B: Hasta $10,000 y/o de 2 a 15 años en la Prisión Estatal de Nevada |
Sin embargo, en muchos casos hemos logrado negociar un acuerdo para reducir un cargo de “agresión a un oficial de paz” a “agresión simple”. Esto es solo un delito menor que conlleva:
- Multas de hasta $1,000, y/o
- Hasta 6 meses en la cárcel.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Las Vegas abordan los siguientes temas sobre la agresión a un oficial de paz y otras personas protegidas en Nevada.
- 1. Elementos
- 2. Defensas
- 3. Consecuencias colaterales
- 4. Sellado de antecedentes
- 5. Delitos relacionados
- Preguntas frecuentes
- Lectura adicional
1. Elementos
Para que lo condenen por “agresión a una persona protegida” en Nevada, los fiscales deben probar los siguientes tres elementos más allá de toda duda razonable:
- Que usted cometió agresión contra la víctima;
- Que la víctima era una persona protegida; y
- Que la persona protegida estaba en servicio activo, y usted sabía (o debería haber sabido) esto.
Cada uno de estos elementos se explica a continuación.
1) Usted cometió agresión contra la víctima
Agresión es el uso voluntario e ilegal de fuerza o violencia contra otra persona, como empujar, morder, escupir o lanzar objetos. El contacto físico constituye agresión solo si fue intencional.
2) La víctima era una persona protegida
En Nevada, las “personas protegidas” incluyen:
- Oficiales deportivos,
- Empleados escolares,
- Taxistas,
- Operadores de transporte público,
- Trabajadores de servicios públicos,
- Proveedores de atención médica, y
- Oficiales de paz.
Los “oficiales de paz”, a su vez, comprenden las siguientes ocupaciones:
- Oficiales de policía (también llamados oficiales de paz),
- Bomberos (incluidos voluntarios),
- Oficiales correccionales, incluidos carceleros, guardias y matrons,
- Funcionarios judiciales, como jueces, maestros de audiencias, comisionados y árbitros,
- Cualquier empleado estatal cuyo trabajo incluya visitas domiciliarias,
- Ciertos empleados civiles y voluntarios de agencias de aplicación de la ley, agencias de bomberos, Nevada y subdivisiones políticas de Nevada.
3) La persona protegida estaba en servicio activo, y usted sabía (o debería haber sabido) esto
El último elemento del delito de agresión a un oficial de paz en Nevada es, a su vez, doble:
- La agresión ocurrió mientras la persona protegida desempeñaba sus funciones, y
- Usted sabía (o debería haber sabido) que la supuesta víctima era una persona protegida.
Por lo tanto, su estado mental es fundamental para determinar si pudo haber ocurrido una “agresión a un oficial de paz u otra persona protegida”.1
Ejemplo: John camina furioso por el Strip tras perder su trabajo. Un oficial de civil en servicio le grita que disminuya la velocidad porque la calle está llena de peatones. Esto enfurece a John, quien golpea al oficial en la nariz.
El oficial lo arresta por agresión a un oficial de paz. Pero como John no sabía que era un oficial —y menos que estaba en servicio— puede ser condenado por agresión, pero no por agresión a un oficial de paz. Si el oficial hubiera estado con uniforme, John habría tenido aviso razonable de que trataba con la policía.
Golpear a un oficial de paz conlleva penas más severas que golpear a un civil.
2. Defensas
Aquí en Las Vegas Defense Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de agresión, incluyendo contra oficiales de paz y otras personas protegidas. En nuestra experiencia, las siguientes cuatro defensas han demostrado ser muy efectivas ante jueces, jurados y fiscales para lograr que se reduzcan o desestimen estos cargos.
1) No ocurrió agresión
No es agresión a un oficial de paz gritarle a un oficial o huir de él. Si podemos demostrar al fiscal que no hubo violencia, entonces usted podría enfrentar cargos por alteración del orden público o incluso resistencia al arresto, pero no por agresión a una persona protegida.
2) El incidente fue un accidente
La agresión a una persona protegida es un delito intencional. Por lo tanto, solo puede ser declarado culpable si el fiscal prueba que usted deliberadamente usó fuerza física ilegal contra un oficial de paz.
Ejemplo: Douglas es un espectador en un mitin político concurrido en Laughlin. En un momento se desata una pelea y alguien choca con Douglas, quien cae sobre un oficial de policía en servicio que patrulla el área. El oficial arresta inmediatamente a Douglas por agresión a un oficial de paz.
Afortunadamente, otro espectador grabó todo el incidente con un iPhone. Cuando el fiscal vio que Douglas no tuvo culpa en caer sobre el oficial, retiró los cargos.
En resumen, el contacto accidental puro no es un delito.
3) La persona protegida no estaba en servicio activo, o usted no sabía que era protegida
Si podemos demostrar que la persona protegida no estaba en servicio al momento del incidente (o que usted no tenía razón para saber que era una persona protegida en servicio), entonces podría enfrentar cargos menores por agresión, pero no por agresión a una persona protegida.
Las pruebas típicas en estos casos incluyen videos de vigilancia y testimonios de testigos.
4) Usted actuó en legítima defensa
Si la persona protegida excedió sus límites y ilegalmente le causó temor por su seguridad física, usted podría alegar legítima defensa.
Ejemplo: Un oficial de policía patrulla las calles cuando ve a Max, quien tiene una aventura con la esposa del oficial. El oficial comienza a golpear a Max, quien se defiende. Aquí, Max puede alegar legítima defensa porque el oficial no tenía justificación legal para usar fuerza física contra Max. El asunto era personal y el oficial no actuaba en el curso de sus funciones.
Los videos de vigilancia y testimonios de testigos también son pruebas clave en estos casos.
Una posible defensa a la “agresión a un oficial” es que usted no sabía que era un oficial.
3. Consecuencias colaterales
Una condena en Nevada por agresión a un oficial de paz conlleva no solo encarcelamiento y multas:
- Si usted es inmigrante no ciudadano, puede perder su visa o tarjeta de residencia y ser deportado;
- Si su condena es por un delito grave, perderá sus derechos de armas de por vida;2
- Si tiene una licencia profesional, la junta de licencias podría sancionarlo suspendiendo o revocando su licencia.
Por lo tanto, se recomienda a cualquier persona enfrentando cargos por agresión que busque asesoría legal inmediatamente para intentar reducir o desestimar el caso. Su sustento podría depender de ello.
4. Sellado de antecedentes
El tiempo de espera para sellar una condena por delito menor grave de agresión a un oficial de paz u otra persona protegida es de dos años desde que se cierra el caso. (También hay un tiempo de espera de dos años para sellar condenas por agresión simple, que son solo delitos menores.)
Mientras tanto, hay un tiempo de espera de diez años para sellar una condena por delito grave de agresión a una persona protegida.
Sin embargo, si su cargo es desestimado (es decir, no hay condena), puede solicitar el sellado de antecedentes inmediatamente en Nevada.3
5. Delitos relacionados
- Agresión (NRS 200.471)
- Agresión con arma mortal (NRS 200.471)
- Agresión en violencia doméstica (NRS 200.485)
- Agresión con arma mortal (NRS 200.481)
- Agresión con intención de cometer un delito (NRS 200.400)
- Agresión con daño corporal sustancial (NRS 200.481)
Muchos casos de “agresión a un oficial de paz” ocurren en protestas que se convierten en disturbios.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ser acusado de agresión a un oficial en un evento deportivo o concierto?
Sí, y ocurre más a menudo de lo que piensa. Las tensiones pueden ser altas en eventos como partidos de los Raiders o Golden Knights. Si se pelea por un asiento o una bebida derramada y empuja, escupe o lanza un objeto a un oficial de policía o guardia de seguridad que interviene, puede ser acusado de un delito grave.
¿Significa “agresión” que tengo que herir realmente al oficial?
No. En Nevada, agresión es cualquier “uso voluntario e ilegal de fuerza”. Simplemente escupir a un oficial, tocarlo en el pecho o arrojarle un líquido constituye agresión. Puede ser condenado por un delito grave aunque el oficial no haya sufrido dolor o lesión.
¿Qué pasa si el oficial estaba de civil y yo no lo sabía?
El conocimiento es un elemento clave de este delito. Si el oficial no estaba uniformado, no mostró placa ni se identificó, su abogado puede argumentar que usted no pudo saber que era una persona protegida. Esta defensa puede lograr que el cargo se reduzca a una agresión simple, que es un delito menor.
¿Una condena puede llevar a la deportación?
Es una posibilidad alta. La agresión a un oficial de paz a menudo se clasifica como un “delito que implica depravación moral” o un “delito grave agravado” bajo la ley federal de inmigración. Los no ciudadanos condenados por este delito enfrentan un alto riesgo de perder su visa o tarjeta de residencia y ser deportados.
Lectura adicional
Para información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Agresión agravada – El puño o los dientes como arma peligrosa – Louisiana Law Review.
- Agresión territorial – Ampliando el Código Penal de California respecto a agresión a oficiales de cumplimiento – McGeorge Law Review.
- Lo razonable: legítima defensa y error en derecho penal y civil – Lewis & Clark Law Review.
- Defensa de reclamos de legítima defensa de mujeres maltratadas – Oregon Law Review.
- Agresión y lesiones – Lesiones sufridas en pelea de premio – Consentimiento como barrera a responsabilidad civil – Vanderbilt Law Review.
Referencias legales:
- NRS 200.481 – Agresión: definiciones; penas
1. Como se usa en esta sección:
(a) “Agresión” significa cualquier uso voluntario e ilegal de fuerza o violencia sobre la persona de otro.
(b) “Niño” significa una persona menor de 18 años.
(c) “Agencia de bomberos” tiene el significado que se le atribuye en NRS 239B.020.
(d) “Oficial” significa:
(1) Una persona que posee algunos o todos los poderes de un oficial de paz;
(2) Una persona empleada en una ocupación asalariada a tiempo completo de lucha contra incendios para beneficio o seguridad del público;
(3) Un miembro de un departamento de bomberos voluntario;
(4) Un carcelero, guardia, matrona u otro oficial correccional de una cárcel o centro de detención de ciudad o condado;
(5) Un fiscal de una agencia o subdivisión política de los Estados Unidos o de este Estado;
(6) Un juez de la Corte Suprema, juez de la Corte de Apelaciones, juez de distrito, juez de paz, juez municipal, magistrado, comisionado de tribunal, maestro o árbitro, incluyendo, sin limitación, a una persona que actúe pro tempore en una capacidad listada en este subpárrafo;
(7) Un empleado de este Estado o una subdivisión política de este Estado cuyas funciones oficiales requieren hacer visitas domiciliarias;
(8) Un empleado civil o voluntario de una agencia de aplicación de la ley cuyas funciones oficiales requieren:
(I) Interactuar con el público;
(II) Realizar tareas relacionadas con la aplicación de la ley; y
(III) Usar identificación, ropa o uniforme que lo identifique como empleado o voluntario de la agencia de aplicación de la ley;
(9) Un empleado civil o voluntario de una agencia de bomberos cuyas funciones oficiales requieren:
(I) Interactuar con el público;
(II) Realizar tareas relacionadas con la lucha contra incendios o prevención de incendios; y
(III) Usar identificación, ropa o uniforme que lo identifique como empleado o voluntario de la agencia de bomberos; o
(10) Un empleado civil o voluntario de este Estado o una subdivisión política de este Estado cuyas funciones oficiales requieren:
(I) Interactuar con el público;
(II) Realizar tareas relacionadas con la aplicación de códigos; y
(III) Usar identificación, ropa o uniforme que lo identifique como empleado o voluntario de este Estado o subdivisión política.
(e) “Proveedor de atención médica” tiene el significado que se le atribuye en NRS 200.471.
(f) “Empleado escolar” significa una persona licenciada o no licenciada empleada por una junta de fideicomisarios de un distrito escolar conforme a NRS 391.100 o 391.281.
(g) “Evento deportivo” tiene el significado que se le atribuye en NRS 41.630.
(h) “Oficial deportivo” tiene el significado que se le atribuye en NRS 41.630.
(i) “Estrangulamiento” significa aplicar intencionalmente presión suficiente a otra persona para dificultar o imposibilitar la respiración, incluyendo, sin limitación, aplicar presión al cuello, garganta o tráquea que pueda impedir o dificultar la respiración o reducir la entrada de aire, o aplicar presión en cualquiera de los lados del cuello sobre las arterias carótidas, pero no sobre la tráquea misma, para detener el flujo de sangre al cerebro.
(j) “Taxi” tiene el significado que se le atribuye en NRS 706.8816.
(k) “Taxista” significa una persona que opera un taxi.
(l) “Operador de transporte” significa una persona que opera un autobús u otro vehículo como parte de un sistema público de transporte masivo.
(m) “Trabajador de servicios públicos” significa un empleado de una utilidad pública según NRS 704.020 cuyas funciones oficiales requieren:
(1) Interactuar con el público;
(2) Realizar tareas relacionadas con la operación de la utilidad pública; y
(3) Usar identificación, ropa o uniforme que lo identifique como empleado de la utilidad pública.
2. Excepto como se dispone en NRS 200.485, una persona condenada por agresión, excepto una agresión cometida por un adulto contra un niño que constituya abuso infantil, será castigada:
(a) Si la agresión no se cometió con un arma mortal y no resultó daño corporal sustancial a la víctima, salvo en circunstancias donde esta sección o NRS 197.090 dispongan una pena mayor, como delito menor.
(b) Si la agresión no se cometió con un arma mortal y resultó daño corporal sustancial a la víctima o la agresión se cometió por estrangulamiento, como delito grave categoría C según NRS 193.130.
(c) Si:
(1) La agresión se cometió contra:
(I) Un oficial, empleado escolar, taxista, operador de transporte o trabajador de servicios públicos que estaba desempeñando su función;
(II) Un proveedor de atención médica mientras desempeñaba su función o estaba en el lugar donde la realiza; o
(III) Un oficial deportivo basado en el desempeño de sus funciones en un evento deportivo;
(2) El oficial, proveedor de atención médica, empleado escolar, taxista, operador de transporte, trabajador de servicios públicos u oficial deportivo sufrió daño corporal sustancial o la agresión se cometió por estrangulamiento; y
(3) La persona acusada sabía o debería haber sabido que la víctima era un oficial, proveedor de atención médica, empleado escolar, taxista, operador de transporte, trabajador de servicios públicos u oficial deportivo,
–> como delito grave categoría B con prisión estatal por un término mínimo no menor a 2 años y máximo no mayor a 10 años, o multa no mayor a $10,000, o ambas.
(d) Si la agresión:
(1) Se cometió contra:
(I) Un oficial, empleado escolar, taxista, operador de transporte o trabajador de servicios públicos que estaba desempeñando su función;
(II) Un proveedor de atención médica mientras desempeñaba su función o estaba en el lugar donde la realiza; o
(III) Un oficial deportivo basado en el desempeño de sus funciones en un evento deportivo; y
(2) La persona acusada sabía o debería haber sabido que la víctima era un oficial, proveedor de atención médica, empleado escolar, taxista, operador de transporte, trabajador de servicios públicos u oficial deportivo,
–> como delito menor grave, salvo en circunstancias donde esta sección disponga una pena mayor.
(e) Si la agresión se cometió con el uso de un arma mortal, y:
(1) No resultó daño corporal sustancial a la víctima, como delito grave categoría B con prisión estatal por un término mínimo no menor a 2 años y máximo no mayor a 10 años, y puede ser sancionado con multa no mayor a $10,000.
(2) Resultó daño corporal sustancial a la víctima o la agresión se cometió por estrangulamiento, como delito grave categoría B con prisión estatal por un término mínimo no menor a 2 años y máximo no mayor a 15 años, y puede ser sancionado con multa no mayor a $10,000.
(f) Si la agresión fue cometida por un condenado en libertad condicional, un preso bajo custodia o confinamiento legal o un liberado condicional, sin uso de arma mortal, con o sin daño corporal sustancial y con o sin estrangulamiento, como delito grave categoría B con prisión estatal por un término mínimo no menor a 1 año y máximo no mayor a 6 años.
(g) Si la agresión fue cometida por un condenado en libertad condicional, un preso bajo custodia o confinamiento legal o un liberado condicional, con uso de arma mortal, y:
(1) No resultó daño corporal sustancial a la víctima, como delito grave categoría B con prisión estatal por un término mínimo no menor a 2 años y máximo no mayor a 10 años.
(2) Resultó daño corporal sustancial a la víctima o la agresión se cometió por estrangulamiento, como delito grave categoría B con prisión estatal por un término mínimo no menor a 2 años y máximo no mayor a 15 años.
Véase, por ejemplo, Byars v. State (Nev. 2014) 336 P.3d 939; Allen v. State (Nev. Court of Appeals, 2022) 507 P.3d 1237. Véase también City of Las Vegas v. Las Vegas Police Protective Ass’n (9 de enero de 2025) 141 Nev. Adv. Op. 1 (los tribunales examinarán detenidamente las funciones específicas y la categorización legal de la víctima para determinar si aplica la agravante de “oficial”). - 8 U.S.C. § 1227. NRS 202.360.
- NRS 179.245. NRS 179.255.