NRS § 197.190 es el estatuto de Nevada que tipifica como delito obstruir a un funcionario público. Esto se define como hacer declaraciones falsas, obstaculizar o retener información a un funcionario público.
Los funcionarios públicos incluyen a empleados públicos del gobierno como policías o jueces.
El texto de NRS 197.190 establece que:
Toda persona que, después de la debida notificación, se niegue o descuide hacer o proporcionar cualquier declaración, informe o información legalmente requerida por cualquier funcionario público, o que, en dicha declaración, informe o información haga alguna declaración intencionalmente falsa, engañosa o exagerada, o que obstaculice, retrase o impida intencionalmente a cualquier funcionario público en el ejercicio de sus poderes o deberes oficiales, será, cuando no se aplique otra disposición legal, culpable de un delito menor.
Obstruir a un funcionario público es un delito menor, con un castigo máximo de:
- 6 meses de cárcel, y/o
- $1,000 en multas
Un abogado defensor puede ser capaz de negociar un acuerdo para que el caso termine en un sobreseimiento completo. Tres estrategias típicas de defensa para las acusaciones de obstrucción son:
- tu conducta no fue obstrucción,
- fuiste acusado falsamente, o
- no tuviste intención criminal
En este artículo, nuestros abogados defensores penales en Las Vegas, Nevada discuten los siguientes temas sobre obstrucción a un funcionario público:
- 1. ¿Qué establece la NRS 197.190?
- 2. ¿Cuáles son las penas?
- 3. ¿Cuáles son las mejores defensas?
- 4. ¿Es este delito motivo de deportación?
- 5. ¿Cuándo puedo obtener el sellado de antecedentes penales?
- 6. Delitos relacionados
1. ¿Qué establece la NRS 197.190?
NRS 197.190 define el delito en Nevada de obstruir a un funcionario público, que comprende cualquiera de las siguientes tres acciones:
- negarse a proporcionar información — o descuidar proporcionarla — a un funcionario público cuando legalmente estás obligado a hacerlo; o
- mentir deliberadamente a un funcionario público; o
- obstaculizar deliberadamente a un funcionario público para que no cumpla con sus deberes oficiales
Un “funcionario público” es cualquier empleado del gobierno estatal o local en Nevada. Esto incluye a todos, desde policías y jueces hasta concejales y senadores.1
En resumen, es ilegal impedir que los funcionarios gubernamentales realicen su trabajo. Tenga en cuenta que generalmente no se considera obstrucción negarse a decirle a un policía su nombre, a menos que la negativa dificulte que la policía realice su trabajo: 2
Ejemplo: Un policía recibe un aviso de que Ken ha entrado sin permiso a un casino del que fue expulsado. El policía se acerca a Ken y le pregunta su nombre. Ken se niega a decírselo. En esta situación, Ken probablemente podría ser arrestado por obstrucción porque su nombre era necesario para la investigación policial del allanamiento.3
La NRS 197.190 tipifica la obstrucción a la policía como un delito menor.
2. ¿Cuáles son las penas?
La obstrucción a un funcionario público se procesa como un delito menor en Nevada. La posible sentencia puede incluir:
- hasta seis (6) meses de cárcel, y/o
- hasta $1,000 en multas4
Para una primera ofensa, el juez puede aceptar “desestimar” el cargo después de que cumplas con los términos de la sentencia. Un sobreseimiento significa que no hay condena.
3. ¿Cuáles son las mejores defensas?
Qué defensas son más efectivas en un caso de “obstrucción a un funcionario público” en Nevada depende de los hechos del incidente. Tres estrategias de defensa comunes son:
- Tus acciones fueron legales: Que un funcionario público crea que fue obstruido no significa necesariamente que así haya sido. Tal vez el funcionario malinterpretó tus acciones o tenía una idea equivocada sobre qué es obstrucción. Mientras el fiscal no pueda probar que tus acciones alcanzaron el nivel de obstrucción, no eres penalmente responsable por obstruir a un funcionario público.
- Fuiste acusado falsamente: Tal vez el funcionario público estaba frustrado y te acusó por frustración. O tal vez fuiste identificado erróneamente como la persona que cometió la obstrucción. Si el abogado defensor puede demostrar que fuiste víctima de acusaciones falsas, los cargos penales no deberían sostenerse.
- No actuaste intencionalmente: Dar información errónea a un funcionario público es un delito solo si sabías que era información falsa. Si genuinamente creías que todo lo que dijiste era veraz y exacto, entonces no ocurrió una violación de la NRS 197.190.
Recuerda que la fiscalía tiene la carga de probar tu culpabilidad más allá de toda duda razonable antes de que puedas ser condenado. Si el abogado defensor puede demostrar que la evidencia del estado contra ti es problemática, inconclusa o inexistente, cualquier cargo por obstrucción a un funcionario público debería ser desestimado.
4. ¿Es este delito motivo de deportación?
Violar la NRS 197.190 no se clasifica típicamente como un delito motivo de deportación. Sin embargo, cualquier no ciudadano enfrentando cargos penales puede ser vulnerable a ser expulsado de los Estados Unidos, especialmente en el clima político actual donde las leyes de inmigración parecen estar en constante cambio.
Se recomienda a los inmigrantes acusados de un delito que busquen asesoría legal de un abogado con experiencia tanto en inmigración como en derecho penal. El abogado puede persuadir al fiscal para que desestime el caso o cambie el cargo a un delito no deportable.
5. ¿Cuándo puedo obtener el sellado de antecedentes penales?
Si eres condenado por “obstruir a un funcionario público”, debes esperar un (1) año antes de poder obtener el sellado de antecedentes.5 Aunque si el caso es desestimado (lo que significa que no hubo condena), entonces puedes obtener el sellado inmediatamente.6
El proceso de sellado de antecedentes penales es muy largo y confuso, y un error puede retrasarte meses. Aprende más sobre cómo solicitar el sellado de antecedentes penales en Nevada.
Obstruir a la policía conlleva hasta seis meses de cárcel y/o hasta $1,000 en multas.
6. Delitos relacionados
Interferir con un funcionario público (NRS 197.090)
Interferir con un funcionario público es como una versión más grave de la obstrucción. En contraste con obstruir a un funcionario público — que implica una no cooperación más pasiva — interferir con un funcionario público implica intentos más activos de impedir que un funcionario público cumpla con sus deberes legales mediante el uso de
- fuerza,
- violencia o
- amenazas.
Violar la NRS 197.090 es un delito menor grave, con
- hasta 364 días de cárcel y/o
- hasta $2,000 en multas.
Resistencia al arresto (NRS 199.280)
Resistirse al arresto es obstaculizar deliberadamente a la policía en el cumplimiento de sus deberes legales, como realizar un arresto. Violar la NRS 199.280 sin armas es un delito menor, con
- hasta seis (6) meses de cárcel y/o
- hasta $1,000 en multas.
Sin embargo, el delito se convierte en un delito grave si posees armas de fuego u otras armas.
Huir de la policía (NRS 484B.550)
Huir de la policía bajo la NRS 484B.550 ocurre cuando alguien intencionalmente continúa conduciendo después de que la policía ha señalado al conductor que se detenga con luces rojas intermitentes y sirena. Normalmente se procesa como un delito menor, con
- hasta seis (6) meses de cárcel y/o
- hasta $1,000 en multas.
Sin embargo, huir se convierte en un delito grave si el conductor
- conducía de manera peligrosa,
- estaba bajo la influencia de alcohol o drogas, o
- causó lesiones o muerte.
Aprende más en nuestro artículo sobre huir de la policía y causar lesiones.
Hacer un informe policial falso (NRS 207.280)
Hacer un informe policial falso es conscientemente hacer un reporte falso a la policía de que ocurrió un delito.
Violar la NRS 207.280 es un delito menor, con
- hasta seis (6) meses de cárcel y/o
- hasta $1,000 en multas.
Además, se puede ordenar que reembolse a la policía por cualquier costo incurrido durante la investigación de la denuncia falsa.
Agresión a un oficial de policía (NRS 200.481)
Como su nombre indica, la agresión a un oficial de policía es infligir fuerza física ilegal a un miembro de la ley. Ejemplos incluyen
- golpear,
- escupir, o
- lanzar objetos contra.
Agredir a un oficial de policía es típicamente un delito menor grave, con
- hasta 364 días de cárcel y/o
- hasta $2,000 en multas.
Sin embargo, si estrangulaste al oficial o le causaste daño corporal sustancial, la agresión a un oficial de policía se convierte en un delito grave categoría B. Estas penas incluyen:
- de dos a diez (2 – 10) años en la prisión estatal de Nevada, y/o
- hasta $10,000 en multas
Tenga en cuenta que el rango de prisión puede aumentar a quince (15) años si el incidente involucra un arma mortal.
Fuga de prisión (NRS 212.090)
Fugarse de la custodia ocurre cuando sospechosos o convictos escapan de prisión, cárcel o custodia policial. Las penas dependen del delito por el que estabas encarcelado.
Referencias legales
- NRS 197.190 – Obstrucción a funcionario público. Toda persona que, después de la debida notificación, se niegue o descuide hacer o proporcionar cualquier declaración, informe o información legalmente requerida por cualquier funcionario público, o que, en dicha declaración, informe o información haga alguna declaración intencionalmente falsa, engañosa o exagerada, o que obstaculice, retrase o impida intencionalmente a cualquier funcionario público en el ejercicio de sus poderes o deberes oficiales, será, cuando no se aplique otra disposición legal, culpable de un delito menor. Véase también Willson v. Dist. Ct. (2024) 140 Nev. Adv. Op. 7 (“Concluimos que (1) la NRS 197.190 se aplica solo a conductas físicas o palabras de pelea que están específicamente destinadas a obstaculizar, retrasar o impedir a un funcionario público y, por lo tanto, (2) la NRS 197.190, según la interpretación de este tribunal, no es inconstitucionalmente amplia o vaga[.]”).
- Carey v. Nev. Gaming Control Bd. (9th Cir., 2002) 279 F.3d 873 (Negarse a dar el nombre a la policía no es motivo de arresto si el nombre no es necesario para que la policía cumpla con sus deberes.).
- Tsao v. Desert Palace, Inc. (9th Cir., 2012) 698 F.3d 1128 (No dar el nombre a la policía puede considerarse obstrucción — y motivo de arresto — cuando el nombre es necesario para que la policía cumpla con sus deberes).
- NRS 197.190.
- NRS 179.245.
- NRS 179.255.