Coacción puede ser una defensa para ciertos cargos penales en Colorado. Al alegar la defensa de coacción, usted afirma que solo cometió el delito porque fue obligado a hacerlo. La defensa protege a las personas que no tuvieron una oportunidad justa de cumplir con la ley.
CRS 18-1-708 es el estatuto de Colorado que define la coacción. La sección establece que:
Una persona no puede ser condenada por un delito, que no sea un delito grave de clase 1, basado en una conducta en la que participó bajo la dirección de otra persona debido al uso o amenaza de uso de fuerza ilegal sobre él o sobre otra persona, fuerza o amenaza de uso que una persona razonable en su situación no habría podido resistir. Esta defensa no está disponible cuando una persona se coloca intencionalmente o imprudentemente en una situación en la que es previsible que será sometida a tal fuerza o amenaza de uso. La defensa de elección de males, prevista en la sección 18-1-702, no estará disponible para un acusado además de la defensa de coacción prevista en esta sección a menos que existan hechos separados que justifiquen su aplicación.
Ejemplos
- Una pandilla secuestra a la familia de John. Le dicen que robe un auto o su familia morirá. John roba el auto bajo coacción.
- Una cajera de banco abre la caja fuerte porque el atracador del banco le apunta con un arma a la cabeza.
Presentar una defensa de coacción puede evitar una condena por un delito grave. Un abogado defensor penal en Colorado puede ayudar a invocarla. En este artículo, un abogado explica los siguientes puntos de la defensa de coacción en Colorado:
1. Elementos de la Coacción
La defensa legal de coacción funciona demostrando que usted solo cometió un delito bajo fuerza ilegal o la amenaza de ella. Esa amenaza de fuerza ilegal debe ser suficiente para impedir que usted resista la amenaza. Puede dirigirse a usted o a otra persona. La amenaza debe ser tanto específica como inminente.
Los acusados que alegan la defensa de coacción en Colorado deben demostrar los siguientes tres elementos:
- Una amenaza inminente de muerte o daño,
- Un temor bien fundado de que la amenaza se llevaría a cabo, y
- No tener una forma razonable de escapar del daño amenazado.1
La defensa de coacción también es conocida como:
- Compulsión, y
- Coerción.
¿Qué tan inminente debe ser la amenaza de fuerza?
Si la coacción provino de una amenaza, esa amenaza debe involucrar fuerza que sea:
- Presente,
- Inminente, y
- Inminente.2
Las amenazas de fuerza en un futuro lejano no son suficientes para una defensa de coacción. Por ejemplo:
- Paul y Billy son prisioneros. Paul amenaza con asesinar a Billy “si alguna vez salimos de este lío.” La amenaza no es inminente.
- A un recluso se le dice que esconda cocaína. Otros reclusos amenazan con agredirlo y lastimar a su esposa e hijo si se niega. La amenaza es inminente.3
Una amenaza de fuerza no es inminente si puede ser evitada. Los acusados no están bajo coacción si tienen tiempo y oportunidad para acudir a la policía o escapar de la persona que hace las amenazas.4
¿Qué tan específica debe ser la amenaza?
Una amenaza de fuerza ilegal debe ser particular para respaldar una defensa de coacción.
Las amenazas vagas o que no indican quién será lastimado no son suficientes. Las amenazas deben indicar claramente qué sucederá si el acusado no comete el delito. No pueden permitir que el acusado especule o se pregunte sobre el resultado.5
Ejemplo: Se encuentra a un recluso portando un arma oculta. Él afirma que tuvo que esconderla para evitar ser visto como un soplón y castigado por otros reclusos. El castigo propuesto carece de especificidad.6
¿Qué tan grave debe ser la fuerza ilegal?
La fuerza ilegal o amenaza debe ser lo suficientemente grave como para hacer que una persona razonable en la misma situación se someta a ella. La fuerza o amenaza debe dejarle sin una alternativa razonable más que cometer el delito.7
En teoría, la fuerza amenazada debe ser peor que el delito cometido bajo coacción.
Ejemplos de amenazas que fueron suficientes para una defensa de coacción incluyen:
- Un prisionero es maltratado en la cárcel. Tiene una conferencia próxima en una escuela secundaria. Le dicen que lleve drogas o que no regrese. Durante la conferencia, él escapa de la custodia.8
- A un recluso se le dice que esconda heroína. Otros reclusos amenazan con golpearlo y lastimar a su esposa e hijo si se niega a esconder las drogas.9
2. Cómo probar la Coacción
La defensa de coacción depende en gran medida del testimonio del acusado. Cualquier testigo que haya escuchado las amenazas también puede ayudar a probar la defensa de coacción.
Las declaraciones sobre la amenaza y su contexto pueden mostrar su gravedad. La defensa de coacción funcionará si estas declaraciones persuaden al jurado de que una persona razonable se sometería a ella.
¿Quién debe probar la coacción?
El acusado primero debe presentar evidencia creíble de coacción para alegar la defensa.
Una vez que hay evidencia creíble de coacción, la carga de la prueba cambia al fiscal.
Una vez que la carga de la prueba ha cambiado, el fiscal debe probar que no hubo coacción. El fiscal debe probar que no hubo coacción más allá de toda duda razonable.10
3. Casos donde la Coacción no aplica
Hay dos situaciones donde la defensa de coacción no es una opción:
- Se le ha acusado de un delito grave de clase 1, y
- Usted se puso imprudentemente en la posición en la que fue sometido a coacción.
Se le ha acusado de un delito grave de clase 1
La coacción no es una defensa para un delito grave de clase 1.
Los delitos graves de clase 1 son el tipo más severo de delito en Colorado. Incluyen delitos como:
- Asesinato en primer grado (CRS 18-3-102). Esto implica la muerte deliberada y premeditada de otra persona con malicia.
- Secuestro en primer grado (CRS 18-3-301). Este delito implica el secuestro de otra persona para asegurar un rescate.
- Abuso infantil (CRS 18-6-401). Esto es solo un delito grave de clase 1 si el niño muere.
Argumentar que solo actuó bajo coacción en estos casos no es una defensa. La razón por la que no es una defensa es porque el delito que cometió fue tan grave. El propósito de la defensa de coacción es que solo cometió un delito porque usted o alguien más estaba siendo amenazado con la muerte o una lesión grave. Sin embargo, los delitos graves de clase 1 implican una muerte intencional u otra lesión grave. La coacción no es una defensa para delitos graves de clase 1 porque solo ha hecho que otra persona sea la víctima.
Usted se puso en una posición de coacción
La coacción no es una defensa si usted se puso imprudentemente en la posición en la que fue obligado a cometer un delito. CRS 18-1-708 prohíbe la defensa de coacción cuando era previsible que alguien estaría sujeto a amenazas que de otro modo serían coacción.
Ejemplo: Don se inscribe para unirse a la mafia. Su primer trabajo es romper las rótulas de Joe. A Don le dicen que si falla, la mafia le romperá las rótulas a él. Don no puede alegar coacción.
Referencias legales:
- People v. Preciado-Flores, 66 P. 3d 155 (Colo. App. 2002).
- People v. Maes, 583 P. 2d 942 (Colo. App. 1978).
- Ver nota 2.
- People v. Speer, 255 P. 3d 1115 (2011).
- People v. Trujillo, 586 P. 2d 235 (Colo. App. 1978).
- People v. Robertson, 543 P. 2d 533 (Colo. App. 1975).
- Bailey v. People, 630 P. 2d 1062 (1981).
- Ver nota 5.
- Ver nota 2.
- Ver Bailey v. People, 630 P. 2d 1062 (1981) y People v. Quintana, 665 P. 2d 605 (1983).