Si la policía en Colorado te detiene con sospecha razonable de actividad criminal, se te requiere proporcionar la siguiente información si se te pregunta:
- tu nombre
- tu dirección
- tu documento de identidad (si lo tienes)1
O si la policía te para por una supuesta violación de tráfico, se te requiere proporcionar lo siguiente si se te pregunta:
- tu licencia de conducir
- registro del vehículo
- prueba de seguro2
Pero de otra manera, no estás obligado a proporcionar a la policía ninguna otra información o respuestas a sus preguntas.
1. ¿Tengo que mostrar mi documento de identidad a la policía en Colorado?
La ley de Colorado requiere que proporciones a la policía tu documento de identidad en dos situaciones (si se te pregunta):
- El oficial te para por sospecha de que cometiste un delito;3 o
- Te paran por una supuesta violación de tráfico.4
2. ¿Tengo que responder preguntas de la policía?
Aparte de en las situaciones mencionadas anteriormente, no estás obligado a hablar con la policía en Colorado. Dado que cualquier cosa que digas puede ser usada en tu contra, se recomienda que políticamente rechaces responder cualquier pregunta de la ley.
Tenga en cuenta que si te arrestan, definitivamente debes ejercer tu derecho a la Quinta Enmienda para mantenerte en silencio y luego contratar a un abogado para que hable por ti. Incluso cuando la policía actúa como si fueran tus amigos y quieren ayudarte, pueden y harán torcer tus palabras para mostrar que eres culpable de un delito.
3. ¿Cuándo puede la policía registrarme?
Si te están deteniendo por sospecha de un delito, la policía puede registrarte legalmente (“parada y registro”) si tienen una sospecha razonable de que estás armado y peligroso.5
4. ¿Cuál es la diferencia entre ser detenido y arrestado?
La policía puede “detenerte” si tienen sospecha razonable de que cometiste un delito. Y deben detenerte no más tiempo del necesario para determinar si te arrestan o no.
Si la policía te para, puedes preguntar si eres libre de irte. Si responden que no, entonces estás siendo detenido. No estás obligado a responder a ninguna pregunta aparte de tu nombre, dirección y documento de identidad.6
Mientras tanto, la policía puede “arrestarte” si tienen causa probable para creer que cometiste un delito. (“Causa probable” es un estándar más alto que el requisito para la detención, que es “sospecha razonable”.)7
Una vez que seas arrestado, la policía te llevará a la estación para registrarte. Y un juez determinará si puedes ser liberado bajo fianza o bajo tu propio reconocimiento mientras se resuelve tu cargo criminal.
5. ¿Tienen que los policías leerme mis derechos Miranda mientras estoy siendo arrestado?
No. De hecho, los policías nunca tienen que “Mirandizarte” después de un arresto a menos que te hagan preguntas (llamado “interrogatorio custodial”).8
En la televisión y en las películas, los policías leen dramáticamente a los sospechosos sus derechos Miranda tan pronto como los están esposando. Pero en la realidad, no tienes derecho a ser informado de tus derechos a guardar silencio y a tener un abogado a menos que la policía te esté interrogando. Y en algunos casos de bajo nivel, la policía nunca te interroga.
Así que si te arrestan, asegúrate de mantenerte en silencio. Cualquier cosa que digas puede ser usada como evidencia en tu contra incluso si aún no te han leído tus derechos.
Referencias Legales
- CRS 16-3-103.
- CRS 42-2-115. CRS 42-4-1409. CRS 42-3-121.
- Vea la nota 1.
- Vea la nota 2.
- Terry v. Ohio (1968) 392 U.S. 1.
- People v. Rodriguez (1997) 945 P.2d 1351. Vea las notas 1 y 2.
- People v. Castaneda (2011) .
- Miranda v. Arizona, (1966) 384 US 436. CRS 16-3-406. House Bill 23-1155.