Los empleadores de California pueden optar por proporcionar pagos de indemnización por despido a los trabajadores despedidos aunque la ley no lo requiera. Muchos paquetes de indemnización por despido también incluyen un acuerdo de separación en el que usted acepta renunciar a ciertos derechos, como demandar por despido injustificado, a cambio de recibir el pago.
Aquí en Shouse Law Group, hemos visto innumerables acuerdos de indemnización por despido con cláusulas ilegales destinadas a despojar a nuestros clientes de sus derechos y salarios ganados. En nuestra experiencia, generalmente podemos lograr resoluciones financieras favorables para nuestros clientes a través de una negociación agresiva y sin tener que recurrir a un juicio.
En este artículo, nuestros abogados laborales y de empleo de Los Ángeles explican todo lo que necesita saber sobre las leyes de pagos de indemnización por despido en California.
- 1. Cómo funcionan los pagos de indemnización por despido
- 2. ¿Cuánto recibo?
- 3. ¿Qué derechos pierdo?
- 4. ¿Qué derechos conservo?
- 5. Beneficios de desempleo
- 6. Ley federal
- 7. Impuestos
- Recursos adicionales
1. Cómo funcionan los pagos de indemnización por despido
Los pagos de indemnización por despido son una forma en que su antiguo empleador amortigua el golpe de su despido. Es además de su salario regular, y generalmente se otorga como una suma global.
Ni la ley de California ni la ley federal requieren que los empleadores proporcionen pagos de indemnización por despido después de despedirlo. Sin embargo, muchas empresas eligen proporcionar beneficios de indemnización por despido a cambio de un acuerdo de indemnización por despido, en el que usted acepta no demandar al empleador por ciertos motivos. (Esto se discute con más detalle en la Sección 3).
Su manual del empleado o contrato de trabajo generalmente explica los términos de su acuerdo de indemnización por despido, si lo hay, o puede preguntar al departamento de recursos humanos. Algunos sindicatos requieren pagos de indemnización por despido.
Tenga en cuenta que los pagos de indemnización por despido no están disponibles para licencias, que a diferencia de los despidos son temporales. Aprenda sobre la diferencia entre despidos y licencias en California.

Los pagos de indemnización por despido se refieren a la compensación que un empleador le hace al ser despedido.
2. ¿Cuánto recibo?
Cada empleador tiene su propia forma de determinar cuánto pagos de indemnización por despido darle. En nuestra experiencia, vemos algunos métodos comunes una y otra vez en California.
Por ejemplo, algunos empleadores pueden simplemente decidir una cantidad que creen que es justa en las circunstancias. Otros proporcionarán una compensación en una cantidad que se estableció en su contrato de trabajo.
Algunas empresas calculan su pago de indemnización por despido multiplicando la cantidad de su salario semanal por el número de años de empleo. Entre los paquetes de indemnización más generosos que hemos visto se incluyen:
- dos semanas de pago o incluso un mes de pago por cada año de empleo,
- bonificaciones prorrateadas,
- opciones de acciones,
- asistencia para la transición (que lo ayuda a encontrar un nuevo trabajo) y
- seguro de salud continuo (aunque la mayoría de los trabajadores despedidos cambian instantáneamente a COBRA).
Por lo general, recibe su pago de indemnización por despido el último día de trabajo junto con su último cheque de pago.
3. ¿Qué derechos pierdo?
Al firmar un acuerdo de indemnización por despido con su empleador en California, acepta ciertos beneficios como un pago de indemnización por despido al ser despedido. Sin embargo, a cambio, renuncia a ciertos derechos, llamados “liberación general de reclamos”.1
Cada acuerdo de indemnización es diferente, aunque ejemplos comunes de derechos que renuncia al firmar uno incluyen:
- demandar al empleador por difamación, terminación injusta o acoso,
- demandar al empleador debido a su falta de promoción a usted,
- discutir los secretos comerciales de la empresa,
- hablar negativamente sobre el empleador (llamado una “cláusula de no difamación”),
- hablar sobre los eventos que causaron su terminación,
- hablar con terceros sobre su acuerdo de indemnización (llamado un “acuerdo de confidencialidad,” “acuerdo de no divulgación,” o “NDA”), y
- demandar al empleador por discriminación laboral basada en sus características protegidas (aunque si tiene 40 años o más, los empleadores no pueden prohibirle demandar por discriminación por edad a menos que tenga 45 días para pensar en el acuerdo de indemnización y 7 días para revocarlo).2
De nuestra experiencia, los tribunales generalmente respaldarán un acuerdo de indemnización como un contrato legalmente vinculante si usted lo firmó voluntariamente.3 Esto es cierto incluso si los términos parecen injustos, lo cual generalmente son ya que el empleador compone estos contratos.
Obtenga asesoramiento de un abogado
Antes de firmar un acuerdo de indemnización, se le recomienda encarecidamente que su propio abogado de derecho laboral de California lo revise por usted. Un abogado puede:
- explicarle exactamente lo que el empleador quiere que renuncie a cambio de la indemnización;
- asegurarse de que entiende todo el lenguaje y que los términos no son demasiado amplios o restrictivos;
- evaluar si la oferta de indemnización parece justa en función de sus años de servicio, posición y finanzas de la empresa; y
- negociar con su empleador por términos más favorables y condiciones menos restrictivas.
No se sienta presionado para firmar cualquier contrato de inmediato – tomarse el tiempo para revisar y negociar puede llevar a un mejor resultado.
Para más discusión, lea nuestro artículo sobre cuándo no firmar un acuerdo de indemnización.
4. ¿Qué derechos mantengo?
En California, hay ciertos derechos que no puede renunciar en acuerdos de indemnización. Estos incluyen su derecho a:
- presentar una demanda por salarios/horas contra el empleador, como por horas extras o beneficios de desempleo,4
- denunciar ciertos delitos que el empleador pueda haber cometido, como participar en difamación comercial,
- recibir salarios adeudados antes de firmar un acuerdo de indemnización,5 y
- buscar empleo en el futuro (sin “cláusulas de no competencia”).6
Los acuerdos de indemnización tampoco pueden exigirle que cometa un delito en nombre del empleador, como mentir bajo juramento en testimonio sobre la empresa.7 Además, los empleadores no pueden usar
- fraude,
- coacción/amenazas, o
- influencia indebida/coerción
para que usted firme.8
Finalmente, los términos del contrato no pueden ser unconscionables. La unconscionabilidad procesal se refiere a la injusticia de hacer el contrato, como el desequilibrio en el poder de negociación. La unconscionabilidad sustantiva se refiere a términos que
- son demasiado unilaterales para ser ejecutables por ley o
- van en contra de la política pública.9

Un acuerdo de indemnización es un contrato entre un empleador y usted.
5. Beneficios de desempleo
Recibir una indemnización no le impide buscar beneficios de desempleo en California. La indemnización reconoce el trabajo pasado; no está destinada a compensar salarios perdidos en el futuro.
6. Ley federal
La Ley de Normas Laborales Justas (FLSA), que es aplicada por el Departamento de Trabajo de EE. UU. (DOL), se alinea en gran medida con la ley de California cuando se trata de pagos de indemnización.
Al igual que la ley de California, la FLSA no requiere que los empleadores proporcionen indemnización. También restringe ciertos derechos que puede renunciar al firmar un acuerdo de indemnización.
7. Impuestos
Similar a los salarios regulares, la indemnización se procesa a través de la nómina, está sujeta a deducciones de nómina y se grava como ingreso regular.
Específicamente, el pago de indemnización está sujeto a los siguientes impuestos en el año en que se pagó:
- Impuesto de Seguridad Social,
- Impuesto de Medicare,
- Impuesto federal sobre la renta,
- Impuesto estatal sobre la retención de ingresos, y
- Impuesto federal sobre el desempleo (FUTA).
De lo que hemos visto en California, los empleadores suelen incluir la indemnización en su formulario W-2 y retener los impuestos.10
Recursos adicionales
Para obtener más información, consulte lo siguiente:
- Pago de indemnización – Breve descripción del Departamento de Trabajo de EE. UU.
- Pago de indemnización: qué es y por qué debería negociar un paquete antes de aceptar un trabajo – Artículo del Wall Street Journal.
- Lo que debe saber sobre el pago de indemnización, el seguro y los beneficios si es despedido de su trabajo – Guía de CNBC.
- Leyes de pago de indemnización por estado 2023 – Resumen de Workforce.com.
- Indemnización e impuestos: ¿es imponible la indemnización? – Discusión de H&R Block.
Referencias legales:
- Véase, por ejemplo, Perez v. Uline, Inc. (2007) 157 Cal. App. 4th 953. Véase también Gov. Code § 12940. Véase también Murphy v. Kenneth Cole Productions, Inc. (2007) 40 Cal.4th 1094. Véase también Skrbina v. Fleming Cos. (1996) 45 Cal.App.4th 1353. Véase también Secciones 201, 202 y 2699 del Código Laboral. Véase también U.S.C. § 216(b). Véase también Smith v. Occidental & Oriental S.S. Co. (1893) 99 Cal. 462.
- 29 U.S.C. § 626(f)(1).
- Código Civil de California 1541 CC, 1542 CC y 1688 CC. Véase también Shaw v. City of Sacramento (9th Cir. 2001) 250 F.3d 1289. Véase también Sanchez v. County of San Bernardino (2009) 176 Cal.App.4th 516.
- Singh v. Southland Stone, U.S.A., Inc. (2010) 186 Cal.App.4th 338. Código Laboral 203.
- Código Laboral 206.
- Código de Negocios y Profesiones de California 16600 BPC; véase también Robinson & Wilson, Inc. v. Stone (1973) 35 Cal.App.3d 396.
- Código Civil de California 1668. Véase también Castelo v. Xceed Financial Credit Union (Cal.App. 2023) .
- Civ. Code, § 1570 & 1569. Véase también Perez v. Uline (2007) 157 Cal.App.4th 953; Walter E. Heller Western, Inc. v. Tecrim Corp. (1987) 196 Cal.App.3d 149; Lazar v. Superior Court (1996) 12 Cal.4th 631; Lewis v. Fahn (1952) 113 Cal.App.2d 95; Holt v. Thomas (1894) 105 Cal. 273; Chan v. Lund (2010) 188 Cal.App.4th 1159; Odorizzi v. Bloomfield Sch. Dist. (1966) 246 Cal.App.2d 123; Keithley v. Civil Service Bd. (1970) 11 Cal.App.3d 443; McDougall v. Roberts (1919) 43 Cal.App. 553.
- Código Civil, § 1670.5. Ver también A & M Produce Co. v. FMC Corp. (1982) 135 Cal.App.3d 473; Armendariz v. Foundation Health Psychcare Services, Inc. (2000) 24 Cal.4th 83; Gutierrez v. Autowest, Inc. (2003) 114 Cal.App.4th 77; Morris v. Redwood Empire Bancorp (2005) 128 Cal.App.4th 1305; Town of Newton v. Rumery (Supreme Court, 1987) 480 U.S. 386.
- Temas del IRS 751 y 759. Guía de Impuestos para Empleadores del IRS.