Discriminación en la promoción es un tipo de discriminación en el lugar de trabajo en el que un empleado es pasado por alto para una promoción por una razón ilegal, como la raza, religión, orientación sexual, discapacidad o edad de la persona.
Si no fue promovido como resultado de una razón discriminatoria, nuestros abogados laborales pueden ayudarlo a obtener una compensación financiera en forma de:
- Sueldo perdido
- Beneficios perdidos
- Daños por angustia emocional y sufrimiento, y/o
- Posibles daños punitivos.
A continuación, nuestros abogados laborales y de empleo de California responden preguntas frecuentes sobre las reclamaciones por falta de promoción ilegal y cómo puede afectar su caso:
- 1. ¿Qué es una falta de promoción ilegal?
- 2. ¿Qué es una clase protegida?
- 3. ¿Cuáles son las razones legítimas para no promoverme?
- 4. ¿Cómo presento una reclamación por falta de promoción?
- 5. ¿Cómo presento una demanda civil por falta de promoción?
- 6. ¿Qué remedios legales podría recibir por una falta de promoción ilegal?
- Recursos adicionales
También escuche nuestro informativo podcast:
1. ¿Qué es una falta de promoción ilegal?
La discriminación en la promoción está prohibida
- bajo la Ley de Derechos Civiles de 1964 y
- bajo la Ley de Empleo y Vivienda Justa de California.
Su empleador puede decidir si lo promueve o no, pero no puede basarse en razones ilegales. Cuando eso sucede, es posible que tenga una reclamación válida por falta de promoción ilegal.
Las razones ilegales para no promoverlo incluyen la falta de promoción debido a su:
- Género
- Raza, color u origen nacional
- Etnicidad
- Creencias o prácticas religiosas
- Discapacidad física
- Discapacidad mental
- Condición médica
- Edad (si tiene más de 40 años), o
- Embarazo.
2. ¿Qué es una clase protegida?
Ciertos tipos de empleados están protegidos contra la discriminación según la ley federal, como la Ley de Derechos Civiles de 19641, y según la ley de California, como la Ley de Empleo y Vivienda Justa (FEHA).2 La ley de California protege a más clases de personas que la ley federal.
Clases protegidas según la ley federal:
- Raza
- Color
- Sexo
- Edad (40 años o más)
- Religión
- Origen nacional
- Discapacidad
- Estado de ciudadanía
- Información genética.
Clases protegidas según la ley de California:
- Orientación sexual
- Identidad y expresión de género
- Raza
- Color
- Ascendencia
- Origen nacional
- Religión
- Sexo (incluyendo embarazo, parto y condiciones médicas relacionadas)
- Condiciones médicas
- SIDA/VIH
- Discapacidad: física o mental
- Edad (40 años o más)
- Información genética
- Estado civil
- Estado militar o de veterano
- Afiliaciones o actividades políticas
- Estado como víctima de violencia doméstica, agresión o acoso.
Discriminación por edad
Tanto la ley federal como la estatal prohíben la falta de promoción por motivos de edad, específicamente a partir de los 40 años. Los empleadores no pueden negarse a promoverlo simplemente porque es “demasiado viejo”.
El ageísmo es una de las formas más frecuentes de discriminación que vemos contaminando las prácticas de contratación de los empleadores y amenazando los derechos de los empleados. A menudo, los empleadores esperan que sus empleados mayores “simplemente renuncien” para poder contratar a empleados más jóvenes con salarios más bajos.
Raza, origen nacional, color o ascendencia
Los empleadores de California no pueden discriminar en su contra debido a su
- raza,
- origen nacional,
- color, o
- ascendencia.
Esto incluye a todos los empleados, incluso aquellos que normalmente no se consideran discriminados (como los empleados caucásicos). La falta de promoción por este motivo es ilegal.
Religión
La discriminación basada en sus creencias religiosas o prácticas razonables es ilegal según la ley de California.
Discapacidades físicas y mentales
Un empleador no puede dejar de promocionarlo debido a una discapacidad física o mental. Se espera que los empleadores hagan acomodaciones razonables para personas con discapacidades. Si la acomodación no sería razonable esperar del empleador, no ha ocurrido discriminación.
Condiciones médicas
Un empleador no puede discriminar en su contra debido a una condición médica que sufra, ya sea que los síntomas estén sucediendo actualmente o no.
Estado civil
Ya sea que esté casado o soltero o con quién esté casado, no es una razón permisible para no promocionar. Esto incluye si usted está:
- Separado
- Divorciado, o
- Viudo.
Género o identidad de género
Un empleador no puede discriminar en su contra debido a su género o identidad de género. También puede estar relacionado con problemas relacionados con el género, como:
- Parto
- Lactancia
- Expresión de género, o
- Embarazo.
Hay otras clases protegidas y circunstancias especiales pueden aplicarse en cada caso individual. Si siente que fue discriminado y pasó por alto injustamente para una promoción, los abogados de derecho laboral en Shouse Law Group pueden ayudarlo a comprender si se encuentra en una clase protegida.
La ley de California protege a más clases de personas (“características protegidas”) que la ley federal.
3. ¿Cuáles son las razones legítimas para no promoverme?
Si su empleador no lo promovió, no significa que lo haya hecho en base a su pertenencia a una clase protegida. Hay razones legítimas para no promover a alguien.
Algunas razones permisibles comunes para no promoverlo incluyen:
- No cumplir con los requisitos
- Falta de requisitos educativos
- No tener suficiente experiencia para el puesto
- Otro candidato o compañero de trabajo era más calificado
- Mal historial de desempeño en el trabajo actual
- No comprometerse con el horario de trabajo requerido, o
- Incapacidad para realizar las tareas requeridas del puesto, incluso con adaptaciones razonables por una discapacidad.
Dicho esto, en nuestra experiencia, hemos visto todas las razones anteriores, y otras, que se ofrecen como un pretexto falso para la verdadera razón de la discriminación. A menudo podemos recopilar amplias pruebas de discriminación en forma de memorandos, correos electrónicos, mensajes de voz, grabaciones de video y testimonios de testigos presenciales de jefes que actúan de manera prejuiciosa. Luego, utilizamos estas pruebas como fichas de negociación mientras negociamos el mayor acuerdo financiero bajo la ley.
4. ¿Cómo presento una reclamación por falta de promoción?
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado a innumerables empleados y candidatos calificados que fueron víctimas de discriminación laboral. En nuestra experiencia, hemos descubierto que las tácticas de negociación agresivas producen grandes acuerdos financieros para nuestros clientes y también detienen prácticas laborales discriminatorias.
Una reclamación por falta de promoción injusta es una acción bajo el Título VII de la Ley de Derechos Civiles o bajo la Ley de Empleo Justo y Vivienda de California (FEHA). No puede presentar de inmediato una demanda contra su empleador, sino que primero debe someterse a un proceso administrativo.
Nuestro bufete de abogados tiene décadas de experiencia combinada con el proceso de queja y un largo historial de resultados exitosos, y manejamos todo el procedimiento en su nombre.
¿Cómo presento mi reclamo bajo FEHA?
Si decide presentar un reclamo estatal, lo hará ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD), anteriormente conocido como el Departamento de Empleo y Vivienda Justa (DFEH). Debe presentar una queja ante el CRD alegando discriminación y falta de promoción. La queja debe establecer todos los requisitos específicos de la ley, o podría ser desestimada.
¿Cómo presento mi reclamo bajo el Título VII de la Ley de Derechos Civiles?
Si desea presentar una demanda bajo la ley federal, la queja debe presentarse primero ante el CRD o la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos (EEOC). Presentar una queja ante el CRD se considera presentarla ante la EEOC. Si solo desea presentarla ante la EEOC, puede hacerlo. 3
¿Qué hacen estas agencias con mi queja?
Ambas agencias investigarán para determinar si las acusaciones tienen mérito. Cada una puede:
- Enviar citaciones a usted y a su empleador
- Enviar interrogatorios por escrito, y
- Exigir la presentación de documentos. 4
Los empleadores están obligados a responder a las quejas dentro de los 30 días, aunque se permiten extensiones. Una revisión de la respuesta del empleador a la queja puede ayudar a desarrollar la estrategia legal en el futuro.
¿Cuándo tomará la agencia una decisión?
Si usted y su empleador no pueden resolver la queja durante el proceso, el CRD continuará su investigación. El CRD está obligado a tomar medidas dentro de los 150 días a partir de la fecha en que se presentó la queja. Si no lo hace, puede emprender una acción por su cuenta. 5
Si el CRD o la EEOC determinan que no se produjo ninguna violación, se le emitirá un aviso de derecho a demandar. Esto le permite presentar una acción civil contra el empleador por su cuenta.
Si la agencia determina que se produjo una violación, está obligada a buscar eliminar la discriminación ilegal de inmediato. Puede hacerlo de varias maneras, incluyendo:
- Mediación
- Conciliación
- Cierre de su expediente
- Resolución de disputas, y/o
- Acción civil en su nombre.
La agencia rechazó mi caso, ¿esto significa que no tiene mérito?
Solo porque una agencia rechaza su caso no significa que no tenga mérito. Las agencias gubernamentales rara vez quieren ser las encargadas de hacer el trabajo. Además, una agencia podría decidir rechazar su reclamo debido a:
- La fuerza o debilidad de la evidencia
- La probabilidad de no ganar el caso
- Recursos limitados de la agencia para perseguir su reclamo
- La relevancia limitada del caso para ayudar a resolver la jurisprudencia actual, o
- Se le ofreció un acuerdo justo por parte del empleador, pero usted lo rechazó.
El rechazo de la agencia a su reclamo de discriminación no es el final, así que nunca se desespere. Lo guiaremos a través del proceso de presentar su queja ante la agencia y continuaremos representándolo en una acción civil.
Una falta de promoción ilegal ocurre cuando a un empleado se le pasa por alto para una promoción debido a una razón protegida por la ley de California o federal.
5. ¿Cómo presento una acción civil por falta de promoción?
Después de agotar el proceso administrativo, podemos presentar una queja contra la empresa en su nombre en los tribunales de California o federales. Dónde presentarla depende en gran medida de los hechos del caso y nuestras decisiones estratégicas.
¿Qué tengo que probar en mi caso?
Para establecer un caso “prima facie” o inicial bajo FEHA, debe demostrar que:
- Pertenece a una clase protegida
- Sufrió una decisión laboral adversa, como no ser promovido
- Fue tratado de manera diferente a empleados en situaciones similares que no son miembros de una clase protegida, y
- Existe una conexión causal suficiente entre el tratamiento diferente y la clase protegida.
Si podemos demostrar esta presentación inicial, la carga entonces recae en el empleador de proporcionar razones válidas y legales por las que no fue promovido.
¿Cómo pruebo una “conexión causal” entre el tratamiento y el estado de clase protegida?
Probar esto puede ser desafiante, pero está lejos de ser imposible. Para demostrar que la razón por la que no fue promovido es una razón ilegal, debe demostrar que los rasgos protegidos fueron “razones motivadoras sustanciales” para la decisión de no ser promovido.
La evidencia para probar la conexión causal podría incluir:
- Patrones de conducta discriminatoria
- Comentarios hechos por supervisores u otros trabajadores, o
- Documentos, correos electrónicos, mensajes de texto u otra evidencia que identifique la intención discriminatoria hacia usted o miembros de la clase protegida en general.
¿Qué pasa si el empleador da razones legales por no contratarme?
Una vez que el empleador proporciona una razón legal por no promoverlo, la carga vuelve a nosotros para demostrar que la razón dada por el empleador es un “pretexto” para la verdadera razón.
Podemos demostrar que la decisión ofrecida:
- Carece de cualquier base en los hechos
- No es realmente la razón por la que no se promovió, o
- Las razones dadas son insuficientes para explicar la decisión.
El constante cambio de las cargas puede parecer confuso, pero es parte de cada caso de fracaso injusto en la promoción.
6. ¿Qué remedios legales puedo recibir por un fracaso injusto en la promoción?
Tienes derecho a remedios legales si sufres un fracaso injusto en la promoción. Si bien los remedios pueden variar según los hechos de tu caso, los remedios legales que rutinariamente recuperamos para nuestros clientes incluyen:
- Daños y perjuicios equivalentes al dinero que habrías ganado con la promoción (o la diferencia entre tu salario actual y el salario mejorado)
- Compensación por cualquier beneficio mejorado que habrías recibido
- Reembolso de los honorarios de abogados de empleo
- Compensación por el dolor y el sufrimiento como resultado del fracaso en la promoción, y/o
- Posibles daños punitivos destinados a castigar al empleador por la mala conducta.
Estos no son necesariamente los únicos remedios disponibles. En cada caso, buscamos la cantidad máxima permitida por la ley.6
Recursos adicionales
Para obtener más información, consulta lo siguiente:
- ¿Qué es la discriminación laboral? – Resumen de la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC).
- Conoce tus derechos: la discriminación en el lugar de trabajo es ilegal – Hoja informativa del Departamento de Trabajo de EE. UU. (DOL).
- Discriminación, acoso y represalias – Guía breve de USA.gov.
- Tipos de discriminación – Resumen de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC).
- El 91% de los trabajadores han enfrentado discriminación en el lugar de trabajo, esto es lo que pueden hacer los empleados, según un experto: “Lo primero es hablar y documentar las cosas” – Artículo de CNBC.com.
Referencias legales:
- Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU. Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. Ver, por ejemplo, Pollock v. Tri-Modal Distribution Services, Inc. (2021) ; Addy v. Bliss & Glennon (Tribunal de Apelaciones de California, Sexto Distrito de Apelaciones, 1996) 44 Cal. App. 4th 205.
- Información Legislativa de California. Ley de Empleo Justo y Vivienda de California (Disposiciones Generales).
- Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU. Presentación de una queja formal.
- Cal. Code Regs., tit. 2 § 10026.
- Código Gov. de California § 12965.
- Código Gov., § 12965(d).