
Después de que se ha ejecutado una orden de registro, las fuerzas del orden generalmente tienen que hacer cinco cosas:
- asegurar el lugar,
- notificar a la parte objetivo de la búsqueda,
- proporcionar un recibo de todo lo que se incautó,
- devolver la orden al magistrado que la emitió, y
- mantener cualquier propiedad incautada bajo custodia policial hasta el juicio.
Estos pasos se discuten con más detalle a continuación.

1. Asegurar el Lugar
Asegurar el lugar puede ser tan simple como cerrar con llave las puertas. Sin embargo, después de ejecutar una orden sin aviso previo o una búsqueda que requiere entrada forzada, el proceso puede ser considerable. Las puertas o ventanas rotas tendrán que ser reemplazadas o tapiadas.
El requisito no se limita a las ventanas o la puerta principal de una residencia. Si la policía fuerza la apertura de un maletero o la puerta de un automóvil, por ejemplo, también tendrán que tomar medidas razonables para asegurarla.
2. Notificar a las Partes Objetivo
Si la orden de registro se ejecutó en presencia de la parte, entonces hay poca necesidad de notificarles sobre la búsqueda. Sin embargo, muchas órdenes de registro se ejecutan cuando un edificio está vacío y no hay nadie presente.
A menos que la orden sea para una búsqueda “sorpresa y posterior notificación”, la policía generalmente tendrá que informar rápidamente a los propietarios del lugar que se realizó una búsqueda.
3. Proporcionar Recibo de la Propiedad Incautada
La policía también debe proporcionar un recibo de todo lo que se incautó. Esto a menudo se entrega junto con la notificación de la búsqueda. El inventario debe listar, en detalle, lo que se tomó durante la búsqueda.
Tanto la notificación como el inventario de los objetos incautados suelen entregarse al propietario del lugar en el sitio. Si el propietario fue arrestado y llevado, los documentos pueden dejarse en un lugar visible y seguro en el lugar.1
4. Devolver la Orden
Luego, la policía debe devolver la orden de registro al magistrado que la emitió, incluyendo cualquier duplicado original proporcionado. También deben entregar un inventario escrito de los objetos incautados.
5. Mantener la Propiedad Incautada Hasta el Juicio
Finalmente, todo lo que la policía incautó durante la búsqueda debe mantenerse bajo custodia policial segura hasta que se presente en el tribunal. La única forma de que la propiedad incautada sea devuelta antes del juicio es si un tribunal lo ordena.
La evidencia encontrada mediante órdenes de registro ejecutadas incorrectamente puede ser potencialmente suprimida como prueba.
Mala conducta policial respecto a las órdenes de registro
Si los oficiales de policía ejecutan una orden de registro pero luego no cumplen con una de estas cinco cosas, generalmente no invalidará la búsqueda. Cualquier evidencia obtenida en la búsqueda aún puede usarse contra el acusado en el caso penal.
Sin embargo, si el propietario u ocupante del lugar no fue notificado de la búsqueda, y la falta de aviso se hizo para mantenerlos en la ignorancia, puede considerarse una búsqueda irrazonable. En estos casos, cualquier evidencia encontrada en la búsqueda sería inadmisible.2
La policía debe seguir varias reglas al ejecutar órdenes de registro.
Órdenes de registro “sorpresa y posterior notificación”
Una orden de registro “sorpresa y posterior notificación” – también conocida como orden de entrada subrepticia o orden de notificación retrasada – no tiene los mismos requisitos de notificación que las órdenes de registro regulares. Estas órdenes no notifican inmediatamente a los propietarios o sospechosos de la búsqueda.
En cambio, la orden especifica cuándo se proporcionará la notificación. Debe proporcionarse en un tiempo corto pero razonable después de que se realice la búsqueda. El retraso en la notificación está destinado a permitir que las fuerzas del orden continúen una investigación criminal sin que los sospechosos se den cuenta.
Estas órdenes de sorpresa y posterior notificación permiten a la policía entrar en un edificio u otro lugar de forma sigilosa. Dentro, realizan una búsqueda clandestina sin que los propietarios u ocupantes se den cuenta.
La policía puede incautar evidencia incriminatoria durante esta búsqueda. Luego se van sin notificar a nadie, para que cualquier actividad criminal continúe normalmente. La notificación de la ejecución de una orden de sorpresa y posterior notificación se proporciona después.
Las órdenes de registro deben basarse en causa probable.
¿Cómo se ejecutan las órdenes de registro?
La ejecución de una orden de registro debe hacerse de acuerdo con los términos de la orden. La orden debe indicar, con particularidad razonable, el lugar específico a registrar y las cosas que se deben incautar.
Debe ser lo suficientemente detallada para que los miembros de la agencia encargada de ejecutar la orden no tengan discreción sobre cómo hacerlo.3
Causa Probable
Bajo la Cuarta Enmienda, la ley federal sobre registros e incautaciones, y las reglas estatales de procedimiento penal, las órdenes de registro se obtienen cuando las fuerzas del orden persuaden a un magistrado de que existe causa probable para creer que se encontrará evidencia de un delito.
El magistrado no tiene que ser un juez. Puede ser un funcionario judicial de un tribunal de distrito.
La evidencia de causa probable se proporciona mediante
- el testimonio de oficiales, informantes confidenciales o testigos, o
- declaración jurada.
La emisión de la orden puede ser impugnada en una audiencia Franks si se basó en información falsa proporcionada por un declarante.
Hora/Modo de Entrada
Después de la emisión de una orden de registro, la ejecución debe realizarse dentro de un cierto período de tiempo. Bajo la ley penal de California, por ejemplo, los agentes de paz deben ejecutarla dentro de 10 días.4
Generalmente, los oficiales que ejecutan órdenes de registro deben tocar y anunciar su presencia. En muchos estados, deben mostrar una copia de la orden de registro a cualquiera en el lugar que la solicite.
Solo si se les niega la entrada o existen circunstancias apremiantes, como si tienen motivos fundados para creer que se está destruyendo evidencia o que los sospechosos están huyendo, la policía puede forzar la entrada.
Órdenes sin Aviso Previo
Sin embargo, en algunos estados, un magistrado emisor puede aprobar órdenes “sin aviso previo” si hay causa razonable para creer que notificar a los ocupantes de la presencia policial:
- conduciría a la destrucción de evidencia,
- sería inútil, o
- pondría en peligro a la policía.5
La Búsqueda
Una vez dentro, los oficiales de la ley pueden detener y cachear a cualquier persona en el lugar si tienen una sospecha razonable de que dicha persona podría ser un peligro.6 Se puede realizar una búsqueda más exhaustiva si la orden autoriza la búsqueda de
- contrabando o
- instrumentos de un delito.7
Pueden registrar toda la propiedad, incluyendo cualquier edificio anexo o garajes independientes en el lugar, pero solo las áreas que podrían concebirse para ocultar los objetos listados en la orden.8
Esto significa que la policía podría abrir un cajón de escritorio si la orden de registro era para un delito relacionado con drogas, pero no si la orden era para un automóvil robado. Sin embargo, la policía puede incautar evidencia incriminatoria no listada en la orden si estaba a la vista.9
Una vez que se han encontrado los objetos listados en la orden o se ha registrado todo el lugar, la autoridad de la orden para continuar la búsqueda termina.
Las órdenes de registro “sin aviso” son la excepción a la regla de “tocar y anunciar”.
Lectura Adicional
Para información más detallada sobre órdenes de registro, consulte estos artículos académicos:
- La Ejecución de Órdenes de Registro – Colorado Law Scholarly Commons.
- Órdenes de Registro, Mociones para Suprimir y Casos Perdidos: Los Efectos de la Regla de Exclusión en Siete Jurisdicciones – Journal of Criminal Law & Criminology.
- Presione Uno para Orden: Reinventando el Requisito de Orden de Registro de la Cuarta Enmienda a través de Procedimientos Electrónicos – Vanderbilt Law Review.
- La Orden de Registro, el Magistrado y la Revisión Judicial – New York University Law Review.
- La Orden de Registro Post-Riley: Protocolos de Registro y Particularidad en Registros de Teléfonos Celulares – Vanderbilt Law Review.
Referencias Legales:
- Véase, por ejemplo, Código Penal de California 1535 PC.
- Berger v. New York (1967) 87 S.Ct. 1873.
- Marron v. United States (1927) 275 U.S. 192.
- Código Penal de California 1534 PC.
- United States v. Ramirez (1998) 118 S.Ct. 992.
- Ybarra v. Illinois (1979) 100 S.Ct. 338.
- Michigan v. Summers (1981) 101 S.Ct. 2587.
- Harris v. United States (1947) 67 S.Ct. 1098.
- Coolidge v. New Hampshire (1971) 91 S.Ct. 2022.