Ejemplos:
- Un sacerdote tocando indebidamente a un niño del coro fuera de su ropa interior
- Un pediatra acariciando las nalgas de un paciente
- Un maestro de escuela secundaria manoseando el pecho de un estudiante
Sanciones:
Edad del menor | Sanciones en Colorado por agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza |
El menor tiene 15, 16 o 17 años, y no hubo un patrón de abuso sexual | Delito grave de clase 4
Si hubo amenazas, fuerza o lesiones corporales, la sentencia de prisión es de 5 años a cadena perpetua. |
El menor tiene menos de 15 años, o hubo un patrón de abuso sexual | Delito grave de clase 3
Si hubo amenazas, fuerza o lesiones corporales, la sentencia de prisión es de 10 años a cadena perpetua. |
Para ayudarlo a comprender mejor la ley, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado discuten lo siguiente:
- 1. ¿Qué es “agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza”?
- 2. ¿Qué significa estar “en una posición de confianza”?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones?
- 4. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos?
- 5. Cómo demostramos su inocencia
- Recursos adicionales
1. ¿Qué es el “abuso sexual a un niño por parte de una persona en una posición de confianza”?
Según la Ley Revisada de Colorado 18-3-405.3, el abuso sexual a un niño por parte de una persona en una posición de confianza ocurre cuando:
- Tienes autoridad (“en una posición de confianza”) sobre un niño menor de 18 años; y
- Le tocas o acaricias los senos, nalgas o área genital al niño, o haces que el niño te toque a ti; y
- Tu propósito es la excitación, gratificación o abuso sexual.
No es necesario que nadie esté desnudo o que se use fuerza física extrema. El contacto físico o la actividad sexual a través de la ropa es suficiente.
En resumen, la CRS 18-3-405.3 prohíbe aprovechar tu autoridad sobre un niño para abusar sexualmente de él o hacer que te toque con fines sexuales.
Tenga en cuenta que en la mayoría de otras áreas de la ley de Colorado, el término “agresión sexual” normalmente indica sexo penetrante como relaciones sexuales, sexo oral o sexo anal. Sin embargo, según CRS 18-3-405.3, “agresión sexual” significa tocamientos no penetrantes. En ese sentido, “agresión sexual a un menor por parte de alguien en una posición de confianza” es el equivalente para menores de edad del delito de contacto sexual ilegal de Colorado (CRS 18-3-404).1
2. ¿Qué significa estar “en una posición de confianza”?
Según la ley de Colorado, usted ocupa una posición de confianza con respecto a un menor siempre que sea responsable (de cualquier manera y por cualquier cantidad de tiempo) de la salud, educación, bienestar o supervisión del niño.
Aquí hay algunos ejemplos comunes de personas consideradas en una posición de confianza:
- médicos u otros proveedores de atención médica,
- entrenadores,
- psicoterapeutas,
- maestros,
- tutores,
- tutores legales,
- sacerdotes, o
- niñeras.
Tenga en cuenta que a diferencia de CRS 18-3-405 – la ley regular de agresión sexual a un menor de Colorado – la agresión sexual a un menor por parte de alguien en una posición de confianza se aplica a todos los menores de 18 años, independientemente de la diferencia de edad entre el menor y el perpetrador.2
In addition, you face 20 years to life on SOISP. And if the victim was under 15, you face a mandatory minimum of 10 years in prison.4
Indeterminate sentencing
Colorado judges have the discretion to sentence defendants to an indeterminate term of incarceration for sex assault on a minor by one in a position of trust. This means that the defendant will be eligible for parole after serving the minimum sentence, but the parole board will decide when the defendant is actually released. The maximum sentence is the statutory maximum for the class of felony.5
Lifetime supervision
In addition to any prison sentence, a conviction for sex assault on a minor by one in a position of trust carries a lifetime of parole-like supervision. This means that the defendant will have to register as a sex offender and comply with various restrictions and requirements for the rest of his/her life.6
3. ¿Cuáles son las penas?
Penalidades penales básicas
La agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza suele ser un delito grave de clase 4 en Colorado cuando el menor tiene 15, 16 o 17 años. La sentencia es:
- 2 a 6 años de prisión, y/o
- $2,000 a $500,000.
Además, enfrentas de 10 años a cadena perpetua en Libertad Condicional Intensiva para Delincuentes Sexuales (SOISP).
Menor de 15 años o abuso sexual habitual
La agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza aumenta a un delito grave de clase 3 en Colorado si:
- El menor tenía menos de 15 años, o
- El delito fue parte de un patrón de abuso sexual.
En cualquiera de estos casos, las penas por agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza en Colorado pueden incluir:
- 4 a 12 años de prisión, y/o
- $3,000 a $750,000.
Además, enfrentas de 20 años a cadena perpetua en SOISP. Además, si se alega un patrón de abuso, no hay estatuto de limitaciones para el delito.3
Delito de violencia
La agresión sexual a un menor se clasifica como un delito violento en Colorado si, durante la comisión del delito:
- causas alguna lesión corporal, o
- usas amenazas, intimidación o fuerza contra la víctima.
Hacer cualquiera de estos “agravantes” resultará en una sentencia mínima obligatoria mejorada de:
- 5 años de prisión por un delito grave de clase 4, o
- 10 años de prisión por un delito grave de clase 3.
Además, enfrentas de 20 años a cadena perpetua en SOISP. Y si la víctima tenía menos de 15 años, enfrentas una sentencia mínima obligatoria de 10 años de prisión.4
Sentencia indeterminada
Los jueces de Colorado tienen la discreción de sentenciar a los acusados a un término indeterminado de encarcelamiento por agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza. Esto significa que el acusado será elegible para libertad condicional después de cumplir la sentencia mínima, pero la junta de libertad condicional decidirá cuándo será liberado el acusado. La sentencia máxima es la máxima estatutaria para la clase de delito.5
Supervisión de por vida
Además de cualquier sentencia de prisión, una condena por agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza conlleva una supervisión de por vida similar a la libertad condicional. Esto significa que el acusado tendrá que registrarse como delincuente sexual y cumplir con varias restricciones y requisitos por el resto de su vida.6
Los delitos sexuales que son crímenes violentos también conllevan una pena máxima de cadena perpetua, independientemente de la clase del delito grave.4
Registro de delincuentes sexuales en Colorado
Una condena por agresión sexual a un menor requiere que se registre en el registro de delincuentes sexuales de la Oficina de Investigación de Colorado.
Si no se registra como delincuente sexual, enfrenta cargos de delito grave de clase 6 y penas de:
- 1 – 1 ½ años en la cárcel, y/o
- Una multa de $1,000 a $100,000.5
4. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos?
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado a literalmente miles de personas enfrentando acusaciones de delitos sexuales y tenemos un largo historial de lograr que estos casos se reduzcan o se desestimen.
En nuestra experiencia, las mejores defensas contra los cargos criminales de agresión sexual a un menor por parte de alguien en una posición de confianza son demostrar que:
- El contacto fue accidental.
- No tocó al menor.
- El menor no lo tocó a usted.
- El contacto no involucró una parte íntima.
- El contacto no fue con el propósito de excitación o gratificación sexual.
- No ocupaba una posición de confianza con respecto al menor.
- La “víctima de abuso sexual infantil” lo acusó falsamente o malinterpretó su contacto inocente como comportamiento sexual.
- La policía cometió una conducta indebida (como un oficial de policía que obliga a una confesión).
La gran mayoría de los cargos criminales se resuelven a través de acuerdos de culpabilidad. Si el caso llega a juicio, el fiscal del distrito tiene la alta carga de probar la culpabilidad más allá de una duda razonable.
5. Cómo demostramos su inocencia
Nuestros abogados de delitos sexuales en Colorado saben que a menudo se acusa a personas inocentes de contacto sexual ilegal con un menor. Por lo general, es la palabra del niño contra la suya, y los niños no son los testigos más confiables.
- A veces, simplemente malinterpretan una situación inocente.
- A veces, son utilizados como arma entre adultos en conflicto.
Por lo tanto, aunque pueda ser molesto, como todos los mejores abogados de defensa criminal de Colorado, realizamos una exhaustiva verificación de antecedentes del acusador y posibles testigos. Lo hacemos mediante:
- Solicitar sus registros escolares, de asesoramiento y médicos;
- Revisar sus registros de correo electrónico y cuentas de redes sociales;
- Realizar entrevistas a amigos, familiares, compañeros de clase y contactos en redes sociales; y
- Realizar verificaciones de antecedentes de todos los documentos públicos disponibles.
Como explica el principal abogado de delitos sexuales de Denver, Michael Becker:
“Las personas intentan enseñar a sus hijos que el contacto íntimo es incorrecto. Pero los niños son impresionables. A veces confunden el afecto y la preocupación con delitos sexuales. También a veces se les persuade para que mientan. Cuanto antes nos involucremos, más fácil será para nosotros descubrir motivos impropios y preservar el buen nombre de nuestro cliente.”
Recursos adicionales
- Línea telefónica nacional de asalto sexual – RAINN
- Sobrevivientes adultos de abuso sexual infantil – RAINN
- Asalto sexual y salud mental – Mental Health America
- Trastorno de estrés postraumático (TEPT) – Instituto Nacional de Salud Mental
- Estadísticas de abuso sexual infantil – VictimsOfCrime.org
(4) Sexual assault on a child by one in a position of trust is a class 2 felony if:
(b) The victim is fifteen years of age or older but less than eighteen years of age and the offense is committed as part of a pattern of sexual abuse, as described in paragraph (b) of subsection (2) of this section.
Referencias Legales
- CRS 18-3-405.3. El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
(1) Cualquier persona que intencionalmente someta a otra persona que no sea su cónyuge a cualquier contacto sexual comete agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza si la víctima es un menor de dieciocho años y el autor del delito es una persona en una posición de confianza con respecto a la víctima.
(2) La agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza es un delito grave de clase 3 si:
(a) La víctima es menor de quince años; o
(b) El autor comete el delito como parte de un patrón de abuso sexual como se describe en el párrafo (1) de esta sección. No es necesario que se especifique una fecha o hora específica para el patrón de abuso sexual; excepto que los actos que constituyen el patrón de abuso sexual, ya sea que se hayan acusado en la información o acusación o se hayan cometido antes o en cualquier momento después del delito acusado en la información o acusación, estarán sujetos a las disposiciones de la sección 16-5-401(1)(a), sobre delitos sexuales contra menores. El delito acusado en la información o acusación constituirá uno de los incidentes de contacto sexual que involucre a un menor necesarios para formar un patrón de abuso sexual como se define en la sección 18-3-401(2.5). La persecución por cualquier incidente de contacto sexual que constituya el delito o cualquier incidente de contacto sexual que constituya el patrón de abuso sexual puede iniciarse y los delitos acusados en una información o acusación en un condado donde ocurrió al menos uno de los incidentes o en un condado donde se cometió un acto en relación con el delito.
(3) La agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza es un delito grave de clase 4 si la víctima tiene quince años o más pero menos de dieciocho años y el delito no se comete como parte de un patrón de abuso sexual, como se describe en el párrafo (b) del párrafo (2) de esta sección.
(4) La agresión sexual a un menor por parte de una persona en una posición de confianza es un delito grave de clase 2 si:(a) La víctima es menor de quince años; o
(b) La víctima tiene quince años o más pero menos de dieciocho años y el delito se comete como parte de un patrón de abuso sexual, como se describe en el párrafo (b) del párrafo (2) de esta sección. - CRS 18-6-401. El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
(1) Cualquier persona que cause o permita que un menor participe o sea utilizado para cualquier conducta sexual explícita con el propósito de producir cualquier representación visual de dicha conducta o con el propósito de transmitir o vender dicha representación visual comete explotación sexual de un menor.(2) La explotación sexual de un menor es un delito grave de clase 3; excepto que, si la persona comete el delito después de una condena previa por el mismo o un delito similar, es un delito grave de clase 2.
- CRS 18-6-403. El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
(1) Cualquier persona que, con el propósito de estimulación sexual, observe las partes íntimas de otra persona sin el consentimiento de esa persona o sin el conocimiento de esa persona, y en circunstancias en las que la persona observada o las circunstancias que rodean la observación harían que una persona razonable creyera que las partes íntimas de la persona no serían visibles para el público o cuando la persona observada tiene una expectativa razonable de privacidad con respecto a sus partes íntimas, comete invasión criminal de la privacidad.(2) La invasión criminal de la privacidad es un delito menor de clase 2; excepto que, si la persona observada tiene quince años o más, es un delito menor de clase 1.
- CRS 18-6-404. El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
(1) Cualquier persona que intencionalmente observe o tome una fotografía de las partes íntimas de otra persona sin el consentimiento de esa persona, en una situación en la que la persona observada tiene una expectativa razonable de privacidad, con el propósito de la gratificación sexual del observador, comete invasión criminal de la privacidad.(2) La invasión criminal de la privacidad es un delito menor de clase 2; excepto que, si la persona observada tiene quince años o más, es un delito menor de clase 1.
- CRS 18-6-405. El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
(1) Cualquier persona que intencionalmente observe o tome una fotografía de las partes íntimas de otra persona sin el consentimiento de esa persona, en una situación en la que la persona observada tiene una expectativa razonable de privacidad, comete invasión criminal de la privacidad con fines de gratificación sexual.(2) La invasión criminal de la privacidad con fines de gratificación sexual es un delito grave de clase 6.
- CRS 18-6-502. El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
(1) Cualquier persona que intencionalmente cause o permita que un menor sea colocado en una situación irrazonable que represente una amenaza de daño físico inminente para el menor comete abuso infantil.(2) El abuso infantil es un delito menor de clase 2; excepto que, si la persona intencionalmente o imprudentemente causa lesiones corporales graves o la muerte de un menor, el abuso infantil es un delito grave de clase 3.
- CRS 18-6-503. El lenguaje de la ley dice lo siguiente:
(1) Cualquier persona que cause o permita que un menor sea colocado en una situación que represente una amenaza de daño físico inminente para la vida o la salud del menor comete abuso infantil.(2) El abuso infantil es un delito menor de clase 2; except
(4) Si un acusado es declarado culpable del delito grave de agresión sexual a un menor de acuerdo con el párrafo (b) del inciso (2) de esta sección, el tribunal deberá sentenciar al acusado de acuerdo con las disposiciones de la sección 18-1.3-406.
(5) Una persona que sea declarada culpable a partir del 1 de julio de 2013 de agresión sexual a un menor por parte de alguien en una posición de confianza bajo esta sección, al ser declarada culpable, será informada por el tribunal de que no tiene derecho:
(a) A la notificación de la terminación de los derechos parentales y no tiene derecho a oponerse a la terminación de los derechos parentales para un niño concebido como resultado de la comisión de ese delito;
(b) A la asignación de responsabilidades parentales, incluyendo el tiempo de crianza y las responsabilidades de toma de decisiones para un niño concebido como resultado de la comisión de ese delito;
(c) A la herencia de un niño concebido como resultado de la comisión de ese delito; y
(d) A la notificación o al derecho de oponerse a la adopción de un niño concebido como resultado de la comisión de ese delito.
Por el contrario, la ley de agresión sexual de Colorado (CRS 18-3-402) incluye violación, violación anal, sexo oral forzado o violación con un objeto, independientemente de la edad de la víctima. También consulte nuestro artículo sobre las leyes de abuso sexual infantil de Colorado.
- Vea también People v. Roggow (Colo. 2013) 318 P.3d 446; también vea Manjarrez v. People (Colo. 2020) 465 P.3d 547. Específicamente, CRS 18-3-401(3.5) establece que: “Una persona en una “posición de confianza” incluye, pero no se limita a, cualquier persona que sea padre o actúe en lugar de un padre y tenga a su cargo cualquiera de los derechos, deberes o responsabilidades de un padre con respecto a un menor, incluido un tutor o alguien que sea responsable de la supervisión general del bienestar de un menor, o una persona que tenga cualquier deber o responsabilidad con respecto a la salud, educación, bienestar o supervisión de un menor, incluido el cuidado de crianza, el cuidado infantil, el cuidado familiar o el cuidado institucional, ya sea de forma independiente o a través de otra persona, sin importar cuán breve sea, en el momento de un acto ilegal.”
- Vea también People v. Simon (Colo. 2011) 266 P.3d 1099.
- También vea CRS 18-3-405.3. La sentencia mínima es igual al punto medio del rango de sentencia de riesgo extraordinario.
- Ver también CRS 18-3-412.5 – CRS 18-3-412.6.