rado, la obstrucción de la justicia se define como impedir, interferir, obstruir o afectar las funciones del sistema de justicia. A diferencia de algunos estados, la obstrucción de la justicia no es un delito específico. En cambio, se aplica a una serie de delitos, todos los cuales caen bajo el paraguas de la obstrucción.
Tipos de cargos por obstrucción
Los cargos penales por obstrucción de la justicia incluyen:
- Obstrucción de las operaciones gubernamentales;
- Resistencia al arresto;
- Obstrucción a un oficial de paz, bombero, proveedor de servicios médicos de emergencia, especialista en rescate o voluntario;
- Accesorio de un delito;
- Rechazo a permitir inspecciones;
- Rechazar ayudar a un oficial de paz;
- Complicidad;
- Ocultar la muerte;
- Informe falso de explosivos, armas o sustancias nocivas;
- Falsificación de informes a las autoridades;
- Hacerse pasar por un oficial de paz;
- Hacerse pasar por un servidor público;
- Abuso de registros públicos;
- Obligación de informar un delito – responsabilidad por divulgación;
- Desarmar a un oficial de paz;
- Venta ilegal de servicios o nombramientos públicos – definiciones.
Defensa contra cargos por el delito de obstrucción
Debido a la amplia variedad de delitos enumerados en el capítulo de obstrucción en Colorado, no hay una defensa que se ajuste a todas las situaciones. En su lugar, necesitas un abogado experimentado que esté familiarizado con la ley de obstrucción de Colorado y cómo defender tu caso en tu situación particular y los hechos circundantes.
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal en Denver, Colorado discuten las siguientes preguntas frecuentes:
- 1. ¿Qué es la obstrucción de la justicia en Colorado?
- 2. ¿Qué es obstruir las operaciones gubernamentales?
- 3. ¿Qué es resistir el arresto?
- 4. ¿Qué es obstruir a un oficial de paz?
- 5. ¿Qué es un cómplice de un crimen?
- 6. ¿Qué es negarse a permitir inspecciones?
- 7. ¿Qué es negarse a ayudar a un oficial de paz?
- 8. ¿Qué es el delito de complicidad?
- 9. ¿Qué es el delito de ocultar la muerte?
- 10. ¿Qué es un informe falso de explosivos, armas o sustancias nocivas?
- 11. ¿Qué es la falsa denuncia a las autoridades?
- 12. ¿Qué es hacerse pasar por un oficial de paz?
- 13. ¿Qué es hacerse pasar por un servidor público?
- 14. ¿Qué es el abuso de registros públicos?
- 15. ¿Qué es el deber de informar un crimen – responsabilidad por divulgación?
- 16. ¿Qué es desarmar a un oficial de paz?
- 17. ¿Qué es la venta ilegal de servicios o nombramientos públicos?
1. ¿Qué es la obstrucción de la justicia en Colorado?
La obstrucción de la justicia en Colorado ocurre cuando:
- se impide,
- se interfiere,
- se comete violencia,
- se obstruye o
- se perjudica
el sistema de justicia en Colorado.1 A diferencia de muchos otros estados, la obstrucción de la justicia no es un delito específico. En su lugar, se aplica a una serie de delitos diferentes, todos los cuales caen bajo el término de “obstrucción”.
A continuación, el Grupo de Defensa Legal de Colorado brinda una breve descripción de los diferentes cargos de obstrucción a la justicia en nuestro estado.
2. ¿Qué es obstruir las operaciones gubernamentales?
Cometes este delito cuando intencionalmente
- obstruyes,
- impides o
- entorpeces
el desempeño de una función gubernamental por parte de un servidor público mediante el uso o la amenaza de uso de
- violencia,
- fuerza,
- interferencia física o
- obstáculo físico.2
El cargo es un delito menor de clase 2. Es castigado con:
- hasta 120 días de cárcel,
- una multa de hasta $750, o
- ambos.3
3. ¿Qué es resistir el arresto?
Resistes el arresto si impides o intentas impedir que un oficial de paz, actuando bajo el color de su autoridad oficial, realice un arresto mediante:
- el uso de fuerza física o violencia contra el oficial; o
- el uso de cualquier medio que cree un riesgo sustancial de lesiones corporales para el oficial. 4
El cargo es un delito menor de clase 2. Si eres declarado culpable, enfrentas:
- posible pena de cárcel de hasta 120 días,
- una multa de hasta $750, o
- ambos. 5
4. ¿Qué es obstruir a un oficial de paz?
Cometes “obstrucción” cuando, mediante el uso o la amenaza de uso de violencia, fuerza o interferencia física, obstruyes, impides o entorpeces conscientemente:
- la aplicación de la ley penal
- la preservación de la paz
- la extinción de incendios por parte de un bombero, o
- la aplicación de tratamiento médico o asistencia de emergencia.
Se aplica no solo a los oficiales de policía, sino también a:
- un oficial de paz (oficial de policía)
- bombero
- proveedor de servicios médicos de emergencia
- especialista en rescate, o
- voluntario.6
Obstruir a un oficial de policía es un delito menor de clase 2. Si eres declarado culpable, enfrentas las siguientes posibles sanciones:
- posible pena de cárcel de hasta 120 días,
- una multa de hasta $750, o
- ambos.
5. ¿Qué es un accesorio en un crimen?
Eres un accesorio en un crimen si:
- brindas ayuda a una persona
- con la intención de obstaculizar, retrasar o evitar la
- descubrimiento,
- detención,
- aprehensión,
- enjuiciamiento,
- condena, o
- castigo de esa persona por la comisión de un crimen.7
Dependiendo de los hechos del caso, si eres declarado culpable de ser un accesorio en un crimen, puedes ser culpable de un delito grave o delito menor.
6. ¿Qué es una negativa a permitir inspecciones?
Cometes este delito si, sabiendo que un servidor público está legalmente autorizado a inspeccionar una propiedad, tú:
- te niegas a producir o poner a disposición la propiedad para su inspección en una hora razonable, o
- si la propiedad está disponible para su inspección, te niegas a permitir la inspección. 8
Una violación de esta sección es una infracción civil que conlleva hasta $100 en multas.
7. ¿Qué es negarse a ayudar a un oficial de paz?
A partir del 1 de marzo de 2022, ya no es un delito negarse de manera irrazonable a ayudar a un oficial de paz después de que este haya ordenado ayuda para:
- efectuar o asegurar un arresto; o
- prevenir la comisión de cualquier delito por parte de otra persona. 9
Una violación de esta sección era un delito menor de Clase 1.
s el delito de complicidad?
El CRS 18-8-108 es la sección del código de Colorado que define el delito penal de complicidad en Colorado.
to de complicidad ocurre cuando aceptas o acuerdas aceptar un beneficio monetario a cambio de no acusar a un delincuente o de no informar a las autoridades policiales sobre un delito, sospecha de delito o información relacionada con un delito. 10
El delito de complicidad es un delito menor de Clase 2 en el estado de Colorado. Las penas por este delito incluyen:
- posible pena de cárcel de hasta 120 días,
- una multa de hasta $750, o
- ambas.
9. ¿Qué es el delito de ocultar la muerte?
Cometes este delito si:
- ocultas la muerte de otra persona, y con ello
- impides la determinación de la causa o circunstancias de la muerte. 11
Este delito es un delito menor de Clase 1. Si eres declarado culpable, puedes enfrentar:
- hasta 364 días en la cárcel,
- una multa de hasta $1,000, o
- ambas.
10. ¿Qué es un informe falso de explosivos, armas o sustancias nocivas?
Cometes este delito si:
- informas a cualquier otra persona que:
- se ha colocado una bomba u otro explosivo,
- un agente químico o biológico,
- un veneno,
- un arma, o
- una sustancia radiactiva en cualquier lugar público o privado o en un vehículo diseñado para el transporte de personas o bienes; y
- sabes que el informe es falso. 12
Si eres declarado culpable, enfrentas penas de delito grave de Clase 6 de la siguiente manera:
- 1 año a 18 meses en prisión
- una multa de $1,000 a $100,000, o
- ambas. 13
11. ¿Qué es el informe falso a las autoridades?
Cometes el delito de informe falso a las autoridades si sabiendo que:
- causas una falsa alarma o activas un dispositivo de emergencia en una agencia de servicios de emergencia (por ejemplo, un departamento de bomberos o una ambulancia);
- impides la activación de una alarma;
- haces un informe falso de un delito; o
- proporcionas información de identificación falsa a las autoridades. 14
El informe falso a las autoridades puede ser un delito grave o un delito menor.
12. ¿Qué es hacerse pasar por un oficial de paz?
CRS § 18-8-112 es la sección del código de Colorado que define el delito de hacerse pasar por un oficial de paz. Cometes este delito si:
- finges ser un policía o una policía, y
- realizas un acto mientras finges ese papel. 15
Un oficial de paz se define como:
- un policía o una policía en uniforme; o, si está fuera de servicio,
- uno que se ha identificado exhibiendo sus credenciales como oficial de paz.
Hacerse pasar por un oficial de paz es un delito grave de Clase 6 en este estado. Las penas por el delito incluyen:
- de 12 a 18 meses en la cárcel
- una multa de $1,000 hasta un máximo de $100,000, y
- libertad condicional obligatoria por un año.
13. ¿Qué es hacerse pasar por un servidor público?
CRS 18-8-113 es la sección del código de Colorado que define el delito de hacerse pasar por un servidor público.
Cometes este delito si:
- finges ser un servidor público que no sea un oficial de paz; y
- realizas cualquier acto en la capacidad fingida. 16
Un servidor público se define como:
- cualquier funcionario o empleado del gobierno, ya sea elegido o designado;
- cualquier persona que participe como asesor, consultor, servidor de procesos; o
- cualquier persona que de otra manera realice una función gubernamental.
Los oficiales de policía también son considerados servidores públicos, pero como “oficiales de paz” están excluidos de esta sección. La suplantación de un oficial de policía se acusa como un delito penal diferente.
14. ¿Qué es el abuso de registros públicos?
CRS 18-8-114 es la sección del código de Colorado que define el delito de abuso de registros.
Cometes este delito si:
- sabes que haces una entrada falsa o alteras falsamente cualquier registro público;
- sabiendo que la persona no tiene autoridad para hacerlo, destruyes, mutilas, ocultas, remueves o afectas la disponibilidad de un registro público;
- sabiendo que la persona no tiene autoridad para mantener el registro, te niegas a entregar el registro público después de una solicitud adecuada para ese registro;
- sabiendo que la persona no ha sido autorizada por el guardián del registro público para hacerlo, alteras conscientemente cualquier registro público.
15. ¿Qué es el deber de reportar un delito – responsabilidad por divulgación?
Toda persona o corporación en Colorado que tenga motivos razonables para creer que se ha cometido un delito tiene el deber de informar el delito sospechoso de inmediato a las autoridades policiales. 17
No informar del delito se considera un delito en sí mismo según la ley de Colorado.
16. ¿Qué es desarmar a un oficial de paz?
CRS § 18-8-116 es la sección del código de Colorado que define el delito de desarmar a un oficial de paz o policía. Cometes este delito si, sin justificación y sin consentimiento, quitas a un oficial de paz que actúa bajo el color de su autoridad oficial cualquiera de los siguientes:
- un arma de fuego,
- un dispositivo de autodefensa electrónico,
- un dispositivo de contacto directo de aturdimiento, o
- otro dispositivo similar.18
Según la ley de Colorado, el delito es un delito grave de Clase 5 y es castigado con:
- 1 a 3 años en la Prisión Estatal de Colorado
- una multa entre $1,000 y $100,000, y
- un período de libertad condicional obligatorio de 2 años.
En muchos casos, los fiscales de Colorado te acusan de un intento de cometer el delito (cuando no tienes éxito en desarmar al oficial de la ley). El intento es un delito grave de Clase 6 y es castigado con:
- 12 a 18 meses en prisión
- hasta $100,000 en multas, y
- un período de libertad condicional obligatorio de un año.
17. ¿Qué es la venta ilegal de servicios o citas proporcionados públicamente?
Cometes el delito de venta ilegal de servicios o citas proporcionados públicamente si:
- reservas u obtienes el servicio o cita y lo vendes;
- intenta vender el servicio o cita; o
- haces una representación falsa a un comprador sobre el servicio o cita.19
Referencias legales:
- Código revisado de Colorado, código penal 18-8-101 (Definiciones).
- CRS 18-8-102 (Obstrucción de operaciones gubernamentales). (1) Una persona comete obstrucción de operaciones gubernamentales si intencionalmente obstruye, impide o dificulta el desempeño de una función gubernamental por parte de un servidor público, utilizando o amenazando con usar violencia, fuerza o interferencia física u obstáculo.
(2) Será una defensa afirmativa que:
(a) La obstrucción, impedimento o dificultad fue de una acción ilegal por parte de un servidor público; o
(b) La obstrucción, impedimento o dificultad fue de la realización de un arresto; o
(c) La obstrucción, impedimento o dificultad de una función gubernamental fue por actividades legales en relación con una disputa laboral con el gobierno.
(3) La obstrucción de operaciones gubernamentales es un delito menor de clase 2. - CRS 18-1.3-501 (Clasificaciones de penas por delitos menores). Antes del 1 de marzo de 2022, la obstrucción de operaciones gubernamentales era un delito menor de clase 3. Era castigado con hasta 6 meses de cárcel y/o una multa de $50 a $750. SB21-271.
- CRS 18-8-103 (Resistencia al arresto).
- Igual. Antes del 1 de marzo de 2022, las penas eran de 3 a 12 meses de cárcel y/o $250 a $1,000. SB21-271.
- CRS 18-8-104 (Obstrucción a un oficial de paz). (1) (a) Una persona comete obstrucción a un oficial de paz, bombero, proveedor de servicios médicos de emergencia, especialista en rescate o voluntario cuando, utilizando o amenazando con usar violencia, fuerza, interferencia física u obstáculo, dicha persona obstruye, impide o dificulta conscientemente la aplicación de la ley penal o la preservación de la paz por parte de un oficial de paz, actuando bajo el color de su autoridad oficial; obstruye, impide o dificulta conscientemente la prevención, control o eliminación de incendios por parte de un bombero, actuando bajo el color de su autoridad oficial; obstruye, impide o dificulta conscientemente la administración de tratamiento médico o asistencia de emergencia por parte de un proveedor de servicios médicos de emergencia o especialista en rescate, actuando bajo el color de su autoridad oficial; o obstruye, impide o dificulta conscientemente la administración de atención de emergencia o asistencia de emergencia por parte de un voluntario, actuando de buena fe para prestar dicha atención o asistencia sin compensación en el lugar de una emergencia o accidente.
(b) Para asegurar que los animales utilizados en actividades de aplicación de la ley o prevención de incendios estén protegidos de daños, una persona comete obstrucción a un oficial de paz o bombero cuando, utilizando o amenazando con usar violencia, fuerza, interferencia física u obstáculo, él o ella obstruye, impide o dificulta conscientemente a cualquier animal de este tipo.
(2) No es una defensa en un proceso penal bajo esta sección que el oficial de paz estaba actuando de manera ilegal, si él o ella estaba actuando bajo el color de su autoridad oficial. Un oficial de paz actúa “bajo el color de su autoridad oficial” si, en el curso regular de sus deberes asignados, él o ella toma una decisión de buena fe basada en los hechos y circunstancias circundantes de que él o ella debe actuar para hacer cumplir la ley o preservar la paz.
(2.5) Si una persona es acusada de cometer el delito descrito en la subsección (1)(a) o (1)(b) de esta sección utilizando o amenazando con utilizar un sistema de aeronaves no tripuladas como obstáculo, el delito no se aplica si la persona que opera el sistema de aeronaves no tripuladas:
(a) Obtiene permiso para operar el sistema de aeronaves no tripuladas de una agencia de aplicación de la ley u otra entidad que esté coordinando la respuesta de oficiales de paz, bomberos, proveedores de servicios médicos de emergencia, especialistas en rescate o voluntarios a una emergencia o accidente;
(b) Continúa comunicándose con dicha entidad durante la operación del sistema de aeronaves no tripuladas; y
(c) Cumple inmediatamente con cualquier instrucción de la entidad con respecto a la operación del sistema de aeronaves no tripuladas.
(3) Derogado.
(4) Obstruir a un oficial de paz, bombero, proveedor de servicios médicos de emergencia, especialista en rescate o voluntario es un delito menor de clase 2.
(5) A los efectos de esta sección, a menos que el contexto requiera lo contrario:
(a) “Proveedor de servicios médicos de emergencia” significa un miembro de una agencia de servicios médicos de emergencia pública o privada, ya sea que esa persona sea voluntaria o reciba una compensación por los servicios prestados como proveedor de servicios médicos de emergencia.
(b) “Obstáculo” incluye un sistema de aeronaves no tripuladas.
(c) “Especialista en rescate” significa un miembro de una agencia de rescate pública o privada, ya sea que esa persona sea voluntaria o reciba una compensación por los servicios prestados como especialista en rescate. - CRS 18-8-105 (Accesorio al delito).
- CRS 18-8-106 (Negativa a permitir inspecciones). Antes del 1 de marzo de 2022, la negativa a permitir inspecciones era una infracción menor de clase 1. SB21-271.
- CRS 18-8-107 (Negativa a ayudar a un oficial de paz). SB21-271.
- CRS 18-8-108 (Complicidad). Antes del 1 de marzo de 2022, la complicidad era un delito menor de clase 3 con hasta 6 meses de cárcel y/o $50 a $750 en multas. SB21-271.
- CRS 18-8-109 (Ocultar la muerte). Antes del 1 de marzo de 2022, las penas incluían de 6 a 18 meses de cárcel y/o $500 a $5,000. SB21-271.
- CRS 18-8-110 (Informe falso de explosivos, armas o sustancias nocivas).
- CRS 18-1.3-401 (Clasificaciones de penas por delitos graves).
- CRS 18-8-111 (Informe falso a las autoridades).
- CRS 18-8-112 (Hacerse pasar por un oficial de paz).
- CRS 18-8-113 (Hacerse pasar por un servidor público).
- CRS 18-8-115 (Obligación de informar un delito – responsabilidad por divulgación).
- CRS 18-8-116 (Desarmar a un oficial de paz).
- CRS 18-8-117 (Venta ilegal de servicios o nombramientos públicos).