Estatuto Revisado de Colorado § 18-7-301 C.R.S. considera una falta menor cometer indecencia pública. Esto incluye exponer tus genitales o tus partes íntimas en público. La ley también prohíbe tener relaciones sexuales o tocar lascivamente a alguien en público.
Como una falta menor, una condena por indecencia pública conlleva hasta 10 días de cárcel y/o hasta $300 en multas. Ejemplos de indecencia pública incluyen:
- Tener relaciones sexuales en un parque.
- Orinar en un poste telefónico.
- Mostrar tus pechos en la calle porque te excita sexualmente.
- Tocar la entrepierna de tu cita en un cine.

En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver abordan los siguientes temas sobre las leyes de indecencia pública en Colorado:
- 1. Elementos
- 2. Defensas
- 3. Penalizaciones
- 4. Delitos Relacionados
- Preguntas Frecuentes
- Lectura Adicional
1. Elementos
Para que seas condenado por indecencia pública bajo C.R.S. 18-7-301, los fiscales de Colorado deben probar más allá de toda duda razonable que cometiste cualquiera de los siguientes cuatro actos en público o donde razonablemente se pueda esperar que el público te vea:
- Tener relaciones sexuales,
- Exponer tus partes íntimas (tu pecho, glúteos, ano o área púbica, pero no tus genitales) para excitar o satisfacer el deseo sexual tuyo o de otra persona,
- Exponer conscientemente tus genitales de una manera que probablemente cause ofensa o alarma aunque no tuvieras intención de asustar u ofender a nadie, y
- Tocar o acariciar lascivamente a alguien de manera abiertamente sexual, ofensiva y lujuriosa. Esto no incluye abrazar, besar, tomarse de las manos o amamantar a un bebé.1
La indecencia pública es un delito menos grave que la exposición indecente, que es exponer conscientemente tus genitales con la intención de excitar los deseos sexuales de cualquier persona. Puedes ser condenado por indecencia pública por exponer tus genitales aunque no tuvieras intención sexual.
2. Defensas
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos sexuales como la indecencia pública. En nuestra experiencia, las siguientes cinco defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales y jueces para lograr que se desestimen los cargos bajo C.R.S. 18-7-301.
- Fuiste acusado falsamente.
- La exposición fue un accidente y no intencional.
- Eres víctima de identidad equivocada (lo cual es común cuando el verdadero perpetrador llevaba máscara).
- No hubo exposición de tus partes íntimas o genitales, y la policía se equivocó.
- Tu exposición genital no era probable que causara ofensa o alarma.
Violar el C.R.S. 18-7-301 es una falta menor en Colorado.
3. Penalizaciones
La indecencia pública es una falta menor en Colorado. Bajo C.R.S. 18-7-301, una condena puede conllevar hasta:
- 10 días en la cárcel y
- $300 en multas.2
Registro de Delincuentes Sexuales
Antes del 1 de marzo de 2022, el registro de delincuentes sexuales era obligatorio en Colorado cuando fuiste condenado por cualquiera de los siguientes:
- indecencia pública por exponer tus genitales por segunda vez en cinco años o
- una tercera o subsiguiente ofensa de indecencia pública por exponer tus genitales.
Sin embargo, debido a un cambio en la ley, ya no se requiere el registro de delincuentes sexuales.3 Si actualmente estás en el registro por indecencia pública, contacta a un abogado para solicitar la eliminación del registro.
Consecuencias Migratorias
Una condena por indecencia pública puede ser motivo de deportación, especialmente si no es tu primera ofensa. Incluso si te declaras culpable para evitar la cárcel o para usar un programa de desviación, puede constituir una “condena” bajo la ley migratoria federal.
Sellado de Antecedentes
Las condenas por faltas menores pueden ser selladas un año después de que termine tu caso. Si tu caso es desestimado, puedes solicitar el sellado de inmediato.4
Aprende cómo sellar antecedentes penales en Colorado.
4. Delitos Relacionados
- Alteración del orden público (C.R.S. 18-9-106)
- Exposición indecente (C.R.S. 18-7-302)
- Contacto sexual ilícito (C.R.S. 18-3-404)
Una condena por indecencia pública puede ser sellada de tu historial criminal en Colorado un año después de que se cierre el caso.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo ser acusado de indecencia pública por actos no sexuales?
Sí. Aunque el C.R.S. 18-7-301 se enfoca en conductas y exposiciones sexuales, muchas ciudades de Colorado tienen códigos municipales más amplios. En algunas jurisdicciones, como Westminster, las ordenanzas locales de indecencia pública pueden incluir técnicamente la “escupidera” (escupir en público) u otros comportamientos “ofensivos” no sexuales.
Además, bromas comunes como “mostrar el trasero” o “desnudez momentánea” en eventos deportivos frecuentemente se acusan como indecencia pública bajo la cláusula de “ofensa o alarma”.
¿Qué es un comportamiento “lascivo” en Colorado?
Los Estatutos Revisados de Colorado no proporcionan una definición estricta de “lascivo”. Debido a que el término es subjetivo, si un acto como tocar, acariciar o exponer es “lascivo” depende completamente de la discreción del oficial de policía en la escena o del fiscal que presenta los cargos.
Esto significa que un comportamiento que una persona considera “muestras públicas de afecto apasionadas” en un parque o vestíbulo de hotel podría ser interpretado por un fiscal como “toqueteo lascivo”.
¿Puedo ser acusado si estoy vestido pero simulando un acto sexual?
Sí. Bajo la subsección de “toqueteo o caricia lasciva” de la ley, no siempre se requiere desnudez física. Si una persona realiza movimientos abiertamente sexualizados o simula sexo en un lugar público que causa “ofensa o alarma” a otros, las autoridades en condados como Denver, Arapahoe y Jefferson pueden emitir una citación por indecencia pública.
¿Hay diferencia entre ser acusado bajo la ley estatal y el código municipal de la ciudad?
Sí. Mientras que la ley estatal es una falta menor, muchas ciudades (como Denver, Aurora o Boulder) tienen sus propias versiones locales de la ley. Si te acusan bajo una ordenanza municipal, tu caso será escuchado en un tribunal de la ciudad en lugar de un tribunal del condado.
Aunque las penalizaciones suelen ser similares (multas y cortas estancias en la cárcel), las definiciones específicas de lo que constituye “indecencia” pueden variar ligeramente de una ciudad a otra.
¿Qué pasa si soy condenado por indecencia pública por segunda vez?
Mientras que una condena por primera vez por indecencia pública es una falta menor y no requiere registro de delincuentes sexuales, una segunda condena—específicamente por exponer genitales—dentro de cinco años puede ser mucho más severa. Puede escalar a un delito menor de clase 1.
Más importante aún, una segunda condena puede activar la supervisión de la Junta de Gestión de Delincuentes Sexuales (SOMB). Esto puede llevar a programas de tratamiento obligatorios, intensivos e invasivos que van mucho más allá de una simple multa o unos días en la cárcel.
¿Es “jardinería sin camiseta” o tomar el sol indecencia pública?
Depende de la intención. En Colorado, exponer “partes íntimas” (que incluye los pechos) solo es un delito si se hace con la intención de excitar o satisfacer el deseo sexual. Si una persona simplemente está jardineando o tomando el sol sin intención sexual, no cumple con los criterios del estatuto estatal.
Sin embargo, si un vecino se queja, la policía puede investigar para determinar si la conducta fue para causar “ofensa o alarma”.
Lectura Adicional
Para información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- Revelando las Incertidumbres Desnudas de la Exposición Indecente – Columbia Journal of Law & Social Problems.
- Derecho Penal y Procedimiento: Exposición Indecente: Nudismo – Michigan Law Review.
- Sanciones Penales contra el Bronceado Nudista en California – Criminal Justice Journal.
- Derecho Constitucional-Castigo Cruel o Inusual-Sentencia Indeterminada sin Término Máximo para una Segunda Ofensa de Exposición Indecente es tan Desproporcionada al Delito que Viola la Provisión de Castigo Cruel o Inusual de la Constitución de California – Loyola of Los Angeles Law Review.
- Exposición indecente: un delito serio de ‘molestia’ – Women’s History Review.
Referencias Legales:
- C.R.S. § 18-7-301.
(1) Cualquier persona que realice cualquiera de los siguientes actos en un lugar público o donde razonablemente se pueda esperar que el público observe la conducta comete indecencia pública:
(a) Un acto de relaciones sexuales; o
(b) (Eliminado por enmienda, L. 2010, (HB 10-1334), cap. 1707, p. 1707, § 1, vigente desde el 11 de agosto de 2010.)
(c) Una exposición lasciva de una parte íntima según definida en la sección 18-3-401 (2) del cuerpo, sin incluir los genitales, hecha con la intención de excitar o satisfacer el deseo sexual de cualquier persona; o
(d) Un toqueteo o caricia lasciva del cuerpo de otra persona; o
(e) Una exposición consciente de los genitales de la persona a la vista de otra persona bajo circunstancias en las que dicha conducta probablemente cause ofensa o alarma a la otra persona.
(2) La indecencia pública es una falta menor.
(3) (Eliminado por enmienda, L. 2010, (HB 10-1334), cap. 1707, p. 1707, § 1, vigente desde el 11 de agosto de 2010.)C.R.S. § 18-3-401(2). People v. Graves (Colo. 2016) 368 P.3d 317. C.R.S. § 25-6-302. People v. Randall (Colo. 1985) 711 P.2d 689 (interpretando “ofensa y alarma” bajo la ley de exposición indecente de Colorado). C.R.S. § 18-1-901(3)(n). People v. Naranjo (Colo. App. 2015) 405 P.3d 279 (revocado por otros motivos) (definiendo “lugar público” bajo C.R.S. § 18-1-901(3)(n) en el contexto de alteración del orden público con un arma mortal). People v. Hoskay (Colo. App. 2003) 87 P.3d 194 (la cuestión “no depende de lo que un acusado en particular realmente sabía, sino de lo que una persona razonable en la posición del acusado debería haber sabido”). People v. Lopez (Colo. App. 2020) 471 P.3d 1285. - C.R.S. § 18-7-301(2). Antes del 1 de marzo de 2022, la indecencia pública era una falta menor de clase 1, con hasta 6 meses de cárcel y/o $500 en multas. SB21-271.
- SB21-271.
- C.R.S. § 24-72-706.