Las infracciones de tráfico de clase B en Colorado son violaciones menores de tráfico que se sancionan con multas de $15 a $100 más un pequeño recargo y sin puntos en el DMV. Como casos civiles, las infracciones de tráfico de clase B no conllevan tiempo en la cárcel. Sin embargo, la falta de pago puede resultar en la revocación de la licencia de conducir. Las infracciones de tráfico de clase B no pueden ser selladas de su historial.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Colorado discuten:
- 1. ¿Qué son las infracciones de tráfico de clase B?
- 2. ¿Cuál es la sentencia?
- 3. ¿Perderé mi licencia por no pagar?
- 4. ¿Cuáles son ejemplos?
- 5. ¿Cuándo pueden sellarse las infracciones de tráfico de clase B?
- 6. ¿Se emitirá una orden de arresto si no me presento?
- 7. ¿Puedo tener un juicio con jurado?
- 8. ¿Puedo conservar mis armas?
1. ¿Qué son las infracciones de tráfico de clase B?
Las infracciones de tráfico de clase B son una categoría de violaciones de tráfico en Colorado bajo la ley estatal. Son menos graves que las infracciones de tráfico de clase A. Y a diferencia de las faltas de tráfico, las infracciones de tráfico de Colorado son civiles, no penales.1
Permitir que un menor no autorizado conduzca es una infracción de tráfico de clase B en Colorado.
2. ¿Cuál es la sentencia?
Las sentencias por infracciones de tráfico de clase B no incluyen tiempo en la cárcel según la ley estatal de Colorado. En cambio, el castigo consiste en multas que van de $15 a $100 más un recargo. No conllevan puntos en su licencia de conducir.2
Tenga en cuenta que puede que pueda realizar servicio comunitario / servicio público con el permiso del juez en lugar de pagar una multa.
3. ¿Perderé mi licencia por no pagar?
Sí. Las personas con multas impagas por infracciones de tráfico de clase B en Colorado tienen lo que se llama una orden de juicio pendiente (OJW). Las personas con una OJW tendrán su licencia de conducir suspendida por el Departamento de Ingresos de Colorado (DMV). El DMV bloqueará la emisión o renovación de una licencia de conducir a cualquiera que tenga una OJW.
Una vez que tenga una OJW, debe pagar la multa de una sola vez, no en cuotas. Si continúa conduciendo a pesar de tener una OJW, enfrentará una multa por infracción de tráfico de clase A por conducir bajo restricción (CRS 42-2-138).3
Incluso si paga las multas por infracciones de tráfico vencidas, debe solicitar la reinstalación de la licencia. Esto conlleva una tarifa adicional de $95.
4. ¿Cuáles son ejemplos?
Cinco ejemplos de infracciones de tráfico de clase B en Colorado incluyen las siguientes violaciones a la ley de tránsito:
- Conducir con licencia vencida (CRS 42-2-101), vencida por menos de un año
- Permitir que una persona no autorizada conduzca (CRS 42-2-140)
- Permitir que un menor no autorizado conduzca (CRS 42-2-139)
- Conducir sin placas (CRS 42-3-202)
- Conducir un vehículo motorizado sin cinturón de seguridad (CRS 42-4-237)
- Polarizado ilegal de ventanas (CRS 42-4-227)
Por lo tanto, las infracciones de tráfico de clase B son violaciones menores de las normas de tránsito.
Vea la lista oficial del gobierno estatal de infracciones de tráfico de clase B.
Las infracciones de tráfico de clase B en Colorado conllevan multas pero no resultan en puntos en el DMV.
5. ¿Cuándo pueden sellarse las infracciones de tráfico de clase B?
Nunca. Las infracciones de tráfico de clase B nunca pueden ser selladas de su historial de conducción en Colorado. Permanecen en su historial para siempre.4
Aprenda más sobre sellos de antecedentes penales en Colorado.
6. ¿Se emitirá una orden de arresto si no me presento?
No, no por infracciones de tráfico de clase B. En cambio, el juez del tribunal del condado o municipal impondrá un fallo en su contra si no paga o no se presenta a las audiencias.5
7. ¿Puedo tener un juicio con jurado?
No. Pero los conductores de Colorado citados por infracciones de tráfico de clase B pueden tener un juicio ante juez, donde un juez decide el veredicto.6
8. ¿Puedo conservar mis armas?
Sí. Las infracciones de tráfico de clase B no afectan los derechos sobre armas de fuego en Colorado.7
Lectura adicional:
Vea nuestros artículos relacionados sobre conducción negligente (CRS 42-4-1402) – incluyendo en scooter, exceso de velocidad (CRS 42-4-1101) – incluyendo en zona escolar o de construcción, conducción temeraria (CRS 42-4-1401), evadir a la policía / agentes del orden / oficiales de policía (CRS 42-4-1413), DUI, fuga con lesiones corporales (CRS 42-4-1603) y faltas menores.
Referencias legales
- Estatuto Revisado de Colorado 42-4-1701; véase también People v. Cherry (2005) 119 P.3d 1081; véase también Carlson v. Ferris (2003) 85 P.3d 504.
- CRS 42-4-1701; CRS 42-4-1709.
- CRS 42-4-1710; CRS 42-4-1716; CRS 42-2-122; CRS 42-2-138 (subsección 1.5).
- CRS 24-72-701 – 708.
- CRS 42-4-1710.
- CRS 42-4-1708.
- Véase CRS 18-12-108; véase Constitución de Colorado, Artículo IV, § 7.