Una audiencia de rescisión de libertad condicional es una audiencia celebrada ante un miembro de la Junta Estatal de Libertad Condicional de Colorado para determinar si se debe revocar una decisión de concesión de libertad condicional. Incluso después de que la junta concede la libertad condicional a un recluso, la junta puede rescindir esa decisión antes de que el recluso sea liberado.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver, Colorado abordarán:
- 1. ¿Qué es una audiencia de rescisión de libertad condicional en Colorado?
- 2. ¿Puede la junta revocar la libertad condicional después de concederla?
- 3. ¿Por qué la junta rescindiría la decisión de conceder la libertad condicional?
- 4. ¿Puede mi abogado representarme en la audiencia de rescisión?
- 5. ¿Quién más podrá asistir a la audiencia de rescisión?
- 6. ¿Puedo apelar la decisión de la junta de rescindir la libertad condicional?
Una audiencia de rescisión de libertad condicional es una audiencia celebrada ante un miembro de la Junta Estatal de Libertad Condicional de Colorado para determinar si se debe revocar una decisión de concesión de libertad condicional.
1. ¿Qué es una audiencia de rescisión de libertad condicional en Colorado?
Después de que un recluso es programado para la libertad condicional, su liberación aún puede ser revocada. Una audiencia de rescisión es una audiencia para determinar si una liberación programada debe ser revocada, o “rescindida.”
La rescisión también se conoce como “reconsideración de la libertad condicional antes de la liberación.” Una audiencia de rescisión es una audiencia celebrada ante un solo miembro de la Junta Estatal de Libertad Condicional de Colorado. El miembro de la junta considera nueva información para decidir si la libertad condicional debe ser rescindida.123
La rescisión de libertad condicional a menudo se confunde con la revocación de libertad condicional. Una audiencia de revocación de libertad condicional en Colorado tiene lugar después de que un recluso ha sido liberado para determinar si la libertad condicional debe ser revocada y el recluso debe ser devuelto a la reclusión. La rescisión implica retirar la libertad condicional antes de que el recluso sea liberado.
Las audiencias de rescisión pueden celebrarse en la institución donde el individuo está confinado o por telecomunicación en vivo, a discreción de la junta. Las audiencias de rescisión generalmente se llevan a cabo ante un solo miembro de la junta.4
Después de que concluye la entrevista de rescisión, el miembro de la junta que entrevista hará una recomendación para rescindir la liberación del recluso o proceder con la liberación planificada bajo libertad condicional discrecional. Un segundo miembro de la junta revisará la recomendación. Si el segundo miembro aprueba la recomendación, la decisión es final.5
2. ¿Puede la junta revocar la libertad condicional después de concederla?
Sí, la junta puede revocar la oferta de libertad condicional después de haberla concedido. Según las reglas de la junta, la libertad condicional está condicionada a la buena conducta del recluso entre la fecha de la orden de libertad condicional y la fecha efectiva de liberación.6
Además, la junta puede reconsiderar si conceder la libertad condicional al recibir nueva información. Pueden reconsiderar su decisión por cualquier motivo. La concesión de la libertad condicional no es definitiva hasta que el recluso es liberado.7
3. ¿Por qué la junta rescindiría la decisión de conceder la libertad condicional?
La Junta Estatal de Libertad Condicional puede rescindir una oferta por cualquier motivo.8 Sin embargo, generalmente hay cuatro (4) razones por las que la junta rescindiría una liberación programada, incluyendo:
- Nueva información no considerada previamente por la junta;
- El recluso no puede cumplir con las condiciones de la libertad condicional;
- Violaciones de conducta entre la fecha de la orden de libertad condicional y la fecha efectiva de liberación; o
- Violaciones procesales en la audiencia de solicitud.
Delitos del Recluso
La concesión de la libertad condicional está condicionada a la buena conducta.9 Después de la fecha de una orden de libertad condicional, el recluso debe mantener buen comportamiento en la instalación correccional. Cualquier delito cometido por el recluso puede resultar en sanciones y en la rescisión de la liberación. Algunos de los delitos más comunes que podrían causar que se retire la libertad condicional incluyen:
- Armas de contrabando
- Drogas de contrabando
- Desobedecer órdenes directas
- Peleas con guardias
- Peleas con otros presos
Según la Regulación Administrativa AR 550-08 del Departamento de Correcciones de Colorado, cuando han ocurrido cambios significativos desde que se concedió la orden, el departamento tiene la discreción de suspender y rescindir la liberación. “Cambios significativos” incluyen:
- Se presentó una orden de arresto desde que se concedió la libertad condicional.
- El infractor ha sido acusado o condenado por una violación del código disciplinario de Clase I o II.
- Se ha recibido una condena adicional por delito grave, haciendo que la fecha de liberación sea inexacta.
- Información que indica que el plan previo a la libertad condicional existente en el momento de la decisión de la junta ya no es apropiado.
- Información o circunstancias desfavorables que se recibieron y no estaban disponibles en el momento en que se tomó la decisión de liberación.
- Negativa del infractor a firmar el acuerdo de libertad condicional, o renuncia interestatal de extradición.
- Negativa del infractor a ser colocado en correcciones comunitarias como condición de la libertad condicional.
- Negativa a someterse a un examen médico para determinar la viabilidad del abuso de sustancias.10
Ejemplo: Henry fue sentenciado a 4 años de prisión por extorsión criminal. Basado en su buen comportamiento y otros factores, Henry iba a ser liberado condicionalmente en 2 semanas. Sin embargo, cuando Henry regresó a su celda, se peleó y agredió a su compañero de celda. Como resultado de la pelea, la junta decidió rescindir la decisión de liberar a Henry.
Incapacidad para Cumplir las Condiciones de la Libertad Condicional
La junta puede determinar las condiciones de la libertad condicional del recluso. Algunas de estas condiciones pueden ser requeridas antes de la liberación del recluso. Si el recluso no puede cumplir con las condiciones antes de la liberación, la liberación condicional puede ser suspendida hasta que el recluso cumpla con esas condiciones.11
Ejemplo: Arthur fue condenado por contacto sexual ilegal usando una droga de violación en cita. El contacto sexual mediante drogadicción de la víctima es un delito grave en Colorado, y Arthur fue sentenciado a 6 años de prisión. Después de cumplir parte de su condena, Arthur iba a ser liberado condicionalmente siempre que viviera en un lugar que cumpliera con su estatus de registro de delincuentes sexuales.
Arthur buscaba un lugar para vivir después de la liberación, pero el único lugar que pudo encontrar fue vivir con su madre, quien vivía junto a una escuela primaria. Aunque Arthur iba a ser liberado, no pudo cumplir con las condiciones de la liberación y su liberación sería suspendida hasta que pudiera encontrar un lugar adecuado para vivir.
Nueva Información
La junta de libertad condicional considera mucha información al decidir si el recluso será liberado condicionalmente. Generalmente, la junta considera esta información durante la entrevista de solicitud o durante una audiencia. Sin embargo, en algunos casos, esta información puede no conocerse hasta después de que se concede la libertad condicional.
La junta puede considerar la recepción de cualquier información no considerada previamente. La junta puede considerar cualquier nueva información para decidir si rescindir la libertad condicional por cualquier motivo.12 Esta información incluye:
- Testimonio de la víctima
- Declaraciones de otras víctimas
- Registros judiciales
- Historiales de casos
- Datos personales
- Cambios en el plan de libertad condicional
- Nuevas directrices de evaluación de riesgos
- Testimonio de un patrocinador o empleador de libertad condicional
- Amenazas a la víctima o a la familia de la víctima
- Cambios en la conducta en la institución correccional
- Cualquier otra información 1314
Ejemplo: Charlie fue acusado de agresión por violencia doméstica y violar una orden de protección en Colorado. Charlie fue sentenciado a 4 años de prisión. Durante su tiempo en la cárcel, Charlie asistió a consejería para manejo de la ira y tratamiento por abuso de sustancias. Con los años, Charlie se convirtió en un recluso modelo. Charlie iba a ser liberado condicionalmente en unas semanas.
La víctima del caso de violencia doméstica de Charlie contactó a la junta después de enterarse de que él iba a ser liberado anticipadamente. La víctima dijo que amigos de Charlie la llamaban y visitaban su casa, diciendo que Charlie volvería y ella se arrepentiría de haber llamado a la policía. La junta determinó que Charlie estaba contactando a amigos para que amenazaran a la víctima y a su familia. Como resultado, la liberación de Charlie fue rescindida.
Violaciones Procesales
También puede haber violaciones procesales que justifiquen la rescisión de la oferta de libertad condicional por parte de la junta. Si estos errores se descubren antes de que el recluso sea liberado, la libertad condicional puede ser revocada. Ejemplos podrían incluir:
- Cálculo incorrecto de la fecha de elegibilidad para libertad condicional (PED)
- Errores informáticos
- Errores de notificación
- Errores administrativos
Un abogado puede acompañar a su cliente durante la audiencia de rescisión de libertad condicional.
4. ¿Puede mi abogado representarme en la audiencia de rescisión?
Su abogado puede estar presente durante una entrevista de audiencia de rescisión con la autorización adecuada. Sin embargo, su abogado no tiene autoridad legal específica durante una audiencia de rescisión. Su abogado solo puede observar la audiencia pero no puede hablar en su nombre.
Las audiencias de rescisión de libertad condicional son diferentes a las audiencias de revocación. Los abogados pueden estar presentes y defender a sus clientes durante las audiencias de revocación de libertad condicional.15
5. ¿Quién más podrá asistir a la audiencia de rescisión?
La audiencia de rescisión se conduce de la misma manera que la entrevista de solicitud.16 Esto significa que los simpatizantes, miembros del público y víctimas del delito pueden asistir a una entrevista de solicitud.
Los miembros del público pueden asistir a una audiencia de rescisión solo en la instalación donde el infractor está asignado.17 Cualquier persona que desee asistir a una audiencia de rescisión debe presentar una solicitud a la instalación correccional con un mínimo de 10 días hábiles antes de la audiencia.18
Al igual que otros miembros del público, amigos, familiares y otros simpatizantes del recluso también pueden asistir generalmente a la audiencia de rescisión. Sin embargo, el número de simpatizantes presentes está limitado a cinco (5). Si un simpatizante desea hablar en apoyo del recluso, solo tendrá la oportunidad de hacerlo si el miembro de la junta que preside lo permite.1920
Los simpatizantes también pueden enviar una carta de apoyo al administrador del caso del infractor. Cualquier carta enviada incorrectamente a la junta será remitida al administrador del caso del infractor.
Asistencia de Víctimas en las Audiencias
Las víctimas del delito y las personas que apoyan a la víctima pueden asistir a una audiencia de rescisión. Las víctimas pueden asistir a la entrevista en la instalación donde el infractor está asignado o en el lugar donde el miembro de la junta está conduciendo la audiencia.21
Las víctimas también pueden testificar en una audiencia de rescisión. El testimonio de la víctima puede constituir nueva información no considerada previamente para determinar si se rescinde o concede la libertad condicional. Otras personas también pueden hablar en nombre de la víctima, cuando:
- La persona es víctima de cualquier delito;
- La víctima solicita que el individuo testifique;
- La persona es un familiar de la víctima (si la víctima ha fallecido);
- Si la víctima es menor de edad; o
- La víctima está incapacitada y no puede presentarse.22
6. ¿Puedo apelar la decisión de la junta de rescindir la libertad condicional?
Si la junta rescinde la libertad condicional de un recluso, la decisión de la audiencia de rescisión no es apelable.23
De manera similar, si una víctima es notificada de que la libertad condicional del recluso sigue adelante según lo programado, la víctima no puede apelar la decisión de la junta.
Las audiencias de rescisión no son tan comunes en Colorado como las audiencias de revocación. En 2016, la junta de libertad condicional de Colorado realizó 673 audiencias de rescisión. En el mismo año, hubo más de 7,000 audiencias de revocación.24
Si la junta revoca la libertad condicional de un liberado, este puede apelar la decisión de revocación. El liberado o su abogado pueden apelar la revocación dentro de los 30 días posteriores a la audiencia de revocación.
Si está esperando una próxima audiencia de rescisión de libertad condicional, hable con su abogado. Su abogado defensor penal en Colorado puede informarle más sobre el proceso y las opciones que tiene.
Por favor, vea también nuestro artículo sobre entrevistas de solicitud en la Junta Estatal de Libertad Condicional de Colorado.
Referencias Legales
- 8 Código de Regulaciones de Colorado (CCR) 1503-1, Reglas que rigen la Junta Estatal de Libertad Condicional y los Procedimientos de Libertad Condicional, Regla 2.20 Definiciones (“Audiencia de rescisión – una audiencia celebrada por un solo miembro de la Junta antes de la libertad condicional para determinar si la decisión de conceder la libertad condicional debe ser rescindida.”)
- 8 CCR 1503-1, Regla 4.2 (“Las sesiones de audiencia incluyen: (1) entrevistas de solicitud de libertad condicional; (2) revisiones de la junta completa; (3) audiencias de rescisión; y (4) audiencias de revocación.”)
- 8 CCR 1503-1, Regla 7. Reconsideración de la libertad condicional antes de la liberación
- 8 CCR 1503-1, Regla 7.4 (“En caso de que la libertad condicional sea suspendida conforme al párrafo 7.3, la Junta llevará a cabo la audiencia de rescisión en la institución donde el individuo está confinado o mediante procedimientos de telecomunicación en vivo a discreción de la Junta.”)
- 8 CCR 1503-1, Regla 7.5 (“La audiencia de rescisión se llevará a cabo de la misma manera que se usan las entrevistas de solicitud de libertad condicional.”)
- 8 CCR 1503-1, Regla 7.1 (“La concesión de la libertad condicional estará condicionada a la buena conducta del recluso entre la fecha de la orden y la liberación efectiva a la libertad condicional. Además, al recibir información no considerada previamente por la Junta, la Junta puede reconsiderar, por cualquier motivo, la concesión de la libertad condicional a un recluso. La concesión de la libertad condicional no es definitiva hasta que el recluso es liberado bajo libertad condicional.”)
- Igual.
- Igual.
- 8 CCR 1503-1, Regla 7.3 (“La Junta también puede suspender la fecha de liberación de libertad condicional previamente establecida antes de la liberación por causa justificada al recibir información no considerada previamente por la Junta o información que refleje conducta inapropiada del recluso, incluyendo, pero no limitado a, actos que constituyan violaciones criminales o disciplinarias del Departamento.”)
- Departamento de Correcciones de Colorado, Regulación Administrativa 550-08 IV (H) Suspensión y rescisión de acciones de la Junta de Libertad Condicional en casos discrecionales (“1. Los jefes administrativos de la instalación, supervisores de administradores de casos, designados y/o funciones de correcciones comunitarias: determinarán la necesidad de iniciar la suspensión en aquellos casos discrecionales donde haya ocurrido un cambio significativo. El cambio significativo incluirá: a. Se concedió libertad condicional a un detenedor o cargos pendientes, que desde entonces han sido cancelados. b. Se ha recibido un detenedor o se ha presentado una orden de arresto desde que se concedió la libertad condicional. c. El infractor ha sido acusado o condenado por una violación del código disciplinario de Clase I o II. d. Se ha recibido una condena adicional por delito grave que hace que la fecha de liberación bajo libertad condicional, en la que se basó la decisión, sea inexacta. e. Información que indica que el plan previo a la libertad condicional existente en el momento de la decisión de la junta ya no es apropiado, por ejemplo, el patrocinador de la libertad condicional, por diversas razones, ya no participa en el plan. f. Información o circunstancias desfavorables que se recibieron y no estaban disponibles en el momento en que se tomó la decisión de liberación. (La información puede incluir, pero no limitarse a: presentación de una ALERTA; informe psicológico negativo; amenazas; información confidencial; etc.). La confirmación de la información será proporcionada por el administrador de casos correspondiente. g. Negativa del infractor a firmar el acuerdo de libertad condicional, o renuncia interestatal de extradición. h. Negativa del infractor a ser colocado en correcciones comunitarias como condición de la libertad condicional. i. Otras circunstancias de similar importancia, por ejemplo, negativa a someterse a examen médico para determinar la viabilidad del abuso de sustancias.
- 8 CCR 1503-1, Regla 7.2 (“Cuando un recluso que ha sido concedido libertad condicional no puede cumplir con las condiciones de la libertad condicional, sin culpa propia, antes de la liberación bajo libertad condicional, la liberación puede mantenerse en suspenso hasta que pueda cumplir con las condiciones de la libertad condicional.”)
- 8 CCR 1503-1, Regla 7.1, ver nota al pie 6 arriba.
- 8 CCR 1503-1, Regla 6.6 (“Antes de tomar una acción final, la Junta puede revisar los registros, historiales de casos, datos personales, antecedentes penales, plan de libertad condicional, directrices de evaluación de riesgos, criterios objetivos de libertad condicional y otra información que pueda ser presentada ante la Junta.”)
- 8 CCR 1511-1, Regla 6.04 Consideración de la totalidad de las circunstancias (“(A) Al considerar a los reclusos para libertad condicional, la Junta considerará la totalidad de las circunstancias, que incluyen, pero no se limitan a, los siguientes factores: (1) El testimonio o declaración escrita de la víctima del delito, o un familiar de la víctima, o un designado, conforme a la sección C.R.S. 17-2-214; (2) El riesgo actuarial de reincidencia; (3) El nivel de necesidad criminógena evaluado del infractor; (4) La participación y progreso del infractor en programas o tratamientos; (5) La conducta institucional del infractor; (6) La adecuación del plan de libertad condicional del infractor; (7) Si el infractor, mientras está bajo sentencia, ha amenazado o acosado a la víctima, o a la familia de la víctima, o ha causado que la víctima o la familia de la víctima sean amenazados o acosados, ya sea verbalmente o por escrito; (8) Factores agravantes o atenuantes del caso criminal; (9) El testimonio o declaración escrita de un posible patrocinador de libertad condicional, empleador u otra persona que estaría disponible para ayudar al infractor si es liberado bajo libertad condicional; (10) Si el infractor se había fugado o intentado fugarse mientras estaba bajo supervisión comunitaria; y (11) Si el infractor completó o trabajó para completar un diploma de escuela secundaria, un certificado de equivalencia general o un título universitario durante su período de encarcelamiento.”)
- 8 CCR 1511-1, Regla 3.05 Requisitos de asistencia (A)(4) (“Durante las entrevistas de solicitud de libertad condicional, revisiones de la junta completa y audiencias de rescisión, los abogados pueden estar presentes con la autorización adecuada, pero no tienen autoridad legal específica. Los abogados pueden estar presentes y defender a sus clientes durante las audiencias de revocación.”)
- 8 CCR 1503-1, Regla 7.5, ver nota al pie 5 arriba.
- 8 CCR 1511-1, Regla 3.05 Requisitos de asistencia (A) Requisitos generales para la asistencia. (“(1) Las personas que asistan a las audiencias de libertad condicional no deben interrumpir el orden de la audiencia. (2) Pancartas, carteles o demostraciones similares o sonidos disruptivos serán causa para ser removidos de la audiencia. (3) Las partes opuestas deben estar separadas.”)
- 8 CCR 1511-1, Regla 3.05 Requisitos de asistencia (B) Acceso a las audiencias (“(1) Se permitirá el acceso a miembros del público para asistir a las audiencias de la Junta de Libertad Condicional, a menos que estén bajo supervisión criminal o cuando dicho acceso se determine específicamente incompatible con la seguridad y protección de la audiencia. (2) Para entrevistas de solicitud, los miembros del público solo pueden asistir a una audiencia en la instalación donde el infractor está asignado. (3) La solicitud debe presentarse a la instalación asignada con un mínimo de 10 días hábiles antes de la audiencia. (4) Una vez obtenida la autorización, la instalación asignada coordinará con el visitante para programar el acceso. (5) Los miembros del público que deseen asistir a una audiencia deben ser autorizados por el jefe administrativo o su designado, antes de la fecha de la audiencia.”)
- 8 CCR 1511-1, Regla 3.06 Asistencia de simpatizantes del infractor (“(A) Por la seguridad de todos los asistentes, los simpatizantes del infractor presentes estarán limitados a cinco. (B) Para entrevistas de solicitud, los simpatizantes del infractor solo pueden asistir a una audiencia en la instalación donde el infractor está asignado.”)
- 8 CCR 1511-1, Regla 3.06 Asistencia de simpatizantes del infractor (“(F) Una persona que desee estar presente para apoyar al infractor puede hacerlo, pero no tendrá oportunidad de hablar a menos que el miembro de la junta que preside lo permita.”)
- 8 CCR 1511-1, Regla 3.05 Requisitos de asistencia (C) Asistencia de víctimas en una audiencia. (“(2) Para entrevistas de solicitud, las víctimas pueden asistir a las audiencias en persona en la ubicación del miembro de la Junta de Libertad Condicional que está conduciendo la entrevista. (3) Se permitirá que las víctimas asistan a todo tipo de audiencias de la Junta (es decir, entrevistas de solicitud, revisiones de la junta completa, audiencias de rescisión, audiencias de revocación). Las víctimas pueden asistir en persona o por teléfono o videoconferencia.”)
- 8 CCR 1511-1, Regla 3.05 Requisitos de asistencia (C) Asistencia de víctimas en una audiencia. (“(13) Una persona puede testificar en cualquier audiencia, personalmente o con abogado, en nombre de la víctima si la persona: (a) es víctima de cualquier delito; o (b) es solicitada por la víctima para testificar en nombre de dicha víctima; o (c) es un familiar de la víctima si la víctima ha fallecido; o (d) si la víctima es menor de edad; o (e) si la víctima está incapacitada y no puede presentarse.”)
- 8 CCR 1503-1, Regla 6.8 (“Las decisiones de entrevistas de solicitud de la Junta de Libertad Condicional no son apelables.”)
- Junta Estatal de Libertad Condicional de Colorado, Informe Anual: Año Fiscal 2016 (“Durante el año fiscal 2016, la Junta de Libertad Condicional realizó: 16,188 audiencias de solicitud; 673 audiencias de rescisión; y 7,055 audiencias de revocación.”) en: https://www.colorado.gov/pacific/sites/default/files/12-16_Joint%20Judicary%20Committee.pdf