Código Penal de California 3056 PC permite a los tribunales mantener a los liberados bajo palabra en custodia mientras esperan que se lleven a cabo sus audiencias de revocación de libertad bajo palabra. Durante este tiempo, el condado tiene la custodia legal exclusiva sobre la persona. Si se reestablece la libertad bajo palabra, la persona se transfiere de nuevo a la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación.
Código Penal de California 3056 PC establece:
(a) Los presos en libertad bajo palabra permanecerán bajo la supervisión del departamento, pero no serán devueltos a la prisión, salvo lo dispuesto en la subdivisión (b) o según lo dispuesto en la subdivisión (c) de la Sección 3000.09. Un liberado bajo palabra que espera una audiencia de revocación de libertad bajo palabra puede ser alojado en una cárcel del condado mientras espera los procedimientos de revocación. Si un liberado bajo palabra es alojado en una cárcel del condado, debe ser alojado en el condado en el que fue arrestado o en el condado en el que se presentó una petición para revocar la libertad bajo palabra, o, si no hay una cárcel en ese condado, en la instalación de alojamiento con la que ese condado ha contratado para alojar a los presos. Además, salvo lo dispuesto en la subdivisión (c) de la Sección 3000.09, tras la revocación de la libertad bajo palabra, un liberado bajo palabra puede ser alojado en una cárcel del condado durante un máximo de 180 días por revocación. Cuando se alojan en instalaciones del condado, los liberados bajo palabra estarán bajo la custodia legal exclusiva y la jurisdicción de las instalaciones locales del condado. Un liberado bajo palabra permanecerá bajo la custodia legal exclusiva y la jurisdicción del condado local o del administrador de la corrección local, incluso si se coloca en un programa de custodia alternativo en lugar de la encarcelación, incluyendo, pero no limitado a, el permiso de trabajo y la detención domiciliaria electrónica. Cuando un liberado bajo palabra esté bajo la custodia legal y la jurisdicción de una instalación del condado esperando los procedimientos de revocación de la libertad bajo palabra o tras la revocación, no estará bajo la supervisión o la jurisdicción de la libertad bajo palabra del departamento. A menos que esté cumpliendo un período de encarcelación rápida, cada vez que un liberado bajo palabra que esté sujeto a esta sección haya sido arrestado, con o sin una orden judicial o la presentación de una petición de revocación ante el tribunal, el tribunal puede ordenar la liberación del liberado bajo palabra bajo cualquier término y condición que el tribunal considere apropiados. Cuando se libere de la instalación del condado o del programa de custodia alternativo del condado tras un período de custodia por revocación de la libertad bajo palabra o porque no se encuentra ninguna violación de la libertad bajo palabra, el liberado bajo palabra será devuelto a la supervisión de la libertad bajo palabra del departamento por la duración de la libertad bajo palabra.
(b) Los presos liberados bajo palabra de conformidad con la Sección 3000.1 pueden ser devueltos a la prisión tras la revocación de la libertad bajo palabra por la Junta de Audiencias de Libertad Bajo Palabra hasta el 1 de julio de 2013 y, a partir de entonces, por un tribunal de conformidad con la Sección 3000.08.
(c) Un liberado bajo palabra que esté sujeto a la subdivisión (a), pero que tenga menos de 18 años de edad, puede ser alojado en una instalación de la División de Instalaciones Juveniles, Departamento de Corrección y Rehabilitación.
Los presos liberados bajo libertad condicional en California deben cumplir con varias condiciones. Si se les acusa de violar una condición, el juez puede “remandarlos” a la cárcel del condado hasta la audiencia de revocación. La cárcel puede estar ubicada en:
- El condado donde el liberado bajo libertad condicional fue arrestado;
- El condado donde el estado presentó la petición para revocar la libertad condicional;
- Si no hay cárcel del condado, una instalación de alojamiento contratada para alojar a los reclusos; o
- Si el liberado bajo libertad condicional es menor de 18 años, una instalación de detención juvenil
En algunos casos, los jueces pueden permitir que los liberados bajo libertad condicional permanezcan fuera de la custodia hasta la audiencia de revocación.
Después de la audiencia de revocación, el juez determinará si el liberado bajo libertad condicional puede permanecer bajo libertad condicional o no. Si el juez reestablece la libertad condicional, el juez puede agregar condiciones adicionales. Si el juez revoca (cancela) la libertad condicional, el ex-liberado bajo libertad condicional puede permanecer en la cárcel del condado por un máximo de 180 días más.
Mientras los presos estén bajo libertad condicional, serán supervisados por el Departamento de Correcciones y Rehabilitación. Pero si son remandados a una cárcel del condado después de una supuesta violación de la libertad condicional, el condado tendrá la custodia y jurisdicción legal exclusivas sobre ellos.