El Código Penal de California § 222 PC prohíbe administrar drogas a otra persona con el propósito de cometer luego un delito felón. El fiscal del distrito trata las violaciones de PC 222 como delitos graves, castigables con una sentencia de prisión de 16 meses, dos años o tres años.
La redacción de la ley dice:
222. Toda persona culpable de administrar a otra cualquier cloroformo, éter, laudano o cualquier sustancia controlada, anestésico o agente intoxicante, con la intención de habilitar o ayudar a sí mismo o a cualquier otra persona a cometer un delito felón, es culpable de un delito grave castigable con prisión en la cárcel estatal de 16 meses, o dos o tres años.
Análisis Legal
California Penal Code 222 PC prohíbe el acto de administrar cualquiera de las siguientes drogas a otra persona con el propósito de habilitar o ayudar a sí mismo a cometer un delito felón:
- cloroformo
- éter
- laudano
- cualquier sustancia controlada
- cualquier anestésico
- cualquier agente intoxicante
Ejemplo: Jack introduce una pastilla para dormir en el café de un guardia de seguridad de una joyería de Los Ángeles para poder robar la joyería cuando el guardia se duerma. Si es atrapado, Jack podría ser acusado de violar el PC 222.
Violar el PC 222 es un delito grave con una sentencia de prisión estatal de California de:
- 16 meses,
- 2 años, o
- 3 años.
Tenga en cuenta que las personas pueden ser condenadas por violar el PC 222 incluso si no logran cometer el delito previsto.1
Vea nuestros artículos relacionados sobre posesión de una sustancia controlada (HS 11350(a)) y posesión de paraphernalia de drogas (HS 11364).
Violar el Código Penal 222 es un delito.
Referencias legales
- Código Penal de California 222 PC – Administración de drogas con la intención de cometer un delito. Véase, por ejemplo: People v. Stevens (Cal. App. 1st Dist. Oct. 29, 2007), 156 Cal. App. 4th 537; People v. Milosavljevic (Cal. App. 4th Dist. Apr. 6, 2010), 183 Cal. App. 4th 640.