de California sobre la competencia mental de un acusado para ser juzgado está definida en el Código Penal § 1368 PC. Según esta sección, si un juez cree que un acusado no tiene la capacidad mental para entender los procedimientos legales y ayudar en su defensa, entonces el juez debe declarar esa creencia en el registro del tribunal. En tales casos, se puede ordenar una audiencia para evaluar si el acusado es realmente incompetente.
El requisito de que un acusado sea mentalmente competente para ser juzgado está protegido por la Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. La enmienda garantiza un juicio justo a todos los acusados de un delito (incluyendo tanto cargos criminales menores como graves).
Un acusado se considera mentalmente competente para ser juzgado si puede:
- comprender la naturaleza y el propósito del proceso penal y los procedimientos en su contra,
- ayudar a su abogado en la presentación de su defensa, y
- comprender su propio estatus en el proceso de enjuiciamiento penal.
Al finalizar la audiencia para determinar la competencia, un juez puede:
- suspender el juicio o los procedimientos penales si encuentra al acusado incompetente, o
- permitir que los procedimientos continúen si encuentra al acusado mentalmente competente.
Nuestros abogados de defensa criminal en California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué se requiere según la Sección 1368 del Código Penal de California?
- 2. ¿Cómo se determina la competencia en un juicio penal?
- 3. ¿Qué es “competencia mental”?
- 4. ¿Qué sucede después de la audiencia?
- 5. ¿Es una audiencia de competencia civil o penal?
- Lectura adicional
1. ¿Qué se requiere según la Sección 1368 del Código Penal de California?
Según la ley de California, esta sección del código requiere que el juez que preside un caso penal haga dos cosas si cree que un acusado es mentalmente incompetente. Estas son:
- declarar su duda sobre la competencia del acusado en el registro oficial del tribunal, y
- preguntar al abogado del acusado su opinión sobre la competencia del acusado.1
Si el abogado de la defensa proporciona pruebas sustanciales de incompetencia, entonces el juez ordenará una audiencia de competencia.2 El propósito de una audiencia de competencia es determinar si el acusado es, de hecho, mentalmente apto para ser juzgado.
Tenga en cuenta que un abogado de la defensa no puede retirar su duda sobre la competencia de un cliente después de haberla expresado.3
2. ¿Cómo se determina la competencia en un juicio penal?
Un juez decide sobre la salud mental de un acusado durante la audiencia de competencia.
Al ordenar dicha audiencia, el juez del Tribunal Superior puede ordenar que el acusado sea llevado a un hospital mental estatal (o centro de tratamiento) para un tratamiento y evaluación de 72 horas.4
Después de completar esta evaluación, el centro proporciona un informe sobre la competencia del acusado al juez a cargo.5
El juez considera este informe en la audiencia, junto con cualquier otra evidencia pertinente (por ejemplo, las declaraciones del acusado), para determinar si el acusado es competente o no.
Tenga en cuenta que la defensa tiene la carga de probar que el acusado es incompetente durante estas audiencias.
Para cumplir con esta carga, la defensa no tiene que probar la incompetencia más allá de una duda razonable. La incompetencia, en cambio, solo tiene que ser probada por una preponderancia de la evidencia.”6
ponderancia de la evidencia significa que el juez debe concluir que es más probable que no que el acusado sea mentalmente incompetente debido a:
- un trastorno mental, o
- una discapacidad del desarrollo.7
3. ¿Qué es la “competencia mental”?
Un acusado es mentalmente competente para ser juzgado si puede hacer lo siguiente:
- comprender la naturaleza y el propósito del proceso penal en su contra,
- ayudar, de manera racional, a su abogado en la presentación de su defensa, y
- comprender su propio estado y condición en el proceso penal.8
En otras palabras, un acusado es incompetente para ser juzgado cuando sufre un trastorno mental o una discapacidad del desarrollo que lo hace incapaz de:
- comprender la naturaleza del proceso penal, o
- ayudar a su abogado en la conducción de su defensa de manera racional.9
Una discapacidad del desarrollo es una discapacidad que:
- comienza antes de que una persona cumpla 18 años, y
- continúa, o se espera que continúe, por un período indefinido de tiempo.10
4. ¿Qué sucede después de la audiencia?
Un juez suspende temporalmente el juicio o el proceso penal con una determinación de incompetencia.11
Además, el acusado debe someterse a tratamiento psiquiátrico (por un psicólogo con licencia). Pueden ser internados en:
- un hospital psiquiátrico estatal,
- un centro para el cuidado y tratamiento de personas con discapacidades del desarrollo, o
- otra instalación de tratamiento aprobada por el estado.12
La duración del tratamiento es de:
- hasta cuatro meses para determinar si el acusado puede recuperar su competencia, o
- un tiempo adicional razonable para que su condición médica mejore.13
Sin embargo, si un juez determina que el acusado es competente para ser juzgado, entonces el juicio o el proceso penal se reanudan.14
5. ¿Es una audiencia de competencia civil o penal?
Una audiencia realizada de acuerdo con el PC 1368 es de naturaleza civil.15
dado que ni la culpabilidad ni la inocencia están en cuestión, el abogado defensor debe apoyar la posición que considere mejor para su cliente, incluso si esto entra en conflicto con la posición declarada por el cliente. 16
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Un análisis de la competencia para ser juzgado: una integración de la jurisprudencia y el conocimiento clínico – Behavior Sciences and the Law.
- Variables predictoras en las decisiones de competencia para ser juzgado – Law and Human Behavior.
- Temas y consideraciones sobre el uso de instrumentos de evaluación en la evaluación de la competencia para ser juzgado – Behavioral Sciences and the Law.
- Reestructuración de la competencia para ser juzgado – UCLA Law Review.
- Una revisión meta-analítica de la investigación sobre la competencia para ser juzgado – Psychology, Public Policy, and Law.
Referencias legales:
- Código Penal de California 1368a PC.
- CALCRIM No. 3451 – Competencia mental actual del acusado. Consejo Judicial de Instrucciones de Jurado Penal de California (edición 2020). Ver también In re Taitano (2017) 13 Cal. App. 5th 233; People v. Frye (1998) 18 Cal.4th 894; y, People v. Cox (1978) 82 Cal.App.3d 221.
- People v. Gonzales (2019) 34 Cal.App.5th 1081.
- Código Penal de California 4011.6 PC.
- Ver lo mismo.
- CALCRIM No. 3451 – Competencia mental actual del acusado.
- Ver lo mismo. Ver también People v. Frye (1998) 18 Cal.4th 894.
- CALCRIM No. 3451. Ver también People v. Rogers (2006) 39 Cal.4th 826.
- Ver lo mismo.
- CALCRIM No. 3451. Ver también Código Penal 1370.1(a)(1)(H).
- Código Penal de California 1370 PC.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- CALCRIM No. 3451 – Competencia mental actual del acusado.
- Ver lo mismo. Ver también People v. Stanley (1995) 10 Cal.4th 764.