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En California, la Orden, Decisión o Premio (ODA) del Comisionado del Trabajo es la resolución del funcionario de la audiencia en una reclamación salarial, a menudo por robo de salario. Las ODA se emiten después de la audiencia de reclamación salarial. La decisión indica quién ganó la audiencia y el premio indica cuánto debe pagar el empleador a el trabajador.
La ODA se puede apelar a la corte estatal de California.
¿Cómo proceden las reclamaciones salariales en California?
Si crees que tu empleador está cometiendo robo de salario u otras violaciones de la ley laboral, puedes presentar una reclamación con la Oficina del Comisionado del Trabajo en el Departamento de Relaciones Industriales de California (DIR). Esta Oficina también se conoce como la División de Cumplimiento de Normas Laborales (DLSE). Es la parte del Estado de California que se encarga de hacer cumplir las leyes laborales y los decretos salariales.
Tu reclamación iniciará un proceso administrativo para resolver la acusación. Los siguientes pasos son:
- una reunión o conferencia con tu empleador supervisada por un Subcomisionado del Trabajo,
- una audiencia en la Oficina del Comisionado del Trabajo, y
- la emisión de la Orden, Decisión o Premio del Comisionado.
Durante este proceso, hay la oportunidad de resolver el caso.
Los empleados de California deben considerar fuertemente obtener el consejo legal de un abogado con experiencia en la ley laboral de California antes de iniciar este proceso.
La conferencia inicial
Cuando presentes tu reclamación salarial con el DIR, la Oficina del Comisionado del Trabajo investigará las alegaciones que hagas en ella. Esto generalmente significa programar una conferencia entre tú y tu empleador. Un aviso de la fecha y hora de la conferencia se enviará a ti y a tu empleador. Esto se llama “Aviso de Reclamación y Conferencia“.
En esta conferencia, un Subcomisionado del Trabajo actuará como el funcionario de la audiencia. Él o ella:
- determinará si el DIR tiene jurisdicción para resolver el caso,
- ascertará la cantidad en disputa, y
- intentará resolver tu reclamación.
Muchas reclamaciones salariales se resuelven en esta etapa. El acuerdo de liquidación es exigible por el Comisionado del Trabajo si se firma en los formularios proporcionados por la Oficina. Si resuelves el caso, recibirás la cantidad de pago acordada y tendrás que abandonar tu reclamación.
Si no se llega a un acuerdo, se programará una audiencia.
Tú y tu empleador pueden resolver el caso en cualquier momento antes de la audiencia.
Si te pierdes esta conferencia y no tienes una buena causa para justificar tu ausencia, tu reclamo será desestimado. Si tu empleador se pierde la conferencia, se programará una audiencia.
La audiencia
En la audiencia del Comisionado de Trabajo, tú y tu empleador presentarán evidencia y testimonio. El testimonio está bajo juramento. La audiencia se graba. El resultado de esta audiencia es vinculante legalmente.
Alguien de la Oficina del Comisionado de Trabajo actuará como el juez de la audiencia. Debido a que tienes la carga de probar tu reclamo salarial, tú presentas evidencia primero. Esto puede tomar la forma de:
- tu propio testimonio,
- testimonio de cualquier testigo que tengas, y
- evidencia documental, como estados de cuenta bancarios, talones de pago y tu contrato de trabajo.
Tu empleador puede cruzar contigo o con tus testigos. Una vez que hayas terminado de presentar tu caso, tu empleador presentará su caso en su defensa.
El juez de la audiencia considerará toda la evidencia que sea relevante para el caso. Las reglas de evidencia son muy relajadas para este proceso administrativo.
Si te pierdes la audiencia, tu caso será desestimado. Si tu empleador se pierde, el juez de la audiencia emitirá una ODA basada en la evidencia que proporciones.1
La ODA
Dentro de los 15 días posteriores a la audiencia, el juez de la audiencia enviará por correo su decisión en el caso.2 Esta decisión viene en forma de una Orden, Decisión o Premio. La ODA dice:
- si tu reclamo ha tenido éxito o no,
- cuánto debe tu empleador a ti, y
- las razones para esta decisión.3
La cantidad adeudada incluye pagos por:
- salarios no pagados, y
- cualquier penalización que tu empleador deba por el no pago de cheques ganados u otras violaciones de la ley laboral.
Si la ODA te ha otorgado dinero, tu empleador tiene 10 días para pagarlo. Si pasan 10 días y tu empleador no ha pagado y no ha apelado la ODA, el Comisionado de Trabajo enviará la ODA al Tribunal Superior de California local. Una vez allí, se convierte en un juicio legal. Esta es una orden judicial para pagar la cantidad indicada.4
La ODA resuelve la mayoría de los reclamos salariales. Sin embargo, pueden ser apelados.
¿Puedo apelar una Orden, Decisión o Premio que se dictó en mi contra?
Sí, la ODA se puede apelar. Sin embargo, solo tienes 10 días para presentar una. Presentas tu apelación en tu Tribunal Superior de California local.5
Tu reclamo salarial se escucha de nuevo, o desde el principio, en el tribunal. Esto significa que la ODA se desestima. Sin embargo, las reglas de evidencia son mucho más estrictas en el tribunal que en la audiencia. Esto puede hacer que sea más difícil presentar la evidencia que desea que el juez y el jurado escuchen. Esto hace que sea esencial tener representación legal para el caso.
Tu empleador también puede apelar la ODA. Si lo hacen, deben publicar la cantidad otorgada en la ODA como una fianza. La Oficina del Comisionado de Trabajo puede nombrar a un abogado para representarte en este juicio. Si su empleador apela y luego pierde en el tribunal, es posible que tenga derecho a honorarios de abogados.6
¿Cómo hago cumplir una ODA contra mi empleador?
Si la Oficina del Comisionado de Trabajo decide a tu favor y emite una ODA que requiere que tu empleador pague, tu empleador tiene 10 días para pagar o presentar un aviso de apelación. Si no se recibe ninguno, la decisión del Comisionado de Trabajo se enviará al Tribunal Superior de California. La ODA entonces se convierte en una sentencia legal contra tu empleador, al igual que después de una acción civil o una demanda.7
Generalmente, el primer paso para hacer cumplir una sentencia legal es emitir una carta de demanda. Si eso no induce al pago, puede hacer cumplir esa sentencia legal de la siguiente manera:
- obtener un gravamen contra los bienes de su empleador, o
- embargar dinero u otros bienes de su empleador en una ejecución.
Puede recuperar generalmente:
- la cantidad indicada en la ODA o sentencia legal,
- intereses sobre esa cantidad, y
- sus costos de recuperar la deuda.
Los reclamantes que necesitan hacer cumplir estas adjudicaciones bajo la ley de California a menudo necesitan ayuda legal para obtener lo que les corresponde si sus empleadores no están dispuestos a pagar.
¿Cuáles son algunos ejemplos de una reclamación salarial?
Algunos ejemplos de una reclamación salarial que se pueden presentar ante el DIR son cuando su empleador:
- no le está pagando el salario mínimo aplicable,
- no le está pagando horas extras,
- no le permite tomar sus descansos y pausas para comer no pagados,
- se niega de manera irrazonable a dejarle usar el día de enfermedad acumulado,
- está haciendo deducciones ilegales de sus salarios brutos,
- intentó pagarle con un cheque que no fue aceptado y no está rectificando el problema,
- no le está dando acceso a sus registros de nómina o archivo de personal, o
- está tomando algunas de sus propinas y gratificaciones.
Sin embargo, estas reclamaciones solo pueden ser presentadas por empleados. La Oficina del Comisionado de Trabajo no tiene jurisdicción sobre los contratistas independientes. La Oficina sí tiene jurisdicción para determinar si ha sido mal clasificado como contratista independiente. Si es un contratista independiente, cree que ha sido mal clasificado y tiene una reclamación salarial, puede presentarla ante el DIR.