Discriminación por embarazo en el lugar de trabajo es tanto ilegal como común.
Un estudio reciente muestra un vínculo entre la salud de la madre y el bebé y la percepción de discriminación por embarazo, lo cual es alarmante considerando que más del 70% de todas las mujeres embarazadas están en la fuerza laboral. Eso equivale a 2.8 millones de mujeres que necesitan adaptaciones en algún momento.1
En nuestra experiencia, tendemos a ver la discriminación por embarazo ocurrir en diez escenarios comunes. Estos son un empleador que:
- se niega a contratarte porque estás embarazada o quieres estarlo,
- se niega a proporcionar adaptaciones razonables,
- te despide por tu embarazo,
- te acosa por tu embarazo,
- no te permite extraer leche,
- toma represalias contra ti por presentar una reclamación por discriminación por embarazo,
- te pasa por alto para un ascenso – o toma otras acciones laborales adversas – debido a tu embarazo,
- impide o limita tu licencia relacionada con el embarazo,
- impide o limita tu licencia de maternidad, y/o
- te impide volver al trabajo.
1. Negarse a contratarte por razones relacionadas con el embarazo
Es discriminatorio negarse a contratar a alguien porque está embarazada o planea tener hijos. El hecho de que aún no seas empleada no significa que no puedas ser víctima de discriminación.
El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 federal establece que es una práctica laboral ilegal que cualquier empleador no contrate o se niegue a contratar a alguien por su sexo. Bajo la Ley de Discriminación por Embarazo de 1978 (PDA), la frase “por motivo de sexo” incluye discriminación basada en:
- embarazo,
- parto, y
- condiciones médicas relacionadas con el embarazo o el parto.2
Muchas leyes estatales también prohíben basar las decisiones de contratación en el embarazo de alguien.
Esto puede significar que los empleadores no pueden preguntar si estás embarazada o si planeas formar una familia durante el proceso de solicitud de empleo. Si lo hacen, les dices que sí, y luego se niegan a contratarte, puede ser una señal de discriminación por embarazo.
2. Negarse a proporcionar adaptaciones razonables
También puede ser discriminación por embarazo si tu empleador no hace adaptaciones razonables para cualquier discapacidad física o mental relacionada con tu embarazo. Sin embargo, si no sufres una discapacidad por tu embarazo, no es necesario hacer estas adaptaciones.
La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) prohíbe la discriminación laboral basada en tu discapacidad.3 Bajo esta ley federal, una “discapacidad” es una discapacidad física o mental que limita sustancialmente una o más de tus actividades principales de la vida.4 Una actividad principal de la vida incluye, pero no se limita a:
- ver,
- oír,
- comer,
- dormir,
- caminar,
- estar de pie,
- levantar,
- doblarse,
- hablar,
- respirar,
- aprender,
- leer,
- concentrarse,
- pensar,
- comunicarse,
- trabajar,
- cuidarse a sí mismo, y
- realizar tareas manuales.5
También incluye el funcionamiento de una función corporal principal, como el:
- sistema inmunológico,
- crecimiento celular,
- digestivo,
- intestinal,
- vesical,
- neurológico,
- cerebral,
- respiratorio,
- circulatorio,
- endocrino, o
- sistema reproductivo.6
Si tu embarazo limita sustancialmente una de estas funciones o actividades, tu empleador debe hacer adaptaciones razonables para que puedas realizar tu trabajo. Qué adaptaciones son razonables se determina caso por caso.
Generalmente, sin embargo, los empleadores deben modificar o ajustar tu trabajo para que puedas realizar tus funciones laborales esenciales.7 Esto a menudo implica proporcionar trabajo ligero a empleados temporalmente discapacitados, o alterar tu horario de trabajo debido a síntomas de náuseas matutinas que tengas.
3. Despedirte por tu embarazo
Despedirte por estar embarazada – o por extraer leche materna – es discriminación laboral. También equivale a despido injustificado porque se basa en discriminación por sexo.
Tanto las leyes estatales como federales prohíben despedir a trabajadores por pertenecer a una clase protegida. Ejemplos de clases protegidas bajo el Título VII de la Ley de Derechos Civiles federal de 1964 incluyen:
- raza,
- color,
- origen nacional,
- religión, y
- sexo (que incluye el embarazo).8
Despedir a alguien por tener una de estas características protegidas es discriminatorio e ilegal. Debido a que el despido es ilegal, también es despido injustificado.
4. Acosarte por tu embarazo
Si tu empleador te acosa por estar embarazada, puede constituir discriminación por embarazo. Sin embargo, comentarios aislados o triviales no son suficientes: El acoso debe crear un ambiente laboral hostil.
Para calificar como un ambiente laboral hostil, el acoso debe ser:
- grave, o
- pervasivo.9
Además, el acoso debe ser lo suficientemente grave o pervasivo para alterar tus condiciones de trabajo.10 Si es suficientemente grave o pervasivo se determina considerando todas las circunstancias.11
Finalmente, para crear un ambiente laboral hostil, el acoso debe dirigirse a una clase protegida. Una de esas clases protegidas es tu sexo. Bajo la Ley de Discriminación por Embarazo, tu sexo incluye tu estado de embarazo, parto o condiciones relacionadas con el embarazo.12 Por lo tanto, el acoso grave o pervasivo basado en tu embarazo crea un ambiente laboral hostil.
Por ejemplo, si tu jefe constantemente hace bromas vulgares sobre tu embarazo o amenaza con despedirte si “te relajas” debido a tu embarazo, eso podría ser un ambiente laboral hostil.
5. No permitirte extraer leche
También puede ser discriminatorio si tu empleador no te proporciona un lugar para extraer leche materna durante y después de tu embarazo. Sin embargo, no todos los empleadores están cubiertos por esta ley antidiscriminación.
La Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA)13 enmendó la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA),14 la ley laboral federal más prominente. La ACA agregó protecciones para trabajadoras embarazadas que necesitan extraer leche materna durante y después de su embarazo. La ley te proporciona:
- un descanso para lactancia, y
- un área privada para extraer leche.15
El descanso para lactancia no es remunerado. Sin embargo, las madres nuevas tienen derecho a él hasta un año después del nacimiento de su hijo.16
El área privada debe ser:
- protegida de la vista,
- libre de intrusiones de compañeros de trabajo y del público, y
- algo distinto a un baño.17
Sin embargo, la ley solo cubre a empleadores con 50 o más empleados. Si tu empleador tiene menos de 50 empleados, no está obligado a proporcionar estas protecciones para la lactancia si esto impondría una carga excesiva a la empresa.18
Muchos estados, como California, proporcionan protecciones más robustas para trabajadoras lactantes.19
6. Tomar represalias contra ti por presentar una reclamación por discriminación por embarazo
Si tu empleador toma represalias contra ti por presentar una reclamación de discriminación por embarazo, eso en sí mismo es una forma de discriminación.
Las leyes estatales y federales antidiscriminación prohíben que los empleadores tomen acciones laborales adversas contra trabajadores que presentan reclamaciones de discriminación. Estas acciones laborales adversas incluyen:
- despedirte,
- degradarte,
- trasladarte a un puesto menos deseable,
- aumentar tu carga de trabajo,
- negarte un ascenso que de otro modo merecerías, y
- darte evaluaciones de desempeño negativas que contradicen tu productividad.
Si los empleadores pudieran tomar estas acciones después de que presentas una reclamación de discriminación, probablemente pensarías dos veces antes de hacerlo. Esto desalentaría las reclamaciones de discriminación y causaría más problemas en el lugar de trabajo.
7. Pasarte por alto para un ascenso – o tomar otras acciones laborales adversas – debido a tu embarazo
De la misma manera que el Título VII prohíbe que los empleadores se nieguen a contratarte debido a tu embarazo, también prohíbe que tomen otras acciones laborales adversas debido a tu embarazo. Estas pueden incluir, por ejemplo:
- pasarte por alto para un ascenso,
- obligarte a tomar tiempo libre,
- obligarte a cambiar de trabajo, y/o
- excluirte de capacitaciones.
Algunos empleadores tienen nociones primitivas de que las trabajadoras embarazadas no pueden alcanzar su máximo rendimiento o pueden estar planeando renunciar pronto. Estos prejuicios no deben influir en las decisiones del empleador al decidir a quién promover y cuándo.
Si estás en consideración para un ascenso y eres elegible – y tu empleador le da el puesto a otra persona – podrías tener una reclamación válida por discriminación.20
8. Impedir o limitar tu licencia relacionada con el embarazo
La Ley de Licencia Médica y Familiar (FMLA) federal requiere que los empleadores con al menos 50 empleados proporcionen 12 semanas de licencia no remunerada a empleados por razones específicas, como el embarazo. Si tu embarazo te causa limitaciones físicas (lo cual es común en las últimas semanas), tu empleador debe permitirte tomar la licencia FMLA de la misma manera que lo haría con otros empleados que están demasiado enfermos o lesionados para trabajar.
Además, si estás embarazada, tu empleador no puede obligarte a usar primero tus días por enfermedad antes de que puedas tomar la licencia FMLA (a menos que el empleador requiera que todos los empleados usen sus días por enfermedad antes de usar la licencia FMLA). Además, la duración de tu licencia no puede ser menor que la que el empleador permite para otros empleados en licencia médica o por discapacidad a corto plazo.
9. Impedir o limitar tu licencia de maternidad
Además del embarazo y el parto, una razón válida para tomar licencia FMLA es el “vínculo con el bebé”. Si eres elegible para la licencia FMLA, no pueden obligarte a acortar tu licencia de maternidad. (Ten en cuenta que no puedes tomar más de 12 semanas de licencia FMLA en un año: si tomaste cuatro semanas por embarazo, solo puedes tomar ocho semanas para la licencia de maternidad).
Ten en cuenta que si tienes a tu hijo por adopción o subrogación, aún tienes derecho a la licencia de maternidad bajo la FMLA para vincularte con un nuevo hijo. A veces vemos que los empleadores niegan erróneamente la licencia de maternidad a madres nuevas solo porque no dieron a luz.
10. Impedir que regreses al trabajo
Una vez que puedas regresar al trabajo después de tomar la licencia FMLA, tu empleador debe tener tu antiguo trabajo esperándote. Si no, el trabajo debe ser similar en salario, beneficios y funciones laborales.
A veces los empleadores asumen que las madres nuevas no serán tan diligentes o ambiciosas como antes, y las degradan silenciosamente o simplemente eliminan sus puestos. Esto es ilegal y motivo para una demanda por discriminación.
¿Qué leyes prohíben la discriminación por embarazo?
Numerosas leyes estatales y federales prohíben la discriminación por embarazo. Algunas son más amplias que otras. Algunas proporcionan mayores protecciones a las empleadas embarazadas que otras.
Algunas leyes federales que cubren la discriminación por embarazo incluyen:
- Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe a los empleadores discriminarte por tu embarazo,
- Ley de Discriminación por Embarazo de 1978, que modificó el Título VII para cubrir a mujeres embarazadas y cubre lugares de trabajo con 15 o más empleados,
- Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), que prohíbe a los empleadores discriminarte por una discapacidad causada por tu embarazo o condiciones médicas relacionadas,
- Ley de Normas Laborales Justas (FLSA), que proporciona a empleados de grandes empleadores descansos para lactancia y áreas privadas para tomarlos,
- Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA), que modificó la FLSA para proporcionar estos descansos y salas de lactancia, y
- Ley de Licencia Médica y Familiar (FMLA), que proporciona licencia de maternidad para cuidar a un recién nacido, así como una fuente de licencia por enfermedad durante el embarazo de la empleada.
Muchos estados también tienen sus propias leyes antidiscriminación que proporcionan protecciones adicionales. En California, por ejemplo, la Ley de Empleo Justo y Vivienda (FEHA) hace ilegal que los empleadores discriminen por embarazo.21 Esta ley se aplica a cualquier empleador que tenga 5 o más empleados.22
California también tiene la Ley de Licencia por Discapacidad por Embarazo (PDL), que proporciona hasta 4 meses de licencia por discapacidad temporal por embarazo. Aunque esta licencia no es remunerada, los empleadores deben continuar proporcionándote seguro de salud.
¿Cuáles son mis opciones legales?
Si has sido víctima de discriminación por embarazo, puedes presentar una demanda contra tu empleador. Sin embargo, antes de hacerlo, generalmente debes agotar primero tus recursos administrativos. Solo si esto no rectifica tu situación laboral puedes presentar una demanda por discriminación.
Por lo general, primero tendrás que presentar una queja interna en el departamento de recursos humanos de tu empresa. Esto puede implicar presentar una carta de demanda por discriminación a tu empleador. Dicha carta de demanda le dice a tu empleador que, si las prácticas discriminatorias no cesan, llevarás el asunto más lejos.
Si la queja interna o la carta de demanda no producen resultados, puedes presentar una reclamación por discriminación ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE.UU. (EEOC). La EEOC facilitará la mediación o el arbitraje para resolver el caso. También puedes presentar una reclamación similar ante una agencia estatal similar. En California, por ejemplo, tu queja iría al Departamento de Derechos Civiles (CRD), anteriormente el Departamento de Empleo Justo y Vivienda (DFEH).
Si aún no hay resolución para tu caso de discriminación, puedes obtener una carta de derecho a demandar. Esto te permite presentar tu demanda por discriminación por embarazo en la corte.
Durante todo este proceso, es esencial contar con el asesoramiento legal de un abogado especializado en discriminación por embarazo.
Lecturas adicionales
Para información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- ¿Decirlo o no decirlo? Examinando el papel de la discriminación en el proceso de divulgación del embarazo en el trabajo – Journal of Occupational Health Psychology.
- Discriminación por embarazo: Las mujeres embarazadas necesitan más protección en el lugar de trabajo – San Diego Law Review.
- Examinando los efectos de la percepción de discriminación por embarazo en la salud de la madre y el bebé. – Journal of Applied Psychology.
- Poder relacional, legitimación y discriminación por embarazo – Gender & Society.
- Haciendo que el embarazo funcione: Superando el modelo basado en la capacidad de la Ley de Discriminación por Embarazo – Yale Journal of Law & Feminism.
Referencias legales:
- Hackney et. al., Examinando los efectos de la percepción de discriminación por embarazo en la salud de la madre y el bebé, Journal of Applied Psychology (julio 2020). Discriminación durante el embarazo, National Partnership for Women & Families (octubre 2022).
- 42 USC 2000e-2(a)(1). 42 USC 2000e(k) y Pub. L. No. 95-555.
- 42 USC 12101 et seq.
- 42 USC 12102(1).
- 42 USC 12102(2)(A).
- 42 USC 12102(2)(B).
- 29 CFR 1630.2(o)
- 42 USC 2000e et seq., modificado por la Ley de Discriminación por Edad en el Empleo de 1967 (ADEA) (29 USC 621 et seq.) y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA) (Pub. L. No. 101-336).
- Ver Instrucciones para Jurados Civiles de California (CACI) No. 2521A.
- Faragher v. City of Boca Raton, 118 S.Ct. 2275 (1998).
- Meritor Savings Bank, FSB v. Vinson, 106 S.Ct. 2399 (1986).
- 42 USC 2000e(k) y Pub. L. No. 95-555.
- Pub. L. No. 111-148 y Pub. L. No. 111-152.
- 29 USC 201 et seq.
- 29 USC 207(r).
- Igual.
- Igual.
- 29 USC 207(r)(3).
- Código Laboral de California 1030 LAB.
- Ver, por ejemplo, Barrett v. Forest Labs., Inc. (.
- Código de Gobierno de California 12926(r) GOV.
- Código de Gobierno de California 12926(d) GOV.