Leyes de licencia de maternidad en California requieren que las empresas con al menos cinco empleados proporcionen 12 semanas de licencia familiar no remunerada a los nuevos padres y hasta cuatro meses de licencia por discapacidad por embarazo no remunerada si no puede trabajar debido a condiciones relacionadas con el embarazo o el parto.
Si necesita tiempo adicional debido a una discapacidad calificada, puede ser elegible para una “licencia de acomodación razonable” durante la duración de su discapacidad.
Tipo de licencia parental según la ley de California | Tiempo libre | Ley aplicable |
Licencia de maternidad/Licencia de paternidad – para vincularse con un nuevo bebé, un niño adoptado o un niño de crianza | Hasta 12 semanas (no remuneradas) | Ley de Derechos Familiares de California (CFRA) |
Licencia por discapacidad por embarazo – cuando no puede trabajar durante su embarazo | Hasta 4 meses (no remuneradas) | Ley de Licencia por Discapacidad por Embarazo (PDL) |
Licencia de acomodación razonable – si tiene una discapacidad calificada y necesita licencia adicional | Depende de su caso | Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y Ley de Empleo Justo y Vivienda de California (FEHA) |
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado a innumerables madres nuevas y futuras cuyos empleadores intentaron negarles la licencia de maternidad que merecen según la ley. En nuestra experiencia, generalmente podemos lograr una resolución favorable, incluidos daños monetarios significativos, a través de la negociación sola y evitando por completo el tribunal.
En este artículo, nuestros abogados de derecho laboral de California discuten:
- 1. ¿Qué es el permiso de discapacidad por embarazo?
- 2. ¿Cuánto dura el permiso de maternidad en California?
- 3. ¿Qué es el permiso de acomodación razonable?
- 4. ¿Se paga el permiso de maternidad en California?
- 5. ¿Cómo solicito el permiso de maternidad?
- 6. ¿Puedo ser despedido por tomar permiso de maternidad?
- 7. ¿Puedo demandar por discriminación por embarazo o violaciones al permiso de maternidad?
- 8. ¿Puedo extraer leche materna cuando regrese al trabajo?
- Recursos adicionales
1. ¿Qué es el permiso de discapacidad por embarazo?
En California, puedes tomar hasta cuatro meses de permiso de discapacidad por embarazo no remunerado (PDL) si:
- Estás discapacitado mental o físicamente por el embarazo, el parto o una condición médica relacionada; y ya sea
- Tu empresa emplea al menos a cinco personas (con la excepción de ciertas organizaciones religiosas sin fines de lucro); o
- Tu empleador es el gobierno estatal o local; o
- Tu empleador es un agente de un empleador cubierto.
Tanto los trabajadores a tiempo completo como los de medio tiempo califican para el permiso de maternidad, al igual que los trabajadores a largo plazo y los recién contratados. Además, puedes tomar el tiempo libre en incrementos.1
Discapacidades que califican
Estás discapacitado si tu médico cree que no puedes llevar a cabo una función laboral esencial. Las discapacidades comunes que califican para el PDL son:
- Náuseas matutinas severas
- Preeclampsia / hipertensión
- Diabetes gestacional
- Depresión posparto
- Aborto espontáneo
- Dar a luz
- Aborto espontáneo (otro final del embarazo) y recuperación
- Cuidado prenatal y postnatal
- Otras condiciones de salud que requieren reposo en cama
Tenga en cuenta que los empleados embarazados que son hombres transgénero o personas no binarias también están protegidos por las leyes de licencia por discapacidad por embarazo de California.2
Cuando comienza la licencia por discapacidad por embarazo
La mayoría de nuestros clientes califican para la licencia por discapacidad por embarazo en la semana 36 del embarazo (aproximadamente cuatro semanas antes de la fecha de parto). Los partos vaginales generalmente requieren seis semanas de licencia (si no hay problemas). Las cesáreas pueden requerir ocho semanas de licencia no remunerada como mínimo.
Después de que termine la licencia por discapacidad por embarazo
Una vez que termine la licencia por discapacidad por embarazo, debe recuperar su mismo trabajo o uno similar, a menos que haya una razón comercial legítima (como despidos masivos). Puede solicitar que esta garantía se haga por escrito.3
2. ¿Cuánto dura la licencia de maternidad en California?
12 semanas
Según la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA), puede tomar hasta 12 semanas de licencia familiar no remunerada al año si:
- Su empleador emplea al menos 5 personas; y
- Ha trabajado para su empleador durante más de 12 meses antes de la fecha de la licencia familiar; y
- Ha trabajado al menos 1,250 horas para su empleador en los últimos 12 meses; y
- Tiene un nuevo hijo por nacimiento, adopción o colocación en hogar de crianza.4
Cuando comienza la licencia de maternidad
Si da a luz, puede tomar estos beneficios de licencia familiar después de la licencia por discapacidad por embarazo. De esta manera, obtiene hasta siete meses de tiempo libre para cada embarazo.
La licencia familiar puede tomarse en incrementos durante un año después de la llegada del niño. Aunque los empleadores pueden requerir que solo dos de estos incrementos duren menos de dos semanas.
Después de que termine la licencia de maternidad
Una vez que termine la licencia familiar, debe recuperar su mismo trabajo o uno similar, incluso si alguien más lo estaba cubriendo o si su posición fue reestructurada.
Si se le asigna un nuevo trabajo después de estar de licencia, todo lo siguiente debe ser equivalente o sustancialmente similar a su antiguo trabajo:
- pago y beneficios
- horario/turnos
- ubicación
- condiciones de trabajo
- estado, derechos, beneficios, autoridad
- habilidad, responsabilidad y esfuerzo
Los empleadores también deben darle una oportunidad razonable para ponerse al día con cualquier capacitación.5
3. ¿Qué es la licencia por acomodación razonable?
Este es un tiempo libre para trabajadores discapacitados para recibir tratamiento y recuperarse de:
- discapacidades físicas que afectan al menos uno de los principales sistemas de su cuerpo y limitan una actividad importante de la vida; o
- discapacidades mentales que limitan una actividad importante de la vida.
Requisitos de elegibilidad
Si está embarazada o es un nuevo padre, puede ser elegible para este tiempo libre si:
- Las leyes antidiscriminación de California lo cubren; y
- No puede realizar funciones laborales esenciales debido a una discapacidad física o mental; y
- Puede realizar funciones laborales esenciales si se le da licencia; y
- La licencia no causará dificultades excesivas a su empleador.
Si cumple con los requisitos de elegibilidad, puede tomar una licencia por acomodación razonable además de la licencia por discapacidad por embarazo y la licencia familiar. Este tiempo libre puede ser remunerado o no remunerado dependiendo de su empresa.6
Los tribunales han determinado que la licencia por acomodación razonable debe ser el último recurso bajo la ley estatal.7
4. ¿Es remunerada la licencia de maternidad en California?
Los empleadores no están obligados a dar licencia remunerada. Solo tienen que continuar su seguro de salud y dejar su trabajo abierto para cuando regrese. Aunque muchos de nuestros clientes reciben algo de dinero a través del Programa de Licencia Familiar Pagada de California (PFL).
Si es elegible según el Programa de Licencia Familiar Pagada de California, puede recibir un pago parcial durante ocho semanas para vincularse con un nuevo hijo (“licencia de vinculación”). El salario máximo semanal de licencia parental remunerada es de $1,620 para 2023.
Para obtener PFL, presente una solicitud en línea o presente una solicitud por correo con el Departamento de Desarrollo del Empleo. Aprenda más sobre el proceso de reclamos de PDL. Tenga en cuenta que PFL no es una licencia protegida por el trabajo.
Otras formas de recibir pago durante la licencia de maternidad
- Tiempo libre pagado acumulado. Puede utilizar sus días de vacaciones o enfermedad para la licencia de maternidad. Los empleadores incluso pueden exigirle que utilice su tiempo libre pagado acumulado.
- Seguro de salud. Las empresas deben mantenerlo en su seguro de salud grupal con las mismas tasas de contribución.
- Pago por discapacidad temporal. Los empleadores deben pagarle si pagarían a empleados en situaciones similares en licencia por discapacidad por condiciones no relacionadas con el embarazo o el parto.
- Seguro de discapacidad estatal (SDI). Si es elegible para SDI, debe haber pagado $300 o más al programa durante cinco a 18 meses antes de la fecha de inicio del reclamo. Además, debe tener una discapacidad a corto plazo relacionada con el embarazo o el parto. El salario máximo semanal es de $1,620 para 2023.8
Algunas empresas sí ofrecen licencia de maternidad pagada como política. Podemos discutir todas sus opciones y lo que le corresponde.
5. ¿Cómo solicito la licencia de maternidad?
Muchos de nuestros clientes trabajan para empresas que tienen manuales con instrucciones sobre cómo solicitar la licencia de maternidad. Algunas solicitudes deben ser por escrito. Otras empresas permiten solicitudes orales.
Debe darle a su jefe un aviso razonable, que generalmente es de al menos 30 días. Si surge una emergencia médica (como un parto prematuro o una cesárea), entonces infórmelo lo antes posible.
También debe especificar cuánta licencia necesitará. Para la Licencia Familiar Pagada (discutida anteriormente), es posible que tenga que proporcionar una nota de su proveedor de atención médica.9
6. ¿Pueden despedirme por tomar licencia de maternidad?
Las empresas con menos de cinco trabajadores pueden despedirlo o degradarlo por tomar PDL. (Ciertas organizaciones religiosas sin fines de lucro nunca están obligadas a proporcionar PDL).
Si toma licencia familiar, puede ser despedido o degradado si:
- Su empresa emplea a menos de 5; o
- Trabajó 12 meses o menos para la empresa; o
- Trabajó menos de 1,250 horas en los 12 meses anteriores
De lo contrario, despedirlo o degradarlo en violación de sus derechos de licencia es una forma de discriminación.
Tenga en cuenta que las leyes antidiscriminación de California no protegen a las personas empleadas por sus cónyuges, padres o hijos.10 Además, los trabajadores independientes no tienen derecho a tiempo libre.11
7. ¿Puedo demandar por discriminación por embarazo o violaciones del permiso de maternidad?
Primero intente resolver el asunto internamente, como reunirse con el gerente.
Si eso no funciona, debe presentar una queja al Departamento de Derechos Civiles de California (CRD). Dependiendo del caso, generalmente tiene uno o tres años para presentar esta queja después de la fecha de la presunta violación, así que asegúrese de contactar a un abogado para determinar qué estatuto de limitaciones se aplica a su caso.12
Presentar una demanda
Si el CRD no puede resolver la disputa, le emitirá una carta de derecho a demandar. Solo entonces podemos demandar formalmente a la empresa. Tendríamos que demostrar cuatro cosas:
- Las leyes de discriminación de California cubren a su empleador;
- Su empleador lo despidió, degradó o se negó a ascenderlo (o tomó otra acción negativa);
- La razón de su empleador fue su embarazo, posible embarazo futuro o discapacidad relacionada con el embarazo; y
- La acción negativa de su empleador le causó daño
Tenemos un año para demandar después de recibir la carta de derecho a demandar.
Posibles daños
En una demanda por permiso de maternidad, buscaríamos remedios como:
- Daños compensatorios (como salarios perdidos);
- Daños punitivos (para castigar a su empleador); y/o
- Reinstalación en el trabajo
Mientras tanto, su empleador no puede despedirlo u otras represalias en su contra solo por presentar una reclamación contra ellos.13
8. ¿Puedo extraer leche materna en el trabajo?
Sí. Su empleador debe darle tiempo para extraer leche materna cuando regrese al trabajo. Si extrae leche fuera de su horario normal de descanso, su empleador no tiene que pagarle durante ese tiempo.
Además, debe tener un espacio para extraer leche que sea:
- privado, limpio y seguro,
- tenga una superficie plana y un lugar para sentarse,
- tenga acceso a electricidad, y
- tenga un lavabo y un refrigerador (pero no sea un baño).14
Recursos adicionales
Para obtener información más allá de las leyes de maternidad de California, consulte lo siguiente:
- Expectant Parent and Parenting Support Hub – Ayuda proporcionada por el Departamento de Servicios Sociales de California.
- Encuentre ayuda: Apoyo para padres/cuidadores primerizos – Recopilación de organizaciones seleccionadas por First 5 California.
- MotherToBaby California – Información sobre medicamentos y otras exposiciones durante el embarazo y la lactancia.
- Asistencia para madres solteras – Lista compilada por singlemoms.com.
- Ayuda para madres solteras en California: 35 programas de asistencia – Lista compilada por wealthysinglemommy.com.
Referencias legales
- Código de Gobierno 12945; ver la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA); Proyecto de Ley del Senado de California 1383 (2020). Ver también: California Federal Sav. & Loan Ass’n v. Guerra (1987) 479 U.S. 272; Rental Housing Owners Assn. of Southern Alameda County, Inc. v. City of Hayward (2011) 200 Cal.App.4th 81. Tenga en cuenta que la Ley de Licencia para Padres Nuevos (NPLA) – que se aplicaba a empresas con 20 o más empleados – fue derogada por SB 1382 (2020) porque ahora está cubierta por CFRA.
- Reglamentos del Código de California, título 2, 11035.
- Reglamentos del Código de California, título 2, 11043.
- Código de Gobierno 12945.2;
- Reglamentos del Código de California, título 2, 11089; ver el Departamento de Desarrollo del Empleo (EDD); ver la Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA) – ley federal.
- Sanchez v. Swissport, Inc. (2013) 213 Cal.App.4th 1331, 1338-1341 (2013). Reglamentos del Código de California, título 2, 11068, 11069 y 11065. Código de Gobierno 12926, 12040.
- Cal. Code Regs., título 2, 11044 y 11069. Código de Seguro de Desempleo 2655 y 3301; Código de Gobierno 12945 y 12945.2. Beneficios y Montos de Primas – Cobertura Electiva de Seguro por Discapacidad, EDD.
- Cal. Code Regs., título 2, 11050, 11091, 11050, 11042 y 11035. Código de Gobierno 12926 y 12925.
- Código de Gobierno 12926.
- Cal. Code Regs., título 2, 11008.
- Código de Gobierno 12960.
- Código Laboral 1030.