Las leyes de Licencia por Discapacidad por Embarazo (PDL) de California le permiten tomar hasta cuatro meses de licencia sin goce de sueldo y con protección laboral si desarrolla una condición relacionada con el embarazo o el parto que le impide trabajar. Su empleador está obligado a mantener cualquier cobertura médica existente y beneficios de salud, y también puede tener derecho a licencia postparto bajo la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA).
Hoja de datos de Licencia por Discapacidad por Embarazo (PDL) |
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Empleadores cubiertos | Empresas de California con al menos cinco empleados |
Empleados cubiertos | Cualquier empleado de un empleador cubierto, ya sea de tiempo completo o parcial, que esté discapacitado por el embarazo, el parto o una cuestión médica relacionada |
Cantidad máxima de licencia | 4 meses |
Protección laboral | Reincorporación al trabajo anterior o a un trabajo comparable |
Compensación | Ninguna, además de la continuación de sus beneficios de salud |
A continuación, nuestros abogados de empleo y trabajo de California responderán las siguientes preguntas frecuentes (FAQ):
- 1. ¿Qué es la licencia por discapacidad por embarazo (PDL)?
- 2. ¿Qué es una discapacidad?
- 3. ¿Qué empleadores deben cumplir con la ley de licencia por discapacidad por embarazo de California?
- 4. ¿Podré recuperar mi antiguo trabajo después de mi licencia?
- 5. ¿Puedo recibir un pago durante la licencia?
- 6. ¿Qué pasa si mi empresa me niega la licencia por discapacidad por embarazo?
- 7. ¿Cómo solicito PDL?
- 8. ¿Qué otros tipos de licencia por maternidad están disponibles?
- 9. PDL versus CFRA y FMLA
1. ¿Qué es la licencia por discapacidad por embarazo (PDL)?
La licencia por discapacidad por embarazo (PDL) es:
- tiempo libre del trabajo que tomas,
- como resultado de una discapacidad relacionada con el embarazo,
- por tanto tiempo como dure la discapacidad.
Este periodo de tiempo libre del trabajo está diseñado para proteger la salud tanto de usted como de su bebé no nacido cuando usted no puede realizar sus “funciones esenciales del trabajo”.
PDL es un máximo de cuatro meses, y no tienes que tomarlo todo de una vez. Así que si tu discapacidad es intermitente, puedes usar tu licencia solo durante esos periodos en los que estás discapacitado.1
2. ¿Qué es una discapacidad?
Una discapacidad relacionada con el embarazo existe cuando:
- en la opinión de su proveedor de atención médica,
- usted no puede realizar una o más funciones esenciales de su puesto,
- debido a su embarazo.2
En nuestra experiencia, vemos que las empleadas comienzan a experimentar problemas que pueden llegar al nivel de una discapacidad alrededor de la semana 36 de su embarazo. Los empleadores pueden pedirle una certificación médica por escrito de su médico que confirme que usted tiene una discapacidad.3
2.1 ¿Qué tipos de discapacidades califican?
Hay muchos tipos diferentes de problemas que pueden hacer que usted no pueda realizar su trabajo. Algunos de los ejemplos más comunes que vemos son:
- náuseas matutinas severas,
- reposo en cama ordenado por el médico,
- diabetes (gestacional),
- preclampsia,
- depresión postparto,
- aborto,
- recuperación emocional de un aborto
- hipertensión inducida por el embarazo,
- cuidado prenatal o postnatal, o
- otras afecciones de salud graves.4
Esta lista no es exclusiva. Siempre y cuando usted no pueda realizar al menos una función esencial del trabajo, se considera discapacitado bajo la ley de California.5
Tenga en cuenta que las discapacidades relacionadas con el embarazo se extienden a el parto y la recuperación. Siempre que no haya complicaciones, las nuevas madres generalmente permanecen discapacitadas con fines de PDL durante alrededor de seis semanas después de un parto vaginal y ocho semanas después de un parto por cesárea (“c-section”).6
2.2 ¿Qué pasa si soy medio tiempo?
A diferencia de muchas otras leyes sobre licencias, los empleados de medio tiempo son elegibles para la licencia por discapacidad relacionada con el embarazo. No se requiere un número mínimo de horas.7
Hemos tenido clientes que eran empleados nuevos, y aún eran elegibles para PDL después de desarrollar una discapacidad.8
3. ¿Qué empleadores están cubiertos por la ley de licencia por discapacidad del embarazo de California?
Los empleadores de California están obligados a proporcionar licencia por discapacidad del embarazo si:
- el empleador emplea regularmente a 5 o más personas;
- el empleador es una persona o empresa que es un agente de un empleador cubierto; o
- el empleador es una entidad gubernamental estatal o local.9
Ciertas asociaciones religiosas privadas o corporaciones organizadas con fines de lucro no se consideran empleadores bajo la ley. Como resultado, no están obligados a proporcionar licencia por embarazo.10
4. ¿Podré recuperar mi antiguo trabajo después de mi licencia?
Si toma tiempo libre del trabajo como resultado de una discapacidad relacionada con el embarazo, tiene derecho a:
- regresar a su misma posición (reintegración); o
- ser colocado en una posición comparable a su antigua posición.
Además, puede pedirle a su jefe que garantice su protección laboral por escrito.11
De lo que vemos, la mayoría de los empleados pueden regresar a su posición anterior después de sus semanas o meses de licencia.
4.1 ¿Qué sucede si me mueven a una nueva posición?
Si no se le da su trabajo exacto de nuevo después de la licencia, la posición debe ser comparable. Esto significa:
- la misma tasa horaria o salario;
- los mismos beneficios;
- deberes similares o idénticos;
- requisitos similares de experiencia y educación; y
- ninguna “degradación” como parte del cambio.12
También hemos tenido casos en los que los clientes que regresan al trabajo desde la licencia acuerdan ser trasladados a una nueva posición por sus propias razones o porque la nueva posición ofrece:
- mejores beneficios,
- mayor pago, o
- otras oportunidades beneficiosas.
4.2 ¿Hay excepciones a esta regla?
En circunstancias limitadas, puede ser despedido durante la licencia por discapacidad del embarazo.5 Estas incluyen situaciones en las que:
- hay despidos masivos que ocurren durante su licencia;
- la posición estaba destinada a ser eliminada en un momento predeterminado y está completamente relacionada con que esté de licencia; o
- no hay una posición comparable disponible.
Estas excepciones están estrictamente limitadas. La ley de California establece fuertes protecciones para los empleados que toman licencia, y las excepciones al derecho a tomar licencia son raras. Garantizar la protección del trabajo a los empleados embarazadas puede ser inconveniente para los empleadores, pero afortunadamente la ley de California prioriza a los empleados sobre los empleadores.13
5. ¿Puedo recibir un pago durante la licencia?
Bajo la ley estatal de California, los empleadores no están obligados a pagarle durante su licencia por discapacidad del embarazo en la mayoría de las circunstancias. Sin embargo, están obligados a mantener:
- cobertura médica completa, y
- todos los demás beneficios de salud.
Tenga en cuenta que muchos de nuestros clientes pueden recibir compensación de:
- el programa de seguro de discapacidad a corto plazo (SDI) de California (debe haber ganado al menos $300 en su período base que estuvo sujeto a retención de SDI; para 2023, el tope semanal es de $1,620).
- Licencia por familia pagada (PFL) (dependiendo de sus ingresos, recibe alrededor del 60-70% de sus salarios semanales, con un beneficio semanal máximo de $1,620, durante hasta ocho semanas).
- Pago por discapacidad temporal (si lo tiene a través de su empleador).
- Su tiempo de pago acumulado (PTO), como por licencia por enfermedad (que su empleador puede obligarlo a tomar durante la licencia por embarazo) y licencia por vacaciones (que su empleador no puede obligarlo a tomar durante la licencia por embarazo).14
6. ¿Qué pasa si mi empresa me niega la licencia por discapacidad por embarazo?
Si su empleador le niega la licencia por discapacidad por embarazo a la que tiene derecho según la ley de California, puede considerar:
- Comunicarse con su empleador para intentar resolver el asunto sin involucrar a terceros.
- Si su empleador aún se niega a darle licencia, generalmente tiene tres años desde la violación para presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD) o la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo Federal (EEOC), que investigará el asunto y tratará de resolverlo para usted. De lo contrario, le darán una carta de “derecho a demandar”.
- Si el asunto sigue sin resolverse, tiene un año desde que recibió la carta de “derecho a demandar” para presentar una demanda civil contra su empleador buscando daños como:
- salario atrasado y/o reincorporación a su trabajo si fue despedido;
- daños compensatorios por cualquier gasto de bolsillo que haya incurrido, incluyendo dolor y sufrimiento; y
- posiblemente daños punitivos.
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado a innumerables mujeres a las que se les negó la licencia por discapacidad por embarazo a la que tenían derecho. Normalmente, pasamos por alto el proceso de queja de CRD/EEOC solicitando un aviso de “derecho a demandar” de inmediato, lo que nos permite enviar una carta de demanda a su empleador con anticipación a presentar una demanda.
En la mayoría de los casos, podemos resolver el asunto solo a través de negociación. Aunque si es necesario, podemos – y hemos – llevado estos asuntos a los tribunales y logrado acuerdos financieros sustanciales para nuestros clientes. Solo asegúrese de comunicarse con nosotros lo antes posible para que no se cumpla el plazo de prescripción aplicable.
Tenga en cuenta que su empleador no está permitido retaliar contra usted (como demostrándole o despediéndole) por tomar PDL o por presentar una queja. Si lo hacen, podemos demandar por salarios atrasados, reincorporación y cualquier otro daño aplicable.15
7. ¿Cómo solicito PDL?
Si es posible, déle a su empleador al menos 30 días de aviso si necesita una licencia por discapacidad durante el embarazo. De lo contrario, haga saber a su empleador lo antes posible. Puede solicitar PDL verbalmente, aunque generalmente tiene sentido presentar una solicitud escrita que transmita:
- cuándo comenzará el PDL
- cuánto tiempo durará el PDL
- por qué necesita PDL
- tal vez un recuento de sus tareas laborales, para que su empleador sepa qué tienen que hacer en su ausencia
- tal vez su información de contacto por si su empleador necesita comunicarse con usted
Su empleador puede solicitar una “certificación médica” de su médico que confirme que está discapacitado por su embarazo. Su empleador también puede hacerle preguntas al respecto para determinar si califica para PDL.16
8. ¿Qué otros tipos de licencia de maternidad están disponibles?
8.1. Licencia de vinculación con el bebé
Una vez que finalice su licencia por discapacidad durante el embarazo (PDL), es posible que sea elegible para tomar hasta 12 semanas de “licencia de vinculación con el bebé” (también llamada “licencia familiar”) de inmediato. Por lo tanto, si tomó todos los cuatro meses de PDL y 12 semanas de licencia de vinculación con el bebé, tendría siete meses en total de licencia.
Tiene derecho a licencia de vinculación con el bebé a través de CFRA (abreviatura de la Ley de Derechos Familiares de California) si:
- su empleador tiene al menos cinco empleados, y
- usted fue empleado por su empleador durante al menos 12 meses antes de comenzar su licencia, y
- trabajó para su empleador por lo menos 1.250 horas durante el período de 12 meses antes de la fecha de su licencia CFRA.
CFRA es la versión de California de FMLA (la Ley de Licencia Familiar y Médica). Tenga en cuenta que CFRA no solo se aplica a la vinculación con un bebé que dio a luz; también puede tomar una licencia CFRA para vincularse con un niño adoptado o un niño acogido.
Al igual que PDL, la licencia CFRA se puede tomar intermitentemente siempre que se haga dentro de un año del nacimiento, adopción o colocación en acogimiento de su hijo. Cada período de licencia CFRA debe ser de al menos dos semanas, excepto que se le permite dos ocasiones para tomar licencia CFRA por menos de dos semanas.
También al igual que el PDL, CFRA garantiza que puedes regresar a tu trabajo (o uno comparable). Si perdiste entrenamiento que te hace no calificar para tu antiguo trabajo, debes tener una oportunidad razonable para ponerte al día.17
8.2. Licencia de acomodación razonable
Una vez que uses tu licencia PDL y CFRA para el cuidado de un bebé – y si necesitas más tiempo libre para el tratamiento y/o recuperación – puedes ser elegible para una “licencia de acomodación razonable“. Debes iniciar un “proceso interactivo” con tu empleador para determinar si tu empleador puede hacer cambios acomodativos que te permitan ir a trabajar o si se necesita más tiempo libre.
En la práctica, la licencia de acomodación razonable es rara. Por lo general, los empleadores prefieren hacer acomodaciones en el trabajo (como permitir más trabajo en la mesa o trabajo remoto) en lugar de tener a sus trabajadores continuar en casa en licencia.18
9. PDL versus CFRA y FMLA
La siguiente tabla resume cómo los beneficios de licencia por embarazo difieren bajo Pregnancy Disability Leave (PDL), la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA) y la Ley de Familia y Médico (FMLA).
PDL | CFRA | FMLA | |
Tamaño de la empresa | 5 o más empleados | 5 o más empleados. | 50 o más empleados |
Duración del empleo para obtener licencia | No se requiere mínimo | 12 meses y 1,250 horas durante el año anterior | 12 meses y 1,250 horas durante el año anterior |
Evento calificado | Embarazo, parto y condiciones médicas relacionadas | Condición de salud grave (que no incluye embarazo) | Condición de salud grave (que incluye embarazo) |
Máxima licencia | 4 meses | 12 semanas | 12 semanas |
Compensación | Sin paga | Sin paga | Sin paga |
Seguro de salud grupal durante la licencia | Sí | Sí | Sí |
Protección del trabajo | Sí | Sí | Sí |
Aviso al empleador | 30 días si es posible | 30 días si es posible | 30 días si es posible |
Otras acomodaciones | Licencia intermitente, tiempo libre para citas médicas y horas de trabajo reducidas | Licencia intermitente | Licencia intermitente si es necesario por motivos médicos |
¿El empleador puede exigir una nota del médico? | Sí | Sí | Sí |
Plazo de prescripción para presentar una queja | 3 años | 3 años | 2 años (3 años si el empleador actuó de forma intencionada) |
¿Se requiere mediación? | No | Sí, si el empleador tiene de 5 a 19 empleados | No |
¿Están disponibles los daños por angustia emocional y los daños punitivos? | Sí | Sí | No, pero los daños económicos incluyen el doble del salario atrasado19 |
Enlaces útiles
- Departamento de Justicia y Derechos de Empleo de California
- Ley de Derechos Familiares de California (CFRA)
- Ley de Licencia Familiar por Enfermedad (FMLA)
- Departamento de Desarrollo de Empleo (EDD)
- Ley de Justicia y Derechos de Empleo (FEHA)
- Programa de Seguro de Discapacidad del Estado de California