Bajo la ley de California, el escuchar a escondidas es el delito donde la gente escucha una conversación privada sin el conocimiento o consentimiento de las partes, y usa un dispositivo de grabación para grabar la conversación o un dispositivo amplificador para ayudar a escuchar la conversación.
La ofensa puede llevar a cargos de delito menor o delito grave con penas tan severas como hasta tres años en la cárcel o prisión.
1. ¿Cómo define la ley de California el “escuchar a escondidas”?
Código Penal 632 PC es el estatuto de California que hace del escuchar a escondidas un delito.
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenar a una persona por este delito:
- el acusado intencionalmente escuchó o grabó la conversación en persona o por teléfono de otra persona,
- el acusado lo hizo usando un dispositivo electrónico,
- la conversación se consideraría confidencial, y
- el acusado no tenía el consentimiento de todas las partes de la conversación para escucharla o grabarla.1
Considere, por ejemplo, el escenario en el que está en el baño de un trabajo, y dos compañeros de trabajo entran y comienzan a hablar sobre algún asunto confidencial. No se dan cuenta de que estás en el baño, y escuchas su conversación en silencio. Esto no es escuchar a escondidas. Al menos no es escuchar a escondidas ilegal como lo define la ley porque no estás usando ningún dispositivo para amplificar o grabar la conversación.
Pero supongamos que sacas tu iPhone y comienzas a grabar su conversación. La grabación hace que tus acciones sean ilegales, y podrías ser culpable de escuchar a escondidas.
2. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de 632 PC es un delito menor o grave. Un delito menor o grave es un delito que un fiscal puede acusar como ya sea un delito menor o un delito grave, dependiendo de:
- los hechos del caso, y
- el historial criminal del acusado.
El escuchar a escondidas como delito menor es sancionable con:
- custodia en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $2,500.2
El escuchar a escondidas como delito grave es sancionable con:
- prisión en la prisión estatal por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $2,500.3
Referencias legales:
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- CACI No. 1809 – Grabación de información confidencial. Instrucciones de jurado civil del Consejo Judicial de California (edición de 2017).
- Código Penal de California 632 PC.
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