Al menos dos veces al mes.
En California, casi todos los empleadores tienen que pagar los ingresos basados en comisiones al menos dos veces cada mes. Por lo general, deben pagarse en la primera período de pago en que se puedan calcular. Si el empleado ha dejado la empresa, la comisión debe pagarse de inmediato. Los detalles deben estar descritos en el acuerdo de comisión de ventas.
Casi todos los empleadores están legalmente obligados a pagar los ingresos basados en comisiones al menos dos veces durante cada mes calendario.[1]
La única excepción a esta regla es para los vendedores de automóviles con comisión. Las comisiones pagadas por los concesionarios de vehículos que estén autorizados por el Departamento de Vehículos Motorizados solo tienen que pagar a sus empleados de ventas sus salarios de comisión una vez por mes calendario.[2]
Las leyes laborales estatales no exigen que los pagos de comisión se realicen en días específicos. Esos detalles de pago se pueden programar en el acuerdo de comisión de ventas. Por lo general, la comisión se paga en los días de pago regulares de la empresa.
Sin embargo, el pago de salarios no se debe hasta que sean “ganados”. La División de Normas de Cumplimiento Laboral de California (DLSE) ha dicho que la comisión no se gana hasta que se pueda calcular razonablemente.[3] El acuerdo de comisión detallará cómo se calculan las comisiones de ventas. Una vez que se pueda calcular la comisión, se gana. Una vez que se haya ganado, debe pagarse al empleado durante ese período de pago.[4]
¿Qué son las comisiones de ventas?
Las comisiones son una forma de salario en California.[5] Compensan a un trabajador por servicios específicos que proporcionaron durante la venta de un producto o un servicio. La cantidad de los pagos de comisión es proporcional al valor de la venta.[6]
Esto significa que solo los empleados que estén involucrados en una venta o en una actividad relacionada con las ventas ganarán salarios de comisión.[7]
La forma específica en que se calculan las comisiones dependerá del acuerdo de comisión de ventas.
¿Qué es un acuerdo de comisión?
Un acuerdo de comisión es un contrato escrito entre el empleador y un empleado. A menudo es parte del contrato de empleo y establece los términos del pago de comisión del trabajador y los requisitos que deben cumplirse antes de que se pague. El acuerdo también describirá cómo se calculará la base de la comisión.[8]
De acuerdo con la ley de California, el plan de comisión debe estar por escrito siempre que la compensación del empleado implique pagos de comisión, incluso si el trabajador también recibe salarios por hora.[9] El acuerdo también no puede estipular términos de pago que no cumplan con las secciones específicas del código laboral o la ley laboral de California, incluidos los requisitos de salario mínimo para los trabajadores no exentos.[10]
Los cambios al acuerdo solo pueden hacerse si el empleado está de acuerdo con ellos. Sin embargo, el empleador puede exigir al empleado que acepte los cambios para mantener su trabajo. Sin embargo, los nuevos términos del acuerdo de comisión no pueden alterar los pagos de comisión que el empleado ya haya ganado.
¿Qué pasa con las comisiones no pagadas después de la terminación?
Si un empleado puede recibir sueldos por comisión después de que hayan sido despedidos es un asunto para el acuerdo de comisión.
Muchos empleadores incluyen cláusulas de renuncia en sus acuerdos de comisión de ventas. Estas disposiciones requieren que los empleados con comisión estén actualmente empleados para recibir el pago de comisiones. Bajo estas disposiciones contractuales, si el empleado renuncia o es despedido o despedido, pierden el derecho a recibir su comisión no pagada. [11]
En California, los tribunales se han dividido sobre si estas cláusulas de renuncia son o no inescrupulosas. [12] Algunos han encontrado que violan la política pública. Otros los aplican como parte del contrato de trabajo.
Si no hay una cláusula de renuncia en el acuerdo escrito, las comisiones ganadas y otras remuneraciones no pagadas deben pagarse el último día del empleado y deben pagarse inmediatamente con las últimas remuneraciones del trabajador. [13]
Si la falta del empleador de pagar una comisión después de la terminación del trabajador fue intencional, pueden tener que pagar salarios hasta 30 días después de que el pago debió realizarse. [14]
¿Qué sucede si el empleador no paga las comisiones a tiempo?
Si el empleador no paga las comisiones a tiempo, pueden enfrentar una demanda por horas y salarios.
Si la falta del empleador fue intencional, pueden tener que pagar penalidades adicionales, incluidos los honorarios de abogado y una penalidad por tiempo de espera.
Si hubo un curso de conducta y numerosos trabajadores no han recibido a tiempo sus comisiones, puede dar lugar a una acción colectiva.
Para obtener más información, consulte nuestro artículo sobre leyes de pago basadas en comisiones.
[1] Código Laboral de California 204(a) LAB.
[2] Código Laboral de California 204.1 LAB.
[3] Carta de Opinión DLSE 2002.12.09-2 (9 de diciembre de 2002).
[4] Ver Código Laboral de California 204(a) LAB y Sciborski v. Pacific Bell Directory, 205 Cal.App.4th 1152 (2012).
[5] Código Laboral de California 200. Ver también Sciborski v. Pacific Bell Directory, 205 Cal.App.4th 1152 (2012).
[6] Código Laboral de California 204.1 LAB.
[7] Muldrow v. Surrex Solutions Corp., 208 Cal.App.4th 1381 (2012).
[8] Código Laboral de California 2751 LAB.
[9] Código Laboral de California 2751 LAB.
[10] 8 Código de Regulaciones de California 11040(4)(B).
[11] Ver por ejemplo, Schachter v. Citigroup, Inc., 47 Cal.4th (2009).
[12] Comparar Ellis v. McKinnon Broadcasting Co., 18 Cal.App.4th 1796 (1993) (el Cuarto Distrito de California llamó a una cláusula de renuncia “inconciliable”) con Koehl v. Verio, Inc., 142 Cal.App.4th 749 (2006) (el empleado firmó el acuerdo de comisión, con su cláusula de renuncia, por lo que no fue inconciliable).
[13] Código Laboral de California 201(a) LAB.