NRS § 453.321 es la ley de drogas de Nevada que prohíbe la venta ilegal de una sustancia controlada. La ley también prohíbe transferir, comerciar, distribuir o regalar narcóticos.
No importa si las drogas son sustancias controladas reales o falsas. Si la transacción involucra una cantidad grande de narcóticos, en su lugar puede enfrentar una acusación por el delito más grave de tráfico bajo la NRS 453.3385.
Dependiendo de la naturaleza del narcótico, una condena por venta por primera vez puede ser una Categoría D felonía que conlleva de 1 a 4 años de prisión o una Categoría C felonía que conlleva de 1 a 5 años de prisión. Las ofensas relacionadas con la venta generalmente no califican para la desviación de drogas o el tribunal de drogas bajo la ley de Nevada.
NRS 453.321 establece que “[E]s ilegal para una persona [i]mportar, transportar, vender, intercambiar, comerciar, suministrar, prescribir, dispensar, regalar o administrar una sustancia controlada o falsificada”.
Ejemplos:
- Ventas de mano a mano
- Tratos de drogas en Internet
- Vender drogas a través del correo
- Vender a través del crimen organizado
Penas
Cargo de drogas NRS 453.321 | Penas por un delito por primera vez |
Vender Farmacopea I o farmacopea II | Delito de categoría C
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Vender farmacopea III, farmacopea IV, o farmacopea V | Delito de categoría D
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Aunque los tribunales pueden otorgar libertad condicional si eres un acusado por primera vez.
Defensas
Dos defensas comunes a los cargos de venta de drogas son:
- La policía cometió tentativa, y/o
- La policía realizó una búsqueda ilegal.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de la venta de drogas?
- 2. ¿Cómo es diferente el tráfico?
- 3. ¿Cuáles son las defensas?
- 4. ¿Cuáles son las penas?
- 5. ¿Se pueden desestimar los cargos?
- 6. ¿Puedo sellar mi registro?
- 7. ¿Cuáles son las consecuencias de la inmigración?
- 8. Otros actos prohibidos según el NRS 453.321
- 9. Delitos relacionados con drogas
- 10. ¿Debería contratar a un abogado?
La venta de sustancias controladas es un delito grave en Nevada según el NRS 453.321.
1. ¿Cuál es la definición legal de la venta de drogas en Nevada?
La venta de drogas es el intercambio de sustancias controladas por dinero o cualquier cosa de valor. Simplemente ofrecer vender drogas es una violación del NRS 453.321 incluso si no hay dinero ni drogas que cambien de manos.
Este delito se abrevia comúnmente “SCS” para venta de sustancias controladas. “Sustancias controladas” comprenden drogas ilegales así como medicamentos con receta.1
Muchas detenciones por venta de drogas ocurren cuando un oficial oculto presencia una venta de drogas de mano a mano. Si la policía recibe una pista, pueden ir al lugar y establecer vigilancia encubierta. Esto se suele llamar un puesto de observación.
La policía también puede establecer operaciones de “cebo” – llamadas compras controladas. Esto es donde la policía encubierta contacta a un supuesto vendedor para programar una venta de drogas. Los oficiales de narcóticos localizan con frecuencia a los presuntos vendedores en sitios web como Craigslist.
Para obtener información sobre la marihuana en particular, lea nuestro artículo sobre el delito de venta de marihuana.
2. ¿Cómo es diferente el tráfico?
Una venta de drogas se convierte en un delito de tráfico cuando la venta involucra al menos 100 gramos de una droga de la lista I o II o una droga que contenga flunitrazepam o gamma-hidroxibutirato.
Por lo tanto, es imposible cometer tráfico vendiendo drogas de la lista III, lista IV o lista V, sin importar la cantidad.
El tráfico también conlleva penas mucho más severas que la venta.2 Los jueces rara vez otorgan la libertad condicional por una condena por tráfico a menos que la policía acuerde usarlo como informante.3
3. ¿Cuáles son las defensas?
Dos formas comunes de luchar contra los cargos de venta de drogas en Nevada son argumentar que:
- La policía lo tentó; o
- La policía realizó una búsqueda ilegal
3.1. La policía lo tentó
La policía viola la ley cada vez que “tienta” a los sospechosos. La tentación es engañar o forzarlo a cometer un delito que no está predispuesto a cometer. No es raro que la policía exceda sus límites y tente a los sospechosos de tráfico de drogas.
Ejemplo: El oficial James está disfrazado en Fremont Street. Escucha a una mujer decirle a un amigo que tiene Molly en su cartera y que planea drogarse esta noche.
El oficial se acerca a la mujer y le pregunta si puede comprar la Molly. La mujer se niega. El oficial luego amenaza con informar a la policía de que tiene drogas en su cartera si no le vende. La mujer acepta. Luego el oficial James rompe su disfraz y arresta a la mujer por vender drogas.
Aquí, el oficial James tentó a la mujer. El oficial no tenía razón para creer que ella estuviera predispuesta a vender drogas. Y ella se negó a venderle hasta que él la amenazó. Por lo tanto, el tribunal debería desestimar el cargo de venta de drogas.
Una forma sencilla de determinar si hubo tentación es el test de pero/por test. ¿Habría usted violado la ley pero por el engaño de la policía? Si la respuesta es no, entonces la policía probablemente cometió tentación, y el cargo debería ser desestimado.4
3.2. La policía realizó una búsqueda ilegal
La Cuarta Enmienda establece estrictos límites sobre cómo la policía puede realizar búsquedas de su propiedad. Cuando la policía viola estas reglas, el abogado defensor puede pedir al tribunal que descarte (“suprima“) cualquier evidencia encontrada en esta búsqueda ilegal.
Si el tribunal concede su moción para suprimir la evidencia, el fiscal puede tener pruebas insuficientes para seguir presionando cargos. El fiscal entonces no tendrá otra opción que desestimar el caso.
4. ¿Cuáles son las penas?
La pena por vender drogas en Nevada depende del tipo de droga y si tiene delitos anteriores. Si eres un delincuente por primera vez, probablemente puedas obtener libertad condicional en lugar de prisión.5
Sustancia controlada | Penas de Nevada por vender drogas* |
Drogas de la lista I (como LSD), o Drogas de la lista II (como metanfetamina, GHB o codeína) | Primer delito Delito de categoría C:
El juez puede otorgar libertad condicional en lugar de prisión. |
Segundo delito
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Tercer delito o subsiguiente Delito de categoría B:
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Drogas de la lista III (como Vicodin), Drogas de la lista IV (como Xanax o Valium), o Programas de drogas V (como Robitussin AC) | Primer delito Delito de categoría D
El juez puede otorgar la libertad condicional en lugar de la prisión. |
Segundo delito Delito de categoría C
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Tercero o subsiguiente delito Delito de categoría B:
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* La sentencia de prisión se duplica si la venta de drogas se llevó a cabo en cualquiera de los siguientes lugares:
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5. ¿Se pueden desestimar los cargos?
Los fiscales de Nevada toman muy en serio las acusaciones de venta de drogas. Por lo general, no desestimarán estos cargos a menos que haya evidencia insuficiente.
Por lo tanto, el trabajo del abogado defensor es mostrar a los fiscales que su caso no es lo suficientemente fuerte como para obtener un veredicto de “culpable” en el juicio. (Desplácese hacia arriba hasta la sección 3 para las defensas típicas de los cargos de NRS 453.321). Si los fiscales comienzan a dudar de que un jurado te condenaría, pueden ofrecer reducir los cargos o desestimarlos por completo.
Las condenas por la venta de drogas se pueden sellar de su registro cinco años después de que finalice el caso.
6. ¿Puedo sellar mi registro?
Si te condenan por vender drogas, debes esperar cinco años después de que finalice el caso para obtener un registro sellado. Aunque puedes solicitar un sello de registro inmediatamente si la acusación se desestima.7
A cualquier persona arrestada por delitos relacionados con drogas se le aconseja que solicite al tribunal un sello de registro lo antes posible. De lo contrario, los casos aparecerán en los controles de antecedentes y pueden descalificarlo para ciertos trabajos. Aprenda sobre cómo obtener un sello de registro criminal de Nevada.
7. ¿Cuáles son las consecuencias de inmigración?
Vender drogas es una ofensa deportable. Por lo tanto, los titulares de visas y tarjetas verdes que sean condenados por ello enfrentan expulsión de los EE. UU.8
Los no ciudadanos acusados
Arrestado en Colorado? Visite nuestro artículo sobre CRS 18-18-405.
Referencias Legales
- NRS 453.321. Oferta, intento o comisión de acto no autorizado relacionado con sustancia controlada o falsificada es ilegal; penas; prohibición contra la libertad condicional o suspensión de la sentencia para ciertos reincidentes a menos que existan circunstancias atenuantes.
1. Excepto lo autorizado por las disposiciones de NRS 453.011 a 453.552, inclusive, es ilegal para una persona: (a) Importar, transportar, vender, intercambiar, trueque, suministrar, prescribir, dispensar, regalar o administrar una sustancia controlada o falsificada; (b) Fabricar o componer una sustancia falsificada; o (c) Ofrecer o intentar realizar cualquier acto establecido en el párrafo (a) o (b).
2. A menos que se establezca una pena mayor en NRS 453.333 o 453.334, si una persona viola el apartado 1 y la sustancia controlada está clasificada en el programa I o II, la persona será castigada: (a) Por el primer delito, por un delito de categoría C según lo establecido en NRS 193.130. (b) Por un segundo delito, o si, en el caso de una primera condena bajo este apartado, el infractor ha sido previamente condenado por un delito bajo esta sección o por cualquier delito bajo las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, equivaldría a un delito bajo esta sección, por un delito de categoría B mediante la prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 2 años y un término máximo de no más de 10 años, y puede ser castigado adicionalmente con una multa de no más de $20,000. (c) Por un tercero o subsiguiente delito, o si el infractor ha sido previamente condenado dos o más veces bajo esta sección o por cualquier delito bajo las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, equivaldría a un delito bajo esta sección, por un delito de categoría B mediante la prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 3 años y un término máximo de no más de 15 años, y puede ser castigado adicionalmente con una multa de no más de $20,000 por cada delito.
3. A menos que existan circunstancias atenuantes que justifiquen la concesión de libertad condicional, el tribunal no concederá libertad condicional o suspenderá la sentencia de una persona condenada bajo el apartado 2 y sancionable de conformidad con el párrafo (b) o (c) del apartado 2.
4. A menos que se establezca una pena mayor en NRS 453.333 o 453.334, si una persona viola el apartado 1, y la sustancia controlada está clasificada en el programa III, IV o V, la persona será castigada: (a) Por el primer delito, por un delito de categoría D según lo establecido en NRS 193.130. (b) Por un segundo delito, o si, en el caso de una primera condena por violar este apartado, el infractor ha sido previamente condenado por violar esta sección o por cualquier delito bajo las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, equivaldría a una violación de esta sección, por un delito de categoría C según lo establecido en NRS 193.130. (c) Por un tercero o subsiguiente delito, o si el infractor ha sido previamente condenado dos o más veces por violar esta sección o por cualquier delito bajo las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, equivaldría a una violación de esta sección, por un delito de categoría B mediante la prisión en la cárcel estatal por un término mínimo de no menos de 2 años y un término máximo de no más de 10 años, y puede ser castigado adicionalmente con una multa de no más de $15,000 por cada delito.
5. A menos que existan circunstancias atenuantes que justifiquen la concesión de libertad condicional, el tribunal no concederá libertad condicional o suspenderá la sentencia de una persona condenada bajo el apartado 4 y sancionable de conformidad con el párrafo (b) o (c) del apartado 4.NRS 453.046. Paige v. Estado (Nev. 2000) 995 P.2d 1020. Dent v. Estado (Nev. 1996) 929 P.2d 891.
- NRS 453.3385; NRS 453.339; NRS 453.3395.
- NRS 453.3405.
- Sheriff, Humboldt County v. Gleave (Nev. 1988) 761 P.2d 416.
- NRS 453.321.
- NRS 453.3345.
- NRS 179.245; NRS 179.255.
- 8 U.S.C. § 1227.
- NRS 453.321.