NRS 203.090 es la ley de Nevada que convierte en un delito menor interrumpir una reunión de personas legalmente convocada. La perturbación puede ser a través de palabras o acciones, como interrumpir a un orador o sabotear el equipo de sonido. Las sanciones por perturbar una reunión incluyen hasta seis meses de cárcel y/o hasta $1,000 en multas.
NRS 203.090 establece que “Toda persona que, sin autoridad de la ley, perturbe deliberadamente cualquier asamblea o reunión no ilegal en su carácter, será culpable de un delito menor.”
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten:
- 1. ¿Qué es el delito de “perturbar una reunión”?
- 2. ¿Es la cárcel una pena según el NRS 203.090?
- 3. ¿Cómo puedo luchar contra los cargos?
- 4. ¿Es el delito deportable?
- 5. ¿Cuándo se puede sellar el registro criminal?
- 6. Delitos relacionados
1. ¿Qué es el delito de “perturbar una reunión”?
La definición legal de perturbar una reunión en Nevada es causar intencionalmente una interrupción en una reunión. Esta ley es extremadamente amplia y potencialmente puede aplicarse a cualquier tipo de reunión de dos o más personas, incluyendo:
- Reuniones de junta
- Reuniones de ayuntamiento
- Protestas públicas
Además, la ley potencialmente prohíbe muchos comportamientos perturbadores diferentes, como:
- Hablar o gritar fuera de turno durante una reunión
- Impedir que las personas asistan a la reunión obstaculizando su viaje en una carretera
- Arruinar equipos de sonido o iluminación destinados a una reunión1
(Tenga en cuenta que es un delito separado perturbar una reunión de naturaleza religiosa. Desplácese hacia abajo hasta la sección 6 para obtener más información.)
2. ¿Es la cárcel una pena según el NRS 203.090?
Potencialmente. El delito de perturbar una reunión de Nevada es un delito menor. La pena es:
- Hasta 6 meses en la cárcel, y/o
- Hasta $1,000 en multas2
Para una primera ofensa, el fiscal del distrito puede estar dispuesto a desestimar completamente el caso si el acusado paga una multa, realiza servicio comunitario, y/o asiste a una clase de Consejería de Control de Impulsos.
3. ¿Cómo puedo luchar contra los cargos?
Tres posibles defensas a los cargos incluyen lo siguiente:
- Primera Enmienda: La primera enmienda otorga a cada ciudadano la libertad de expresión, aunque a veces las fuerzas del orden arrestan a personas bajo el pretexto de que están poniendo en peligro la seguridad pública. Si un abogado defensor puede demostrar que el acusado simplemente estaba ejerciendo la libertad de ser escuchado de manera legal, entonces el acusado no cometió ningún acto ilegal.3
- Reunión ilegal: NRS 203.090 se aplica solo a disturbios en reuniones legales. Si un abogado defensor puede demostrar que la reunión era ilegal desde el principio, entonces el caso debería ser desestimado.
- Falta de intencionalidad: Una persona no es responsable de perturbar una reunión pública si no tuvo la intención de causar una interrupción. Si un abogado defensor puede argumentar convincentemente que la perturbación fue un accidente o de otra manera no intencional, los cargos no deberían mantenerse.
En cada caso, los fiscales tienen la carga de probar la culpabilidad más allá de una duda razonable. Los abogados defensores intentarán plantear esta duda compilando pruebas favorables al acusado. Esto generalmente incluye videos de vigilancia, videos de teléfonos inteligentes de espectadores y relatos de testigos presenciales.
4. ¿Es el delito deportable?
No. Una condena bajo esta sección no es un delito deportable. Sin embargo, se recomienda a cualquier inmigrante que enfrente cargos criminales que busque un abogado experimentado para luchar contra los cargos.
5. ¿Cuándo se puede sellar el registro criminal?
Las condenas por perturbar una reunión pueden ser selladas un (1) año después de que el caso termine en Nevada. Y en casos donde el cargo fue desestimado, no hay período de espera: el acusado puede solicitar un sellado inmediatamente.4
Aprende cómo obtener un sello de registro criminal en Nevada.
6. Delitos relacionados
Alteración de una reunión religiosa
Alteración de una reunión religiosa (NRS 201.270) es en gran parte el mismo delito que violar NRS 203.090, excepto que la reunión es de naturaleza religiosa. Ejemplos incluyen servicio en una iglesia, sinagoga o mezquita. También puede incluir reuniones religiosas en espacios de uso múltiple o no religiosos, como un parque. Es un delito menor castigado con hasta 6 meses de cárcel y/o hasta $1,000 en multas.
Asamblea ilegal
El delito de Nevada de asamblea ilegal (NRS 203.060) ocurre cuando dos o más personas se reúnen con el propósito de violar la ley pero luego se disuelven sin haber llevado a cabo el delito previsto. Es un delito menor castigado con hasta 6 meses de cárcel y/o hasta $1,000 en multas.
Alteración de la paz
Las personas enfrentan cargos de alteración de la paz (NRS 203.030) por conducta ofensiva en público, como tener una pelea ruidosa en un bar o hacer ruidos disruptivos e inusuales en un lugar público. También llamado conducta desordenada, alteración de la paz o alteración de la paz pública, este delito es un delito menor castigado con hasta 6 meses de cárcel y/o hasta $1,000 en multas.
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¿En California? Consulte nuestro artículo sobre Código Penal 403 PC.
¿En Colorado? Consulte nuestro artículo sobre CRS 18-9-108.
Referencias Legales
- Estatuto Revisado de Nevada 203.090.
- NRS 203.090.
- Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.
- NRS 179.245; NRS 179.255.