NRS 201.270 hace que sea un delito menor de Nevada perturbar intencionalmente una reunión religiosa, con una pena de hasta seis meses de prisión y/o hasta $1,000 en multas. No importa si la reunión se llevó a cabo en un lugar de culto tradicional como una iglesia o en cualquier otro espacio público o privado.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Las Vegas discuten:
- 1. ¿Es ilegal interrumpir un servicio religioso?
- 2. ¿Cuáles son las penas por perturbar un servicio religioso en Nevada?
- 3. ¿Cómo lucho contra los cargos de NRS 201.270?
- 4. ¿Puedes impedir que alguien entre a una iglesia?
- 5. ¿Se pueden sellar los cargos?
1. ¿Es ilegal interrumpir un servicio religioso?
Sí. La ley de Nevada hace que sea un delito menor perturbar o interrumpir intencionalmente una congregación religiosa mediante:
- Comportamiento ruidoso, grosero o indecente, discurso profano, ya sea dentro del lugar donde se lleva a cabo tal reunión, o tan cerca de él como para perturbar el orden y solemnidad de la reunión; o
- Exhibir espectáculos o representaciones, o promover cualquier carrera de animales, o juegos de cualquier descripción, o participar en cualquier diversión ruidosa o ruidosa; o
- Perturbar el paso libre a lo largo de una carretera dentro de una milla de la reunión, o dañar o perturbar maliciosamente un medio de transporte u otra propiedad perteneciente a cualquier persona que asista a la reunión; o
- Amenazar, amenazar o agredir a cualquier persona en la reunión.
En pocas palabras, la ley estatal prohíbe cualquier comportamiento que interfiera, distraiga o impida el acceso al culto religioso.
Tenga en cuenta que el servicio no tiene que celebrarse en una sinagoga, mezquita o capilla como la Iglesia Cristiana Central de Las Vegas para que esta ley sea aplicable. El servicio puede estar en cualquier espacio público o privado donde las personas se hayan congregado para el culto. 1
Dependiendo de la naturaleza de la perturbación, los acusados
- violar la paz (NRS 203.010)
- exponer a otros a peligro (NRS 202.595)
- allanamiento de morada (NRS 207.200)
- acoso (NRS 200.571)
- vandalismo / mala conducta (NRS 206.310)
Violar el NRS 201.270 es un delito menor en Nevada.
2. ¿Cuáles son las penas por perturbar un servicio religioso en Nevada?
Perturbar reuniones religiosas es un delito menor en Nevada, castigado con hasta 6 meses de prisión y/o hasta $1,000 en multas.2
Para una primera ofensa de perturbar una reunión religiosa, es raro que un juez de Nevada imponga encarcelamiento. Y un fiscal de distrito puede estar dispuesto a desestimar el caso por completo si el acusado paga una multa, hace servicio comunitario y toma una clase de Consejería de Control de Impulso.
3. ¿Cómo lucho contra los cargos de NRS 201.270?
Cuatro defensas potenciales para los cargos de Nevada por perturbar una reunión religiosa incluyen:
- Sin intención de perturbar: Una persona es culpable de interrumpir un servicio religioso solo si actúa de manera intencional. A menos que los fiscales puedan demostrar más allá de una duda razonable que las acciones del acusado fueron intencionales, entonces los cargos criminales no deberían mantenerse.
- Acusaciones falsas: A veces, las buenas personas son acusadas injustamente por otros por celos, enojo, miedo o un malentendido. Si un abogado defensor puede presentar evidencia de testimonio de testigos o vigilancia por video que sugiera que el acusado se comportó de manera legal, el fiscal de distrito puede optar por desestimar el caso por falta de pruebas.
- No hay reunión religiosa: Tal vez la policía se equivocó acerca de que la reunión era de naturaleza religiosa. Tal vez fue una reunión pública sobre asuntos puramente cívicos, y los agentes de la paz no se dieron cuenta de esto. Pero dependiendo de la naturaleza de la perturbación, el acusado todavía podría enfrentar cargos por conducta desordenada por perturbar una reunión no religiosa.
- Libertad de expresión: En algunos casos, perturbar una reunión religiosa puede estar protegido por la Primera Enmienda y la interpretación de la Corte Suprema de Nevada de la libertad de expresión y expresión.
4. ¿Puedes impedir que alguien entre a una iglesia?
Sí. Aunque las iglesias y otros lugares de culto generalmente se consideran lugares públicos, son propiedad privada. Por lo tanto, pueden restringir quién está permitido entrar.
5. ¿Se pueden sellar los cargos?
Sí. Una condena de Nevada por perturbar una reunión religiosa se puede sellar del registro criminal del acusado un año después de que termine el caso. Y si el cargo se desestima, entonces el acusado puede solicitar un sello de registro inmediatamente.3
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Referencias Legales
- Estado de Nevada Revisado Estatuto 201.270 (listado bajo el Capítulo 201 de Nevada: Delitos Contra la Decencia Pública y las Buenas Costumbres).
- Mismo.
- NRS 179.245; NRS 179.255.