Violar NRS 200.710 es un delito de categoría A, con:
- cadena perpetua en la prisión estatal de Nevada con la posibilidad de libertad condicional,
- hasta $100,000 en multas, y
- 25 años en el Registro de Delincuentes Sexuales (Nivel II)
Pero después de realizar una exhaustiva investigación, el abogado defensor puede convencer a los fiscales de reducir o desestimar los cargos a través de un acuerdo de declaración de culpabilidad. Tres estrategias de defensa comunes para combatir los cargos de NRS 200.710 incluyen:
- el acusado no actuó intencionalmente,
- la actuación estaba protegida por la Constitución de los Estados Unidos, y
- el acusado fue acusado falsamente
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Las Vegas discuten el delito de Nevada de utilizar a un niño para producir pornografía. Haga clic en un tema para saltar a esa sección:
- 1. Definición legal de usar a un menor para producir pornografía en Nevada
- 2. Penas de Nevada por usar a un menor para producir pornografía
- 3. Defensas
- 4. Consecuencias de inmigración
- 5. Sellos de registro
- 6. Delitos relacionados
1. Definición legal de usar a un menor para producir pornografía en Nevada
NRS 200.710 hace que sea un delito en Nevada cuando una persona “utilice, aliente, incite o permita a un menor” a:
- simular o participar en conducta sexual para producir una actuación;
- ayudar a otros a simular o participar en conducta sexual para producir una actuación; o
- ser el tema de un retrato sexual en una actuación (independientemente de si el menor es consciente de que el retrato sexual es parte de una actuación)1
En pocas palabras, está prohibido por la ley estatal el uso o la autorización de un niño menor de 18 años para participar en actos sexuales como parte de una actuación.2 No importa si la actuación es en vivo, como en un teatro o transmitida en vivo por internet, o grabada como una fotografía, video, película o archivo de audio.3
La ley de Nevada cuenta cada actuación sexual que involucre a un menor como un cargo penal separado.4 Por lo tanto, si un acusado supuestamente usó a un menor para participar en actividades sexuales en dos sesiones de fotos separadas, el acusado enfrentaría dos cargos por violar el NRS 200.710.
2. Penas de Nevada por usar a un menor para producir pornografía
Violar el NRS 200.710 es un delito de categoría A, que conlleva:
- prisión perpetua, y
- hasta $100,000 en multas
Si el niño es menor de 14 años, el acusado puede ser elegible para la libertad condicional después de diez (10) años de prisión. Si el niño tiene 14 años o más, la elegibilidad para la libertad condicional puede comenzar después de cinco (5) años de prisión.5
Además, el acusado puede tener que entregar al estado cualquier dinero o activos derivados de los ingresos de la pornografía. Aprenda más sobre la confiscación de activos.6
También, los acusados deberían registrarse como un Delincuente sexual de Nivel II en Nevada durante 25 años. Sus identidades serían buscables públicamente en línea.7
Finalmente, tenga en cuenta que una condena conlleva una supervisión de por vida según el NRS 176.0931. Pero es posible salir de la supervisión de por vida después de 10 años.
Tenga en cuenta que el fiscal del distrito puede estar dispuesto a reducir o desestimar sustancialmente los cargos después de negociar con los abogados defensores.
3. Defensas
Las tres principales defensas contra los cargos de NRS 200.710 son:
- el acusado no actuó con conocimiento,
- la actuación no fue pornografía, y/o
- el acusado fue acusado falsamente
3.1. El acusado no actuó con conocimiento
Los cargos penales por usar a un menor para hacer pornografía infantil solo se aplican cuando el acusado actuó “con conocimiento”.8
Ejemplo: Ken es contratado en Las Vegas como director de casting para lo que los productores le dijeron que era un piloto de sitcom sobre la escuela primaria. Resulta que esto es solo una fachada para hacer videos de pornografía infantil. Siempre que Ken no tenga idea de para qué es realmente el proyecto, no debería ser condenado por ayudar a producir pornografía infantil.
Si este caso llegara a juicio, el fiscal tendría la carga de demostrar más allá de toda duda razonable que Ken actuó con conocimiento. A menudo es difícil para los fiscales demostrar el estado de ánimo porque no hay forma de saber con seguridad lo que está pensando una persona.
3.2. La actuación no fue pornografía
A veces la línea que separa la pornografía de la obra protegida constitucionalmente es difusa. Los cargos penales no deberían mantenerse si el abogado defensor puede demostrar que el material en cuestión tiene un valor literario, artístico, político o científico serio.9 Para obtener evidencia, el abogado defensor puede confiar en el testimonio de un experto o en otros ejemplos de actuaciones sexuales que están protegidas por la Primera Enmienda.
3.3. El acusado fue acusado falsamente
Tal vez alguien haya formulado falsas acusaciones contra el acusado por venganza o enojo. A veces los niños mienten, especialmente si no se dan cuenta de las consecuencias de su falta de veracidad. Un abogado defensor trabajaría para reunir testigos, coartadas y otras pruebas para demostrar que el acusado no hizo nada ilegal.
4. Consecuencias de inmigración
Usar a un niño para hacer pornografía es un delito que involucra turpitud moral y, por lo tanto, un delito deportable en Nevada.10 Los no ciudadanos acusados de violar el NRS 200.710 deben contratar a un abogado experimentado para tratar de que los cargos sean desestimados o cambiados a delitos no removibles.
5. Sellos de registro
Las personas condenadas por violar el NRS 200.710 nunca podrán sellar su registro criminal de Nevada.11 Pero si el cargo se desestima, entonces pueden solicitar un sello de registro de inmediato.12 Aprenda sobre cómo sellar los registros criminales de Nevada.
6. Delitos relacionados
6.1. Promover una actuación sexual infantil
Promover una actuación sexual con un niño (NRS 200.720) se castiga de la misma manera que producir pornografía infantil. Es un delito de categoría A con una pena de prisión de por vida y hasta $100,000 en multas.
6.2. Publicidad o distribución de pornografía infantil
Publicidad de pornografía infantil (NRS 200.725) es un delito de categoría B. La pena es de uno a quince (1-15) años de prisión y/o hasta $15,000 en multas.
6.3. Uso de Internet para ver pornografía infantil
Ver pornografía infantil en Internet (NRS 200.727) se procesa como un delito de categoría C como primer delito. La pena es de uno a cinco (1-5) años de prisión y una multa de hasta $10,000 (a discreción del juez).
6.4. Poseer pornografía infantil
Poseer pornografía infantil (NRS 200.730) se procesa como un delito de categoría B por primer delito. La pena es de uno a seis (1-6) años de prisión y hasta $5,000 en multas (a discreción del juez).
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Es posible que podamos persuadir a los fiscales para reducir sustancialmente o incluso desestimar sus cargos. Y si es necesario, estamos preparados para ir a juicio y luchar por una absolución.
Referencias Legales
- NRS 200.710 Es ilegal usar a un menor para producir pornografía o como sujeto de una representación sexual en una actuación.1. Una persona que sepa usar, alentar, tentar o permitir a un menor a simular o participar o ayudar a otros a simular o participar en conducta sexual para producir una actuación es culpable de un delito de categoría A y será castigado según lo dispuesto en NRS 200.750.2. Una persona que sepa usar, alentar, tentar, coaccionar o permitir a un menor ser el sujeto de una representación sexual en una actuación es culpable de un delito de categoría A y será castigado según lo dispuesto en NRS 200.750, sin importar si el menor es consciente de que la representación sexual es parte de una actuación.
- State v. Hughes, 127 Nev. 626, 261 P.3d 1067 (2011) (Menor significa niños menores de 18 años.).
- NRS 200.700 Definiciones. Como se usa en NRS 200.700 a 200.760, inclusive, a menos que el contexto requiera lo contrario:1. “Actuación” significa cualquier obra, película, fotografía, imagen generada por computadora, representación electrónica, danza u otra presentación visual.2. “Promover” significa producir, dirigir, procurar, fabricar, vender, dar, prestar, publicar, distribuir, exhibir, anunciar o poseer con el propósito de distribuir.3. “Conducta sexual” significa relaciones sexuales, exhibición lasciva de los genitales, fellatio, cunnilingus, bestialidad, relaciones anales, excreción, abuso sado-masoquista, masturbación o la penetración de cualquier parte del cuerpo de una persona o de cualquier objeto manipulado o insertado por una persona en la apertura genital o anal del cuerpo de otra persona.4. “Representación sexual” significa la representación de una persona de una manera que atraiga el interés lascivo en el sexo y que no tenga valor literario, artístico, político o científico serio.
- Casteel v. State, 122 Nev. 356, 131 P.3d 1 (2006)(Algunos cargos criminales fueron desestimados cuando el estado no pudo demostrar que las fotos en cuestión fueron tomadas durante actuaciones separadas.); Wilson v. State, 121 Nev. 345, 114 P.3d 285 (2005)(Solo es un cargo de violar NRS 200.710 para tomar varias fotografías de un niño durante una actuación sexual.).
- NRS 200.750 Penas. Una persona punible de conformidad con NRS 200.710 o 200.720 será castigada por un delito de categoría A con encarcelamiento en la prisión estatal:1. Si el menor tiene 14 años o más, por vida con posibilidad de libertad condicional, con elegibilidad para la libertad condicional comenzando cuando se haya cumplido un mínimo de 5 años, y será castigado además con una multa de no más de $100,000.2. Si el menor tiene menos de 14 años, por vida con posibilidad de libertad condicional, con elegibilidad para la libertad condicional comenzando cuando se haya cumplido un mínimo de 10 años, y será castigado además con una multa de no más de $100,000.
- NRS 200.760 Decomiso. Todos los activos derivados de o relacionados con cualquier violación de NRS 200.366, 200.710 a 200.730, inclusive, o 201.230 están sujetos a decomiso. Un procedimiento para su decomiso puede ser iniciado de conformidad con NRS 179.1156 a 179.1205, inclusive.
- NRS 179D.115.
- Vea NRS 200.710.
- Vea NRS 200.700.
- Vea I.N.A. § 212(a)(2)(A)(i)(I).); I.N.A. § 237(a)(2)(A)(i).
- NRS 179.245.
- NRS 179.255.